Jubilación autónomos

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ℹ️ ¿Qué es la jubilación para autónomos?

Es la pensión contributiva que puede reconocerse al cumplir la edad y cotización exigidas. Su importe depende de las bases, los años y la modalidad; no es igual para todos los autónomos.

🚨Problemas que te puedes encontrar a la hora de pedir la jubilación para autónomos

Comprobamos cotizaciones, cuotas pendientes y fecha de acceso.
Una deuda con Hacienda, una enfermedad o el cierre del negocio no determinan por sí solos el derecho a jubilación.
Si quieres seguir trabajando, revisamos la modalidad de compatibilidad y las obligaciones de cotización que correspondan.

⚠️ Requisitos para solicitar la jubilación para autónomos

En 2026: 65 años con al menos 38 años y 3 meses cotizados, o 66 años y 10 meses con menos cotización.
Se exigen generalmente 15 años, con dos dentro de los 15 de referencia.
Se comprueban los demás requisitos de la modalidad y la situación de las cuotas.

✅ Te ayudamos con la solicitud

Revisamos documentos y presentamos la solicitud por la vía admitida, con tu autorización. Recibes el justificante; el INSS resuelve el derecho y la cuantía de la pensión.

¿Quién puede solicitar la jubilación de autónomos?

La jubilación de autónomos depende de la edad, las cotizaciones y la modalidad que solicites. Haber trabajado por cuenta propia no fija una pensión igual para todos. Estas son las dos comprobaciones iniciales para la jubilación ordinaria en 2026:

  1. Edad ordinaria: 65 años si acreditas al menos 38 años y 3 meses cotizados; con menos cotización, 66 años y 10 meses. La anticipada y las reducciones legales de edad tienen requisitos distintos.
  2. Cotización mínima: con carácter general, 15 años, de los que dos deben encontrarse dentro de los 15 de referencia. La referencia suele ser la fecha de jubilación, aunque existen reglas específicas para determinadas situaciones asimiladas al alta sin obligación de cotizar. Si has trabajado también por cuenta ajena, se estudia el cómputo recíproco: no se exige que toda tu carrera proceda exclusivamente del RETA ni se duplican los periodos simultáneos.

Requisitos para jubilación de autónomos

Antes de presentar la solicitud revisamos edad, vida laboral, bases y situación de las cuotas. Cumplir la edad no significa por sí solo tener derecho al 100 % de la base reguladora.

  • Fecha y situación de acceso: se comprueba la edad ordinaria de 2026 y la modalidad elegida. La jubilación ordinaria puede reconocerse desde una situación de no alta si se cumplen sus requisitos; no tienes que volver a darte de alta en el RETA o en el IAE únicamente para solicitarla.
  • Años y base reguladora: en la escala general de 2026 se alcanza el 100 % de la base reguladora con 36 años y 6 meses cotizados. No es lo mismo que los 38 años y 3 meses que permiten acceder a los 65 años, ni equivale necesariamente a la pensión máxima. Para pensiones causadas en 2026 se compara, cuando corresponde, la fórmula de 300 bases mensuales divididas entre 350 con la fórmula transitoria que elige las 302 bases de mayor importe dentro de 304 meses y divide entre 352,33. Se aplica el cálculo legal más favorable, con las actualizaciones y particularidades que correspondan.
  • Cuotas de Seguridad Social: si eres responsable de pagarlas, se comprueba que estés al corriente. En los supuestos previstos existe invitación al pago; si hay aplazamiento, deben revisarse sus efectos y su cumplimiento. Una deuda con Hacienda no elimina por sí sola el derecho a jubilarse, aunque pueda tener consecuencias de recaudación distintas.

Si tienes dudas o quieres empezar, escribe tu nombre y teléfono y contactamos contigo por WhatsApp en menos de 24h.

¡Si tienes dudas o quieres empezar!

