Ayuda Impulso 3+1 para autónomos en Extremadura

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Revisión de plazo y documentos
Gestión puntual con presupuesto
Justificante de presentación

Comprueba tu caso antes de solicitar

Selecciona tu situación. El comprobador orienta la consulta; no confirma el derecho a la ayuda ni sustituye la revisión del expediente.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

¿En qué consiste esta gestión?

Si tu actividad en Extremadura ha cumplido tres años y recibiste una ayuda de establecimiento admitida por el programa, revisamos la posibilidad de solicitar Impulso 3+1. El expediente debe enlazar la concesión anterior con la continuidad del negocio.

Gestoría Rubén María es una gestoría privada. Puedes solicitar la ayuda directamente en la sede oficial sin contratar nuestra intervención. Nuestro servicio es un encargo puntual de revisión documental, preparación y asistencia a la presentación, no una garantía de concesión.

Importe de la ayuda y qué financia

La línea I prevé 2.500 €, con 500 € adicionales en municipios de menos de 300 habitantes cuando corresponda. Es una ayuda de continuidad vinculada a una subvención de inicio anterior; no un pago general para cualquier negocio que tenga tres años.

Plazos de solicitud

Convocatoria del 21 de enero de 2026 al 20 de enero de 2027. Debe respetarse, además, el plazo individual de cinco meses desde que se cumplan los requisitos. La fecha de referencia se determina con el historial real del alta y la ayuda anterior.

Información de convocatoria revisada el 19 de septiembre de 2026. Antes de contratar volvemos a comprobar la apertura y tu plazo personal; una fecha publicada en esta página no sustituye esa comprobación.

Requisitos que comprobamos

  • Haber sido beneficiario del Programa I de los decretos 168/2022 o 39/2024, en los términos del nuevo programa.
  • Tres años de alta ininterrumpida en RETA o mutualidad y alta inicial desde el 1 de enero de 2023.
  • Actividad en Extremadura, cumplimiento de las condiciones generales y compromiso de continuidad adicional.

Este resumen no sustituye el conjunto de requisitos de las bases. Contrastamos tu caso antes de formalizar el encargo; si falta una condición esencial, te lo indicamos sin presentar una declaración que no se corresponda con la realidad.

3+1 exige comprobar de dónde viene tu ayuda

La antigüedad del negocio por sí sola no acredita este incentivo. Revisamos qué programa te concedieron y si el período de alta ha sido continuo. Una interrupción, cambio de modalidad o resolución distinta necesita análisis antes de rellenar el formulario.

Documentación para preparar el expediente

  • Resolución de la ayuda anterior o datos que permitan identificarla correctamente.
  • Vida laboral de todos los regímenes o certificado equivalente de mutualidad.
  • Certificado histórico de actividad y datos del municipio cuando se pida incremento.
  • Identificación, cuenta bancaria y declaraciones responsables de la solicitud.

La lista sirve para revisar tu caso. No todos los documentos se adjuntan siempre: algunas sedes consultan datos automáticamente. Te pedimos los que falten o sean necesarios para acreditar tu modalidad.

Qué incluye nuestra gestión

Relacionamos el expediente de origen con las fechas de continuidad y determinamos el vencimiento personal de los cinco meses.

  • Revisión de los documentos acordados y preparación de formulario y anexos.
  • Comprobación contigo del contenido, de la cuantía solicitada y de las declaraciones antes de firmar.
  • Asistencia a la presentación y comprobación del resguardo de registro; un borrador guardado no acredita presentación.

Cómo presentamos y a quién llegan las notificaciones

La Junta de Extremadura ofrece tramitación en línea. Preparamos la solicitud de la línea I para tu identificación y firma como interesado; antes de registrarla comprobamos tus datos de contacto y el acceso a la consulta de expediente y notificaciones.

En esta modalidad, tú te identificas y realizas la firma final en la sede; nosotros preparamos los documentos y te guiamos. No necesitamos que nos cedas claves ni que firmemos como si fuéramos tú. Si se propone representación formal, se concreta por escrito y solo se utiliza cuando el procedimiento permita mantener el circuito de notificaciones acordado.

Precio y cierre del encargo

Presupuesto previo, con IVA incluido, según el volumen de documentos y la modalidad. Conocerás el precio y el alcance antes de pagar. Nuestros honorarios son por la gestión privada: no son una tasa pública ni se descuentan automáticamente de la ayuda.

Entregamos el formulario, los documentos y el registro, identificando la ayuda previa y el período que fundamenta la solicitud.

El servicio de presentación se cierra con la entrega del justificante y la documentación acordada. Si solo es posible preparar el expediente, te lo indicamos y no lo describimos como presentado.

Qué queda a cargo del solicitante

El programa exige mantener doce meses adicionales después del período inicial de tres años. La vigilancia de esa continuidad y de las comunicaciones queda a cargo del cliente; una baja puede tener consecuencias sobre la ayuda.

Debes consultar el buzón oficial y cumplir los plazos aunque no recibas un aviso por correo o teléfono. La concesión puede exigir mantenimiento, conservación de justificantes, comunicación de cambios o reintegro si se incumplen condiciones. Requerimientos posteriores, recursos y nuevas solicitudes se presupuestan aparte. Corregimos sin recargo los errores de nuestra propia gestión.

Preguntas frecuentes

¿Tener tres años de autónomo basta?

No. Debe existir una concesión previa de los programas que contempla la línea y cumplirse los demás requisitos.

¿Qué documento os envío primero?

La resolución de la ayuda de establecimiento, si la tienes, y tu vida laboral. Con ellos podemos comprobar si estamos ante el programa correcto.

¿El incremento rural se aplica a cualquier pueblo?

No. Tiene un umbral de población específico. Lo contrastamos con el municipio de actividad y la regla aplicable.

¿Es una ayuda para cerrar después de tres años?

No. Su finalidad es continuar. El encargo no debe aceptarse sin comprender el compromiso de mantenimiento adicional.

¿La gestoría puede garantizar que me la concedan?

No. Comprobamos y preparamos la solicitud, pero la Administración decide conforme a las bases, el expediente y el crédito disponible.

¿Quién vigila las notificaciones después?

El solicitante. Al cerrar la presentación te indicamos dónde consultar y qué documentación conservar. No contratamos una vigilancia permanente del buzón.

¿Tengo que contratar una cuota mensual?

No. Es un encargo concreto con presupuesto previo. Si después necesitas otra actuación, se acuerda por separado.

¿Qué hago para empezar?

Indícanos tu fecha de alta y la ayuda de inicio que recibiste. Revisamos la continuidad y el plazo antes de darte el presupuesto.

Revisamos tu solicitud

Cuéntanos tu situación y comprobamos plazo, documentos y alcance antes de empezar. Gestión puntual, presupuesto claro y justificante cuando la solicitud quede registrada.