Legalización de libros
Se refiere a los libros exigidos y confeccionados en soporte electrónico, que se presentan para su legalización. Identificamos cada libro y ejercicio.
Indica ejercicio, sociedad y qué archivos tienes preparados. La gestión es la presentación y documentación del trámite, no llevar la contabilidad.
Si tu asesor o tu empresa han preparado los libros mercantiles y necesitas delegar el envío al registro, podemos organizar la presentación telemática y sus justificantes. El encargo se acuerda por sociedad, ejercicio y libros concretos.
No necesitas contratar contabilidad mensual. Tampoco se incluye elaborar asientos, reconstruir actas o validar cuentas por el mero hecho de presentar sus archivos. Antes comprobamos que la documentación de partida corresponde al trabajo que quieres encargar.
Se refiere a los libros exigidos y confeccionados en soporte electrónico, que se presentan para su legalización. Identificamos cada libro y ejercicio.
Es otra obligación y otro expediente. No queda realizado automáticamente porque hayas presentado libros.
Es el trabajo de elaborar y mantener los registros económicos. Esta página ofrece la gestión de presentación, no una asesoría contable.
Las actas y registros de socios deben recoger hechos y acuerdos reales. El trámite no crea reuniones, firmas o decisiones que no se hayan producido.
Fuente oficial: presentación telemática de libros mercantiles.
Dinos si necesitas presentar libros contables, libros de actas, registro de socios o acciones nominativas u otros libros concretos. La selección se ajusta al tipo de entidad y a las obligaciones que correspondan; no se presume que todos los libros son idénticos para cualquier sociedad.
Los archivos deben estar completos y legibles. Si hay que corregir su contenido, lo devuelve a revisión quien lo ha elaborado; no alteramos cifras o acuerdos para que un fichero pase una validación técnica.
Registradores explica que la presentación telemática debe realizarse antes de que transcurran cuatro meses desde el cierre del ejercicio. No se aplica una fecha de calendario única a todas las sociedades, porque puede variar la fecha de cierre.
Al iniciar el encargo nos indicas el ejercicio y la fecha de cierre para organizar la gestión. Si el plazo está próximo o ha pasado, se revisa el estado concreto antes de dar instrucciones; no se cambian fechas ni se anuncia una presentación retroactiva.
Fuente oficial: plazo de legalización contado desde el cierre.
Podemos comprobar identificación de la sociedad, correspondencia de archivos, formato de presentación y datos que solicita el canal. Se diferencia esa comprobación técnica de una auditoría o de la revisión material de la contabilidad.
Si la herramienta detecta un fichero no admitido, una incoherencia o documentación pendiente, te informamos de qué debe corregirse. La gestión no garantiza que cualquier archivo recibido sea aceptado ni convierte un documento provisional en definitivo.
La empresa mantiene su responsabilidad sobre lo que reflejan los libros. Antes del envío debe quedar confirmada la versión final. Conservamos la correspondencia entre esa versión y el justificante entregado dentro del encargo.
La actuación telemática se realiza con la representación y las credenciales admitidas para el presentante. Un certificado digital por sí solo no acredita todas las facultades necesarias ni autoriza a presentar en nombre de cualquier entidad.
Si solo necesitas preparar los archivos para que los presente tu responsable, se puede delimitar así. Si contratas el envío, se confirma antes quién presenta, la autorización y la documentación que quedará a tu disposición.
Revisamos qué libros y versiones finales se van a presentar.
Honorarios con IVA, gastos registrales y alcance de incidencias diferenciados.
Comprobamos documentación y formato, con autorización y vía admitidas.
Recibes la evidencia del trámite y el resultado o los pasos pendientes.
Puedes ver otras gestiones en trámites de registro.
El presupuesto depende del número de archivos, sociedades y ejercicios y del trabajo técnico pendiente. No se fija una cuota recurrente para una presentación puntual. El coste registral se informa separadamente.
Un justificante de envío y la legalización practicada son hitos distintos. Te indicamos qué documento se ha obtenido y qué falta, si procede. Un requerimiento adicional se atiende según el seguimiento contratado, sin prometer incidencias ilimitadas.
Cuando termina el encargo, recibes la documentación para archivarla con los libros correspondientes. La renovación anual del servicio no se activa automáticamente.
No. Puedes contratar solo la gestión de presentación de archivos ya preparados.
No. Son trámites distintos y se identifican separadamente.
El plazo se cuenta desde el cierre del ejercicio. Hay que conocer ese cierre antes de fijar el calendario.
No se crean acuerdos ni reuniones inexistentes. Se trabaja con documentación real y validada por sus responsables.
Se concreta la corrección necesaria y quién debe hacerla. Un ajuste técnico no autoriza a cambiar el contenido económico o societario.
Hay que distinguir presentación y resultado. Te entregamos los documentos que acrediten cada fase realizada.
Se revisan de forma individual para concretar alcance, antecedentes y coste; no se agrupan sin comprobarlos.
No automáticamente. Es una gestión puntual y cada nueva actuación se acuerda.
Indica sociedad, ejercicio y archivos disponibles. Revisamos la gestión de presentación y te damos presupuesto previo.
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Gestoría administrativa · Encargo puntual · Presupuesto previo con IVA