Consejos de gestores para jubilación autónomos

Rubén R.Autónomos jubilados en actividad
Antes de elegir fecha, revisa vida laboral y bases. La carencia general es de 15 años, con dos dentro de los 15 de referencia, pero el importe y la edad dependen de tu carrera y de la modalidad que puedas solicitar.
Andrés C.Jubilarse telemáticamente
Cerrar el negocio no da acceso automático a la jubilación anticipada. Primero comprobamos la edad aplicable, los años cotizados y los posibles reductores; después preparamos la presentación autorizada de la solicitud.

Pedir la jubilación de los autónomos online con GESTORÍA RMª

Revisamos la documentación de tu solicitud de jubilación de autónomos y la presentamos por el canal electrónico admitido por la Seguridad Social, con tu autorización. Puedes contratar la gestión y enviarnos la documentación a distancia. Te facilitamos el justificante de presentación y la información necesaria para seguir la solicitud.

Según la vía utilizada, tendrás que confirmar la representación o completar una comprobación de identidad. El certificado digital no sustituye la autorización ni los requisitos del procedimiento. Si necesitas documentación de otra empresa o una actuación personal, te indicaremos cuál es antes de presentar.

La presentación online no es la concesión de la pensión: el INSS determina el derecho y la cuantía. El plazo máximo para resolver y notificar la solicitud es de 90 días; los efectos económicos y posibles atrasos dependen de tu situación y de la fecha de solicitud. También puedes consultar nuestra información general sobre cómo tramitar la jubilación.

¿Cuánto cuesta conseguir la jubilación como autónomo con Gestoría RMª?

El precio de nuestra gestión es de 80 € IVA incluido. Antes de empezar concretamos la solicitud y la documentación necesaria. Este importe corresponde a los honorarios de gestión anunciados, sin añadir otros honorarios por ese mismo concepto. El pago de la gestión no garantiza que la Seguridad Social reconozca la pensión ni una cuantía determinada.

Ventajas si lo haces con Gestoría RMª

  • Gestión a distancia: puedes contratar el servicio y facilitarnos los documentos sin acudir a nuestra oficina.
  • Sin pedir cita para empezar: primero revisamos qué solicitud corresponde y qué documentación necesitas.
  • Presentación electrónica autorizada: utilizamos el canal, la identificación y la representación admitidos para tu expediente.
  • Justificante e información de seguimiento: sabes qué se ha presentado y qué documentación o actuaciones puede requerir el INSS.

Opiniones de Nuestros Clientes

Concha
Autónomos jubilados
Gracias a vosotros mi padre ha podido arreglar su prestación después de toda una vida trabajando. Muchas gracias por todo.
Pepe
Jubilación autónomos por cese de actividad
Menos mal que unos amigos me recomendaron contactar con Gestoría Rubén María para mis trámites al jubilarme. No sabéis lo agradecido que estoy con vosotros.
Carmen
Ayuda para autónoma jubilada
Llevo toda la vida de autónomo y solo pensar en los trámites de la jubilación me daba dolor de cabeza... hasta que conocí esta gestoría. Se encargaron de todo, me explicaron mis opciones y no tuve que preocuparme por nada.
Joaquín
Hacer el trámite de jubilación por internet
Si eres autónomo y estás pensando en jubilarte, esta gestoría es tu salvavidas. Entienden perfectamente nuestra situación (que no es fácil) y hacen que todo el proceso sea rápido y claro. Repetiría mil veces!!!

Documentos para tramitar la jubilación autónomos de la Seguridad Social

La documentación depende de la modalidad y de tu situación. Preparamos la solicitud oficial y comprobamos los documentos aplicables; no todos los autónomos necesitan aportar los mismos certificados.

