Pensión de viudedad

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Revisión de requisitos y documentación
Matrimonio, pareja de hecho, separación o divorcio
Solicitud online con presupuesto previo y seguimiento

GA 1268 COGAS SLP - Gestoría colegiada

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Te ayudamos a solicitar la pensión de viudedad

La pensión de viudedad es una prestación de la Seguridad Social que puede corresponder a la persona que tenía vínculo matrimonial o era pareja de hecho de la persona fallecida, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en cada caso. En Gestoría Rubén María te ayudamos a revisar la situación antes de presentar la solicitud: matrimonio, pareja de hecho, separación, divorcio, hijos comunes, certificado de defunción, certificado de matrimonio, empadronamiento, convivencia, documentación económica, datos bancarios y formularios de Seguridad Social.

Podemos ayudarte si:

* Ha fallecido tu marido, mujer, pareja de hecho o ex pareja y no sabes si tienes derecho.
* No sabes qué documentos presentar ante la Seguridad Social.
* Necesitas solicitar la pensión online y no tienes claro el trámite.
* Eras pareja de hecho y quieres revisar inscripción, convivencia o hijos comunes.
* Estabas separado o divorciado y necesitas revisar pensión compensatoria o sentencia.
* Te falta certificado de defunción, matrimonio, convivencia o empadronamiento.
* Quieres evitar errores que retrasen el reconocimiento de la prestación.
* Necesitas presupuesto previo antes de empezar.

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Quién puede pedir la pensión de viudedad

La pensión de viudedad puede solicitarla la persona que tenía una relación reconocida con la persona fallecida y cumple los requisitos exigidos. No todos los casos son iguales: cambia si había matrimonio, pareja de hecho, separación, divorcio, nulidad matrimonial, hijos comunes o pensión compensatoria.

Puede corresponder en casos como:

  • Cónyuge superviviente: cuando la persona solicitante estaba casada con la persona fallecida en el momento del fallecimiento.
  • Pareja de hecho: cuando se cumplen requisitos de inscripción, convivencia y demás condiciones exigidas.
  • Separación o divorcio: puede existir derecho si se cumplen determinados requisitos, especialmente ligados a pensión compensatoria y situación personal.
  • Matrimonio nulo: puede existir derecho en determinados supuestos si se reconoció indemnización y se cumplen condiciones.
  • Víctimas de violencia de género: pueden existir reglas específicas en casos de separación, divorcio o extinción de pareja de hecho.
  • Situaciones especiales: cada caso debe revisarse: convivencia previa, hijos comunes, edad, ingresos, otra pensión pública, nuevo matrimonio o nueva pareja de hecho.

No conviene presentar la solicitud sin revisar bien el vínculo y los documentos que lo acreditan.

Pensión de viudedad por matrimonio

Cuando existía matrimonio con la persona fallecida, normalmente la solicitud se enfoca acreditando el fallecimiento, el vínculo matrimonial y la situación del causante.

Documentos o datos que pueden hacer falta:

Certificado de defunción: acredita oficialmente el fallecimiento.

Certificado de matrimonio: acredita el vínculo matrimonial con la persona fallecida.

DNI/NIE de la persona solicitante: identificación de quien solicita la pensión.

Datos de la persona fallecida: DNI/NIE, número de Seguridad Social, situación laboral o pensionista si se conoce.

Datos bancarios: cuenta donde se solicita el ingreso de la pensión.

Datos familiares: hijos comunes, personas a cargo, discapacidad o circunstancias familiares que puedan influir.

Solicitud oficial: formulario o presentación telemática ante la Seguridad Social.

Si el fallecimiento se produjo por enfermedad común anterior al matrimonio, puede ser necesario revisar duración del matrimonio, convivencia previa o existencia de hijos comunes.

Pensión de viudedad para pareja de hecho

La pareja de hecho es uno de los casos donde más errores se producen. No basta con haber convivido. Normalmente hay que acreditar la pareja de hecho mediante inscripción o documento público y revisar el tiempo de convivencia, el estado civil de ambas personas y otros requisitos.

