Transferencia de vehículos Albacete

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Sr. D. Rubén Mª Rodríguez López - Gestor colegiado 1268 COGAS

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ℹ️ Gestoría para tramitar tu transferencia de vehículo en Albacete

La transferencia de vehículos es un proceso legal necesario siempre que hay una compraventa, donación o herencia. Su objetivo es dejar constancia oficial de quién es el nuevo dueño ante las autoridades de tráfico.

⚠️ ¿Por qué es importante realizar la transferencia de vehículos?

• Mayor de 18 años
• Sin antecedentes penales
• Certificado médico físico y psicológico

• Seguro de responsabilidad civil

• Perro identificado y registrado


🚨 Problemas que puedes encontrarte si no lo haces

No realizar el trámite de transferencia de vehículos puede generar serios problemas legales y económicos. Si el vehículo sigue registrado a nombre del antiguo propietario, este podría recibir multas, impuestos o responsabilidades por accidentes que ocurran después de la venta. Además, el nuevo dueño no podría demostrar que el vehículo le pertenece, lo que puede impedirle venderlo, asegurarle o incluso circular legalmente.

✅ Hazlo de forma sencilla y sin complicaciones

Nos ocupamos de tu trámite de principio a fin, sin desplazamientos innecesarios ni gestiones que te hagan perder tiempo. Un proceso claro y acompañado, pensado para que no tengas que preocuparte por nada.

Si necesitas con exactitud realizar una transferencia de coche o moto. Te dejamos enlaces específicos de los trámites.

¿Quiénes pueden realizar una transferencia de vehículo en Albacete?

  • El nuevo titular: es quien adquiere el vehículo y debe asegurarse de que la transferencia se realice correctamente para que el vehículo en cuestión quede a su nombre y pueda usarlo legalmente.
  • El vendedor o antiguo titular: tiene la obligación de notificar la venta para evitar responsabilidades futuras. Aunque normalmente el comprador gestiona la transferencia, el vendedor puede iniciar una “notificación de venta” a la DGT para protegerse.
  • Un representante autorizado: si el titular no puede hacer el trámite personalmente, puede otorgar una autorización o poder notarial para que otra persona lo haga en su nombre.
  • Una gestoría administrativa o profesional colegiado: como es nuestro caso. Somos expertos en trámites ante la Dirección General de Tráfico y podemos realizar todo el proceso en nombre del comprador l.

📋¿Qué documentos necesitas para realizar la transferencia de vehículo?

Para iniciar la gestión te hará falta hacerte con toda la documentación para un cambio de nombre de coche o cualquier otro medio de transporte. La documentación necesaria para la transferencia de un vehículo es la siguiente:

  1. Permiso de circulación actual del vehículo: es el documento donde figura el vehículo registrado, su matrícula y el titular actual.
  2. Tarjeta técnica o ficha técnica del vehículo (ITV): debe estar en vigor o con la inspección técnica pasada si aplica, para certificar que el vehículo cumple las condiciones técnicas.
  3. Contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor.
  4. Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte) de comprador y vendedor.
  5. Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): este impuesto autonómico debe abonarse antes de tramitar la transferencia.
  6. En Albacete el tipo aplicable suele ser el 4 % sobre el valor venal / valor oficial del vehículo en muchas transmisiones estándar.
  7. Justificante del pago de la tasa de tráfico correspondiente.
  8. Impuesto de circulación pagado del año anterior: los ayuntamientos suelen exigir que el vehículo esté al día con este impuesto local para permitir la transferencia.
  9. Impreso oficial de solicitud de cambio de titularidad cumplimentado y firmado.
  10. Certificados de cargas (si los hubiera): si el vehículo tiene algún gravamen —como un préstamo o reserva de dominio— debe acreditarse que está liberado o contar con la autorización correspondiente

Si tienes dudas o quieres empezar, escríbenos tus datos y contactamos contigo por WhatsApp en menos de 24h.

¡Si tienes dudas o quieres empezar!

