Transferencia de propiedad de embarcaciones Las Palmas

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Sr. D. Rubén Mª Rodríguez López - Gestor colegiado 1268 COGAS

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¿Qué personas pueden realizar la transferencia de propiedad de embarcaciones en Las Palmas?

  1. Propietarios actuales: únicamente la persona registrada oficialmente como titular puede efectuar la venta o cesión de la embarcación. Antes de iniciar el trámite, es recomendable revisar que toda la documentación esté completa y que la nave no tenga cargas, deudas o restricciones que puedan impedir la operación.
  2. Nuevos propietarios o compradores: quien adquiera la embarcación deberá inscribirse como titular en el registro correspondiente. Este procedimiento garantiza la plena propiedad de la nave y brinda seguridad frente a posibles inconvenientes futuros relacionados con su uso o con transmisiones posteriores.
  3. Apoderados o representantes autorizados: si el propietario no puede gestionar personalmente la transferencia, puede designar a otra persona mediante un poder notarial, siempre cumpliendo con los requisitos legales establecidos.
  4. Personas jurídicas o empresas: en los casos en que la embarcación pertenezca a una sociedad, la transferencia debe realizarse a través de sus representantes legales. De esta forma, se asegura que la inscripción quede correctamente a nombre de la entidad y se evitan posibles conflictos legales o administrativos más adelante.

Documentos necesarios para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcación en Las Palmas

  • Título de propiedad de la embarcación: dentro de los documentos necesarios para transferir un barco, este título acredita quién es el propietario actual. Es imprescindible que esté vigente, ya que constituye la base legal para realizar el cambio de la titularidad de la embarcación.
  • Contrato de compraventa o cesión: este documento formaliza el acuerdo entre las partes implicadas. Debe incluir los datos identificativos del comprador y del vendedor, el precio convenido y las características esenciales de la embarcación objeto de la operación.
  • Documento identificativo: tanto el comprador como el vendedor deben presentar un documento oficial válido que acredite su identidad. Este paso es fundamental para asegurar la legalidad del trámite y la verificación de las partes intervinientes.
  • Certificado de navegabilidad: acredita que la embarcación cumple con los requisitos técnicos y de seguridad necesarios para navegar. En caso de no encontrarse vigente, la transferencia de titularidad no tendrá validez legal plena.
  • Justificante del pago de impuestos: es completamente obligatorio y necesario aportar el pago de impuestos mediante el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
  • Poder notarial: este documento solamente es necesario si la transferencia de la propiedad de embarcación se realiza en representación de otra persona.

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Gracias a los avances tecnológicos, la manera más cómoda y segura de gestionar este tipo de trámites es confiar en una gestoría especializada como Gestoría RMª. Con nuestro servicio, podrás completar la transferencia de propiedad de embarcación online, sin necesidad de desplazarte. Nuestro equipo de profesionales te guiará en cada etapa del proceso, ofreciendo asesoramiento personalizado y asegurando que cuentes siempre con la experiencia y el respaldo necesarios, evitando cualquier error durante la gestión.

Precio de la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª

Si eliges realizar la transferencia de propiedad de tu embarcación con Gestoría RMª, el coste será de 135 € (IVA y honorarios de gestor incluidos). Por este precio, recibirás un asesoramiento personalizado adaptado a tus necesidades y dejarás que un profesional se encargue de todo el trámite, para que no tengas que preocuparte por nada.

Ventajas de solicitar la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª en Las Palmas

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Opiniones de clientes

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Requisitos necesarios para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª en Las Palmas

  1. Embarcación libre de cargas: antes de realizar la transmisión, es esencial verificar que la nave esté libre de embargos, deudas u otras limitaciones que puedan impedir o complicar el cambio de titularidad.
  2. Cumplimiento fiscal y con la Seguridad Social: el vendedor debe acreditar que está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, lo que evita posibles incidencias o demoras en la gestión del trámite.
  3. Impuestos de la compraventa: los tributos asociados a la operación (principalmente el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)) son responsabilidad del comprador.
  4. Certificado de navegabilidad vigente: la embarcación debe disponer de un certificado actualizado que confirme que cumple las normas técnicas y de seguridad exigidas para la navegación. Sin este documento, no podrá efectuarse el registro a nombre del nuevo titular.
  5. Inscripción en el registro: una vez completada la compraventa, la embarcación debe inscribirse oficialmente a nombre del comprador, garantizando así la validez legal del traspaso.
  6. Capacidad legal de las partes: tanto el vendedor como el comprador deben ser mayores de edad y tener plena capacidad jurídica para formalizar la operación.

