Autorización de venta de VPO en Madrid

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Autorización o informe, según el inmueble
Preparación documental de una solicitud
Presupuesto previo, sin cuota mensual

Responsable del trámite:GA 1268 COGAS SLP – Gestoría colegiada

¿Qué necesitas para transmitir tu vivienda protegida?

Selecciona tu caso. Revisamos la documentación de la vivienda antes de confirmar qué solicitud procede y presupuestar el encargo.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

Prepara el documento que te piden antes de vender

Si vas a transmitir una vivienda protegida en la Comunidad de Madrid, puede que necesites una autorización administrativa o un informe sobre su situación. No son el mismo documento y no todas las viviendas requieren los dos.

En Gestoría Rubén María te ayudamos a ordenar los antecedentes, identificar la solicitud con la información oficial y preparar su documentación. El servicio inicial incluye acompañamiento remoto para que el titular revise, firme y presente personalmente por el canal admitido. Somos una gestoría privada: no autorizamos ventas ni emitimos informes oficiales.

Puedes consultar otros encargos puntuales en nuestra gestoría para particulares.

Autorización de transmisión o informe de venta

Autorización

Es la resolución administrativa que permite una transmisión sujeta a ese requisito mientras la vivienda continúa bajo protección. Su necesidad depende del régimen, del origen público o privado de la promoción y de la financiación o ayudas recibidas, entre otros antecedentes.

Informe

Puede servir para acreditar que no hace falta autorización, cuál es el precio máximo legal, cuánto dura la protección o si ha finalizado por transcurso del plazo. El documento lo emite la Comunidad de Madrid; la gestoría prepara su solicitud.

Trabajamos ambas posibilidades en un mismo servicio para elegir el expediente correcto. No proponemos pagar dos solicitudes por defecto. Partimos del documento que te han pedido y de la escritura, la calificación y los antecedentes del inmueble.

En qué casos revisamos la autorización

La ficha oficial de autorización diferencia la VPO de promoción pública de la VPO de promoción privada y de la VPP. También distingue los casos con préstamo cualificado o ayudas dentro del período de limitación de transmisión.

Una hipoteca ordinaria no se presume préstamo cualificado. Tampoco basta con recordar cuántos años hace que compraste. Revisamos los documentos y, cuando sea necesario, señalamos el certificado bancario o antecedente que debe obtenerse antes de presentar.

Si aparecen cuestiones jurídicas controvertidas, incumplimientos, ayudas a reintegrar o discrepancias entre titulares, no las tratamos como una solicitud administrativa sencilla. Se explica qué actuación requiere otro profesional antes de aceptar el encargo.

Cuándo puede corresponder un informe

La sede contempla supuestos en los que no es necesaria la autorización, como determinadas extinciones de condominio o disoluciones de gananciales y ciertos casos de promoción privada sin financiación protegida o con el período de limitación ya transcurrido. Eso no significa que todos los inmuebles queden libres de protección ni que pueda fijarse cualquier precio.

El informe de transmisión permite acreditar la información pertinente. Si el documento requerido se refiere a un garaje, trastero o local protegido, hay que precisar si es independiente o está vinculado a la vivienda.

No confundimos el informe que acredita el fin de un plazo con una solicitud de descalificación voluntaria. Esta última es otra actuación y no está incluida en este servicio.

Documentación para revisar tu caso

  • Identificación y datos de contacto del solicitante y de los titulares que deban intervenir.
  • Escritura o título público de adquisición.
  • Nota simple actualizada de la finca o fincas afectadas.
  • Calificación definitiva o número de expediente de construcción, si lo tienes.
  • Información de las ayudas y de la financiación vinculada a la adquisición.
  • Certificado bancario sobre préstamo cualificado cuando sea exigible.
  • Petición de la notaría, banco o comprador, si explica qué documento necesitan.
  • Justificantes de solicitudes anteriores y comunicaciones recibidas.

La documentación adicional depende del régimen. Puede ser necesario acreditar amortización de una vivienda de promoción pública o la causa de una transmisión anticipada. No exigimos todos los documentos a todos los propietarios ni suplimos un antecedente desconocido con una declaración inventada.

Si necesitas obtener la información registral, puedes encargar una nota simple del Registro de la Propiedad como actuación diferenciada.

Tasas, honorarios y otros gastos

Te damos presupuesto previo con IVA incluido para la revisión y asistencia documental de una solicitud. Antes del pago concretamos qué vivienda o inmuebles comprende y si ya dispones de los antecedentes necesarios.

La autorización y el informe tienen conceptos de tasa distintos. La sede los identifica mediante el modelo 030; comprobamos el concepto y el importe vigentes antes de que realices el pago. No se utiliza el recibo de un trámite diferente por parecerse su nombre.

Las tasas, notas registrales, certificados bancarios, copias notariales y otros gastos de terceros quedan separados de nuestros honorarios. El posible reintegro de ayudas o las actuaciones sobre una hipoteca tampoco forman parte del precio de preparar una solicitud. No realizamos pagos ni añadimos gestiones sin autorización.

Solicitud electrónica con firma del titular

Ambos procedimientos disponen de canal electrónico. Preparamos los datos y anexos contigo y te acompañamos para revisar y completar la presentación; la identificación y la firma final se realizan personalmente por el cliente. Un formulario guardado como borrador no es una solicitud registrada.