📋 Requisitos necesarios para realizar la transferencia de vehículo con Gestoría RMª

  • El vehículo debe estar libre de cargas o embargos: no puede tener deudas, embargos, precintos ni una reserva de dominio (por ejemplo, si aún está financiado). En caso de existir, es necesario cancelarla antes de la transferencia.
  • Tener el Impuesto de Circulación pagado del año anterior: debe estar al día, ya que Tráfico puede pedir el justificante de pago antes de aceptar la transferencia.
  • Superar la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) si corresponde: el vehículo debe tener la ITV en vigor. Sin ella, la DGT no tramita el cambio de titularidad.
  • Disponer de la documentación original del vehículo: se necesita tanto el permiso de circulación como la tarjeta ITV o ficha técnica. Son los documentos oficiales que identifican el vehículo y sus características.
  • Presentar el contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor: acredita que se ha producido la venta. Debe incluir los datos personales, el precio, la fecha y los datos del vehículo (marca, modelo, matrícula, número de bastidor).
  • Acreditar la identidad de ambas partes: se exige copia del DNI, NIE o pasaporte del comprador y del vendedor, o bien una autorización si el trámite lo realiza otra persona o una gestoría.
  • Pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): se abona en la comunidad autónoma del comprador antes de acudir a la DGT. Es obligatorio para que el cambio de titularidad sea válido. Para determinar el valor sobre el que aplicar el ITP, se utilizan las tablas oficiales de valoración de vehículos que publica la Consejería de Hacienda de Castilla-La Mancha.
  • Abonar la tasa de tráfico correspondiente: es el pago que exige la DGT por la gestión del trámite.
  • Rellenar el impreso oficial de solicitud de cambio de titularidad: debe estar firmado por ambas partes. Contiene los datos necesarios para formalizar el cambio.

⭐ MEJOR OPCIÓN: con GESTORÍA RMª

En Gestoría Rubén María sabemos que hoy en día nadie tiene tiempo para perder una mañana entre formularios y burocracia. Por eso, hacemos que la transferencia de tu vehículo sea rápida, sencilla y sin margen de error. Nos encargamos de todo el proceso, revisamos cada detalle y te mantenemos informado en cada paso, para que no tengas que preocuparte por nada.

Ventajas con GESTORÍA RMª

🚗❌ Ahorra tiempo y evita desplazamientos: nos encargamos de todo sin que tengas que moverte. Olvídate de colas, ventanillas y papeleos interminables: gestionamos tu transferencia de vehículo desde donde estés, de forma ágil y sin interrupciones en tu día.

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Contarás con acompañamiento en cada etapa. Un profesional te asistirá durante todo el proceso, resolviendo cualquier duda que surja

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Todo el trámite se lleva a cabo de manera digital, permitiéndote gestionarlo cómodamente desde tu móvil o ordenador

⏰Siempre disponibles: sabemos que las dudas no entienden de horarios. Por eso estamos contigo los 7 días de la semana, ofreciendo un trato directo, rápido y humano. Porque detrás de cada gestión hay personas, no solo formularios.

Precio del trámite para hacer una transferencia de vehículo

En Gestoría Rubén María creemos que un buen servicio no tiene por qué esconder letras pequeñas. Nuestro precio por la transferencia de vehículo es cerrado, sin sorpresas ni cargos extra, porque entendemos que la confianza también se construye con transparencia. Un solo cargo, 120 € y te olvidas de más trámites o sorpresas. Incluimos todo lo necesario: revisión de la documentación, gestión ante Tráfico y seguimiento hasta que recibes el permiso actualizado. Pagas solo por un trabajo bien hecho, sin perder tiempo ni cometer errores que luego salen caros.

¿Qué riesgo puedo correr si no realizo correctamente la transferencia de vehículo?

