Ayuda Impulso Empresarial Málaga

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Expediente con plan de empresa ya preparado
Revisión de inversión, fechas y anexos
Asistencia a firma y justificante de registro

¿Qué tienes preparado para Impulso Empresarial?

Esta gestión parte de un plan de empresa y una inversión ya definidos. Comprobamos el alcance antes de contratar.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

La parte administrativa de tu solicitud de Impulso Empresarial

Si tu negocio cumple las condiciones de la convocatoria municipal y ya dispone de un plan de empresa preparado, te ayudamos a ordenar el expediente y preparar la solicitud de Impulso Empresarial de Málaga. Revisamos datos de la empresa, fechas de alta, inversiones y anexos para una presentación coherente.

Nuestro servicio no consiste en inventar un proyecto viable ni en decidir qué debe comprar la empresa. Partimos de tu plan empresarial y tu documentación técnica y económica ya resueltos. Si falta esa base, primero te indicamos qué debe completarse; no presentamos una solicitud vacía para intentar reservar la ayuda.

Plazo y ámbito: Málaga capital

El plazo publicado va del 2 de septiembre al 15 de octubre de 2026, ambos incluidos. La actividad principal y los domicilios social y fiscal deben estar en el municipio de Málaga. No basta con operar en cualquier localidad de la provincia o vender a clientes malagueños.

La convocatoria exige haber iniciado actividad y estar dado de alta en Hacienda y Seguridad Social desde el 1 de enero de 2025, incluido. Si las altas tienen fechas distintas, deben contrastarse conforme a las bases; no se utiliza solo la fecha más conveniente.

Quién puede solicitarla

La ficha contempla empresarios individuales y las formas societarias previstas, con condición de pyme. Se revisan la forma jurídica, los socios y administradores, las altas, las deudas y las demás prohibiciones de acceso a subvenciones.

  • Actividad principal y domicilio social y fiscal en Málaga capital.
  • Alta admisible desde el 1 de enero de 2025.
  • Proyecto viable técnica y económicamente.
  • Inversión subvencionable mínima de 1.500 €, sin IVA.
  • Memoria y plan normalizados correctamente preparados.

Las bases excluyen, entre otros, a quienes cobraron la anterior convocatoria, a determinadas entidades públicas o sin ánimo de lucro, a sociedades integradas en grupos y a solicitantes con deuda con Promálaga. Se admite como máximo una solicitud por solicitante. Tener un alta reciente no confirma por sí solo la elegibilidad.

Porcentaje e inversiones que pueden entrar

La ayuda prevista alcanza el 75 % del proyecto de inversión o gasto subvencionable, con máximo de 10.000 € por solicitud. El cálculo se hace sobre conceptos admitidos, no sobre cualquier gasto del negocio ni sobre el IVA.

Entre los conceptos previstos hay equipamiento necesario, maquinaria, determinados equipos informáticos, licencias permanentes de software, imagen corporativa o desarrollo de web y aplicaciones. También hay conceptos de adecuación del local y ciertos servicios empresariales, con sus requisitos. Que una categoría aparezca en la lista no exime de revisar proveedor, factura, necesidad y fecha.

Nuestra oferta inicial prioriza expedientes documentales de equipamiento o servicios ya definidos. Las obras, instalaciones y certificaciones técnicas deben venir preparadas por los profesionales competentes; no las producimos ni validamos técnicamente dentro de esta gestión.

Gastos excluidos y fecha de facturas

Las bases excluyen IVA e impuestos, personal, existencias y material fungible, alquiler de locales o maquinaria, vehículos, bienes usados y suscripciones de software, entre otros. El diseño de una web no convierte en subvencionables sus campañas SEO, SEM, redes sociales o publicidad online.

Con carácter general no se admiten inversiones ejecutadas antes de publicarse la convocatoria en el boletín provincial. Las facturas y pagos deben respetar la fecha exigida. Existe una excepción específica para gastos de constitución de notaría y Registro Mercantil de 2025 o 2026 anteriores a la solicitud. Revisamos las fechas de tus justificantes sin extender esa excepción a otras compras.

