Ayudas al inicio de actividad de autónomos en Aragón

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Revisión de plazo y documentos
Gestión puntual con presupuesto
Justificante de presentación

Comprueba tu caso antes de solicitar

Selecciona tu situación. El comprobador orienta la consulta; no confirma el derecho a la ayuda ni sustituye la revisión del expediente.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

¿En qué consiste esta gestión?

Te ayudamos a solicitar la subvención aragonesa de establecimiento cuando ya tienes el plan de empresa y los documentos de la inversión. El servicio reúne y presenta un expediente definido: no sustituye la validación del proyecto empresarial.

Gestoría Rubén María es una gestoría privada. Puedes solicitar la ayuda directamente en la sede oficial sin contratar nuestra intervención. Nuestro servicio es un encargo puntual de revisión documental, preparación y asistencia a la presentación, no una garantía de concesión.

Importe de la ayuda y qué financia

La ayuda de establecimiento contempla importes de 4.200 a 7.000 €, según el colectivo y las circunstancias previstas en las bases. Son categorías de ayuda, no un porcentaje libre sobre todas las compras del negocio. Verificamos qué tramo puedes acreditar antes de solicitarlo.

Plazos de solicitud

Convocatoria de 2026: del 8 de enero al 30 de octubre. El plazo individual es de un mes desde el día siguiente al inicio de la actividad. Para altas anteriores a la publicación hubo una regla transitoria; no equivale a poder presentar cualquier alta antigua hasta octubre.

Información de convocatoria revisada el 19 de septiembre de 2026. Antes de contratar volvemos a comprobar la apertura y tu plazo personal; una fecha publicada en esta página no sustituye esa comprobación.

Requisitos que comprobamos

  • Alta en RETA o mutualidad y en el censo de actividad antes de solicitar.
  • Desempleo e inscripción previa: la regla general exige dos meses, con excepciones para determinados colectivos.
  • Plan de empresa y su informe; actividad por cuenta propia en los términos del programa.
  • Inversión mínima general de 4.500 € sin impuestos; se reduce según tamaño del municipio y existen excepciones por colectivo.

Este resumen no sustituye el conjunto de requisitos de las bases. Contrastamos tu caso antes de formalizar el encargo; si falta una condición esencial, te lo indicamos sin presentar una declaración que no se corresponda con la realidad.

El plan y la inversión deben estar resueltos antes de presentar

No ofrecemos completar previsiones financieras sin datos ni sustituir el informe que exija el INAEM. Si ya tienes plan e informe, revisamos su coherencia documental con las facturas. Si faltan, te indicamos qué obtener antes de contratar la presentación; no te aseguramos cumplir el plazo con documentación inexistente.

Documentación para preparar el expediente

  • Plan de empresa, plan financiero e inversiones e informe correspondiente.
  • Facturas desglosadas y justificantes de pago.
  • Documentos de alta, colectivo y desempleo que no se consulten de oficio.
  • Ficha de terceros bancaria, indicadores exigidos y documentos de comunidad de bienes o sociedad civil si corresponde.

La lista sirve para revisar tu caso. No todos los documentos se adjuntan siempre: algunas sedes consultan datos automáticamente. Te pedimos los que falten o sean necesarios para acreditar tu modalidad.

Qué incluye nuestra gestión

Revisamos la inversión admisible, la fecha de cada pago, el colectivo y la inscripción previa; comprobamos que el expediente incluya el plan y su informe.

  • Revisión de los documentos acordados y preparación de formulario y anexos.
  • Comprobación contigo del contenido, de la cuantía solicitada y de las declaraciones antes de firmar.
  • Asistencia a la presentación y comprobación del resguardo de registro; un borrador guardado no acredita presentación.

Cómo presentamos y a quién llegan las notificaciones

La sede aragonesa permite iniciar el trámite, adjuntar documentos y firmar electrónicamente. Preparamos el expediente para tu firma como solicitante y comprobamos contigo los datos de aviso y el acceso a las notificaciones. No abrimos una representación permanente por el hecho de ayudarte a presentar.

En esta modalidad, tú te identificas y realizas la firma final en la sede; nosotros preparamos los documentos y te guiamos. No necesitamos que nos cedas claves ni que firmemos como si fuéramos tú. Si se propone representación formal, se concreta por escrito y solo se utiliza cuando el procedimiento permita mantener el circuito de notificaciones acordado.

Precio y cierre del encargo

Presupuesto previo, con IVA incluido, según el volumen de documentos y la modalidad. Conocerás el precio y el alcance antes de pagar. Nuestros honorarios son por la gestión privada: no son una tasa pública ni se descuentan automáticamente de la ayuda.

Entregamos la solicitud, anexos y resguardo, conservando la relación de inversión y documentos empresariales efectivamente presentados.

El servicio de presentación se cierra con la entrega del justificante y la documentación acordada. Si solo es posible preparar el expediente, te lo indicamos y no lo describimos como presentado.

Qué queda a cargo del solicitante

El cliente debe cumplir los compromisos de continuidad y publicidad de la financiación que establezca la ayuda. No incluimos el seguimiento económico del negocio, nuevas inversiones o modificaciones posteriores del plan.

Debes consultar el buzón oficial y cumplir los plazos aunque no recibas un aviso por correo o teléfono. La concesión puede exigir mantenimiento, conservación de justificantes, comunicación de cambios o reintegro si se incumplen condiciones. Requerimientos posteriores, recursos y nuevas solicitudes se presupuestan aparte. Corregimos sin recargo los errores de nuestra propia gestión.

Preguntas frecuentes

¿Hace falta invertir 4.500 € en todos los casos?

No. Hay ajustes por población y excepciones por colectivo. Revisamos el municipio, tu perfil y las facturas; no aplicamos una cifra universal.

¿El informe del plan lo puede sustituir la gestoría?

No cuando debe emitirlo una entidad prevista por el programa. Nuestra presentación parte de ese documento o te señala que falta.

¿Valen compras anteriores al alta?

Solo si encajan en el período y conceptos admitidos. Organizamos la relación con fechas de factura y pago para comprobarlo.

¿Qué pasa si llevo menos de dos meses en desempleo?

Hay excepciones tasadas. Necesitamos revisar tu perfil antes de afirmar que cumples; estar inscrito un día no es la regla para todos.

¿La gestoría puede garantizar que me la concedan?

No. Comprobamos y preparamos la solicitud, pero la Administración decide conforme a las bases, el expediente y el crédito disponible.

¿Quién vigila las notificaciones después?

El solicitante. Al cerrar la presentación te indicamos dónde consultar y qué documentación conservar. No contratamos una vigilancia permanente del buzón.

¿Tengo que contratar una cuota mensual?

No. Es un encargo concreto con presupuesto previo. Si después necesitas otra actuación, se acuerda por separado.

¿Qué hago para empezar?

Indícanos tu fecha de alta, territorio y situación en el comprobador. Revisamos qué documentación necesitas y si hay plazo antes de darte el presupuesto.

Revisamos tu solicitud

Cuéntanos tu situación y comprobamos plazo, documentos y alcance antes de empezar. Gestión puntual, presupuesto claro y justificante cuando la solicitud quede registrada.