Ayudas para personas con ELA en Galicia
¿Qué necesitas incluir en la ayuda ELA?
Cuéntanos los gastos y documentos disponibles. Comprobamos el encaje administrativo antes de aceptar el trabajo.
Preparación de la ayuda ELA de la Xunta de Galicia
La convocatoria BS215A de 2026 financia determinadas necesidades de personas con esclerosis lateral amiotrófica o sus fenotipos. Te ayudamos a ordenar los documentos, identificar las categorías de gasto y preparar la solicitud con revisión y firma final del cliente.
El trabajo parte del diagnóstico y de los documentos médicos, sociales o técnicos emitidos por sus profesionales. No emitimos un diagnóstico, no valoramos tratamientos y no sustituimos los servicios sanitarios o de dependencia. Revisamos el expediente administrativo antes de acordar el presupuesto.
Requisitos de la persona solicitante
- Haber cumplido dieciocho años en la fecha de la solicitud.
- Estar empadronada en un municipio de Galicia con al menos seis meses de antigüedad anteriores a esta convocatoria.
- Tener diagnóstico acreditado de ELA o de cualquiera de sus fenotipos.
- Tener reconocida la dependencia o haber solicitado su reconocimiento antes de pedir esta ayuda.
- Cumplir las demás condiciones exigidas para ser beneficiaria de subvenciones.
La ayuda no nace solo por un certificado de discapacidad. Comprobamos el informe diagnóstico, el padrón y la resolución o justificante de solicitud de dependencia. Si actúa otra persona, habrá que acreditar la representación que corresponda.
Qué gastos pueden encajar
La orden diferencia inversiones y gastos corrientes. Entre las inversiones contempla productos de apoyo necesarios por la enfermedad, adaptaciones funcionales del hogar y determinadas actuaciones sobre vehículos adaptados. Los gastos corrientes incluyen servicios asistenciales complementarios prestados por profesionales habilitados y transporte a los servicios o centros admitidos.
Pueden encajar fisioterapia, rehabilitación, terapia ocupacional, logopedia, psicología, neurorehabilitación y determinados servicios privados de asistencia personal, domicilio, día o residencia. No todo gasto de una persona con ELA es automáticamente subvencionable: cada concepto debe corresponder a una categoría y no estar cubierto por el sistema público de salud o la mutualidad en los términos de la convocatoria.
Gastos que requieren especial cuidado
Quedan fuera, entre otros, los medicamentos, productos comunes que no sean apoyos admitidos, cuotas de gimnasio, determinados copagos del sistema de dependencia y costes ya financiados por la cobertura pública correspondiente. Las obras meramente estéticas no son una adaptación funcional subvencionable.
Si se solicita adaptación de vivienda, necesitas una memoria y justificación de su necesidad, además de las acreditaciones sobre el inmueble que correspondan. No incluimos preparar proyectos, certificaciones técnicas, licencias o tratamientos. Las partidas técnicas solo se incorporan cuando dispones de sus documentos válidos.
Cuantía y categorías de la solicitud
La aportación puede alcanzar el 100 % del gasto admitido hasta un máximo de 12.000 euros por persona beneficiaria. Ese máximo no es una mensualidad ni una cantidad concedida a toda persona diagnosticada.
Hay que indicar en la solicitud los importes y el destino de la ayuda. La orden no admite cambiar las categorías concedidas después de la resolución para compensar desviaciones. Por eso revisamos el reparto antes de firmar y evitamos presentar una cifra global sin explicación de sus partidas.
Tres fechas que conviene separar
- Solicitud inicial: del 7 de agosto al 3 de noviembre de 2026.
- Realización de gastos admitidos: del 1 de enero al 30 de noviembre de 2026.
- Presentación de la justificación: hasta el 4 de diciembre de 2026, con los gastos efectivamente pagados antes de que termine ese plazo.
La fecha de justificación no permite añadir servicios realizados en diciembre. Tampoco basta contactar con la gestoría antes del cierre: la solicitud debe registrarse correctamente en plazo. Comprobamos vigencia y situación publicada del crédito antes de aceptar el encargo.
Documentos que revisamos al inicio
- Identificación, datos de contacto, padrón y datos bancarios de la persona solicitante.
- Informe o certificado médico oficial del diagnóstico de ELA o sus fenotipos.
- Resolución de dependencia o justificante de haber pedido el reconocimiento antes de esta solicitud.
- Relación de gastos y categorías para las que se pide la ayuda, con documentación suficiente para comprobar su objeto e importe.
- Memoria de adaptación y justificación de necesidad, cuando se incluyen obras en la vivienda.
- Documentación de representación si procede, consentimientos de consulta y declaraciones sobre otras ayudas.
La lista concreta depende de los conceptos solicitados y de los datos que pueda consultar la Xunta. Antes de presentar distinguimos lo que ya se ha realizado de lo previsto y qué documentos habrá que conservar para la justificación.
Facturas y pagos a nombre de la persona beneficiaria
La orden excluye los gastos pagados por terceros. Las facturas deben identificar a la persona beneficiaria y detallar el concepto, y el pago tiene que poder acreditarse conforme a las bases. No damos por válido un gasto porque exista un cargo en la cuenta de cualquier familiar.
Para cuidados contratados directamente puede exigirse contrato laboral, nóminas, pagos y cotizaciones. Los transportes necesitan documentación específica de asistencia. Un presupuesto del proveedor no sustituye la factura ni el justificante de pago final.
Anticipos y justificación final
Tras la concesión se puede solicitar un anticipo de hasta el 50 % de la ayuda para inversiones y de hasta el 80 % para gastos corrientes. La solicitud inicial no genera por sí sola ese ingreso. La parte restante se paga después de justificar y pedir el pago conforme al procedimiento.
