Ayudas al inicio de actividad de autónomos en Madrid
Comprueba tu caso antes de solicitar
Selecciona tu situación. El comprobador orienta la consulta; no confirma el derecho a la ayuda ni sustituye la revisión del expediente.
¿En qué consiste esta gestión?
Si has empezado una actividad por cuenta propia en Madrid después de estar en desempleo, parte de los gastos de puesta en marcha puede encajar en esta ayuda. Revisamos las facturas y el calendario antes de preparar el expediente.
Gestoría Rubén María es una gestoría privada. Puedes solicitar la ayuda directamente en la sede oficial sin contratar nuestra intervención. Nuestro servicio es un encargo puntual de revisión documental, preparación y asistencia a la presentación, no una garantía de concesión.
Importe de la ayuda y qué financia
La financiación alcanza el 80 % de los gastos admitidos. El mínimo de gasto justificado es 1.000 €. El límite general puede llegar a 5.600 € y el de colectivos específicos a 6.200 €, combinando gastos corrientes e inmovilizado dentro de sus respectivos topes. No se aplica el máximo a cualquier compra ni por darse de alta.
Plazos de solicitud
Solicitud permanente mientras exista crédito, con un plazo personal máximo de tres meses desde el inicio. Los gastos deben encajar en la ventana de tres meses anteriores y dos posteriores al comienzo, con facturas y pagos acreditados antes de pedir la ayuda.
Información de convocatoria revisada el 19 de septiembre de 2026. Antes de contratar volvemos a comprobar la apertura y tu plazo personal; una fecha publicada en esta página no sustituye esa comprobación.
Requisitos que comprobamos
- Haber estado inscrito como demandante de empleo al menos un día de los quince anteriores al inicio.
- Actividad en Madrid, alta en el régimen o mutualidad correspondiente y sin realizar la misma actividad en los seis meses anteriores.
- Comprobar modalidad individual o societaria, exclusiones y situación tributaria; los familiares colaboradores no entran en esta línea.
Este resumen no sustituye el conjunto de requisitos de las bases. Contrastamos tu caso antes de formalizar el encargo; si falta una condición esencial, te lo indicamos sin presentar una declaración que no se corresponda con la realidad.
Separar gastos corrientes, inversiones y cuotas
Una factura de software, una compra de maquinaria y un recibo de autónomos no se clasifican de la misma forma. Hacemos una relación verificable: proveedor, concepto, fecha, importe y pago. No convertimos presupuestos sin pagar en gastos ejecutados ni damos por subvencionable toda la inversión del negocio.
Documentación para preparar el expediente
- Alta, situación censal y justificantes del desempleo previo que no se consulten de oficio.
- Memoria de actividad y relación ordenada de gastos.
- Facturas completas y prueba bancaria de cada pago, vinculadas al mismo gasto.
- Documentos de constitución o de colectivo específico cuando sean necesarios y cuenta del solicitante.
La lista sirve para revisar tu caso. No todos los documentos se adjuntan siempre: algunas sedes consultan datos automáticamente. Te pedimos los que falten o sean necesarios para acreditar tu modalidad.
Qué incluye nuestra gestión
La revisión comienza por las fechas de alta y desempleo. Después conciliamos facturas con movimientos bancarios y diferenciamos categorías de gasto.
- Revisión de los documentos acordados y preparación de formulario y anexos.
- Comprobación contigo del contenido, de la cuantía solicitada y de las declaraciones antes de firmar.
- Asistencia a la presentación y comprobación del resguardo de registro; un borrador guardado no acredita presentación.
Cómo presentamos y a quién llegan las notificaciones
La solicitud se prepara para tu firma como interesado. Las notificaciones quedan en tu Cuenta Digital; comprobamos tus datos y acceso antes de presentar.
En esta modalidad, tú te identificas y realizas la firma final en la sede; nosotros preparamos los documentos y te guiamos. No necesitamos que nos cedas claves ni que firmemos como si fuéramos tú. Si se propone representación formal, se concreta por escrito y solo se utiliza cuando el procedimiento permita mantener el circuito de notificaciones acordado.
Precio y cierre del encargo
Presupuesto previo, con IVA incluido, según el volumen de documentos y la modalidad. Conocerás el precio y el alcance antes de pagar. Nuestros honorarios son por la gestión privada: no son una tasa pública ni se descuentan automáticamente de la ayuda.
Entregamos el expediente presentado, la relación de gastos utilizada, el justificante de registro y una lista de documentos que debes conservar.
El servicio de presentación se cierra con la entrega del justificante y la documentación acordada. Si solo es posible preparar el expediente, te lo indicamos y no lo describimos como presentado.
Qué queda a cargo del solicitante
El cliente conserva facturas y pagos, atiende comprobaciones y comunica otras ayudas o cambios relevantes. No están incluidos la contabilidad del negocio ni controles posteriores de la subvención.
Debes consultar el buzón oficial y cumplir los plazos aunque no recibas un aviso por correo o teléfono. La concesión puede exigir mantenimiento, conservación de justificantes, comunicación de cambios o reintegro si se incumplen condiciones. Requerimientos posteriores, recursos y nuevas solicitudes se presupuestan aparte. Corregimos sin recargo los errores de nuestra propia gestión.
Preguntas frecuentes
¿La ayuda es de 6.200 € para cualquiera?
No. Es un máximo condicionado al colectivo, gasto admisible y límites por categoría. Antes del encargo te explicamos qué documentación permite calcular tu solicitud.
¿Sirve una factura sin justificante de pago?
La ayuda exige gasto realizado y pago acreditado. Si falta el comprobante, lo señalamos antes de registrar; una captura de un presupuesto no lo sustituye.
¿Puedo pedirla si ya era autónomo?
Hay que revisar el historial y la actividad anterior. La falta de una misma actividad en los seis meses previos es una condición, no una autorización general para cualquier reemprendimiento.
¿Preparáis también la contabilidad?
No forma parte de este servicio. El encargo es documental y de solicitud de la subvención; una necesidad contable o fiscal se valoraría por separado.
¿La gestoría puede garantizar que me la concedan?
No. Comprobamos y preparamos la solicitud, pero la Administración decide conforme a las bases, el expediente y el crédito disponible.
¿Quién vigila las notificaciones después?
El solicitante. Al cerrar la presentación te indicamos dónde consultar y qué documentación conservar. No contratamos una vigilancia permanente del buzón.
¿Tengo que contratar una cuota mensual?
No. Es un encargo concreto con presupuesto previo. Si después necesitas otra actuación, se acuerda por separado.
¿Qué hago para empezar?
Indícanos tu fecha de alta, territorio y situación en el comprobador. Revisamos qué documentación necesitas y si hay plazo antes de darte el presupuesto.
Fuentes oficiales y otros trámites
- Ficha oficial: Ayudas al inicio de actividad de autónomos en Madrid
- Cuantías y gastos: Comunidad de Madrid
- Programa de nuevos autónomos en 2026
Consulta también nuestras gestiones de ayudas y subvenciones y los trámites para empresas.
Revisamos tu solicitud
Cuéntanos tu situación y comprobamos plazo, documentos y alcance antes de empezar. Gestión puntual, presupuesto claro y justificante cuando la solicitud quede registrada.