Ayuda al alquiler DANA Comunitat Valenciana
¿Necesitas solicitar la ayuda al alquiler por la DANA?
Indica si tuviste una ayuda anterior y en qué situación está la vivienda afectada. Revisaremos el encaje antes de darte presupuesto.
La ayuda para alquilar cuando la vivienda habitual sigue inutilizable
Esta convocatoria de la Generalitat se dirige a personas afectadas por la DANA del 29 de octubre de 2024 cuya vivienda habitual, o el edificio en el que se encuentra, sufrió daños que impiden acceder a ella o utilizarla. No es una ayuda general para cualquier alquiler en Valencia: hay que relacionar la necesidad de alojamiento con una vivienda y un municipio afectados.
Podemos ayudarte a distinguir una solicitud nueva de la continuidad de un expediente anterior, preparar los datos y revisar los documentos antes de presentar. La resolución y la comprobación de los daños corresponden a la Administración.
Plazo de solicitud de la convocatoria de 2026
La ficha oficial establece del 15 de mayo al 30 de septiembre de 2026. La fecha límite de una subsanación ya notificada es distinta del cierre de solicitudes: debe calcularse a partir del requerimiento concreto. Información revisada el 19 de septiembre de 2026; comprobamos la convocatoria y sus avisos de nuevo al aceptar el encargo.
Quién puede pedirla y qué vivienda se examina
- La vivienda dañada debe haber sido la habitual y permanente y estar en un municipio declarado afectado por la Generalitat.
- El daño debe impedir su acceso o uso; no basta con haber soportado gastos o vivir en una zona cercana.
- La vivienda de alquiler alternativa puede estar en territorio español, no necesariamente en el mismo municipio.
- La ayuda no se aplica si la persona solicitante o su unidad de convivencia dispone de otra vivienda habitable a menos de 30 kilómetros de la dañada, en los términos de la convocatoria.
- Se admite una única solicitud por vivienda. Hay un supuesto específico para convivientes de la persona propietaria o arrendataria fallecida, que exige acreditar el fallecimiento y la convivencia.
Antes de presentar contrastamos las direcciones, el contrato y la composición de la unidad de convivencia. Tener un expediente previo no permite omitir cambios que afecten al derecho.
Importe de la ayuda y diferencia con nuestros honorarios
La cuantía prevista es de 800 € mensuales, salvo que la renta del contrato sea inferior: en ese caso se toma ese importe menor. Esto no significa que cualquier solicitante tenga reconocidas todas las mensualidades. El periodo que proceda y la concesión deben resultar del expediente y de la resolución.
Nuestra gestión tiene un presupuesto separado. El dinero público, si se concede, corresponde a la persona beneficiaria; no se ingresa en una cuenta de la gestoría.
Documentos si ya recibiste la ayuda de la convocatoria anterior
Hay que identificar la referencia DANALQ/2024/XXXXX, preparar los justificantes de transferencias al arrendador y aportar los documentos que reflejen variaciones respecto de las condiciones de la concesión anterior.
Revisamos que los pagos indiquen a quién se abonaron y a qué mensualidad corresponden. Un extracto recortado sin destinatario o mes puede no explicar el gasto. Si cambió el alquiler, la convivencia o la cuenta de cobro, no se debe reutilizar la solicitud antigua sin adaptar esos datos.
Documentación de una solicitud nueva
- Datos de la vivienda afectada y del alojamiento alternativo.
- Contrato de arrendamiento, si ya está vigente al solicitar.
- Justificantes de pago por transferencia al arrendador, con su identificación y la mensualidad.
- Documentación de fallecimiento y convivencia cuando sea el supuesto de acceso.
- Alta o cambio de la cuenta bancaria cuando sea necesario, mediante el modelo de domiciliación o el procedimiento PROPER.
- Autorización de representación, cuando se utilice esa vía.
No fabricamos informes de daños ni certificados. Si el expediente necesita una acreditación que aún no tienes, te señalamos cuál falta para que puedas solicitarla al organismo o profesional competente.
Cómo preparamos la solicitud
- Revisamos si corresponde la vía nueva o la vinculada al expediente de 2024.
- Comprobamos contrato, mensualidades y coincidencia entre titulares y justificantes.
- Ordenamos los anexos y preparamos la declaración con los datos que nos facilitas.
