Ayudas al inicio de actividad de autónomos en Galicia

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Revisión de plazo y documentos
Gestión puntual con presupuesto
Justificante de presentación

Comprueba tu caso antes de solicitar

Selecciona tu situación. El comprobador orienta la consulta; no confirma el derecho a la ayuda ni sustituye la revisión del expediente.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

¿En qué consiste esta gestión?

Si empiezas un negocio en Galicia, revisamos tu posible acceso a la promoción del empleo autónomo y a su línea de financiación de cuotas. Una sola revisión permite identificar qué modalidad procede sin crear solicitudes duplicadas.

Gestoría Rubén María es una gestoría privada. Puedes solicitar la ayuda directamente en la sede oficial sin contratar nuestra intervención. Nuestro servicio es un encargo puntual de revisión documental, preparación y asistencia a la presentación, no una garantía de concesión.

Importe de la ayuda y qué financia

El procedimiento TR341D reúne dos líneas. La primera parte de 2.000 € con carácter general o de 4.000 € para colectivos previstos, con incrementos y un máximo de 7.000 €. La segunda financia el equivalente de la cuota reducida durante el período admitido. Se revisan por separado los requisitos de cada línea: no anunciamos la suma máxima como un derecho de cualquier alta.

Plazos de solicitud

La convocatoria de 2026 admite solicitudes del 11 de febrero a las 09:00 al 30 de septiembre a las 20:00. Comprende altas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 que cumplan las condiciones. La actividad debe haber comenzado antes de presentar.

Información de convocatoria revisada el 19 de septiembre de 2026. Antes de contratar volvemos a comprobar la apertura y tu plazo personal; una fecha publicada en esta página no sustituye esa comprobación.

Requisitos que comprobamos

  • Para la línea de inicio: desempleo e inscripción como demandante al alta, titularidad del negocio y actividad y domicilio fiscal en Galicia.
  • Revisar el historial de altas de los cinco años anteriores, con la excepción prevista para antiguos colaboradores.
  • Las sociedades con personalidad jurídica, administradores y familiares colaboradores tienen exclusiones que deben comprobarse.
  • Para financiación de cuotas, acreditar la reducción estatal exigida en el momento de solicitar.

Este resumen no sustituye el conjunto de requisitos de las bases. Contrastamos tu caso antes de formalizar el encargo; si falta una condición esencial, te lo indicamos sin presentar una declaración que no se corresponda con la realidad.

Inicio de actividad y financiación de cuotas en una misma revisión

La ayuda de inicio no se calcula a partir de una simple captura del alta. Contrastamos desempleo previo, historial, colectivo y domicilio. Para la segunda línea comprobamos la reducción reconocida. Te explicamos cuál solicitamos y conservamos esa decisión en el expediente para no confundir dos conceptos distintos.

Documentación para preparar el expediente

  • Modelo 036 y alta de autónomo o mutualidad; revisar las consultas automáticas de la sede.
  • Acreditación del colectivo por el que se pide una cuantía o incremento, cuando proceda.
  • Documento constitutivo si es una comunidad de bienes o entidad sin personalidad jurídica.
  • Declaraciones de otras ayudas, datos bancarios y los anexos de tu modalidad.

La lista sirve para revisar tu caso. No todos los documentos se adjuntan siempre: algunas sedes consultan datos automáticamente. Te pedimos los que falten o sean necesarios para acreditar tu modalidad.

Qué incluye nuestra gestión

Revisamos los datos del 036, el historial y el colectivo; preparamos el anexo I.1 del TR341D y las líneas que realmente encajen.

  • Revisión de los documentos acordados y preparación de formulario y anexos.
  • Comprobación contigo del contenido, de la cuantía solicitada y de las declaraciones antes de firmar.
  • Asistencia a la presentación y comprobación del resguardo de registro; un borrador guardado no acredita presentación.

Cómo presentamos y a quién llegan las notificaciones

La Xunta tramita estas solicitudes por vía electrónica. Preparamos la documentación y te acompañamos en la firma como interesado; comprueba tu acceso a Mi sede y Notifica.gal. Los datos de aviso serán los tuyos y el seguimiento del buzón quedará a tu cargo.

En esta modalidad, tú te identificas y realizas la firma final en la sede; nosotros preparamos los documentos y te guiamos. No necesitamos que nos cedas claves ni que firmemos como si fuéramos tú. Si se propone representación formal, se concreta por escrito y solo se utiliza cuando el procedimiento permita mantener el circuito de notificaciones acordado.

Precio y cierre del encargo

Presupuesto previo, con IVA incluido, según el volumen de documentos y la modalidad. Conocerás el precio y el alcance antes de pagar. Nuestros honorarios son por la gestión privada: no son una tasa pública ni se descuentan automáticamente de la ayuda.

Te entregamos solicitud, anexos y registro, identificando las líneas incluidas y los documentos que respaldan cada importe solicitado.

El servicio de presentación se cierra con la entrega del justificante y la documentación acordada. Si solo es posible preparar el expediente, te lo indicamos y no lo describimos como presentado.

Qué queda a cargo del solicitante

Conserva los justificantes y atiende las obligaciones de actividad, justificación y publicidad que indique tu concesión. Una baja antes de resolverse puede afectar a la petición y debe comunicarse; no ofrecemos vigilancia permanente.

Debes consultar el buzón oficial y cumplir los plazos aunque no recibas un aviso por correo o teléfono. La concesión puede exigir mantenimiento, conservación de justificantes, comunicación de cambios o reintegro si se incumplen condiciones. Requerimientos posteriores, recursos y nuevas solicitudes se presupuestan aparte. Corregimos sin recargo los errores de nuestra propia gestión.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que elegir entre la ayuda de inicio y la de cuotas?

El procedimiento contempla ambas líneas y permite revisar si cumplen tus circunstancias. No se suman sin comprobar de forma independiente los requisitos.

¿Puedo acceder si fui autónomo hace poco?

El historial de los cinco años anteriores es relevante. Si has cesado y vuelto a empezar, puede tratarse de otra línea; no te incluimos automáticamente como primera alta.

¿Una sociedad limitada puede pedir esta misma ayuda de inicio?

La línea tiene exclusiones por forma jurídica. Se revisa quién solicita y con qué condición; una persona socia no equivale siempre a un autónomo individual admisible.

¿Presentar otra solicitud corrige la anterior?

No se debe duplicar sin revisar el efecto. La convocatoria regula qué sucede con solicitudes sucesivas. Envíanos el resguardo anterior antes de hacer cualquier nueva presentación.

¿La gestoría puede garantizar que me la concedan?

No. Comprobamos y preparamos la solicitud, pero la Administración decide conforme a las bases, el expediente y el crédito disponible.

¿Quién vigila las notificaciones después?

El solicitante. Al cerrar la presentación te indicamos dónde consultar y qué documentación conservar. No contratamos una vigilancia permanente del buzón.

¿Tengo que contratar una cuota mensual?

No. Es un encargo concreto con presupuesto previo. Si después necesitas otra actuación, se acuerda por separado.

¿Qué hago para empezar?

Indícanos tu fecha de alta, territorio y situación en el comprobador. Revisamos qué documentación necesitas y si hay plazo antes de darte el presupuesto.

Revisamos tu solicitud

Cuéntanos tu situación y comprobamos plazo, documentos y alcance antes de empezar. Gestión puntual, presupuesto claro y justificante cuando la solicitud quede registrada.