Transferencia de propiedad de embarcaciones Ávila
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Sr. D. Rubén Mª Rodríguez López - Gestor colegiado 1268 COGAS
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¿Qué personas pueden realizar la transferencia de propiedad de embarcaciones en Ávila?
- Propietarios actuales de la embarcación: el titular registrado es quien tiene el derecho legal de vender o ceder la propiedad de la embarcación. Antes de iniciar la transferencia, debe asegurarse de que toda la documentación esté en regla y que la embarcación no tenga cargas pendientes.
- Compradores o nuevos propietarios: en la compraventa de embarcaciones, la persona que adquiere la embarcación debe figurar legalmente como nuevo titular. Esto garantiza que el comprador disponga de todos los derechos sobre la embarcación y pueda usarla o venderla en el futuro sin inconvenientes.
- Representantes legales o apoderados: si el titular no puede realizar el trámite personalmente, puede autorizar a otra persona mediante un poder notarial o documento oficial.
- Empresas o sociedades náuticas: cuando la embarcación pertenece a una entidad legal, la transferencia debe ser gestionada por sus representantes legales autorizados. De este modo, la embarcación queda correctamente inscrita a nombre de la empresa, evitando posibles conflictos legales posteriores.
Documentos necesarios para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcación en Ávila
- Título de propiedad de la embarcación: entre los documentos necesarios para transferir un barco, este acredita quién es el propietario actual. Es fundamental tenerlo en regla, ya que constituye la base legal sobre la que se realiza la transferencia.
- Contrato de compraventa / documento de cesión: este documento refleja el acuerdo entre el comprador y el vendedor, y el cambio de la titularidad de la embarcación. Además, incluye datos de ambos, como el precio de la transacción o las características con las que cuenta el vehículo náutico.
- Documento de identidad: deben presentarse los documentos de identificación de ambas partes, tanto del comprador como del vendedor.
- Certificado de navegabilidad: acredita que la embarcación cumple con los requisitos técnicos y de seguridad necesarios para poder navegar sin riesgos.
- Justificante del pago de impuestos: es completamente obligatorio y necesario aportar el pago de impuestos mediante el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
- Poder notarial: este documento sólamente es necesario si la transferencia de la propiedad de embarcación se realiza en representación de otra persona.
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Ventajas de solicitar la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª en Ávila
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Opiniones de clientes
Requisitos necesarios para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª en Ávila
- Embarcación libre de cargas: para realizar la transferencia de embarcaciones de manera correcta, tenemos que asegurarnos de que la embarcación cuya propiedad se va a transferir no debe tener deudas pendientes, embargos o cargas que imposibiliten el cambio de titularidad.
- Cumplir con la normativa de Hacienda o Seguridad Social: es fundamental que el vendedor esté al corriente de sus pagos y obligaciones ante Hacienda y la Seguridad Social, para evitar cualquier bloqueo o inconveniente en la transferencia.
- Pago de impuestos: el comprador siempre estará obligado a declarar correctamente el pago de impuestos de la transferencia de propiedad de embarcaciones mediante el famoso documento ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
- Certificado de navegabilidad: la embarcación debe disponer de un certificado de navegabilidad actualizado, requisito indispensable para poder registrar el barco a nombre del nuevo propietario.
- Inscripción en el Registro de Buques: una vez aceptada la transferencia, es necesario que quede correctamente registrada e inscrita a nombre del nuevo titular, asegurando la validez legal del cambio de propiedad.
- Mayoría de edad: por supuesto, debes cumplir con la mayoría de edad, tanto el vendedor como el comprador para tener plenas capacidades jurídicas.
¿Qué tipo de embarcaciones se pueden transferir en Ávila?
- Embarcaciones de recreo: con la transferencia de propiedad de embarcaciones de recreo nos referimos a lanchas, veleros y yates que están destinados a uso privado. A la hora de realizar un contrato de compraventa, estos son los vehículos más comunes.
- Motos de agua: al igual que en otros casos, este tipo de embarcaciones deben estar correctamente registradas y su transferencia requiere cumplir con los trámites administrativos correspondientes.