¿Qué tipo de embarcaciones se pueden transferir en Las Palmas?

  • Embarcaciones de recreo: incluyen veleros, yates y lanchas destinados al uso personal o familiar. Son las más comunes en los procesos de compraventa, ya que se emplean principalmente con fines de ocio.
  • Motos de agua: al igual que el resto de embarcaciones, deben estar debidamente inscritas en el registro correspondiente. Para realizar el cambio de titular, es necesario cumplir con todos los requisitos administrativos previstos en la normativa vigente.
  • Embarcaciones deportivas: diseñadas para la práctica de actividades náuticas o competiciones específicas. Aunque su finalidad sea recreativa, su registro es obligatorio para asegurar una navegación segura y conforme a la ley.
  • Embarcaciones de pesca: utilizadas para la captura de recursos marinos, tanto en modalidades artesanales como industriales. Además de la formalización del contrato de compraventa, deben disponer de la licencia de actividad actualizada para poder operar legalmente.

🚨 ¿Qué riesgo puedo correr si no realizo correctamente la transferencia de la propiedad de embarcaciones?

  1. Responsabilidad del propietario anterior: si la transferencia no se formaliza correctamente, el vendedor continuará registrado como titular oficial, lo que significa que cualquier multa, impuesto o incidencia recaerá sobre él.
  2. Dificultades para registrar la embarcación: no actualizar la titularidad puede generar sanciones económicas por incumplir la normativa náutica vigente.
  3. Problemas con seguros y siniestros: en caso de accidente o reclamación, si el nuevo propietario no consta como titular legal, la póliza de seguro no cubrirá los daños.
  4. Retrasos y costes adicionales en futuros trámites: si posteriormente se desea vender la embarcación o realizar otro cambio de titularidad, una transferencia mal gestionada puede complicar el proceso y generar gastos extra.

Pasos a seguir para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcaciones en Las Palmas

Reunir la documentación necesaria

Antes de comenzar el trámite, asegúrate de contar con todos los documentos requeridos para la transferencia de propiedad de la embarcación y de que estén completos y actualizados.

Verificar que la embarcación esté libre de cargas

Comprueba que no existan deudas, embargos u otras cargas pendientes que puedan impedir o complicar el proceso de cambio de titularidad.

Liquida los impuestos correspondientes

Revisa cada uno de los modelos necesarios para transferir la propiedad de embarcaciones y asegúrate de rellenarlos de manera correcta. Has de cumplir con cada uno de ellos para realizar el trámite de manera correcta.

Registro de la embarcación a nombre del nuevo propietario

Es fundamental que el cambio de titularidad quede correctamente inscrito, ya que cualquier sanción, multa o notificación relacionada con la embarcación seguirá afectando al antiguo propietario si no se actualiza.

Actualización de la póliza de seguro

El nuevo titular debe comunicar el cambio de propiedad a la aseguradora y asegurarse de que toda la documentación de la embarcación esté en regla para navegar sin inconvenientes.

Detalles a tener en cuenta sobre la transferencia de propiedad de embarcaciones

  • Plazos para realizar la transferencia: el cambio de titular debe gestionarse dentro del periodo establecido por la normativa tras la compraventa o cesión de la embarcación. No cumplir con los plazos puede derivar en sanciones o gastos adicionales.
  • Verificación de la información: es necesario que todos los documentos aportados coincidan exactamente con los datos del propietario y de la embarcación. Cualquier discrepancia o error puede ocasionar retrasos en la tramitación del expediente.
  • Registro en el órgano competente: como hemos comentado anteriormente, el cambio de titularidad en la embarcación debe quedar correctamente inscrito en el Registro de Buques y Empresas Navieras, o a ser posible, en la Capitanía Marítima correspondiente.
  • Seguro actualizado: una vez que esté realizada la transferencia, el nuevo propietario debe contratar o cambiar el seguro de la embarcación para que quede protegido ante cualquier cambio.

Modelos generales necesarios para la transferencia de propiedad de embarcaciones

  1. Modelo 620 o 621 – Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): modelo necesario para realizar la adquisición de una embarcación de segunda mano. Escoger entre el 620 o 621 depende directamente de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres.
  2. Modelo 06 – Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte: el siguiente impuesto se aplica en caso de matricular por primera vez una embarcación de recreo que ha sido adquirida en España o cuando se ha importado desde otro país.
  3. Formulario de cambio de titularidad – Registro de Buques y Empresas Navieras: documento oficial que debe presentarse en Capitanía Marítima para inscribir al nuevo propietario en el Registro de Buques.

