Inscribirte como demandante
La demanda de empleo se gestiona en el servicio de empleo de tu comunidad; en Ceuta y Melilla corresponde al SEPE. Debes comprobar que está activa y atender sus renovaciones e indicaciones.
Indica cuándo terminó el trabajo y si tienes vacaciones pendientes. Revisaremos el trámite y el plazo antes de confirmar el encargo.
Después de perder un trabajo, la primera duda suele ser qué hacer con el certificado de empresa, la inscripción como demandante y la solicitud al SEPE. Te ayudamos a ordenar esos pasos para un expediente inicial concreto de prestación contributiva por desempleo.
Nos indicas la fecha de cese, las vacaciones pendientes y si has cobrado una prestación anteriormente. Con esa información confirmamos qué solicitud corresponde, los documentos necesarios y el presupuesto. El encargo se concreta para esa gestión, sin cuota mensual.
Para el supuesto ordinario deben existir al menos 360 días cotizados por desempleo en los seis años anteriores y no utilizados para otro derecho, además de una situación legal de desempleo. También se exige alta o situación asimilada, inscripción como demandante y cumplir las condiciones de disponibilidad e incompatibilidad.
Haber trabajado un año no basta por sí solo: hay que comprobar qué cotizaciones sirven y por qué terminó el empleo. Una baja voluntaria, una prestación suspendida, varios trabajos simultáneos o cotizaciones extranjeras pueden cambiar el análisis.
Si no llegas a 360 días, no se presenta esta prestación como si el requisito estuviera cumplido. Puede existir otra protección, con condiciones y solicitud diferentes, que debe estudiarse por separado.
Requisitos oficiales: SEPE: prestación contributiva.
La demanda de empleo se gestiona en el servicio de empleo de tu comunidad; en Ceuta y Melilla corresponde al SEPE. Debes comprobar que está activa y atender sus renovaciones e indicaciones.
Es la actuación que pide al SEPE el reconocimiento económico. Estar apuntado como demandante no significa que el paro se haya solicitado automáticamente.
Al revisar tu caso te diremos qué paso está pendiente. Si necesitas ayuda adicional con la inscripción, se confirma dentro del alcance: no daremos por hecha una actuación que todavía no conste.
El plazo general es de 15 días hábiles tras el cese que da lugar al desempleo. Si la empresa paga vacaciones no disfrutadas, el cómputo se sitúa después de terminar ese periodo equivalente, que debe figurar en el certificado de empresa. No conviene calcularlo solo a partir de la fecha de la carta de despido.
Por ejemplo, si la relación termina un viernes pero el certificado refleja vacaciones posteriores, primero se identifica cuándo acaba ese periodo y después se calcula el plazo con los días hábiles y festivos aplicables.
Presentar tarde puede suponer perder días de prestación. Si ya estás cerca del vencimiento, indícalo al contactar para comprobar de inmediato la fecha y la vía disponible. Nuestro WhatsApp no sustituye el registro de la solicitud ante el SEPE.
Las empresas deben transmitir electrónicamente el certificado de empresa; si ya está incorporado, se evita pedir al cliente que vuelva a aportarlo innecesariamente. Si no aparece o contiene un error, identificamos qué falta y quién debe corregirlo.
Documentación de la prestación · SEPE: certificados de empresa.
El SEPE contempla registrar la solicitud en plazo y requerir después la documentación pendiente, concediendo un plazo para aportarla. No esperes sin más a tenerlo todo: revisaremos la carencia, la vía de presentación y qué hay que aportar posteriormente.
Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.
Fecha de desempleo, cotizaciones disponibles, inscripción y posibles prestaciones anteriores. Si corresponde una reanudación o un subsidio, lo diferenciamos de una solicitud inicial.
El presupuesto concreta preparación, vía de presentación, documentación y entrega. Se confirma después de revisar que podemos asumir el expediente en su plazo.
Con datos confirmados y representación suficiente, se realiza la actuación contratada. Si hace falta una intervención personal, te indicamos exactamente cuál.
Recibes la copia o resguardo y una explicación del estado. El SEPE reconoce la prestación y fija su duración y cuantía; la solicitud y la resolución son documentos distintos.
El seguimiento incluido y la atención a una eventual subsanación deben figurar en el presupuesto. Una reclamación, un conflicto con la empresa, cotizaciones no reconocidas o un recurso requieren una valoración aparte. Tampoco se incluyen renovaciones periódicas de la demanda de empleo.
Depende de las cotizaciones utilizables y de las bases y límites aplicables. La escala oficial comienza en 120 días de prestación para 360–539 días cotizados y llega hasta 720 días de prestación en el tramo máximo. No se deduce la duración solo de los años que recuerdas haber trabajado.
Primero necesitamos el justificante. Una consulta de estado, una subsanación o una reclamación es diferente de una solicitud nueva; evitaremos duplicar el expediente.
El servicio se contrata con honorarios pactados y presupuesto previo con IVA. La prestación se abona en tu cuenta; nuestros honorarios no dependen de presentarla como un porcentaje de una concesión futura.
No. Puedes utilizar los canales del SEPE directamente. Nuestra gestión privada ofrece ayuda para preparar y tramitar el expediente acordado.
La reclamación no está incluida automáticamente. Si llega una resolución, hay que leer su motivo y sus plazos antes de decidir qué actuación procede.
No. Puedes contratar exclusivamente esta solicitud. Las gestiones posteriores se acuerdan cuando sean necesarias.
La declaración anual de rentas del subsidio para mayores de 52 años es una actuación distinta de solicitar la prestación contributiva. Consulta el encargo puntual y su presupuesto previo si necesitas presentar esa declaración.
Obtener un certificado o pedir una prórroga son encargos distintos de solicitar la prestación contributiva. Consulta el trámite concreto y su presupuesto previo.
Según tu edad, cotizaciones y situación económica, puede existir una vía de subsidio. Revisamos los requisitos del caso antes de preparar la solicitud; la concesión corresponde al SEPE.
Antes de iniciar la actividad, consulta la capitalización del paro. Revisamos los requisitos, la modalidad y la documentación del proyecto, con presupuesto previo para las fases de solicitud y justificación que acuerdes contratar.
Indica cuándo terminó el trabajo, si tienes vacaciones pendientes y si ya estás inscrito como demandante. Te concretamos el encargo y el presupuesto.
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Preparación documental y actuación puntual.