Transferencia de propiedad de embarcaciones León

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Sr. D. Rubén Mª Rodríguez López - Gestor colegiado 1268 COGAS

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¿Qué personas pueden realizar la transferencia de propiedad de embarcaciones en León?

  1. Propietarios actuales de la embarcación: únicamente el titular registrado posee la autoridad legal para vender o ceder la embarcación. Antes de iniciar el trámite, es fundamental verificar que la documentación esté vigente y que la embarcación esté libre de deudas, embargos u otras cargas.
  2. Compradores o nuevos propietarios: la persona que adquiere la embarcación debe inscribirse como nuevo titular en el registro correspondiente. Esto asegura el pleno ejercicio de sus derechos sobre la embarcación y evita complicaciones futuras al utilizarla, disfrutarla o transmitirla.
  3. Representantes legales o apoderados: si el propietario no puede gestionar personalmente la transferencia, puede otorgar un poder notarial a otra persona para que actúe en su nombre, siempre cumpliendo con la normativa vigente.
  4. Empresas o sociedades náuticas: en caso de que la embarcación pertenezca a una entidad jurídica, la compraventa debe realizarse a través de sus representantes legales, garantizando que la inscripción quede correctamente a nombre de la empresa y previniendo posibles problemas legales en el futuro.

Documentos necesarios para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcación en León

  • Título de propiedad de la embarcación: dentro de los documentos necesarios para transferir un barco, este título acredita quién es el propietario actual. Es imprescindible que esté vigente, ya que constituye la base legal para realizar el cambio de la titularidad de la embarcación.
  • Contrato de compraventa / documento de cesión: este documento oficializa el acuerdo entre comprador y vendedor, incluyendo los datos principales de ambas partes, el precio acordado y las características específicas de la embarcación.
  • Documento de identidad: es necesario presentar los documentos de identificación tanto del comprador como del vendedor, ya que garantizan la validez de la operación y acreditan la identidad de las personas implicadas en el trámite.
  • Certificado de navegabilidad: acredita que la embarcación cumple con los requisitos técnicos y de seguridad necesarios para navegar, siendo indispensable para que la transferencia de titularidad se realice de manera legal y correcta.
  • Justificante del pago de impuestos: es completamente obligatorio y necesario aportar el pago de impuestos mediante el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
  • Poder notarial: este documento solamente es necesario si la transferencia de la propiedad de embarcación se realiza en representación de otra persona.

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Precio de la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª

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Ventajas de solicitar la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª en León

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Requisitos necesarios para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª en León

  1. Embarcación libre de cargas: antes de efectuar la transferencia, es esencial verificar que la embarcación no tenga deudas, embargos u otros gravámenes que puedan impedir o complicar el cambio de titularidad.
  2. Cumplimiento de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social: el vendedor debe encontrarse al día con todos sus pagos y obligaciones frente a Hacienda y la Seguridad Social, evitando así bloqueos o incidencias durante el trámite.
  3. Pago de impuestos: corresponde al comprador declarar y abonar correctamente los impuestos derivados de la transferencia de propiedad mediante el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
  4. Certificado de navegabilidad: la embarcación debe disponer de un certificado vigente, requisito indispensable para poder inscribirse legalmente a nombre del nuevo propietario.
  5. Inscripción en el Registro de Buques: tras finalizar la transferencia, es imprescindible que la embarcación quede registrada a nombre del nuevo titular, asegurando la validez legal completa del cambio de propiedad.
  6. Mayoría de edad: tanto comprador como vendedor deben ser mayores de edad, garantizando que cuentan con la capacidad legal necesaria para realizar la operación.

¿Qué tipo de embarcaciones se pueden transferir en León?

  • Embarcaciones de recreo: con la transferencia de propiedad de embarcaciones de recreo nos referimos a lanchas, veleros y yates que están destinados a uso privado. A la hora de realizar un contrato de compraventa, estos son los vehículos más comunes.
  • Motos de agua: al igual que cualquier otra embarcación, deben estar debidamente registradas. Para realizar su transferencia de titularidad, es imprescindible cumplir con todos los trámites administrativos requeridos.
  • Embarcaciones deportivas: estos barcos están destinados a actividades deportivas o competiciones. Aunque se utilicen con fines recreativos, es obligatorio que cuenten con el registro correspondiente para asegurar su legalidad.
  • Embarcaciones de pesca: empleadas en la actividad pesquera, tanto a pequeña como a gran escala, requieren no solo la transferencia de propiedad, sino también disponer de la licencia de actividad en vigor para poder operar de forma legal.