  1. Identificación y representación: documento identificativo válido del solicitante y, cuando corresponda, del representante y acreditación de la representación. Para personas extranjeras se revisa el documento admitido: TIE o pasaporte/documento de identidad acompañado del NIE, según las instrucciones oficiales.
  2. Solicitud y datos de contacto: fecha de jubilación, modalidad elegida y datos necesarios para las comunicaciones. Revisamos vida laboral y bases disponibles; si falta un periodo, habrá que acreditarlo y corregirlo por el procedimiento correspondiente.
  3. Documentos familiares o especiales: se aportan cuando sean necesarios para los requisitos o complementos solicitados. El libro de familia no es obligatorio en toda solicitud por el mero hecho de ser autónomo. La discapacidad o el trabajo en otros países requieren la acreditación específica.
  4. Cuenta de cobro: datos de una cuenta bancaria del solicitante para el abono de la pensión, conforme a las instrucciones del formulario.
  5. Actividad y cotización: revisamos las cuotas y los documentos de cese o continuidad que correspondan. Si solicitas compatibilidad con el trabajo, se añaden los datos propios de esa modalidad y, si invocas contratación de trabajadores, su acreditación.

Qué revisar antes de solicitar la jubilación de autónomos

Elegir bien la fecha exige comparar los datos de tu carrera y la modalidad que puedes solicitar. Una simulación ayuda a decidir, pero no sustituye la resolución del INSS.

  • Continuar trabajando o jubilarte: compara la pensión ordinaria, los posibles reductores de una anticipada y las condiciones de la demora o jubilación activa. No existe una regla universal de cobrar siempre el 50 % mientras trabajas.
  • Complementos que puedan corresponder: se estudian los requisitos del complemento para reducir la brecha de género, diferenciándolo del antiguo complemento de maternidad. Haber tenido hijos no permite sumar automáticamente cualquier complemento.
  • Periodos de cuidado y prácticas: comprueba si aparecen correctamente y si la norma permite computarlos en tu caso. No toda beca antigua equivale automáticamente a años cotizados. Si faltan datos o acreditaciones, hay que resolverlo por la vía correspondiente antes de dar por correcta una estimación.

Bonificaciones de autónomos en la pensión de jubilación por retrasarla

Retrasar la jubilación más allá de la edad ordinaria puede generar un complemento si ya se reunía la cotización mínima y se cumplen los demás requisitos. Conviene comparar estas opciones antes de elegir:

  1. Porcentaje adicional: la regla es un 4 % por cada año completo cotizado de demora. A partir del segundo año completo, un periodo adicional superior a seis meses e inferior a un año puede generar un 2 %.
  2. Cantidad a tanto alzado: es una alternativa al incremento porcentual, con su propio cálculo legal; no se determina aplicando un antiguo porcentaje de IPC.
  3. Fórmula mixta: combina porcentaje y cantidad a tanto alzado. Sus reglas se han actualizado en 2026 y exige al menos dos años completos de demora. No todas las opciones son compatibles con cualquier forma posterior de trabajo.
  4. Cotizaciones y revalorización: seguir cotizando puede influir en el porcentaje y en las bases computables, pero debe simularse con los datos reales. La revalorización anual de las pensiones es distinta del incentivo por demora; no existe un incremento fijo del 1,9 % por jubilarte más tarde.

Concepto de jubilación activa autónomos

La jubilación activa permite compatibilizar la pensión con trabajo por cuenta propia o ajena si se cumplen sus requisitos. Exige haber demorado el acceso al menos un año desde que se alcanzaron la edad ordinaria y la cotización mínima. En el régimen vigente desde abril de 2025 no se exige haber alcanzado el 100 % de la base reguladora por años cotizados ni se cobra siempre el 50 % de la pensión.

La escala general permite cobrar el 45 %, 55 %, 65 %, 80 % o 100 % según la jubilación se haya demorado uno, dos, tres, cuatro o al menos cinco años. Por cada 12 meses ininterrumpidos en jubilación activa, el porcentaje sube cinco puntos porcentuales hasta el 100 %: por ejemplo, del 45 % al 50 %.