  1. Multas y sanciones a nombre del antiguo propietario: si el vehículo sigue registrado con el titular anterior, las multas o infracciones de tráfico seguirán Realiza tu cambio con nosotros llegando a su nombre, aunque ya no tenga nada que ver con el vehículo.
  2. Responsabilidad legal en caso de accidente: en caso de accidente o delito cometido con el vehículo, el titular que aún figure en Tráfico podría ser considerado responsable hasta que se demuestre lo contrario.
  3. Imposibilidad de vender o asegurar el vehículo: si la transferencia no está correctamente inscrita, el nuevo propietario no podrá contratar un seguro ni volver a vender el vehículo legalmente.
  4. Problemas para pasar la ITV o realizar otros trámites: al no coincidir los datos del titular con los del registro de la DGT, podrían denegar revisiones técnicas, duplicados de documentación o gestiones posteriores.
  5. Bloqueo o inmovilización del vehículo: en casos de detección de irregularidades en la titularidad, la DGT o la autoridad local puede bloquear el vehículo hasta regularizar la situación.
  6. Riesgo de fraude o pérdida económica: sin un contrato o trámite oficial, no hay prueba legal de la compraventa, lo que puede derivar en reclamaciones, estafas o disputas difíciles de resolver.
  7. Costes adicionales por retrasos o errores: corregir una transferencia mal hecha puede implicar pagar tasas extra, sanciones o incluso repetir parte del proceso administrativo.

¿Qué tipos de cambios de titularidad de vehículos que se pueden realizar?

  • Por compraventa entre particulares: es el más habitual.
  • Por compraventa con empresa o concesionario: se da cuando la operación se realiza a través de una compraventa profesional.
  • Por herencia: cuando el titular del vehículo fallece y el bien pasa a nombre de uno o más herederos. Se requiere documentación adicional
  • Por donación: cuando el vehículo se entrega a otra persona sin contraprestación económica. Se formaliza mediante un documento de donación y también implica el pago del impuesto correspondiente.
  • Entre cónyuges o por separación/ divorcio: puede producirse en casos de reparto de bienes comunes o acuerdos judiciales. Se acredita con la sentencia o el convenio regulador.
  • Por baja de una sociedad o empresa: si el vehículo pertenecía a una empresa que cesa su actividad o se disuelve, se debe realizar el cambio a nombre de la persona o entidad que lo adquiere.
  • Por adjudicación judicial o subasta: cuando el vehículo se transfiere por decisión de un juez o tras una subasta pública. Se acredita con el documento judicial o acta de adjudicación.

¿Cuáles son los pasos a seguir para realizar el trámite de transferencia de vehículos?

  1. Asegúrate de que el vehículo puede transferirse: comprueba que no tenga cargas, embargos ni reserva de dominio (si estaba financiado). También debe tener la ITV en vigor y el Impuesto de Circulación del último año pagado.
  2. Firma un contrato de compraventa: el comprador y el vendedor deben firmar un contrato donde consten los datos de ambos, los del vehículo y el precio acordado. Este documento es la base legal de la transferencia.
  3. Reúne la documentación necesaria
  4. Paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): el comprador debe abonarlo en la Hacienda autonómica correspondiente (normalmente el 4 % o 6 % del valor del vehículo).
  5. Abona la tasa de Tráfico
  6. Presenta toda la documentación en la DGT o a través de una gestoría

Detalles a tener en cuenta sobre el trámite para obtener la transmisión de vehículo:

