Ayudas al comercio minorista en Alcoy
¿Qué ha cambiado en tu comercio de Alcoy?
Esta convocatoria se limita al comercio minorista y exige gastos justificados. Indica tu situación para revisarla.
Preparación de la ayuda municipal para tu comercio
Preparamos la solicitud de la convocatoria de 2026 para nuevas aperturas y transmisiones de comercios minoristas de Alcoy. El expediente reúne la petición y su documentación justificativa: conviene revisar facturas, pagos y memorias antes de registrar.
Nuestra gestión es administrativa. El comercio debe contar con la actividad, la inversión y la documentación que acreditan el proyecto; no incluye diseñar el negocio, ejecutar obras ni garantizar una puntuación o concesión.
Dos líneas: apertura y relevo del comercio
La línea A corresponde a una nueva actividad comercial iniciada desde el 1 de enero de 2026 en un establecimiento permanente de Alcoy. Un simple cambio de titular de un negocio existente no se considera una apertura nueva a estos efectos.
La línea B cubre la adquisición de la titularidad de un comercio existente desde el 1 de enero de 2026, manteniendo su actividad. Incluye traspasos entre particulares y continuidad entre familiares. Solo se permite una solicitud por persona beneficiaria y debe elegirse una de las dos líneas.
Destinatarios y actividades excluidas
Pueden participar personas físicas, personas jurídicas y comunidades de bienes legalmente constituidas que sean microempresas. El establecimiento debe estar abierto al público, en planta baja, con acceso directo desde la vía pública y dedicado al comercio minorista en Alcoy. Se comprueban alta censal y obligaciones tributarias, de Seguridad Social y municipales.
Las bases de 2026 excluyen industria, prestación de servicios, hostelería y restauración. También quedan fuera farmacias, estancos, administraciones de lotería, estaciones de servicio y grandes superficies. Aunque un resumen de la sede mencione actividades más amplias, nuestra revisión y oferta siguen las bases específicas de esta convocatoria.
Gastos, porcentaje y cuantía máxima
La ayuda puede cubrir hasta el 80 % del gasto subvencionable efectivamente justificado, con máximo de 2.000 euros por establecimiento. Se pueden añadir 300 euros por un rótulo permanente en valenciano, siempre que se conceda la ayuda principal y se acredite el rótulo con fotografías. El máximo conjunto es 2.300 euros.
Se contemplan inversiones relacionadas con apertura, transmisión o mejora: adecuación, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos, TPV, herramientas digitales, imagen comercial, escaparates, rótulos y gastos de transmisión, entre otros admitidos. Deben haberse realizado y pagado entre el 1 de enero de 2026 y el cierre de solicitudes.
No se subvencionan el alquiler, mercancías para vender, suministros ordinarios, impuestos o sanciones; el IVA recuperable o compensable queda excluido. Revisamos cada factura y su pago: un presupuesto no prueba un gasto ejecutado ni una captura bancaria aislada identifica siempre qué factura se pagó.
Plazo y evaluación de las solicitudes
La sede fija la presentación entre el 9 de septiembre de 2026 a las 00:01 y el 6 de octubre de 2026 a las 23:59. El crédito anunciado es de 50.000 euros, repartido inicialmente entre ambas líneas, sin que esa dotación acredite saldo disponible para un expediente concreto.
Es una convocatoria competitiva. Se valoran inversión justificada hasta 50 puntos, calidad y viabilidad del proyecto hasta 30 y contribución al tejido comercial hasta 20. La hora de registro interviene como último criterio de desempate, no como única regla de concesión. No prometemos aprobar por presentar antes que otros.
Solicitud y justificación en el mismo expediente
- Anexo I de solicitud, Anexo II de memoria de actuación y Anexo III de memoria económica.
- Anexo IV de declaración responsable, alta censal y documentos del local o del traspaso.
- Facturas y justificantes de pago que correspondan a las inversiones y gastos declarados.
- Licencia, declaración o comunicación municipal exigible si se realizaron obras.
- Fotografía del rótulo cuando se pida su incentivo y ficha de terceros si procede.
La memoria administrativa se prepara a partir de hechos y documentos del negocio, describiendo la actuación y la inversión ya realizada. No incluye redactar un plan especializado de viabilidad ni un proyecto técnico. Si la documentación de obras o la valoración profesional necesaria está pendiente, debe resolverse antes de aceptar la solicitud.
Firma, notificaciones y obligaciones del beneficiario
La sede permite presentación electrónica con su sistema de identificación. La oferta estándar es preparación y asistencia con firma final del titular o representante legal; no se ofrece representación externa automática sin comprobar su acreditación y el canal de comunicaciones.
