Modelo 232 de operaciones vinculadas
¿Qué necesitas gestionar?
La declaración utiliza operaciones y valores previamente determinados; no sustituye un estudio de precios de transferencia.
Una declaración informativa de operaciones vinculadas
Te ayudamos a organizar y preparar el modelo 232 de una entidad y ejercicio. El servicio parte de la relación de personas o entidades vinculadas, las operaciones realizadas y los valores y métodos ya determinados con respaldo documental.
No toda operación entre personas conocidas es vinculada ni toda operación vinculada debe trasladarse sin más a una casilla. Antes de contratar precisamos el supuesto y los bloques de información que proceden. Si la obligación o la valoración no están resueltas, se separa esa revisión de la preparación del modelo.
Una tabla completa evita errores de clasificación
La información debe permitir identificar a la contraparte, su país, el tipo de vinculación y de operación, el sentido del ingreso o pago y el importe que corresponda. No se agrupan por comodidad operaciones que las instrucciones exigen diferenciar.
También revisamos si el expediente incluye información sobre determinados intangibles o territorios que tengan un tratamiento específico en el modelo. No se utilizan reglas de un único bloque para decidir sobre toda la declaración.
No es un estudio de precios de transferencia
El modelo informa; no demuestra por sí solo que un precio sea de mercado ni sustituye la documentación exigible de las operaciones vinculadas. La empresa conserva contratos, cálculos y la justificación que sustenta sus datos.
Nuestra entrega distingue las incidencias formales del formulario de las cuestiones de valoración. Una validación informática correcta no es un pronunciamiento favorable de Hacienda sobre el fondo.
Documentos y datos que necesitamos revisar
- NIF de la entidad, ejercicio y fecha efectiva de cierre.
- Relación de vinculados, identificación fiscal, país y clase de vinculación.
- Detalle e importes de operaciones, ingresos y pagos.
- Método y documentación de valoración previamente determinados.
- Contratos, cuadros de conciliación y declaración anterior, si existe.
La lista se concreta según el expediente. Revisamos los documentos disponibles antes de confirmar el presupuesto y señalamos lo que falta, sin sustituir datos desconocidos por estimaciones.
Canal, firma y presentación
Se prepara el formulario electrónico de la AEAT. El cliente valida los datos y firma, o se utiliza una colaboración o representación suficiente que se haya comprobado expresamente.
La copia presentada y el recibo deben corresponder a la entidad y ejercicio contratados. No se envía una declaración con datos provisionales para después decidir cómo valorarlos.
Plazo que debemos comprobar
El plazo ordinario es el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Para un cierre a 31 de diciembre, la referencia es noviembre siguiente.
Un cierre diferente exige calcular su propio plazo y contrastarlo con el calendario aplicable. No se presupone noviembre para todas las sociedades.
Qué queda fuera de esta gestión
No incluye estudios de precios de transferencia, valoraciones, auditoría, asesoramiento fiscal continuado ni garantías sobre la suficiencia de la documentación de operaciones vinculadas.
La reconstrucción de operaciones o la rectificación de ejercicios previos se valora por separado.
Cómo trabajamos
Confirmamos el encargo
Identificamos la actuación, los documentos, el plazo y quién puede firmar.
Preparamos y revisamos
Ordenamos los datos y anexos. El cliente valida el contenido antes de una firma o un envío.
Entregamos lo acordado
Entregamos la declaración preparada, las incidencias señaladas y el justificante cuando se haya completado la presentación acordada.
Honorarios y alcance, sin cuota mensual
Antes de contratar recibes un presupuesto previo con IVA incluido para un encargo puntual. Se concretan el número de expedientes, documentos, períodos o registros y la entrega. Los impuestos, tasas, cuotas y gastos de terceros se distinguen de nuestros honorarios y no se pagan sin tu conformidad.
Somos una gestoría privada. Puedes utilizar directamente los canales oficiales; nuestra asistencia administrativa es opcional. Una preparación documental se entrega como preparación, no como trámite presentado. Cuando se acuerda y completa la presentación, se conserva el justificante que corresponda.
No se incluye seguimiento indefinido, asesoramiento continuado, recursos o actuaciones posteriores no contratadas. Corregimos sin nuevos honorarios los errores imputables a nuestra preparación o presentación. Una necesidad nueva se delimita antes de presupuestarla.
Representación y comunicaciones
El cliente realiza la identificación y firma personal que exija el canal. Una actuación representada requiere comprobar y documentar previamente la habilitación admitida para ese expediente; ser gestoría no la sustituye. No pedimos contraseñas, códigos OTP ni claves privadas para actuar como si fuéramos el titular.
El destinatario y el canal de notificaciones se fijan de forma compatible con el mandato aceptado. El cliente accede a las comunicaciones completas y atiende los plazos a su cargo. Si una comunicación llega a la gestoría, la trasladamos sin demora y respetamos las obligaciones asumidas. No redirigimos avisos ni cambiamos representantes por defecto.
Preguntas frecuentes
¿Todas las sociedades presentan el 232?
No. Primero debe determinarse si la entidad y sus operaciones están dentro de los supuestos declarables.
¿Validar el archivo demuestra que el precio es correcto?
No. La validación formal no sustituye el análisis del valor de mercado.
¿Si cierro en junio presento en noviembre?
No se utiliza esa fecha automáticamente. El plazo se calcula desde el cierre real.
¿Incluye redactar la documentación de operaciones vinculadas?
No. Se trabaja con operaciones y valores ya determinados; ese estudio es un encargo distinto.
¿Podéis completar importes estimados?
No. Las cifras deben tener soporte y estar aprobadas por el cliente antes de presentar.
¿El precio incluye los pagos oficiales?
El presupuesto distingue honorarios con IVA y pagos oficiales o gastos de terceros. Confirmamos qué importe corresponde a cada concepto antes de empezar.
¿Puedo encargar solo la preparación?
Sí, cuando el caso encaja en este servicio. La entrega identifica lo preparado y las firmas, pagos o envíos que quedan a tu cargo; no se presenta un borrador como justificante de registro.
Fuentes oficiales y servicios relacionados
Información revisada el 24 de septiembre de 2026. Antes de aceptar el encargo se comprueban el formulario vigente, el canal y las circunstancias concretas.
Consulta también nuestras gestiones puntuales para empresas.
¿Preparamos tu gestión?
Cuéntanos qué necesitas, qué documentos tienes y cuál es tu plazo. Te confirmamos el alcance y el presupuesto antes de empezar.