Bono Concilia Familia en Galicia

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Revisión de gastos y justificantes
Comprobación del supuesto de conciliación
Asistencia de presentación con presupuesto previo

¿Qué gasto de conciliación quieres revisar?

Comprobamos que el gasto, la edad del menor y el motivo de conciliación entren en la convocatoria. El comprobador no concede la ayuda.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

Qué cubre el Bono Concilia Familia 2026

Es una ayuda de la Xunta para gastos de atención de menores que responden a necesidades concretas de conciliación. La convocatoria de 2026 incluye menores nacidos entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2022 y gastos realizados del 1 de enero al 8 de septiembre de 2026.

No es una ayuda por tener hijos sin más. Debe acreditarse el motivo de conciliación y el servicio utilizado: atención en domicilio o recursos colectivos privados admitidos, como ludotecas autorizadas o determinados campamentos.

Plazo para solicitarla

El plazo publicado comienza el 9 de septiembre de 2026 a las 09:00 y termina el 9 de octubre de 2026 a las 14:00. La hora de cierre importa: no basta enviar documentos a la gestoría ese día.

Antes de aceptar la solicitud verificamos que hay tiempo para revisar justificantes, completar datos y realizar la firma y registro. No anunciamos esta convocatoria como abierta indefinidamente.

Porcentaje y límites del gasto subvencionable

El porcentaje general es del 75 % del gasto admitido. Puede llegar al 100 % para los supuestos familiares protegidos que enumera la convocatoria, entre ellos familias numerosas, monoparentales y determinados casos de acogimiento, guarda con fines de adopción, discapacidad o violencia de género.

Existen topes diferentes: hasta 500 € por unidad familiar para atención en domicilio y hasta 200 € por menor en recursos colectivos. No debe confundirse un porcentaje del 100 % con un reembolso ilimitado.

Quién puede solicitar y por qué motivo

Se dirige a progenitores, tutores, acogedores y guardadores residentes en Galicia que cumplan los requisitos del programa. Para necesidades vinculadas a vacaciones o enfermedad del menor se comprueba la situación laboral de las personas adultas responsables, con las excepciones reguladas.

También se documenta el hecho que genera la necesidad, según corresponda: enfermedad, actividad formativa, entrevista o trabajo, atención a un familiar y demás supuestos de la convocatoria. En custodia compartida se atiende al período de guarda y a las instrucciones particulares.

Facturas y pagos que necesitamos revisar

  • Identificación de la persona solicitante y del menor, y documentación familiar o de guarda.
  • Factura a nombre de la persona que solicita, con identificación del menor, servicio y fechas.
  • Justificante del pago. Para importes de 1.000 € o más se exige acreditación bancaria; en los inferiores se aplican las alternativas documentales admitidas.
  • Contrato, períodos, horas de cuidado, nóminas y pagos de Seguridad Social cuando se trate de contratación en el hogar.
  • Documentación que justifique la necesidad de conciliación.
  • Títulos y reconocimientos que den derecho al porcentaje especial, si no pueden consultarse.
  • Información de otras ayudas para el mismo gasto.

Qué gastos no conviene presentar como elegibles

La convocatoria de 2026 excluye los campamentos organizados directa o indirectamente por entidades públicas. Una actividad municipal no se convierte en campamento privado porque la gestione una empresa contratada.

También revisamos que el menor esté en el intervalo de nacimiento previsto, que el gasto pertenezca al período subvencionable y que la factura y el pago permitan atribuirlo a la familia. Un presupuesto sin prestación y pago no prueba por sí solo el gasto.

Una solicitud coherente y sin duplicidades

La regla general es una solicitud por menor y una modalidad de gasto, con las particularidades previstas para custodia compartida. No dividimos artificialmente un mismo gasto para solicitarlo varias veces.

La suma de ayudas no puede superar el coste subvencionado. Deben declararse otras subvenciones y sus cambios. La concesión no elimina la obligación de conservar los justificantes ni las posibles comprobaciones posteriores.

Canal oficial y forma de firma

El procedimiento BS412A exige presentación electrónica, con certificado o Chave365 admitidos por la Xunta. Si se presenta en papel y hay que subsanar por vía electrónica, la fecha relevante pasa a ser la de la subsanación electrónica.

