Primera inscripción
La empresa necesita acreditar sus datos y requisitos antes de intervenir en la contratación o subcontratación que exige REA. Se prepara el expediente completo para la autoridad competente.
Revisamos la actividad de la empresa, su estado registral y la documentación antes de aceptar la presentación.
El Registro de Empresas Acreditadas, conocido como REA, acredita la inscripción de empresas que intervienen como contratistas o subcontratistas en obras de construcción. Si te piden el número REA para comenzar un trabajo, hay que comprobar primero si necesitas una inscripción nueva, renovar una vigente o simplemente aportar su acreditación.
En Gestoría Rubén María podemos preparar y tramitar la solicitud administrativa con la documentación de empresa, representación y prevención aportada. El alcance se acuerda antes de pagar: no ofrecemos una inscripción automática por disponer de un certificado digital ni sustituimos los requisitos materiales de la empresa.
Fuente oficial: Real Decreto 1109/2007, inscripción y renovación REA.
La obligación afecta a empresas y autónomos con trabajadores asalariados que pretendan ser contratados o subcontratados para realizar trabajos incluidos en el ámbito de la construcción. No se decide únicamente por el nombre comercial, el epígrafe o que la empresa se anuncie como constructora.
Actividades de instalaciones, mantenimiento, reparación o rehabilitación pueden quedar comprendidas cuando se realizan como trabajos de obra. Antes de tramitar necesitamos conocer qué hace la empresa, con qué personal y qué papel tiene en la contratación.
Los autónomos sin asalariados están excluidos de la obligación de inscripción en los términos que explica el Ministerio. Un suministrador de materiales o un promotor no se equipara automáticamente a un contratista: el supuesto real debe analizarse antes de aceptar una inscripción.
Fuente oficial: sujetos obligados y supuestos de exclusión explicados por el Ministerio.
La empresa necesita acreditar sus datos y requisitos antes de intervenir en la contratación o subcontratación que exige REA. Se prepara el expediente completo para la autoridad competente.
Se comprueban la fecha de vencimiento y la situación actual. No basta con aportar la resolución antigua si los documentos preventivos, la representación o los datos han cambiado.
Debe revisarse el motivo y el estado real. El Ministerio indica que, tras cancelación por falta de renovación, se necesita una nueva inscripción; no se presenta como una renovación en plazo.
Puede necesitar una consulta o certificado de inscripción, no otra inscripción. La entrega que se exige se concreta antes de abrir un expediente innecesario.
Las variaciones de datos o una subsanación se delimitan como actuaciones propias. Una solicitud de renovación no se utiliza para ocultar datos que deban actualizarse.
El registro competente se determina por el domicilio de la empresa. La inscripción es única y tiene validez en todo el territorio nacional, por lo que no se solicita un REA nuevo por cada provincia donde se vaya a trabajar.
La plataforma del Ministerio permite operar con los registros que integra, mientras que Madrid y Cataluña disponen de su propio circuito. Comprobamos la sede, el formulario y las condiciones de firma del territorio antes de preparar el envío.
Una empresa de Madrid puede acreditar su inscripción para una obra en otra comunidad, sin que eso elimine las comunicaciones y obligaciones propias de esa obra. Si se trata de una empresa no establecida en España o de desplazamientos transnacionales, no se tramita como un caso doméstico estándar.
Fuente oficial: autoridad competente y validez nacional, artículos 6 y 9.
En Madrid la ficha concreta certificados y anexos preventivos, así como la acreditación de la representación. En otras comunidades revisamos el modelo local. No se rellenan declaraciones de cumplimiento sin que la empresa pueda respaldarlas.
Fuente oficial: documentación de inscripción y renovación en Madrid.
La documentación de prevención debe proceder de la organización o profesional competente. Nuestro equipo puede ordenar los archivos, revisar que están identificados y preparar su aportación, pero no certifica formación que no se ha realizado ni crea un servicio de prevención sobre el papel.
El régimen REA también contempla requisitos sobre la estabilidad en el empleo para empresas contratadas o subcontratadas habitualmente. La regla general del porcentaje mínimo de personal indefinido tiene criterios propios de cálculo y particularidades para empresas de nueva creación.
No damos ese requisito por cumplido contando las personas de una nómina aislada ni lo resolvemos eligiendo contratos por ti. Cuando haga falta determinar el cómputo o la situación laboral, se requiere la información y revisión profesional correspondientes antes de presentar la declaración.
Fuente oficial: requisitos de empleo y formación, artículos 11 y 12.
La inscripción tiene una vigencia de tres años y se renueva por periodos iguales. La solicitud de renovación debe realizarse dentro de los seis meses anteriores al vencimiento.
Conviene revisar la resolución con margen. No basta con que un correo recuerde la renovación: debes comprobar la fecha y preparar la documentación actual. Presentarla antes de que se abra el periodo no asegura que el sistema la admita.
Si la renovación se solicita en plazo, la información oficial contempla el mantenimiento de la inscripción mientras se resuelve. Si vence sin haber pedido la renovación, se produce la cancelación automática. Antes de prometer que una empresa puede seguir acreditándose comprobamos el justificante, las fechas y el estado del registro.