- Embarcaciones deportivas: se trata de barcos destinados a competiciones o actividades de carácter deportivo. Aunque se usen con fines recreativos o competitivos, deben quedar debidamente registradas para garantizar su legalidad.
- Embarcaciones de pesca: estas embarcaciones están destinadas a actividades pesqueras, ya sea a gran o pequeña escala. En estos casos, además de la transferencia, es necesario contar con la licencia de actividad correspondiente.
🚨 ¿Qué riesgo puedo correr si no realizo correctamente la transferencia de la propiedad de embarcaciones?
- Responsabilidad legal del propietario anterior: si la embarcación no se transfiere correctamente, el vendedor seguirá figurando como titular oficial, lo que significa que cualquier multa, impuesto o incidencia recaerá sobre él.
- Imposibilidad de registrar la embarcación: no actualizar la titularidad puede generar sanciones económicas por incumplimiento de la normativa vigente en trámites náuticos.
- Problemas con seguros y siniestros: en caso de accidente o reclamación, si el nuevo propietario no está registrado oficialmente, el seguro no cubrirá los daños ocasionados.
- Retrasos y costes adicionales en futuros trámites: si más adelante decides vender la embarcación o realizar un cambio de titularidad, la ausencia de una transferencia previa correcta podría complicar el proceso y generar gastos extra.
Pasos a seguir para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcaciones en Ávila
Reúne la documentación necesaria
Antes de iniciar la gestión, verifica que cuentas con todos los documentos requeridos para la transferencia de propiedad de la embarcación y comprueba que estén correctos y vigentes.
Confirma que la embarcación está libre de cargas
Asegúrate de que la embarcación no tenga deudas, gravámenes u otras cargas pendientes que puedan complicar o impedir la transferencia de propiedad.
Liquida los impuestos correspondientes
Revisa cada uno de los modelos necesarios para transferir la propiedad de embarcaciones y asegúrate de rellenarlos de manera correcta. Has de cumplir con cada uno de ellos para realizar el trámite de manera correcta.
Registra la embarcación a nombre del nuevo propietario
Es fundamental que el cambio de titularidad se realice correctamente, ya que cualquier sanción, multa o aviso relacionado con la embarcación recaerá sobre el antiguo propietario si no se actualiza.
Actualiza la póliza de seguro
El nuevo propietario debe notificar el cambio de titularidad a la compañía de seguros y asegurarse de que la embarcación cuenta con toda la documentación en regla para navegar sin inconvenientes.
Detalles a tener en cuenta sobre la transferencia de propiedad de embarcaciones
- Plazos para completar el trámite: la transferencia debe realizarse dentro del período establecido desde la compraventa o cesión de la embarcación. Retrasar este proceso puede derivar en sanciones o intereses no deseados.
- Consistencia en los datos: toda la documentación presentada debe coincidir en la información relativa a la embarcación y, en particular, a los propietarios. Cualquier discrepancia puede causar retrasos significativos en la gestión.
- Registro en el órgano competente: como hemos comentado anteriormente, el cambio de titularidad en la embarcación debe quedar correctamente inscrito en el Registro de Buques y Empresas Navieras, o a ser posible, en la Capitanía Marítima correspondiente.
- Seguro actualizado: una vez que esté realizada la transferencia, el nuevo propietario debe contratar o cambiar el seguro de la embarcación para que quede protegido ante cualquier cambio.
Modelos generales necesarios para la transferencia de propiedad de embarcaciones
- Modelo 620 o 621 – Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): modelo necesario para realizar la adquisición de una embarcación de segunda mano. Escoger entre el 620 o 621 depende directamente de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres.
- Modelo 06 – Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte: el siguiente impuesto se aplica en caso de matricular por primera vez una embarcación de recreo que ha sido adquirida en España o cuando se ha importado desde otro país.
- Formulario de cambio de titularidad – Registro de Buques y Empresas Navieras: documento oficial que debe presentarse en Capitanía Marítima para inscribir al nuevo propietario en el Registro de Buques.