El servicio se ofrece como preparación y asistencia para la firma final del solicitante. Las notificaciones son electrónicas en Notifica.gal; el cliente conserva el acceso y atiende sus comunicaciones. El aviso por correo o móvil no sustituye la notificación y puede haber efectos legales si no se accede dentro de diez días naturales.

Cómo preparamos tu solicitud

Revisamos el caso y las fechas

Nos indicas la ayuda y la situación familiar. Contrastamos el plazo individual, la convocatoria vigente y los documentos disponibles antes de aceptar el encargo.

Confirmamos alcance, firma y presupuesto

Te explicamos qué documentos faltan, quién debe firmar y cómo recibirás las notificaciones. Aceptas el presupuesto con IVA incluido antes de empezar.

Comprobamos la presentación y entregamos

Revisamos los datos contigo, completamos la modalidad de presentación acordada y conservamos el justificante. Te entregamos el expediente y las indicaciones de consulta.

Un encargo puntual, con un precio claro

Gestoría Rubén María es una gestoría privada e independiente del organismo que concede la ayuda. Contratas la revisión documental y la solicitud inicial descrita en el presupuesto, no la concesión de la prestación. Antes del pago te confirmamos el alcance y el precio total con IVA incluido. No hay cuota mensual ni porcentaje automático sobre la ayuda.

La Administración decide si procede concederla y su importe. Nuestros honorarios no son una tasa pública ni se descuentan del importe concedido. Puedes utilizar directamente el canal oficial que enlazamos en esta página.

Justificante, notificaciones y final del encargo

Al finalizar te entregamos copia de la solicitud, relación de documentos aportados y justificante de registro con su fecha y número. Un borrador o una pantalla de formulario rellenado no equivalen a una solicitud presentada. Si hay un fallo de envío, no la damos por registrada.

El servicio no incluye vigilancia posterior del expediente. Tú recibes y atiendes las notificaciones por el canal indicado en la solicitud y conservas el acceso a tu área personal. Un correo o SMS puede ser solo un aviso: consulta el contenido de la notificación y el plazo que señale. Antes de cerrar el encargo dejamos identificado ese canal y cómo consultarlo; no basta con cambiar un email si el destinatario administrativo sigue siendo otro.

Una subsanación por documentos nuevos, una alegación o un recurso se valoran como encargo adicional, con presupuesto previo. Los errores de preparación o presentación imputables a nuestra gestión los corregimos sin nuevos honorarios. Si nos llega una comunicación del expediente, te la trasladamos sin demora; no la ignoramos por haber entregado el justificante.

Otras gestiones para particulares

Consulta la familia de ayudas y subvenciones y nuestro catálogo de gestoría para particulares. No es necesario contratar otros trámites para pedir presupuesto por esta solicitud.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirlo para un campamento municipal?

La convocatoria de 2026 excluye los campamentos organizados directa o indirectamente por entidades públicas. Hay que revisar quién organiza realmente la actividad.

¿Sirven gastos de octubre de 2026?

No para esta convocatoria, cuyo período de gasto termina el 8 de septiembre de 2026.

¿Todos los menores están incluidos?

No. Se exige el intervalo de nacimiento fijado para 2026, además del resto de requisitos.

¿Una factura sin justificante de pago basta?

No con carácter general. La convocatoria exige acreditar el pago por el medio admitido según importe y tipo de servicio.

¿El 100 % significa que devuelven todo?

No. Siguen aplicándose los topes por unidad familiar o menor y únicamente se reconoce el gasto elegible.

¿Podéis presentarlo en papel por mí?

La solicitud es electrónicamente obligatoria. Ofrecemos preparación y asistencia para la firma final del solicitante por la vía admitida.

¿Quién revisa Notifica.gal?

El cliente. Dejamos identificado el canal en la entrega; este encargo no incluye la vigilancia posterior del buzón.

¿El presupuesto de la gestoría se descuenta de la ayuda?

Los honorarios corresponden a un servicio privado separado. No los presentamos como gasto subvencionable ni como una tasa oficial.

Fuentes oficiales y vigencia

Información contrastada el 19 de septiembre de 2026. Comprobamos de nuevo el plazo y la versión del procedimiento antes de aceptar una solicitud. La fecha de esta revisión no acredita que queden fondos ni que un caso concreto cumpla los requisitos.

Prepara tus justificantes de conciliación

Revisamos la modalidad de gasto y la documentación antes de preparar la solicitud electrónica.