La Comunidad de Madrid contempla representación acreditada por los titulares. No obstante, no prometemos tramitar en tu nombre sin verificar antes el mandato, el formulario y la recepción de comunicaciones. Cualquier modalidad representada se acuerda expresamente, no se presume por enviarnos un certificado digital.

Comprobamos la viabilidad del canal y la documentación antes de confirmar el presupuesto. Tú conservas el control de la identificación y la firma.

Un proceso con entregables concretos

  1. Identificación del expediente: contrastamos inmueble, titulares, régimen y documento solicitado.
  2. Lista de documentos y presupuesto: indicamos qué falta, qué actuación se incluye y qué gastos no forman parte de los honorarios.
  3. Preparación: ordenamos los anexos y revisamos contigo los datos de la solicitud.
  4. Presentación asistida: el cliente firma y envía por el cauce oficial; revisamos que se haya obtenido el justificante.
  5. Entrega: recibes copia de la solicitud, relación de documentos y resguardo de la actuación realizada, o una explicación de lo pendiente si no ha podido completarse.

El entregable del encargo inicial es una solicitud preparada y, cuando se completa la presentación asistida, su justificante. No es la resolución de autorización ni un informe redactado por la gestoría en sustitución del oficial.

Cuánto tarda y qué debes atender después

La sede publica un plazo máximo de seis meses para la autorización y de tres meses para el informe, con efecto desestimatorio del silencio en las fichas consultadas. Son plazos administrativos, no una previsión de entrega de nuestro servicio ni una garantía de que el documento llegue antes de una escritura.

El cliente recibe y atiende sus notificaciones por el medio elegido y permitido en la solicitud. Si opta por comunicación electrónica debe revisar el buzón correspondiente; no basta con esperar un aviso al móvil. Los requerimientos pueden tener un plazo breve y deben revisarse en cuanto se reciben.

La preparación inicial no incluye vigilancia indefinida, recursos ni contestación a todas las incidencias futuras. Si nos encargas una actuación posterior se delimita y presupuesta. Corregimos sin honorarios adicionales los errores de preparación imputables a nuestra gestión.

El permiso no sustituye la compraventa ni libera la vivienda de toda carga

Una autorización de transmisión no es una escritura, no cancela automáticamente una hipoteca y no elimina por sí sola las condiciones que puedan seguir afectando al inmueble. El informe tampoco garantiza la financiación del comprador ni la aceptación de una operación por la notaría o el Registro.

Si la compraventa ya está definida, podemos valorar por separado la preparación documental para notaría. Si se trata de adjudicar una vivienda entre copropietarios, consulta la preparación de extinción de condominio. La elección y revisión jurídica de la operación no se incluyen automáticamente en esta solicitud.

Preguntas sobre la venta de una VPO en Madrid

¿Todas las VPO necesitan autorización para vender?

No. Depende del régimen y de sus antecedentes. En determinados casos corresponde un informe u otra acreditación. Revisamos el supuesto antes de preparar una solicitud.

¿Qué diferencia hay entre permiso e informe?

La autorización permite una transmisión sometida a ese requisito. El informe acredita aspectos como la no necesidad de autorización, el precio máximo o el plazo de protección. Los emite la Administración.

¿Con la nota simple es suficiente?

Es un punto de partida importante, pero pueden hacer falta escritura, calificación y documentación de préstamos o ayudas. No se presupone que la nota simple recoge todos los antecedentes administrativos.

¿Puedo contratar si no sé si mi préstamo es cualificado?

Podemos revisar los documentos disponibles e identificar la información que falta. Cuando sea exigible, el certificado debe emitirlo la entidad bancaria; la gestoría no sustituye esa acreditación.

¿Se incluye devolver ayudas o cancelar la hipoteca?

No. Son obligaciones o actuaciones distintas. Si resultan necesarias, se explican antes de continuar y no se ocultan dentro del presupuesto de solicitud.

¿La autorización permite vender a precio libre?

No debe asumirse. La venta puede continuar sometida a precio máximo y otras condiciones. Transmitir una vivienda protegida y descalificarla no son la misma gestión.

¿Quién firma y recibe las notificaciones?

En el servicio inicial el cliente firma personalmente y mantiene el control de sus comunicaciones. Una presentación representada solo se asume tras verificar y acordar expresamente su canal y alcance.

¿Me garantizáis tener el documento antes de firmar arras?

No. Las fechas contractuales deben valorarse con el profesional que revise la operación. No conviene asumir una autorización favorable o un plazo corto porque la solicitud se presente por internet.

¿Podéis atender un requerimiento posterior?

Puede revisarse como una actuación nueva con presupuesto, salvo que proceda corregir un error imputable a nuestra preparación, que subsanamos sin honorarios adicionales.

¿Tengo que contratar también la compraventa completa?

No. Puedes encargar únicamente la preparación y asistencia para esta solicitud. La operación notarial, fiscal y registral se delimita por separado.

Aclaremos qué documento necesita tu vivienda

Cuéntanos dónde está el inmueble, qué documento te han pedido y qué antecedentes conservas. Revisamos la actuación y te damos un presupuesto definido.