🚨 ¿Qué riesgo puedo correr si no realizo correctamente la transferencia de la propiedad de embarcaciones?

  1. Responsabilidad del anterior propietario: si la transferencia no se realiza correctamente, el vendedor continuará figurando como titular legal de la embarcación, por lo que cualquier multa, impuesto o incidencia recaerá sobre él.
  2. Dificultad para inscribir la embarcación: no actualizar la titularidad puede ocasionar sanciones económicas por incumplir la normativa náutica vigente.
  3. Problemas con seguros y reclamaciones: en caso de accidente o siniestro, si el nuevo propietario no consta como titular legal, la aseguradora podría negarse a cubrir los daños.
  4. Retrasos y costes en futuros trámites: si más adelante se quiere vender la embarcación o efectuar un nuevo cambio de titularidad, una transferencia mal gestionada puede complicar el proceso y generar gastos adicionales.

Pasos a seguir para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcaciones en León

Reunir toda la documentación

Antes de comenzar el trámite, comprueba que cuentas con todos los documentos necesarios y que estén completos y actualizados.

Verificar que la embarcación esté libre de cargas

Asegúrate de que no existan deudas, embargos u otras cargas que puedan complicar o impedir el cambio de titularidad.

Liquida los impuestos correspondientes

Revisa cada uno de los modelos necesarios para transferir la propiedad de embarcaciones y asegúrate de rellenarlos de manera correcta. Has de cumplir con cada uno de ellos para realizar el trámite de manera correcta.

Inscripción de la embarcación a nombre del nuevo propietario

Es fundamental que el cambio de titularidad se registre correctamente, ya que cualquier sanción, multa o notificación vinculada a la embarcación seguirá afectando al antiguo propietario si no se actualiza.

Actualización de la póliza de seguro

El nuevo titular debe comunicar el cambio de propiedad a la aseguradora y asegurarse de que toda la documentación de la embarcación esté en regla para navegar sin inconvenientes.

Detalles a tener en cuenta sobre la transferencia de propiedad de embarcaciones

  • Plazos para efectuar la transferencia: el cambio de titularidad debe completarse dentro del tiempo legalmente establecido tras la compraventa o cesión de la embarcación. Retrasar este procedimiento puede derivar en sanciones o intereses adicionales.
  • Comprobación de la información: toda la documentación presentada debe coincidir exactamente con los datos de la embarcación y de sus propietarios. Cualquier error o discrepancia puede generar retrasos significativos en la gestión.
  • Registro en el órgano competente: como hemos comentado anteriormente, el cambio de titularidad en la embarcación debe quedar correctamente inscrito en el Registro de Buques y Empresas Navieras, o a ser posible, en la Capitanía Marítima correspondiente.
  • Seguro actualizado: una vez que esté realizada la transferencia, el nuevo propietario debe contratar o cambiar el seguro de la embarcación para que quede protegido ante cualquier cambio.

Modelos generales necesarios para la transferencia de propiedad de embarcaciones

  1. Modelo 620 o 621 – Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): modelo necesario para realizar la adquisición de una embarcación de segunda mano. Escoger entre el 620 o 621 depende directamente de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres.
  2. Modelo 06 – Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte: el siguiente impuesto se aplica en caso de matricular por primera vez una embarcación de recreo que ha sido adquirida en España o cuando se ha importado desde otro país.
  3. Formulario de cambio de titularidad – Registro de Buques y Empresas Navieras: documento oficial que debe presentarse en Capitanía Marítima para inscribir al nuevo propietario en el Registro de Buques.