Existe una regla del 75 % para determinados autónomos que demoran entre uno y tres años y tienen contratado al menos un trabajador indefinido con 18 meses de antigüedad, o realizan una nueva contratación indefinida sin relación laboral con ese autónomo en los dos años anteriores al inicio de la jubilación activa. Se comprueba quién contrata y si se cumplen las condiciones; no basta con que una sociedad tenga empleados.

Mientras dura la compatibilidad no se cobra complemento a mínimos. Al finalizar el trabajo se restablece el pago íntegro que corresponda. Si tu jubilación activa comenzó antes de abril de 2025, revisamos la fecha y las reglas transitorias: la escala nueva no se aplica automáticamente a toda situación anterior.

Concepto de jubilación anticipada de autónomos

La jubilación anticipada voluntaria de autónomos permite adelantar hasta dos años la edad ordinaria aplicable. Exige, entre otros requisitos, al menos 35 años de cotización efectiva, alta o situación asimilada y que la pensión resultante supere la mínima exigida a los 65 años según la situación familiar. Se aplican coeficientes reductores mensuales según los meses de anticipo y la cotización. No todos los autónomos pueden jubilarse a los 63 años.

El cierre del negocio o cobrar una prestación por cese de actividad no dan acceso automático a la anticipada involuntaria de cuatro años prevista para determinadas extinciones de relaciones laborales. En una carrera mixta hay que comprobar el régimen que reconoce la pensión y la causa concreta.

Una enfermedad tampoco permite anticipar la jubilación por sí sola. La vía del Real Decreto 1851/2009 para discapacidad igual o superior al 45 % puede incluir a autónomos: exige una patología del anexo vigente y trabajo efectivo afectado por ella durante el periodo mínimo exigido para jubilarse, generalmente 15 años, con al menos cinco años dentro de ese periodo con el grado exigido. Se necesitan alta o situación asimilada y acreditación médica y oficial. La edad mínima de esta vía es de 56 años.

Si concurren varias dolencias, las patologías del anexo deben representar al menos el 33 % del grado total de discapacidad acreditado, conforme al artículo 5.3. Una discapacidad del 45 % de cualquier origen no basta. Esta reducción de edad es distinta de la incapacidad permanente.

Concepto de jubilación y autónomo societario

En un socio o administrador se distingue la titularidad de participaciones de las funciones que realmente desarrolla y del régimen de Seguridad Social aplicable. Ser administrador no significa siempre estar en el RETA, y conservar participaciones no equivale por sí solo a realizar una actividad incompatible con la pensión.

Tampoco existe una prohibición universal de alcanzar el 100 % en jubilación activa por ser autónomo societario: depende de la modalidad y de los requisitos, incluida la demora. Las reglas especiales ligadas a contratar empleados no se atribuyen automáticamente a una persona física porque los trabajadores pertenezcan a su sociedad. Antes de mantener funciones de dirección, administración o trabajo, comprobamos tu encuadramiento y la compatibilidad que debes comunicar.

¿Se puede tramitar la jubilación de autónomos y seguir trabajando?

Puedes seguir trabajando si encajas en una compatibilidad legal y cumples sus obligaciones. Para quien venía trabajando como autónomo, la jubilación activa y la excepción de trabajos por cuenta propia con ingresos anuales totales no superiores al SMI deben analizarse por separado. El límite de ingresos no es una regla general para cualquier trabajo a tiempo parcial.

Desde el 28 de agosto de 2026 existe también jubilación flexible por cuenta propia, pero no pueden acceder quienes hayan estado de alta en un régimen por cuenta propia durante los tres años inmediatamente anteriores a causar la pensión. En esta modalidad se percibe el 25 % de la pensión, con sus restantes condiciones y exclusiones. No permite continuar universalmente el mismo negocio cobrando toda la pensión.

La actividad en jubilación flexible debe comunicarse antes de comenzar. Si se eligió el complemento por demora a tanto alzado o la opción mixta, no se puede acceder a esta flexible; si se eligió el complemento porcentual, su abono se suspende durante la compatibilidad. Son comprobaciones diferentes de las de jubilación activa. Las situaciones de jubilación flexible iniciadas antes de la entrada en vigor de la nueva norma conservan sus reglas anteriores.