Los proveedores deben cumplir las condiciones de la convocatoria, no estar vinculados con el beneficiario y, cuando corresponda por importe, se necesitan varias ofertas. Una inversión que ya se pagó no se vuelve admisible por describirla de otra manera.

Plan de empresa y memoria: no son el mismo documento

La convocatoria exige plan de empresa normalizado y memoria técnica y económica del proyecto de inversión. En la memoria se identifican conceptos, necesidad, proveedores e importes. El plan empresarial contiene una preparación más amplia y no queda sustituido por esa relación de gastos.

Podemos ordenar administrativamente la información ya preparada y trasladarla a los anexos acordados. No incluye elaborar o certificar viabilidad, producir un plan financiero desde cero, diseñar inversiones ni redactar proyectos o licencias. Si el plan está incompleto o en un formato distinto del vigente, se resuelve antes de confirmar la presentación.

La ficha municipal remite a la herramienta de Promálaga y a su asistencia técnica para elaborar el plan. No es necesario contratar nuestra gestoría para acudir a esos canales oficiales.

Documentación de autónomos y sociedades

  • Identificación del solicitante y, cuando proceda, de administrador y socios.
  • Modelo censal 036 y altas en Seguridad Social que correspondan al solicitante.
  • Escrituras societarias, inscripción registral y modificaciones, si procede.
  • Memoria del proyecto de inversión en el anexo oficial, con conceptos, necesidad, proveedores e importes.
  • Plan de empresa normalizado ya elaborado.
  • Presupuestos y documentación de la inversión necesarios para su evaluación.
  • Información sobre ayudas anteriores, deudas y declaraciones exigidas.

En determinados supuestos de alta mediante CIRCE, el Documento Único Electrónico puede sustituir los documentos que indican las bases. No sustituye toda la solicitud. Antes de aceptar comprobamos el formulario y anexos actuales; no reutilizamos documentos de otra convocatoria únicamente porque tengan un nombre similar.

Firma y presentación en la sede municipal

La modalidad ofrecida es preparación y asistencia para la firma final del titular o representante legal. La sede describe presentación con certificado de usuario y, para sociedades, certificado de la persona jurídica. Se revisa el medio válido para ese solicitante antes de presentar.

No se anuncia una representación profesional genérica no verificada ni se utiliza un certificado prestado como autorización. El cliente conserva el acceso a Mi Carpeta y revisa los formularios antes de firmar. Los documentos deben registrarse dentro de plazo y generar el justificante correspondiente.

Cómo se valoran los expedientes

Es una convocatoria de concurrencia competitiva. Las bases valoran la antigüedad de la empresa y determinadas formas de economía social; el orden de entrada de una solicitud completa se utiliza para desempatar. No es correcto prometer que la primera persona que nos escriba será la primera en cobrar.

Una solicitud incompleta toma como fecha relevante la última aportación que la complete en los términos previstos. La evaluación puede terminar en propuesta de concesión, requerimiento o desestimación. La existencia de presupuesto global no acredita el saldo disponible para un caso concreto.

La resolución provisional abre la fase de justificación

Tras la resolución provisional se dispone de dos meses para acreditar la ejecución de la inversión y sus pagos. Esta justificación comprende la memoria económica del Anexo II, facturas, justificantes bancarios, documentación gráfica y los documentos adicionales que correspondan, como licencias o declaraciones responsables.

No se admiten pagos en efectivo. Las bases prevén transferencia, tarjeta con su respaldo bancario y financiación a través de la entidad financiera del proveedor, con los documentos exigidos. Deben poder vincularse el gasto, el proveedor, el beneficiario y el pago.

La presentación inicial no incluye realizar inversiones, llevar la contabilidad ni preparar automáticamente esta segunda fase. Se entrega al cliente el hito que deberá atender y puede presupuestarse una justificación separada.

Publicaciones, publicidad de la ayuda y mantenimiento

El cliente debe consultar la sede, Mi Carpeta y el tablón municipal aplicables al expediente. Un email o SMS de aviso no sustituye el contenido de la notificación. Las comunicaciones electrónicas pueden generar plazos aunque el aviso no se vea.

