Un ejercicio concreto
Antes de pedirlo confirmamos el año que exige el destinatario. El certificado de un ejercicio anterior no informa por sí solo de tus ingresos actuales.
Elige una opción o cuéntanos tu caso. Nuestro equipo confirmará el documento y el alcance antes del pago.
El certificado tributario de IRPF acredita los datos del impuesto que constan en la AEAT para una persona y un ejercicio. Si te lo piden para una beca, ayuda, trámite administrativo o comprobación económica, revisamos qué documento necesitas y gestionamos su solicitud con la representación adecuada.
Antes de pedirlo confirmamos el año que exige el destinatario. El certificado de un ejercicio anterior no informa por sí solo de tus ingresos actuales.
El encargo estándar comprende una persona, un ejercicio disponible, una solicitud ordinaria ante la AEAT y la entrega electrónica del certificado expedido.
Solicitar el certificado no equivale a presentar la declaración de la renta, modificarla o revisar si existe obligación de declarar. Esas actuaciones tienen un alcance distinto.
Recoge información de la renta presentada para el ejercicio y su modalidad de tributación, individual o conjunta, con los datos que certifica la AEAT.
Cuando no se presentó y no había obligación según los datos de la AEAT, puede emitirse un certificado negativo que incluya imputaciones o indique que no constan datos de rentas o rendimientos.
El documento se refiere a la información certificada por la Administración. Un negativo no prueba que nunca hayas tenido ingresos, que actualmente no cobres nada o que carezcas de patrimonio.
Fuente: qué certifica el IRPF según la AEAT.
A veces se utiliza «certificado de ingresos» para pedir documentos diferentes. Revisa el nombre exacto y el periodo que aparecen en la petición del organismo.
Es la certificación emitida por Hacienda con el alcance del ejercicio indicado. Puede recoger datos de la declaración o, en los casos previstos, información de imputaciones.
Es el documento presentado por el contribuyente. Si el destinatario pide una certificación de la AEAT, no se sustituye automáticamente por una copia de la renta.
Puede que necesites el certificado del pagador, nóminas, prestaciones u otro justificante. El certificado anual de IRPF no sustituye todos esos documentos.
Si aún tienes que confeccionar la declaración, consulta nuestra gestión de la declaración de la renta. Pedir un certificado no presenta una declaración pendiente.
Indica si presentaste la renta de ese año y si fue individual o conjunta. No necesitas enviarnos de entrada todas tus cuentas, nóminas y declaraciones para consultar el alcance de un certificado.
Actuamos con los medios propios del representante. La recogida del certificado de otra persona exige el apoderamiento adecuado; tener autorización comercial o condición de colaborador social no lo sustituye automáticamente.
Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite. No necesitamos tu contraseña, PIN de Cl@ve, referencia de acceso a la renta ni el archivo privado de tu certificado digital.
Fuente: representación para solicitar y recoger certificados.
Revisamos la petición del destinatario y si corresponde el certificado de IRPF de la AEAT. Si ya tienes uno, comprobamos su ejercicio antes de repetir la solicitud.
Te indicamos cómo acreditar el encargo y el poder necesario. Confirmamos el total y las actuaciones incluidas antes del pago.
Seleccionamos el ejercicio disponible y comprobamos los datos del representado antes de presentar con identificación propia.
Cuando se expide, comprobamos titular y ejercicio, y te facilitamos el documento completo para presentarlo donde lo necesites.
También puedes pedirlo personalmente mediante los sistemas de identificación admitidos en la Sede de la AEAT. La ayuda oficial explica además otras vías de atención.
Consulta la guía oficial para solicitar el certificado tributario de IRPF.
Una persona, un ejercicio disponible, una solicitud ordinaria ante la AEAT y entrega electrónica del certificado expedido, con datos y representación suficientes.
El certificado oficial es gratuito. El importe corresponde a nuestros honorarios privados por la gestión; no es una tasa de Hacienda. Antes de empezar confirmamos que el caso encaja en este alcance.
No incluye confección o presentación de la renta, revisión de impuestos, declaraciones pendientes, varios ejercicios, varias personas, trámites forales ni escritos de disconformidad. Si necesitas otra actuación, se valora y acepta por separado. Los errores imputables a nuestra solicitud se corrigen dentro del encargo; las actuaciones nuevas se presupuestan antes de realizarlas.
La Sede puede generar el certificado automáticamente cuando se cumplen los requisitos. La ficha del procedimiento fija un plazo de resolución de 20 días hábiles. La posibilidad de emisión al momento no supone una garantía de entrega inmediata para todos los encargos.
Conserva el PDF completo. Si el documento incorpora un código seguro de verificación, permite comprobar su autenticidad en la Sede de la AEAT. El justificante de solicitud y el certificado expedido son documentos diferentes.
Antes de presentarlo, revisa que el ejercicio coincida con el requerido. Un certificado auténtico de otro año puede no servir para tu beca o trámite. Tampoco garantiza la concesión de una ayuda ni sustituye el resto de requisitos del destinatario.
Plazo y reglas de expedición en la ficha oficial G306 de IRPF.
Lo indicamos al revisar el caso, sin asumir que existe derecho a un negativo. Si tenías obligación de declarar o hay dudas, hace falta una valoración distinta de solicitar el certificado.
Guarda el certificado y la fecha de recepción. Te indicamos que debe revisarse la incidencia; no modificamos el PDF ni presentamos una reclamación automáticamente.
Primero comprobamos quién debe certificar el ejercicio. No aplicamos sin revisar el mismo procedimiento ni el precio de AEAT a Navarra, Álava, Bizkaia o Gipuzkoa.
Facilita el justificante para revisar el estado antes de presentar otra. Un error de acceso o descarga no demuestra que no existan rentas o que el certificado sea negativo.
La vía de disconformidad con el contenido de un certificado tiene sus propios plazos y requisitos. Si el caso la necesita, se estudia y presupuesta como una actuación adicional.
No. El certificado acredita información tributaria de un ejercicio. Confeccionar o presentar una declaración es otro servicio.
Puede emitirse en los supuestos previstos por la AEAT, con información de imputaciones o indicación de que no constan datos. No haber presentado la renta no basta por sí solo para dar por hecho que procede un negativo.
No de forma universal. Se refiere a los datos y al ejercicio que certifica Hacienda; no acredita por sí solo ausencia de cualquier renta, ingresos actuales o patrimonio.
El que indique el organismo destinatario. Compruébalo en su petición: no siempre se necesita el último ejercicio disponible.
El encargo estándar se refiere a una persona y un ejercicio. Si el trámite pide documentos de otros miembros de la unidad familiar, se concretan autorizaciones y solicitudes aparte.
Sirve si coincide con el documento y el ejercicio exigidos. Su expedición no garantiza que se cumplan los requisitos ni que concedan la ayuda.
Sí. La expedición ordinaria del certificado de la AEAT es gratuita. Si eliges nuestra ayuda, pagas los honorarios de gestión previamente confirmados.
No. Actuamos con representación y medios propios. No necesitamos utilizar tus credenciales personales.
No lo garantizamos. La generación automática depende de los requisitos y de la Sede. Indica cualquier plazo que tengas antes de contratar.
Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite. Te indicamos qué hace falta para este certificado y su representación.
Cuéntanos para qué lo necesitas y qué año te piden. Confirmamos el documento, la representación y el precio antes de tramitarlo.
SOLICITAR CERTIFICADO POR WHATSAPP
Un encargo puntual. Sin cuota mensual ni asesoramiento fiscal incluido automáticamente.