La justificación utiliza el anexo II, la relación clasificada de gastos y los documentos exigidos para cada categoría. Debe presentarse hasta el 4 de diciembre de 2026. El presupuesto de esta página no incluye preparar esa actuación posterior; te entregamos la fecha y sus obligaciones para que puedas organizarla o contratarla expresamente.
Firma y notificaciones de la solicitud
La sede admite presentación electrónica, incluido Chave365, y la orden contempla acreditación de representación mediante modelo normalizado u otro medio válido. En esta oferta preparamos la solicitud y asistimos a la persona solicitante para que la revise y firme personalmente con su medio admitido, sin cedernos sus claves. Si necesitas que actúe un representante, comprobamos antes el título, el acceso y el destinatario de notificaciones; no lo presumimos por un parentesco.
El formulario permite elegir papel o notificación electrónica. En esta última debes consultar Notifica.gal y la sede. El correo o SMS es un aviso y su ausencia no invalida la comunicación; el transcurso de diez días naturales sin abrirla puede producir su rechazo. El cliente atiende el canal elegido y comunica cambios o nuevas ayudas.
Cómo preparamos tu solicitud
Revisamos el caso y el plazo
Contrastamos fechas, requisitos y documentos. Te indicamos lo que falta antes de aceptar una solicitud como completa.
Confirmamos alcance y presupuesto
Acordamos el expediente inicial, la firma y el canal de comunicaciones. Recibes el precio total con IVA antes del pago.
Te asistimos hasta el registro
Revisas y firmas personalmente la solicitud preparada. Comprobamos el justificante y te entregamos copia de los documentos registrados.
Precio y alcance de la gestión
Gestoría Rubén María es una gestoría privada independiente de la Administración. El precio se confirma mediante presupuesto previo con IVA incluido para la comprobación documental, preparación y asistencia en la solicitud inicial acordada. Nuestros honorarios no son una tasa pública, no hay cuota mensual ni porcentaje automático sobre la ayuda y puedes utilizar directamente el canal oficial.
La concesión y el importe dependen del organismo, de los requisitos y del crédito disponible. Contratar la gestión no garantiza recibir la subvención. Una justificación posterior, recurso, nueva solicitud o subsanación por documentación nueva requiere un encargo y presupuesto propios. Los errores de preparación o presentación imputables a nuestra gestión se corrigen sin nuevos honorarios.
Qué recibes al terminar
Entregamos copia de la solicitud, relación de documentos aportados y justificante oficial con fecha y número de registro. Una pantalla rellenada o un borrador no acreditan la presentación. Si el registro falla, no damos la solicitud por presentada.
El encargo inicial termina con esa entrega y las indicaciones del canal que debes consultar. Tú atiendes las notificaciones y obligaciones posteriores; no incluye vigilancia periódica del expediente. Si una comunicación llega a la gestoría, te la trasladamos sin demora. Conserva los originales, los pagos y cualquier resolución que recibas.
Ayudas y otras gestiones para particulares
Consulta nuestras ayudas y subvenciones y el catálogo de gestoría para particulares. Cada solicitud tiene requisitos y presupuesto propios; consultar una ayuda no presenta automáticamente las demás.
Preguntas frecuentes
¿Es suficiente tener reconocida una discapacidad?
No. Se exige diagnóstico de ELA o de uno de sus fenotipos y los demás requisitos, incluido tener reconocida o previamente solicitada la dependencia. No es una convocatoria general para cualquier discapacidad.
¿Tengo que esperar a la resolución de dependencia?
La orden admite que el reconocimiento ya esté solicitado antes de presentar esta ayuda. Debe poder acreditarse la solicitud; no basta con tener intención de pedirlo después.
¿Se conceden siempre 12.000 euros?
No. Es el máximo por beneficiario. El importe depende del gasto admisible, la documentación, la resolución y el crédito. Un presupuesto no equivale a una concesión.
¿Puede pagar las facturas un familiar?
La orden excluye los gastos pagados por terceros. Antes de pagar conviene revisar a nombre de quién se expide la factura y quién realiza el pago, para no generar un gasto que después quede fuera.
¿Se pueden incluir medicamentos o cualquier producto de farmacia?
No de forma general. La convocatoria distingue productos de apoyo admitidos y excluye medicamentos y otros gastos que no encajen en las categorías previstas.
¿Hay algún anticipo?
La orden permite solicitar, tras la concesión, anticipos de hasta el 50 % para inversión y hasta el 80 % para gastos corrientes. No son automáticos y no eliminan la justificación final.
¿Incluye preparar una memoria de adaptación de vivienda?
No. La documentación técnica y la justificación de la necesidad deben estar disponibles y ser adecuadas. Nuestra oferta se limita a su revisión documental y a preparar la solicitud administrativa.
¿Qué tengo que hacer después de presentar?
Consultar el canal de notificación, atender requerimientos, ejecutar y pagar correctamente los gastos y justificar hasta el 4 de diciembre de 2026. La justificación o un recurso se contratan aparte del encargo inicial.
Fuentes oficiales y vigencia
Información contrastada el 19 de septiembre de 2026. Se vuelve a comprobar la convocatoria, el canal y el plazo antes de aceptar cada encargo. No se ha confirmado saldo presupuestario en tiempo real ni derecho individual a la subvención.
¿Revisamos los documentos de tu ayuda ELA?
Indícanos qué gastos necesitas incluir y qué documentación tienes disponible. Te confirmaremos el alcance de la solicitud inicial y el presupuesto con IVA.