Leyes que regulan la transferencia de propiedad de embarcaciones
- Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima: esta ley es la base del Derecho marítimo español. Regula, entre otros muchos temas, los derechos de propiedad, responsabilidades, inmigración marítima, salvamento, contaminación, estatuto de armadores y otros aspectos directamente relacionados.
- Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo: esta norma regula cómo se inscriben los buques (y embarcaciones), cómo se matriculan, cómo se hace el abanderamiento (poner pabellón nacional) y cómo opera el registro marítimo. Es fundamental para el trámite de transferencia, pues establece muchos de los requisitos formales.
- Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo: este decreto complementa al anterior, con reglas específicas para embarcaciones de recreo (uso no comercial), distinguiendo casos con marcado CE, distintos tamaños, etc. Muy relevante si tu embarcación es de recreo.
Preguntas frecuentes - FAQ
Es normal que al realizar el proceso de transferir una embarcación surjan dudas, ya que se trata de un trámite que no se realiza con frecuencia. En Gestoría Rubén María queremos ayudarte y para ello te dejamos algunas de las dudas más comunes de nuestros clientes.
¿Cuáles son los pasos para una transferencia de embarcación de recreo?
El proceso suele incluir: preparar la documentación (contrato, título de propiedad, certificados), liquidar los impuestos correspondientes (ITP), presentar el trámite en la Capitanía Marítima o en el Registro de Buques, y finalmente inscribir al nuevo propietario.
¿Qué documentos necesito para transferir la titularidad de un barco?
Entre los documentos más habituales están: contrato de compraventa, título de propiedad, DNI o CIF de las partes, certificado de navegabilidad, justificante del pago de impuestos y, en algunos casos, poder notarial si interviene un representante.
¿Cuánto cuesta cambiar la titularidad de una embarcación?
El coste varía según la comunidad autónoma, ya que el ITP es un impuesto autonómico. A ello se suman posibles tasas administrativas y, si recurres a una gestoría, los honorarios de la misma. Como referencia, puede oscilar entre unos cientos y más de mil euros, dependiendo del valor de la embarcación.
¿Dónde se debe hacer el cambio de titularidad de una embarcación?
El trámite se realiza en la Capitanía Marítima correspondiente o en el Registro de Buques y Empresas Navieras, según el tipo de embarcación y su uso.
¿Es obligatorio pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) al hacer la transferencia?
Sí. El comprador debe liquidar este impuesto en la comunidad autónoma donde tenga su residencia fiscal. Sin este justificante no se puede inscribir el cambio de titularidad.
¿Cuánto tarda el trámite de transferencia de propiedad de una embarcación?
El plazo varía en función de la administración y de si la documentación está completa. De media, puede tardar entre 2 y 6 semanas en quedar registrado el nuevo propietario.
¿Qué hago si la embarcación tiene cargas o embargos?
Antes de firmar la compraventa, es necesario comprobar que la embarcación esté libre de cargas. Si existen embargos, no podrá realizarse la transferencia hasta que se resuelvan. Una gestoría puede verificar este punto en el Registro.
¿Qué ocurre si la documentación no está completa o existen errores en los datos?
La administración puede rechazar o paralizar el trámite. Esto genera retrasos y posibles sanciones. Por eso es fundamental revisar que toda la documentación esté en orden y coincida en todos los datos.
¿Puedo navegar con la embarcación mientras se realiza el cambio de titularidad?
En teoría, sí se puede navegar siempre que se disponga de la documentación provisional o del contrato de compraventa, pero lo recomendable es esperar a que el cambio esté inscrito para evitar problemas con seguros o autoridades.
¿Qué leyes regulan el cambio de propietario de embarcaciones?
Las principales son la Ley 14/2014 de Navegación Marítima, el RD 1027/1989 sobre abanderamiento y registro de buques, el RD 1435/2010 sobre embarcaciones de recreo y el Texto Refundido de la Ley de Puertos y Marina Mercante.
Escrito por el equipo técnico de Gestoría Rubén María
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Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.

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