Normativa sobre pensión de jubilación para autónomos

Información revisada el 12 de septiembre de 2026. La norma aplicable depende de la fecha, el régimen y la modalidad de tu solicitud. Estas son las referencias principales:

🎯 FAQ - Preguntas frecuentes y de interés

No de forma automática. El cierre del negocio o la prestación por cese de actividad no equivalen a una de las extinciones laborales que permiten la anticipada involuntaria. La vía voluntaria del RETA permite anticipar hasta dos años si cumples sus requisitos, incluidos los 35 años de cotización efectiva y los límites de pensión mínima, con coeficientes reductores. En una carrera mixta se revisan el régimen y la causa concreta.

Cotizar por una base baja no elimina por sí solo el derecho. Debes cumplir la edad, el periodo mínimo —generalmente 15 años, con dos dentro de los 15 de referencia— y los demás requisitos. El importe depende de las bases y años cotizados. Los complementos a mínimos tienen condiciones propias y no se conceden automáticamente por haber cotizado por la base mínima.

En 2026, la edad ordinaria es de 65 años con al menos 38 años y 3 meses cotizados, o de 66 años y 10 meses con menos cotización. Desde 2027 el umbral general pasa a 38 años y 6 meses para acceder a los 65 años; con menos cotización, la edad será de 67 años. Las modalidades anticipadas y las reducciones legales de edad se comprueban aparte.

No existe una cantidad fija. Primero hay que comprobar que puedas acceder a los 63 años: no es la edad anticipada de todos los autónomos. Después se calcula la base reguladora y se aplican el porcentaje por cotización y los reductores que correspondan. Dos personas con la misma edad pueden tener importes distintos por sus bases, años cotizados y meses de anticipo.

Hay que diferenciar la incapacidad permanente de la reducción de edad por discapacidad. La vía del 45 % regulada por el Real Decreto 1851/2009 puede comprender a autónomos, pero no admite cualquier enfermedad. Exige una patología del anexo vigente, los periodos de trabajo afectado y de grado acreditado previstos en la norma, alta o situación asimilada y acreditación médica y oficial. La edad mínima es de 56 años. Tener simplemente un certificado del 45 % no acredita todos esos requisitos.

Se estudia el derecho en cada régimen y, cuando corresponde, el cómputo recíproco. Los periodos simultáneos no se duplican como años de carrera. Haber cotizado tanto en el Régimen General como en autónomos no garantiza dos pensiones: deben comprobarse los requisitos de cada una y las reglas aplicables cuando se totalizan cotizaciones.

No hay una cantidad única. En la escala general de 2026, 30 años completos cotizados equivalen al 85,18 % de la base reguladora, antes de reductores y demás ajustes. El importe en euros depende de las bases y de la modalidad. Ese porcentaje no se aplica directamente al último salario ni equivale siempre a la pensión máxima.

La edad no fija por sí sola una cuota universal. La cotización del autónomo depende del sistema de rendimientos y de las reglas que le sean aplicables. Para estudiar la jubilación revisamos las bases efectivamente computables y la carrera de cotización, no una cuota supuestamente igual para todas las personas mayores de 50 años.

El precio de nuestra gestión es de 80 € IVA incluido. Antes de empezar concretamos la solicitud y la documentación necesaria; no añadimos otros honorarios por ese mismo concepto. La concesión y la cuantía de la pensión las determina la Seguridad Social.

Revisamos los requisitos y documentos, preparamos la solicitud y la presentamos con tu autorización por el canal admitido por la Seguridad Social. Te facilitamos el justificante y la información para seguir el expediente. Según la vía, tendrás que confirmar la representación o acreditar tu identidad. Presentar la solicitud no equivale a tener concedida la pensión: resuelve el INSS.

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Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.

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