Conviene revisar:

Inscripción o documento público
Debe acreditarse la constitución de la pareja de hecho en registro específico o documento público, según el caso.

Antigüedad de la pareja
Puede exigirse una antelación mínima respecto al fallecimiento.

Convivencia estable
Puede ser necesario acreditar convivencia estable y notoria durante el periodo exigido.

Hijos comunes
Pueden influir en determinados requisitos.

Estado civil de ambos
Hay que revisar que no existieran impedimentos, matrimonio u otra pareja de hecho.

Ingresos y situación económica
En algunos supuestos pueden influir límites de ingresos o circunstancias económicas.

Documentación de empadronamiento o convivencia
Puede ser necesaria para acreditar domicilio común o convivencia.

Si eras pareja de hecho, no presentes la solicitud a ciegas. Revisamos primero si se puede acreditar todo lo necesario.

REVISAR VIUDEDAD POR PAREJA DE HECHO

Pensión de viudedad en separación o divorcio

En casos de separación o divorcio, la pensión de viudedad puede ser más delicada. No basta con haber estado casado en el pasado: hay que revisar sentencia, convenio, pensión compensatoria, fecha de separación o divorcio, si hubo nuevo matrimonio o pareja de hecho y si existen circunstancias especiales.

Puede hacer falta revisar:

Sentencia de separación o divorcio: documento judicial que acredita la ruptura.

Convenio regulador: puede recoger pensión compensatoria u obligaciones entre las partes.

Pensión compensatoria: en muchos casos es un requisito clave y debe extinguirse con el fallecimiento.

Nuevo matrimonio o pareja de hecho: puede afectar al derecho a la pensión.

Fecha de separación o divorcio: puede influir en los requisitos aplicables.

Hijos comunes: pueden ser relevantes en algunos supuestos transitorios.

Violencia de género: puede existir tratamiento específico si se acredita conforme a los medios admitidos.

Este tipo de expediente conviene revisarlo antes de presentar, porque un detalle documental puede cambiar el resultado.

Requisitos de la persona fallecida

Además de revisar el vínculo con la persona solicitante, hay que revisar la situación de la persona fallecida. La Seguridad Social puede exigir que la persona causante estuviera en alta, situación asimilada al alta, pensionista, o que cumpliera periodos de cotización según el caso.

Puede influir si la persona fallecida era:

  • Trabajadora en alta o asimilada al alta: hay que revisar cotización y causa del fallecimiento.
  • Pensionista de jubilación: puede causar derecho a pensión de viudedad si se cumplen requisitos.
  • Pensionista de incapacidad permanente: también puede causar derecho en determinados supuestos.
  • Trabajadora no en alta: puede exigirse un periodo mínimo de cotización más amplio.
  • Fallecimiento por accidente o enfermedad profesional: pueden aplicarse reglas distintas a enfermedad común.
  • Persona que había generado derecho a jubilación pero no la solicitó: puede ser necesario revisar situación concreta.

No siempre el problema está en la persona solicitante. A veces la clave está en la cotización o situación de la persona fallecida.

Documentación necesaria para solicitar la pensión

La documentación depende del tipo de relación, del estado civil, de si había matrimonio, pareja de hecho, separación, divorcio, hijos comunes, discapacidad, residencia en el extranjero o circunstancias especiales.

Documentos habituales:

  1. Identificación
    DNI/NIE o pasaporte de la persona solicitante y, si se tiene, de la persona fallecida.
  2. Certificado de defunción
    Documento básico para iniciar la prestación.
  3. Certificado de matrimonio
    Si existía matrimonio.
  4. Libro de familia o certificados del Registro Civil
    Para acreditar matrimonio, hijos, filiación o vínculos familiares.
  5. Pareja de hecho
    Inscripción registral, escritura pública, empadronamiento, convivencia y documentación que acredite la relación.
  6. Separación o divorcio
    Sentencia, convenio regulador, pensión compensatoria o documentación judicial.
  7. Datos bancarios
    IBAN y datos de la cuenta donde se quiere cobrar la pensión.
  8. Datos económicos
    Ingresos, otras pensiones, trabajo, rentas o cargas familiares si el expediente lo requiere.
  9. Solicitud oficial
    Formulario o presentación telemática ante Seguridad Social.

