Preparación del expediente
Organización documental y preparación de un período y régimen previamente identificados, con la revisión fiscal prevista en el presupuesto.
Cuéntanos tu caso de declaración de IVA OSS. Confirmamos el modelo, período y documentación antes de tramitar.
Presentamos el Modelo 369 de un período cuando tu actividad ya está encuadrada en el régimen de ventanilla única correspondiente. La asesora fiscal valida la información y el cálculo; nosotros preparamos la presentación y entregamos el justificante. No necesitas contratar una asesoría internacional mensual para ese encargo.
El Modelo 369 es la declaración de determinados regímenes especiales de IVA asociados a la ventanilla única. Existen formularios distintos según el régimen. No es un alta automática en OSS ni sustituye por sí solo todas las obligaciones de IVA de una tienda online.
Si algún dato necesita criterio fiscal adicional, se aclara antes de confirmar el envío. No se elige una casilla únicamente para que desaparezca un error del programa.
No hace falta que conozcas de antemano cada casilla. Cuéntanos qué documentación tienes y ordenamos el listado de lo que falta. Los datos y cálculos se validan antes de su presentación.
En el régimen de la Unión, las instrucciones prevén incorporar determinadas correcciones en la declaración posterior. Por eso comprobamos los antecedentes antes de repetir un envío. También se distinguen los resultados por Estado de consumo: un saldo negativo de un país no se utiliza libremente para compensar el positivo de otro. Estos datos se revisan fiscalmente antes de presentar.
Organización documental y preparación de un período y régimen previamente identificados, con la revisión fiscal prevista en el presupuesto.
Tramitación por el canal habilitado y entrega de la copia presentada y del justificante obtenido. Se informa de incidencias o registros pendientes, si los hubiera.
No incluye elegir el régimen internacional del negocio, tramitar el alta en varios países, mantener libros de IVA extranjeros ni reconstruir todas las ventas de una plataforma. El servicio se acepta con régimen identificado y registros utilizables. Los regímenes exterior a la Unión o de importación requieren verificar su formulario específico, no reutilizar el de la Unión.
Identificamos un período y régimen previamente identificados, la documentación disponible y la fecha que te preocupa. Te confirmamos si podemos asumirlo y qué información falta antes de empezar.
La asesora fiscal comprueba la obligación, el criterio y el cálculo que corresponda. La gestoría no sustituye ese análisis con una validación informática del formulario.
Con la documentación, el presupuesto y la representación confirmados, preparamos el envío por el canal admitido. Si aparece una incidencia, no damos por realizada la presentación hasta comprobar su estado.
Recibes copia y justificante de lo efectivamente presentado, junto con las incidencias o actuaciones pendientes que afecten al encargo. Sabes qué está terminado y qué no.
Te facilitamos un presupuesto previo con IVA incluido para los honorarios de la gestoría. El precio depende del volumen de datos, su preparación y de si es una primera presentación o una corrección. No se cobra lo mismo por cargar una liquidación ya revisada que por ordenar documentación incompleta.
El importe de un impuesto, una deuda, un recargo o cualquier coste externo no forma parte de nuestros honorarios y se detalla por separado. El pago se realiza por la vía oficial que corresponda al obligado; contratar la gestión no significa que la deuda esté pagada.
Comenzamos la revisión al aceptar el encargo y recibir lo necesario. Confirmamos las fechas del ejercicio o período y, cuando proceda, el plazo de domiciliación. El plazo de trabajo se concreta según la documentación y no se confunde con los tiempos o decisiones de la administración.
La entrega identifica al declarante, el modelo y el período. Incluye la copia presentada y la evidencia de su registro o aceptación. Si el servicio termina en una solicitud pendiente de resolución, queda explicado; no se presenta el justificante como una aprobación fiscal.
Un borrador, una captura o un archivo guardado no son por sí solos una presentación. Si ya habías iniciado el trámite, aporta sus antecedentes para evitar duplicidades y revisar qué falta realmente.
No automáticamente. Este encargo es la declaración de un período de un cliente ya encuadrado. Un alta o cambio de régimen es otra actuación que debe estudiarse.
Sí, como documentación de partida. Debe permitir identificar países, operaciones y tratamiento fiscal; la asesora valida los datos antes del envío.
La obligación depende del régimen y del período. En el régimen de la Unión existe la declaración sin actividad en los términos de sus instrucciones. Se revisa tu situación antes de tramitar.
No se aplica una compensación libre entre países. El resultado y las correcciones se preparan según las instrucciones del régimen concreto.
No. Este servicio es una gestión concreta. El presupuesto identifica el modelo, el ejercicio o período y el trabajo incluido. No implica renovación automática ni un servicio permanente de consultas.
No. El certificado identifica a quien firma, pero también deben existir los datos correctos y la habilitación para actuar. Comprobamos el canal de representación admitido, sin actuar como si fuéramos el titular.
Revisamos primero el ejercicio, los antecedentes y las consecuencias que deba valorar la asesora. No prometemos ausencia de recargos o sanciones ni enviamos a ciegas una declaración atrasada.
Solo si esa fase está expresamente incluida. Si llega una comunicación, podemos revisar qué actuación administrativa necesitas y presupuestarla; no se presupone seguimiento indefinido.
Consulta la familia de trámites de Hacienda para otras gestiones. Si lo que necesitas es tu IRPF anual, puedes consultar la declaración de la renta. Cada encargo se delimita sin obligarte a una cuota mensual.
AEAT: gestiones del Modelo 369 · AEAT: ejercicio y período del régimen de la Unión · AEAT: resultado por Estado de consumo · AEAT: pago y correcciones del régimen de la Unión
Información contrastada el 12 de septiembre de 2026. El formulario y las instrucciones vigentes se comprueban de nuevo para el expediente concreto.
Cuéntanos el ejercicio o período y qué documentación tienes. Concretamos el trabajo, su viabilidad y el presupuesto antes de tramitar.
Gestoría privada · Encargo puntual · Presupuesto previo con IVA