  • Plazo máximo para hacer la transferencia: tras la firma del contrato de compraventa, el comprador tiene 30 días naturales para realizar el cambio de titularidad en la DGT. Pasado ese tiempo, pueden aplicarse sanciones o dificultades en futuros trámites.
  • El vendedor puede protegerse con la “notificación de venta”: si el comprador no realiza la transferencia, el vendedor puede presentar una notificación de venta en la DGT. Así evita responsabilidades futuras.
  • El contrato de compraventa debe conservarse siempre: aunque no se entregue en la DGT, es la única prueba legal de que la transmisión se realizó, y puede ser fundamental ante reclamaciones o problemas legales.
  • Si el vehículo procede de herencia: se debe aportar el certificado de defunción, el testamento o declaración de herederos y un documento de aceptación de herencia. Todos los herederos deben firmar o autorizar la transferencia.
  • Si el vehículo es agrícola: además de la documentación habitual, se debe presentar: justificante de estar inscrito en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), si se destina a uso profesional, puede requerirse documentación que acredite la actividad agraria o la titularidad de la explotación.
  • Si el vehículo tiene una masa máxima autorizada superior a 6.000 kg o es un autobús: se exige acreditar la titularidad en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte (REAT) del Ministerio de Transportes. Además, la ITV debe estar en vigor con la clasificación correspondiente.
  • Si el vehículo está financiado (reserva de dominio): no puede transferirse hasta cancelar la reserva en el Registro de Bienes Muebles. Es necesario presentar el certificado de cancelación emitido por la entidad financiera.
  • Vehículos procedentes del extranjero: si se matriculó originalmente fuera de España, antes de la transferencia debe haberse realizado la matriculación definitiva y estar al día con el pago de los impuestos de importación o matriculación.
  • Cambio de titularidad por donación: aunque no haya compraventa, el trámite es igual y debe acompañarse del documento de donación y del justificante del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, según la comunidad autónoma.
  • La Diputación Foral de Álava tiene unas tablas de valoración oficial de vehículos aplicables para el cálculo del impuesto de transmisiones (los valores medios de venta para vehículos en transmisiones) que deben utilizarse como base imponible.
  • En el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, si vendes un vehículo, el impuesto de vehículos del año en curso no se prorratea: la persona que figure como titular al 1 de enero del año ejerce la obligación del pago.
  • l de vehículos aplicables para el cálculo del impuesto de transmisiones (los valores medios de venta para vehículos en transmisiones) que deben utilizarse como base imponible.
  • En el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, si vendes un vehículo, el impuesto de vehículos del año en curso no se prorratea: la persona que figure como titular al 1 de enero del año ejerce la obligación del pago.

Opiniones de clientes

Aitor
Cambiar un coche de nombre online
Me sorprendió la rapidez y la claridad con la que gestionaron todo. Muy recomendable si no quieres perder tiempo con papeleos.
Marta
Hacer un cambio de nombre de un coche online
Desde el primer momento me transmitieron mucha seguridad. Se nota que saben lo que hacen y que llevan muchos años en esto.
Iñaki
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Lo que más me gustó fue el trato humano. Me explicaron cada paso, sin prisas y siempre con buena disposición. Da gusto encontrar gente así.
Leire
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Busqué varias gestorías en Álava y esta fue la que mejor precio ofrecía, sin letra pequeña. Servicio completo y sin sorpresas.

🎯 Preguntas frecuentes - FAQ

En la mayoría de los casos, el trámite se completa en menos de 24 horas desde que recibimos la documentación correcta. Nos encargamos de todo online, y en cuanto Tráfico valida el cambio, te enviamos el justificante de titularidad provisional.

El vehículo seguiría legalmente a nombre del vendedor, lo que puede generar multas o responsabilidades por infracciones que no le corresponden.

Solo lo esencial: DNI o NIE del comprador y vendedor, permiso de circulación, ficha técnica, contrato de compraventa y justificante del impuesto pagado. Del resto nos ocupamos nosotros.

En ese caso, es necesario cancelar la reserva de dominio antes de transferir. Podemos ayudarte a solicitar el certificado de cancelación al banco y agilizar el trámite para que no se bloquee la operación

Sí. En ese caso se realiza una transferencia por herencia, aportando el certificado de defunción, testamento o declaración de herederos y la aceptación de herencia. Nosotros gestionamos también este tipo de trámites.

Te enviamos un justificante provisional de la DGT nada más completarse el trámite y, unos días después, recibirás en tu domicilio el nuevo permiso de circulación con tu nombre.

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Evitas errores, ahorras tiempo y te olvidas del papeleo. Nosotros revisamos toda la documentación, gestionamos los pagos y realizamos el trámite directamente con Tráfico. Rápido, legal y sin estrés

Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre – Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre – Reglamento General de Circulación

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre – por el que se aprueba el Reglamento General de vehículos

Real Decreto 885/2020, de 6 de octubre – modifica aspectos del Reglamento General de Vehículos en lo relativo a placas de matrícula, entre otros ajustes técnicos.

 

 

Profesionales técnicos especializados en materias de tráfico, transporte y documentación oficial en España. Nuestro equipo trabaja para ofrecerte información clara, sencilla, actualizada y verificada por Gestores Administrativos colegiados, garantizando su precisión y utilidad.

Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.

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