Si tienes documentos sueltos, puedes enviarnos una foto o lista y revisamos qué falta.

Certificados que pueden hacer falta

La pensión de viudedad puede conectarse con varios certificados que ya trabajamos en Gestoría Rubén María. Esto es importante porque muchas solicitudes se retrasan no por el formulario, sino por faltar un certificado concreto.

  • Certificado de defunción: acredita el fallecimiento de la persona causante. Puedes ver nuestro servicio de certificado de defunción.
  • Certificado de matrimonio: acredita el vínculo matrimonial. Puedes ver nuestro servicio de certificado de matrimonio.
  • Certificado de convivencia: puede ser útil en pareja de hecho, domicilio común o determinados expedientes. Puedes ver nuestro servicio de certificado de convivencia.
  • Certificado de empadronamiento: puede servir para acreditar domicilio o residencia. Puedes ver nuestro servicio de certificado de empadronamiento.
  • Certificado de divorcio: si existió separación o divorcio, puede hacer falta acreditar situación civil o documentación relacionada. Puedes ver nuestro servicio de certificado de divorcio.
  • Certificado de nacimiento de hijos: puede ser necesario si hay hijos comunes o prestaciones relacionadas como orfandad.

Solicitar pensión de viudedad online

La pensión de viudedad puede solicitarse a través de los canales habilitados por la Seguridad Social. En la práctica, el problema no suele ser solo entrar al trámite, sino preparar correctamente la documentación antes de presentar.

Conviene revisar antes:

* Si la persona solicitante tiene identificación electrónica o necesita otra vía.
* Si el certificado de defunción está disponible.
* Si hay certificado de matrimonio, pareja de hecho o documentación de convivencia.
* Si hay sentencia de separación o divorcio.
* Si hay hijos comunes o cargas familiares.
* Si la persona fallecida era trabajadora, pensionista o estaba en otra situación.
* Si se debe presentar también orfandad, auxilio por defunción u otra prestación.
* Si los datos bancarios están correctos.

Una solicitud incompleta puede provocar requerimientos, retrasos o denegación si no se acredita bien el derecho.

Pensión de viudedad y orfandad

Cuando la persona fallecida deja hijos, puede que además de la pensión de viudedad exista derecho a pensión de orfandad. En ese caso, conviene coordinar ambos trámites para no duplicar documentación ni dejar prestaciones sin solicitar.

Puede hacer falta revisar:

Hijos menores
Edad, filiación, convivencia y representación.

Hijos mayores
Situación económica, discapacidad, estudios o circunstancias que puedan influir.

Documentación de filiación
Libro de familia, certificados de nacimiento o documentos del Registro Civil.

Datos del otro progenitor
En algunos casos pueden influir para la cuantía o tipo de orfandad.

Solicitud conjunta o separada
Puede interesar presentar documentación coordinada.

Cargas familiares
Pueden influir en determinados aspectos de la viudedad o cuantía.

Si hay hijos, no revises solo viudedad. Puede haber trámites adicionales.

Pensión de viudedad y auxilio por defunción

Además de la pensión de viudedad, puede existir el auxilio por defunción, una prestación destinada a quien ha soportado los gastos del sepelio, cuando se cumplen los requisitos.

Puede interesar revisarlo si:

* Te hiciste cargo del funeral o gastos de sepelio.
* Tienes factura o justificante de gastos.
* Estás solicitando viudedad y quieres revisar otras prestaciones.
* La persona fallecida estaba en situación que puede generar prestaciones de muerte y supervivencia.
* No sabes si pedir solo viudedad o también otra ayuda.

No todas las familias lo solicitan porque muchas no saben que existe. Conviene revisarlo al preparar la documentación.