Si ya está cancelada, revisamos la nueva inscripción que proceda. El Ministerio indica que una nueva inscripción tras la cancelación puede asignar un número REA diferente.
Fuente oficial: renovación, vencimiento y cancelación.
Primero comprobamos la identidad de la entidad, quién firma la declaración y qué facultades tiene. La plataforma utilizada puede exigir el registro del usuario representante y un certificado admitido, además de documentos que acrediten el poder para actuar.
Ser gestor colegiado no sustituye por sí solo toda la acreditación de representación exigida en el procedimiento. Si el canal necesita una confirmación o firma del representante legal, se coordina con esa persona y se mantiene claro quién declara el cumplimiento de los requisitos.
No usamos las claves personales del cliente para aparentar que somos él. La modalidad de actuación y el documento de representación se identifican antes del encargo, incluyendo cualquier coste externo que deba asumirse para acreditarlo.
Fuente oficial: apoderamiento y tramitación electrónica REA.
Una captura de un formulario guardado no prueba la presentación. El resguardo de envío tampoco equivale por sí solo a una inscripción concedida: hasta comprobar el resultado te informamos del estado real.
Si necesitas un certificado para un cliente o contratista, concretamos qué documento pide y si forma parte de la entrega. No garantizamos que una empresa tercera apruebe su coordinación documental por recibir un número REA.
La autoridad laboral revisa los datos y documentos y puede pedir que se complete o acredite algún extremo. Un requerimiento debe atenderse según su contenido y plazo; si falta un documento de prevención, tiene que emitirlo quien corresponda.
El presupuesto identifica si incluye seguimiento hasta resolución y qué subsanaciones están contempladas. Los cambios importantes de actividad, nuevos poderes, trabajos técnicos o controversias que excedan la preparación documental se valoran antes de continuar.
No ofrecemos una fecha garantizada de inscripción ni una aprobación automática. La ficha de Madrid publica un plazo de resolución de quince días hábiles, sujeto a la tramitación del expediente; no se convierte en una promesa comercial aplicable a todos los registros y a cualquier incidencia.
Fuente oficial: tramitación y plazos informados por Madrid.
El encargo se ofrece con presupuesto previo con IVA incluido, adaptado a la situación de la empresa y a la operación. La documentación preventiva preparada, la representación disponible y el estado registral condicionan el trabajo necesario.
Madrid informa de que este trámite no requiere tasa. Las condiciones del registro competente se revisan antes de presentar. La gestión privada se diferencia de eventuales costes notariales, certificados, formación o servicios de prevención, que no se incluyen de forma implícita.
Este es un encargo de gestoría laboral puntual. No implica contratar una asesoría mensual ni cambiar el profesional que lleva las demás obligaciones de tu empresa.
Los movimientos de personal se tratan como otro encargo de alta y baja de trabajador. El servicio REA no incluye asesoría mensual, contratos, nóminas ni prevención continuada.
En esta página significa Registro de Empresas Acreditadas del sector de la construcción. El registro de apoderamientos tiene otra finalidad y no sustituye la inscripción de la empresa en construcción.
El Ministerio explica que los autónomos sin asalariados están excluidos de esta obligación. Antes de tramitar hay que comprobar cómo se ejecuta el trabajo y la situación real; no se abre una inscripción solo porque un cliente haya escrito las siglas REA.
No se decide únicamente por el convenio o el CNAE. La actividad contratada y su ejecución en una obra pueden quedar dentro del ámbito de la normativa aunque la empresa pertenezca a otro sector.
No. La inscripción es única y tiene validez nacional. Se tramita ante el registro competente por el domicilio de la empresa, sin que eso sustituya las obligaciones de cada obra.
Dentro de los seis meses anteriores a terminar su vigencia de tres años. Comprobamos la resolución y las fechas para no presentar fuera del periodo permitido.
Si la inscripción ha quedado cancelada por no renovar en plazo, el Ministerio indica que debe solicitarse una nueva inscripción. Primero se revisa el estado real para elegir la operación adecuada.
Sí, puede prepararse un encargo puntual con la representación y documentación válidas. No basta con conocer el número anterior y no se utiliza la identidad del representante previo.
No como parte de esta gestión. Deben proceder de la organización o entidad competente. Podemos revisar qué documento pide el registro y preparar su aportación cuando lo facilite el responsable.
No debe confundirse solicitud con inscripción acreditada ni con cumplimiento de todas las obligaciones de la obra. Se comprueba el resultado o la situación de vigencia que corresponda al expediente.
Te trasladamos el estado y la documentación que se necesita conforme al seguimiento acordado. La aportación de nuevos documentos o actuaciones no incluidas se define antes de continuarlas.
La renovación aprobada conserva el número según la información del Ministerio. Una inscripción nueva después de una cancelación puede recibir uno distinto; no se promete conservarlo sin revisar el expediente.
No. Se contrata una operación y una entrega definidas, con el seguimiento que figure en el presupuesto. No incluye vigilancia indefinida de la actividad ni asesoría o prevención continuadas.
Cuéntanos el domicilio de la empresa, qué trabajos realiza, si tiene personal contratado y si ya dispone de número REA. Si quieres renovar, facilita la fecha de vencimiento para que revisemos el periodo y la documentación.