- Confirmamos firma, destinatario de comunicaciones y acceso posterior del cliente.
- Presentamos o te asistimos en tu presentación y entregamos el resguardo.
Después del registro: correcciones y resolución
La ficha contempla un plazo de 10 días hábiles para subsanar desde la notificación del requerimiento. No hay que esperar a que venza septiembre si ya has recibido uno. La Administración anuncia un plazo máximo para resolver y publicar de tres meses desde la finalización del periodo de solicitudes; el silencio es desestimatorio.
La solicitud no elimina la obligación de conservar los contratos, pagos y acreditaciones, ni de comunicar cambios relevantes. Si necesitas una aportación posterior, envíanos el requerimiento completo y la fecha de notificación para presupuestar ese trabajo concreto.
Qué incluye nuestro encargo
Gestoría Rubén María es una gestoría privada: te ayudamos a revisar la documentación, preparar la solicitud y ordenar los anexos. Antes de aceptar te confirmamos el alcance y un presupuesto total con IVA incluido. Los honorarios corresponden al trabajo administrativo, no a la concesión de la ayuda.
El encargo ordinario es una solicitud y sus anexos disponibles. La obtención de documentos adicionales, los informes de daños, una reclamación o la justificación posterior se identifican por separado si se necesitan.
Puedes presentar la solicitud directamente en la sede oficial sin contratar nuestra gestión. No somos el organismo concedente ni tenemos preferencia sobre otras solicitudes.
Presentación, justificante y notificaciones
Acordamos antes de empezar quién firma y presenta. Si la representación admitida permite mantenerte como destinatario de las notificaciones, podremos presentar con autorización acreditada. Si ese circuito no queda confirmado, preparamos el expediente y te acompañamos para que tú firmes y lo presentes con tu identificación electrónica. No necesitamos que nos cedas tus claves.
La ficha incluye publicaciones de resolución y canales de notificación de la Generalitat. Dejamos por escrito qué debe consultar el cliente y conservamos sus datos de contacto. Si la sede no permite comprobar que las comunicaciones quedan a tu nombre, utilizamos la presentación final por el propio cliente; no damos por resuelto el seguimiento cambiando solo un email.
Al cerrar el encargo entregamos la copia presentada, sus anexos, el resguardo de registro y las instrucciones de consulta. Una captura de un formulario sin enviar no sustituye al justificante. El seguimiento continuado, los recursos y las aportaciones posteriores no quedan incluidos salvo acuerdo expreso; corregir un error propio de nuestra gestión no se factura como un nuevo trámite.
Precio y alcance antes de pagar
Trabajamos con presupuesto previo, total e IVA incluido, según titulares, documentación y fase del expediente. No cobramos por asegurar una resolución favorable. Si falta un requisito esencial o el plazo ha cerrado, te lo indicamos antes de contratar una presentación que no encaje.
Puedes consultar nuestra organización de ayudas y subvenciones y otros trámites para particulares.
Preguntas frecuentes
¿Sirve si mi vivienda sufrió daños pero puedo seguir viviendo en ella?
Esta línea exige que los daños impidan el acceso o uso de la vivienda habitual. Revisamos tu situación antes de aceptar; no se vende como ayuda general a todas las personas afectadas.
¿El nuevo alquiler debe estar en la Comunitat Valenciana?
La ficha permite que la vivienda arrendada esté en territorio español. La vivienda dañada sí debe cumplir el ámbito y los restantes requisitos del programa.
¿Tengo que presentar otra vez todos los documentos de 2024?
La convocatoria distingue a anteriores beneficiarios y nuevos solicitantes. Se identifica el expediente previo, se aportan pagos y se declaran los cambios que procedan.
¿Puedo pedir 800 € si pago 650 € de alquiler?
No. La ficha limita la cuantía a la renta del contrato cuando esta es inferior a 800 € mensuales.
¿Pueden pedirla varias personas por la misma casa dañada?
La convocatoria establece una solicitud por vivienda. Hay que decidir correctamente quién solicita y documentar su situación.
¿Contratar incluye obtener la subvención?
No. Incluye la gestión administrativa pactada. La Generalitat decide sobre requisitos, financiación y concesión.
Revisamos tu solicitud de alquiler por la DANA
Indícanos la vivienda afectada y si ya fuiste beneficiario. Te explicamos qué documentación necesitamos y el presupuesto antes de empezar.