Cuánto se cobra de pensión de viudedad

La cuantía depende de la base reguladora de la persona fallecida y del porcentaje que corresponda aplicar según la situación de la persona beneficiaria. En general, la pensión de viudedad se calcula sobre la base reguladora, pero puede variar si concurren cargas familiares, edad, rentas, pensiones compatibles u otras circunstancias.

Puede influir:

  1. Base reguladora
    Depende de la situación y cotización de la persona fallecida.
  2. Porcentaje aplicable
    Puede variar según reglas generales o situaciones especiales.
  3. Cargas familiares
    Pueden influir en determinados supuestos.
  4. Edad de la persona beneficiaria
    Puede ser relevante para algunos porcentajes.
  5. Otras pensiones o ingresos
    Pueden influir en complementos, límites o determinadas condiciones.
  6. Separación o divorcio
    La pensión compensatoria puede limitar la cuantía en algunos casos.
  7. Pensiones de orfandad
    La suma de prestaciones derivadas del mismo causante puede tener límites.

No conviene prometer una cuantía sin revisar datos del causante, cotización y situación personal.

Plazos y efectos económicos

La pensión de viudedad puede solicitarse tras el fallecimiento, pero conviene no dejar pasar el tiempo. Cuando se presenta fuera de determinados plazos, los efectos económicos pueden quedar limitados.

Conviene revisar:

* Fecha exacta del fallecimiento.
* Si ya han pasado tres meses desde el fallecimiento.
* Si la persona fallecida era trabajadora o pensionista.
* Si existen documentos pendientes.
* Si hay que pedir certificados antes de presentar.
* Si también se solicitará orfandad o auxilio por defunción.
* Si ha llegado un requerimiento de Seguridad Social.

Aunque tengas que reunir documentos, lo mejor es revisar el expediente cuanto antes para no perder efectos económicos por presentar tarde.

REVISAR PLAZO DE VIUDEDAD

Compatibilidad con trabajo, jubilación u otras pensiones

La pensión de viudedad puede ser compatible con trabajo o con determinadas pensiones de la persona beneficiaria, pero hay que revisar cada caso concreto. También puede haber límites, incompatibilidades o reglas específicas si se contrae nuevo matrimonio o se constituye pareja de hecho.

Puede hacer falta revisar:

* Si trabajas por cuenta ajena o propia.
* Si ya cobras jubilación o incapacidad permanente.
* Si cobras otra pensión pública.
* Si tienes ingresos o rentas que puedan afectar a determinados requisitos.
* Si has contraído nuevo matrimonio.
* Si has constituido nueva pareja de hecho.
* Si la pensión procede de separación o divorcio.
* Si existen mínimos, complementos o límites aplicables.

No todas las compatibilidades se revisan igual. Conviene analizar la situación antes de dar por hecho que se pierde o se mantiene.

Si Seguridad Social pide documentación adicional

Es habitual que Seguridad Social pueda pedir subsanación o documentación adicional si algo no queda claro: vínculo, convivencia, pareja de hecho, certificado, datos bancarios, sentencia, convenio o ingresos.

Puede ocurrir si falta:

* Certificado de defunción.
* Certificado de matrimonio.
* Inscripción de pareja de hecho.
* Empadronamiento o convivencia.
* Sentencia de separación o divorcio.
* Convenio regulador o pensión compensatoria.
* Datos de hijos comunes.
* Datos bancarios correctos.
* Identificación de la persona solicitante.
* Documentación de ingresos o cargas familiares.
* Traducción, legalización o documentos extranjeros.

Si recibes un requerimiento, conviene responder con precisión. No basta con reenviar papeles: hay que aportar justo lo que se está pidiendo.

Casos con documentos extranjeros o residencia fuera de España

La pensión de viudedad puede complicarse cuando el matrimonio, la pareja de hecho, el fallecimiento, la residencia o los documentos proceden de otro país. En estos casos puede hacer falta traducción, legalización, apostilla, certificados consulares o datos bancarios internacionales.