Tras la resolución definitiva se exige dar publicidad a la financiación y aportar la prueba gráfica en diez días hábiles, antes del abono. Las modalidades oficiales incluyen cartel o pegatina visible, banner en web o publicación en redes. No basta recibir la resolución y esperar el ingreso sin completar esta obligación.

La actividad y las inversiones subvencionadas deben mantenerse de forma ininterrumpida desde la solicitud hasta un año después de la resolución definitiva. El cliente asume el mantenimiento, la justificación y la atención de controles; los cambios se comunican por el cauce correspondiente.

Cómo trabajamos y qué entregamos

Revisamos primero los documentos y las fechas. Te indicamos qué falta y acordamos por escrito el alcance, la firma y el presupuesto. Con la información acreditada preparamos el formulario y los anexos; el cliente los revisa antes de su presentación.

Al terminar entregamos copia de la solicitud, relación de documentos y justificante de registro con fecha y número. Un borrador o una captura sin resguardo no se consideran presentación. Si el envío no queda registrado válidamente, no damos la gestión por completada.

Precio y alcance del encargo

Gestoría Rubén María es una gestoría privada independiente del organismo concedente. Ofrecemos presupuesto previo total con IVA incluido según la documentación y la modalidad. No hay cuota mensual ni porcentaje automático sobre la ayuda. Los honorarios son por el trabajo administrativo delimitado; puedes utilizar directamente el canal oficial.

La solicitud inicial no incluye asesoría laboral o fiscal continuada, contabilidad, nóminas, proyectos técnicos, justificaciones posteriores, recursos ni vigilancia permanente de notificaciones. Esas actuaciones requieren un encargo distinto. Los errores imputables a nuestra preparación o presentación se corrigen sin nuevos honorarios.

La concesión, la cuantía y el cobro dependen de la Administración, el expediente, los fondos y el cumplimiento posterior. No se garantiza el resultado por contratar una gestoría. Si recibimos alguna comunicación, te la trasladamos sin demora.

Otras ayudas y gestiones para tu negocio

Consulta las ayudas y subvenciones y nuestros servicios de gestoría para empresas. Cada actuación se presupuesta con su propio alcance.

Preguntas frecuentes

¿Sirve para un negocio en Marbella, Torremolinos u otro municipio?

Esta convocatoria es para actividad principal y domicilios social y fiscal en Málaga capital. No se extiende a toda la provincia.

¿Necesito tener el plan de empresa antes de contratar?

Sí para esta oferta documental: debe estar elaborado y adaptado al formato requerido. No incluye crear el proyecto o certificar su viabilidad.

¿Una memoria de gastos sustituye al plan?

No. Son documentos distintos y las bases exigen ambos.

¿Puedo incluir una inversión antigua?

Solo si cumple las fechas y la excepción específica que corresponda. No se admiten de forma general compras anteriores a la publicación.

¿La ayuda cubre el IVA?

No. El porcentaje se calcula sobre los conceptos subvencionables sin IVA ni los demás conceptos excluidos.

¿Se concede solo por orden de llegada?

No. Hay criterios de valoración; la fecha de solicitud completa se utiliza en el desempate.

¿Después de solicitar puedo olvidarme del expediente?

No. Hay notificaciones, justificación en dos meses desde la provisional, publicidad tras la definitiva y obligaciones de mantenimiento.

¿El presupuesto incluye justificar y atender requerimientos ilimitados?

No. El encargo inicial es el expresamente definido. Las actuaciones posteriores se presupuestan aparte, salvo la corrección de errores propios.

Fuentes oficiales y fecha de revisión

Información contrastada el 19 de septiembre de 2026. Antes de aceptar cada encargo revalidamos convocatoria, plazo, formulario y documentos. Esta revisión no acredita saldo presupuestario disponible ni el derecho individual a la ayuda.

Ordenamos tu expediente de Impulso Empresarial

Cuéntanos cuándo diste de alta el negocio y si tienes plan y memoria preparados. Te confirmaremos documentación y presupuesto.