Leyes que regulan la transferencia de propiedad de embarcaciones en Las Palmas

  1. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima: esta ley es la base del Derecho marítimo español. Regula, entre otros muchos temas, los derechos de propiedad, responsabilidades, inmigración marítima, salvamento, contaminación, estatuto de armadores y otros aspectos directamente relacionados.
  2. Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo: esta norma regula cómo se inscriben los buques (y embarcaciones), cómo se matriculan, cómo se hace el abanderamiento (poner pabellón nacional) y cómo opera el registro marítimo. Es fundamental para el trámite de transferencia, pues establece muchos de los requisitos formales.
  3. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo: este decreto complementa al anterior, con reglas específicas para embarcaciones de recreo (uso no comercial), distinguiendo casos con marcado CE, distintos tamaños, etc. Muy relevante si tu embarcación es de recreo.

Preguntas frecuentes - FAQ

¿Cuáles son los pasos para una transferencia de embarcación de recreo?

El proceso suele incluir: preparar la documentación (contrato, título de propiedad, certificados), liquidar los impuestos correspondientes (ITP), presentar el trámite en la Capitanía Marítima o en el Registro de Buques, y finalmente inscribir al nuevo propietario.

¿Qué documentos necesito para transferir la titularidad de un barco?

Entre los documentos más habituales están: contrato de compraventa, título de propiedad, DNI o CIF de las partes, certificado de navegabilidad, justificante del pago de impuestos y, en algunos casos, poder notarial si interviene un representante.

¿Cuánto cuesta cambiar la titularidad de una embarcación?

El coste varía según la comunidad autónoma, ya que el ITP es un impuesto autonómico. A ello se suman posibles tasas administrativas y, si recurres a una gestoría, los honorarios de la misma. Como referencia, puede oscilar entre unos cientos y más de mil euros, dependiendo del valor de la embarcación.

¿Dónde se debe hacer el cambio de titularidad de una embarcación?

El trámite se realiza en la Capitanía Marítima correspondiente o en el Registro de Buques y Empresas Navieras, según el tipo de embarcación y su uso.

¿Es obligatorio pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) al hacer la transferencia?

Sí. El comprador debe liquidar este impuesto en la comunidad autónoma donde tenga su residencia fiscal. Sin este justificante no se puede inscribir el cambio de titularidad.

¿Cuánto tarda el trámite de transferencia de propiedad de una embarcación?

El plazo varía en función de la administración y de si la documentación está completa. De media, puede tardar entre 2 y 6 semanas en quedar registrado el nuevo propietario.

¿Qué hago si la embarcación tiene cargas o embargos?

Antes de firmar la compraventa, es necesario comprobar que la embarcación esté libre de cargas. Si existen embargos, no podrá realizarse la transferencia hasta que se resuelvan. Una gestoría puede verificar este punto en el Registro.

¿Qué ocurre si la documentación no está completa o existen errores en los datos?

La administración puede rechazar o paralizar el trámite. Esto genera retrasos y posibles sanciones. Por eso es fundamental revisar que toda la documentación esté en orden y coincida en todos los datos.

¿Puedo navegar con la embarcación mientras se realiza el cambio de titularidad?

En teoría, sí se puede navegar siempre que se disponga de la documentación provisional o del contrato de compraventa, pero lo recomendable es esperar a que el cambio esté inscrito para evitar problemas con seguros o autoridades.

¿Qué leyes regulan el cambio de propietario de embarcaciones?

Las principales son la Ley 14/2014 de Navegación Marítima, el RD 1027/1989 sobre abanderamiento y registro de buques, el RD 1435/2010 sobre embarcaciones de recreo y el Texto Refundido de la Ley de Puertos y Marina Mercante.

Escrito por el equipo técnico de Gestoría Rubén María

Profesionales técnicos especializados en materias de tráfico, transporte y documentación oficial en España. Nuestro equipo trabaja para ofrecerte información clara, sencilla, actualizada y verificada por Gestores Administrativos colegiados, garantizando su precisión y utilidad.

Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.

Imagen de Gestoría Rubén Mª

Gestoría Rubén Mª

Grupo de profesionales especializados en la gestión administrativa y asesoramiento legal para particulares, autónomos y empresas. Estamos avalados por: Diplomatura en Ciencias Empresariales, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Máster en Gestión Administrativa.

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