Puede hacer falta revisar:

* Certificado de matrimonio extranjero.
* Certificado de defunción extranjero.
* Pareja de hecho inscrita fuera o documentación equivalente.
* Traducción jurada.
* Apostilla o legalización.
* Residencia de la persona solicitante.
* Cuenta bancaria extranjera, IBAN, BIC u otros datos.
* Convenios internacionales o periodos cotizados fuera de España.
* Documentación de identidad y domicilio.

No conviene presentar documentos extranjeros sin revisar si están correctamente legalizados o traducidos.

Cómo gestionamos tu solicitud

La idea es que no presentes la pensión de viudedad con documentos incompletos o sin tener claro si cumples los requisitos.

1. Revisamos el vínculo
Matrimonio, pareja de hecho, separación, divorcio, nulidad o situación especial.

2. Revisamos la situación del causante
Trabajador, pensionista, alta, cotización, accidente, enfermedad común o situación asimilada.

3. Ordenamos documentación
Defunción, matrimonio, convivencia, empadronamiento, pareja de hecho, sentencia, convenio, datos bancarios y formularios.

4. Revisamos otras prestaciones
Orfandad, auxilio por defunción u otras prestaciones relacionadas si corresponde.

5. Preparamos la solicitud
Trámite online, formulario, documentación y posibles anexos.

6. Te damos presupuesto previo
Antes de empezar, te indicamos qué podemos revisar o gestionar y cuánto cuesta.

7. Hacemos seguimiento
Requerimientos, subsanaciones, resolución, documentación pendiente o incidencias.

Precio para solicitar la pensión de viudedad

El precio depende del estado del expediente y de la complejidad del caso. No es lo mismo una solicitud sencilla por matrimonio con toda la documentación preparada que una pareja de hecho, separación, divorcio, documentos extranjeros o requerimiento de Seguridad Social.

Para darte presupuesto necesitamos saber:

* Fecha de fallecimiento.
* Si había matrimonio, pareja de hecho, separación o divorcio.
* Si tienes certificado de defunción.
* Si tienes certificado de matrimonio o inscripción de pareja de hecho.
* Si hay hijos comunes o cargas familiares.
* Si la persona fallecida era trabajadora, pensionista o autónoma.
* Si hay documentos extranjeros, traducciones o legalizaciones.
* Si ya has presentado la solicitud o has recibido requerimiento.
* Si quieres revisar también orfandad o auxilio por defunción.

Siempre que sea posible, te daremos un presupuesto cerrado antes de empezar.

PEDIR PRESUPUESTO DE VIUDEDAD

Errores frecuentes al pedir la pensión de viudedad

La pensión de viudedad puede retrasarse o complicarse si se presenta sin revisar requisitos y documentos. Muchos errores se pueden evitar ordenando el expediente antes de enviarlo.

Errores que conviene evitar:

* Presentar la solicitud sin certificado de defunción.
* No aportar certificado de matrimonio actualizado cuando hace falta.
* Pensar que convivir como pareja siempre basta sin inscripción o documento público.
* No revisar requisitos específicos de pareja de hecho.
* No aportar sentencia o convenio si hubo separación o divorcio.
* No acreditar pensión compensatoria cuando es necesaria.
* Dejar pasar demasiado tiempo antes de solicitar.
* Rellenar mal los datos bancarios.
* No revisar si también corresponde orfandad o auxilio por defunción.
* Presentar documentos extranjeros sin traducción o legalización.
* No responder correctamente a un requerimiento.
* No revisar compatibilidades con trabajo, jubilación u otras pensiones.

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Diferencia entre hacerlo tú o pedir ayuda

Puedes solicitar la pensión por tu cuenta si tienes claro que cumples requisitos, sabes qué documentación aportar y puedes presentar el trámite correctamente. Pero cuando hay pareja de hecho, separación, divorcio, hijos comunes, documentos extranjeros o dudas de cotización, una gestoría puede ayudarte a evitar errores.