Leyes que regulan la transferencia de propiedad de embarcaciones en León

  1. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima: esta ley es la base del Derecho marítimo español. Regula, entre otros muchos temas, los derechos de propiedad, responsabilidades, inmigración marítima, salvamento, contaminación, estatuto de armadores y otros aspectos directamente relacionados.
  2. Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo: esta norma regula cómo se inscriben los buques (y embarcaciones), cómo se matriculan, cómo se hace el abanderamiento (poner pabellón nacional) y cómo opera el registro marítimo. Es fundamental para el trámite de transferencia, pues establece muchos de los requisitos formales.
  3. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo: este decreto complementa al anterior, con reglas específicas para embarcaciones de recreo (uso no comercial), distinguiendo casos con marcado CE, distintos tamaños, etc. Muy relevante si tu embarcación es de recreo.

Preguntas frecuentes - FAQ

¿Cuáles son los pasos para una transferencia de embarcación de recreo?

El proceso suele incluir: preparar la documentación (contrato, título de propiedad, certificados), liquidar los impuestos correspondientes (ITP), presentar el trámite en la Capitanía Marítima o en el Registro de Buques, y finalmente inscribir al nuevo propietario.

¿Qué documentos necesito para transferir la titularidad de un barco?

Entre los documentos más habituales están: contrato de compraventa, título de propiedad, DNI o CIF de las partes, certificado de navegabilidad, justificante del pago de impuestos y, en algunos casos, poder notarial si interviene un representante.

¿Cuánto cuesta cambiar la titularidad de una embarcación?

El coste varía según la comunidad autónoma, ya que el ITP es un impuesto autonómico. A ello se suman posibles tasas administrativas y, si recurres a una gestoría, los honorarios de la misma. Como referencia, puede oscilar entre unos cientos y más de mil euros, dependiendo del valor de la embarcación.

¿Dónde se debe hacer el cambio de titularidad de una embarcación?

El trámite se realiza en la Capitanía Marítima correspondiente o en el Registro de Buques y Empresas Navieras, según el tipo de embarcación y su uso.

¿Es obligatorio pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) al hacer la transferencia?

Sí. El comprador debe liquidar este impuesto en la comunidad autónoma donde tenga su residencia fiscal. Sin este justificante no se puede inscribir el cambio de titularidad.

¿Cuánto tarda el trámite de transferencia de propiedad de una embarcación?

El plazo varía en función de la administración y de si la documentación está completa. De media, puede tardar entre 2 y 6 semanas en quedar registrado el nuevo propietario.

¿Qué hago si la embarcación tiene cargas o embargos?

Antes de firmar la compraventa, es necesario comprobar que la embarcación esté libre de cargas. Si existen embargos, no podrá realizarse la transferencia hasta que se resuelvan. Una gestoría puede verificar este punto en el Registro.

¿Qué ocurre si la documentación no está completa o existen errores en los datos?

La administración puede rechazar o paralizar el trámite. Esto genera retrasos y posibles sanciones. Por eso es fundamental revisar que toda la documentación esté en orden y coincida en todos los datos.

¿Puedo navegar con la embarcación mientras se realiza el cambio de titularidad?

En teoría, sí se puede navegar siempre que se disponga de la documentación provisional o del contrato de compraventa, pero lo recomendable es esperar a que el cambio esté inscrito para evitar problemas con seguros o autoridades.

¿Qué leyes regulan el cambio de propietario de embarcaciones?

Las principales son la Ley 14/2014 de Navegación Marítima, el RD 1027/1989 sobre abanderamiento y registro de buques, el RD 1435/2010 sobre embarcaciones de recreo y el Texto Refundido de la Ley de Puertos y Marina Mercante.

Escrito por el equipo técnico de Gestoría Rubén María

Profesionales técnicos especializados en materias de tráfico, transporte y documentación oficial en España. Nuestro equipo trabaja para ofrecerte información clara, sencilla, actualizada y verificada por Gestores Administrativos colegiados, garantizando su precisión y utilidad.

Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.

Imagen de Gestoría Rubén Mª

Gestoría Rubén Mª

Grupo de profesionales especializados en la gestión administrativa y asesoramiento legal para particulares, autónomos y empresas. Estamos avalados por: Diplomatura en Ciencias Empresariales, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Máster en Gestión Administrativa.

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