Las bases fijan tres meses para resolver desde que finaliza el plazo de solicitudes, con silencio desestimatorio. La resolución se notifica a las personas interesadas y se publica cuando corresponde. El cliente debe consultar su expediente, notificaciones y publicaciones oficiales. Este plazo de las bases prevalece sobre el resumen genérico de seis meses que aparece en la ficha.
Debe mantenerse la actividad y el establecimiento abierto al menos seis meses desde el inicio o adquisición, salvo fuerza mayor acreditada. También se conservan justificantes, se comunican cambios y otras ayudas y se atienden comprobaciones. No hay anticipo: el pago sigue a la comprobación y concesión.
Cómo preparamos el expediente
Primero revisamos la convocatoria, las fechas y los documentos que ya tienes. Te indicamos qué falta y confirmamos por escrito si el caso encaja en esta gestión. Si requiere resolver una cuestión laboral, fiscal o técnica antes de solicitar, esa cuestión debe quedar resuelta y documentada.
Después ordenamos los datos, preparamos el formulario y los anexos acordados y te los damos a revisar. En la modalidad de asistencia firmas personalmente con tu medio admitido; no pedimos tus claves ni tratamos un certificado prestado como una autorización.
Al terminar entregamos copia de la solicitud, relación de documentos y justificante de registro con fecha y número. Un borrador guardado no equivale a una solicitud registrada. Si el envío falla, no lo damos por presentado.
Precio y alcance de la gestión
Gestoría Rubén María es una gestoría privada independiente del organismo que concede la ayuda. Recibirás un presupuesto previo con IVA incluido para el expediente inicial definido, antes de contratar. No hay cuota mensual ni porcentaje automático sobre la subvención. Los honorarios son por el trabajo administrativo y puedes acudir directamente al canal oficial.
La solicitud no garantiza concesión, cuantía ni fecha de cobro. Nuestro encargo comprende la revisión y preparación documental y la presentación o asistencia expresamente acordada. No incluye proyectos técnicos, contabilidad, nóminas, altas laborales, ejecución de inversiones, recursos ni seguimiento permanente.
En Alcoy, la documentación justificativa que debe acompañar a esta solicitud inicial sí forma parte del expediente presupuestado. Un requerimiento posterior, un recurso o trabajos técnicos distintos necesitan encargo propio, salvo que la incidencia derive de un error nuestro.
Notificaciones y obligaciones después de presentar
El cliente consulta y atiende las notificaciones del expediente y cumple las obligaciones posteriores de la ayuda. Al entregar el justificante identificamos el canal administrativo aplicable y comprobamos que puedes acceder a él. Un correo o SMS de aviso no sustituye la notificación ni su plazo.
Los requerimientos por documentación nueva, las modificaciones o los recursos necesitan un encargo y presupuesto propios. Los errores de preparación o presentación imputables a nuestra gestión se corrigen sin nuevos honorarios. Si una comunicación llega a la gestoría, te la trasladamos sin demora.
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Consulta el directorio de ayudas y subvenciones y nuestros servicios de gestoría para empresas. Cada expediente tiene su propio alcance y presupuesto.
Preguntas frecuentes
¿Puede pedirla un bar o una empresa de servicios?
No en esta convocatoria: las bases de 2026 la limitan al comercio minorista y excluyen esas actividades.
¿Un traspaso es una apertura nueva de la línea A?
No. La continuidad de un comercio existente se revisa por la línea B, aunque el titular sea nuevo.
¿Puedo solicitar ambas líneas por el mismo negocio?
Las bases permiten una solicitud y una sola línea por solicitante.
¿Puedo incluir el alquiler o mercancías para vender?
No. Esos conceptos están excluidos de los gastos subvencionables de esta convocatoria.
¿Los 300 euros del rótulo son una ayuda independiente?
No. Son un complemento condicionado a obtener la ayuda principal y acreditar el rótulo permanente en valenciano.
¿Se justifican los gastos después de recibir el dinero?
La documentación justificativa acompaña a la solicitud. El encargo incluye esa preparación documental inicial definida en el presupuesto.
¿Cuánto tiempo hay que mantener el comercio abierto?
Como mínimo seis meses desde el inicio de actividad o adquisición de titularidad, con la excepción de fuerza mayor acreditada que contemplan las bases.
¿Incluye la gestoría proyectos técnicos o todas las incidencias futuras?
No. Se prepara el expediente documental inicial; trabajos técnicos, recursos y nuevas actuaciones se acuerdan aparte, salvo corrección sin recargo de errores propios.
Fuentes oficiales y vigencia
Información contrastada el 19 de septiembre de 2026. Antes de aceptar un encargo revisamos de nuevo convocatoria, plazo y canal. La fecha de esta revisión no confirma fondos disponibles ni el derecho individual a la ayuda.
¿Revisamos tu solicitud?
Cuéntanos la situación de tu negocio y qué documentación tienes. Te confirmaremos el alcance y el presupuesto antes de empezar.