Te puede interesar pedir ayuda si:

* No sabes si tienes derecho a pensión de viudedad.
* Te faltan certificados o no sabes cuáles pedir.
* Eras pareja de hecho y no sabes si cumples requisitos.
* Estabas separado o divorciado.
* La Seguridad Social te ha pedido más documentación.
* Hay hijos y puede existir pensión de orfandad.
* Hay documentos extranjeros.
* No tienes claro cómo hacer la solicitud online.
* Quieres que nuestro equipo revise todo antes de presentar.

La diferencia no está solo en rellenar un formulario. Está en presentar la solicitud correcta, con la documentación correcta y sin retrasos evitables.

Pensión de viudedad dentro del clúster de pensiones

La pensión de viudedad forma parte de las prestaciones de muerte y supervivencia y suele relacionarse con otros trámites como pensión de orfandad, auxilio por defunción, certificados del Registro Civil, documentación familiar y prestaciones ante Seguridad Social.

Para ver otros trámites relacionados, puedes consultar nuestra página de pensión.

Opiniones de Nuestros Clientes

Rosa
Paga de viudez
Contraté vuestros servicios para gestionar la prestación de mi madre al morir mi padre y ha sido genial contar con profesionales en estos momentos. Miles de gracias por todo.
Javier
Paga viuda
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Manuela
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Preguntas frecuentes sobre pensión de viudedad

¿Qué es la pensión de viudedad?

Es una prestación de la Seguridad Social que puede corresponder a la persona que tenía vínculo matrimonial o era pareja de hecho de la persona fallecida, si se cumplen los requisitos.

¿Quién puede pedir la pensión de viudedad?

Puede pedirla el cónyuge superviviente, pareja de hecho o, en determinados supuestos, persona separada o divorciada, siempre que cumpla las condiciones exigidas.

¿Qué documentos necesito?

Normalmente se revisan certificado de defunción, identificación, certificado de matrimonio o pareja de hecho, datos bancarios, documentación familiar y documentos específicos si hubo separación o divorcio.

¿La pareja de hecho tiene derecho a pensión de viudedad?

Puede tenerlo si se cumplen requisitos como inscripción o documento público, convivencia y demás condiciones exigidas según el caso.

¿Puedo pedir viudedad si estaba divorciado o separado?

Puede existir derecho en determinados supuestos, especialmente si había pensión compensatoria y se cumplen los requisitos aplicables.

¿Cuánto se cobra de pensión de viudedad?

Depende de la base reguladora de la persona fallecida y del porcentaje aplicable según la situación de la persona beneficiaria.

¿Puedo trabajar y cobrar pensión de viudedad?

La pensión de viudedad puede ser compatible con rentas de trabajo, aunque conviene revisar cada caso y posibles límites o condiciones.

¿Cuánto tarda la Seguridad Social en resolver?

Depende del expediente, documentación, vía de presentación y si hay requerimientos. Una solicitud completa suele evitar retrasos.

¿Qué pasa si presento tarde la solicitud?

Puede haber límites de retroactividad en los efectos económicos si se presenta fuera de plazo. Conviene revisar la fecha de fallecimiento cuanto antes.

¿También puedo pedir pensión de orfandad?

Si hay hijos que cumplen requisitos, puede existir pensión de orfandad. Conviene revisar ambos trámites conjuntamente.

¿Qué hago si me piden más documentación?

Hay que responder exactamente a lo solicitado por Seguridad Social, aportando certificados, sentencias, convenio, empadronamiento, convivencia o datos que falten.

¿Puede una gestoría ayudarme?

Podemos revisar requisitos, documentación, certificados, solicitud online, pareja de hecho, separación, divorcio, requerimientos y seguimiento del expediente.

¿Necesitas solicitar la pensión de viudedad?

Cuéntanos tu caso y revisaremos qué documentación necesitas. Podemos ayudarte con pensión de viudedad por matrimonio, pareja de hecho, separación, divorcio, certificado de defunción, certificado de matrimonio, convivencia, empadronamiento, solicitud online, requerimientos, orfandad, auxilio por defunción y seguimiento ante Seguridad Social.

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