Jubilación

«Este es el mejor sitio para consultar y solicitar la jubilación de forma fácil y sencilla»

Un trabajador tiene la oportunidad de dejar de trabajar cuando llegue a la edad legal. Esto es lo que se conoce como retirada del mercado laboral por motivos de edad. Actualmente España tiene una legislación que se encarga de la regulación de este trámite. Por ejemplo, se determina la cantidad que se va a recibir, cuándo lo puedes hacer, etc. Además también es necesario que tengas en mente que existen distintos tipos. Aunque para cualquier modalidad te van a exigir que cumplas con una serie de requisitos y condiciones. En estos casos lo más aconsejable es que contrates los servicios de una gestoría como la nuestra. De hecho, es lo más habitual debido a que llegados el momento nos pueden surgir numerosas dudas para resolver. Si necesitas contactar con nosotros ten en cuenta que lo puedes hacer desde Sevilla, Murcia, Valencia o cualquier otra provincia que pertenezca a territorio español.

¿Quién puede solicitar jubilarse en España?

Uno de los aspectos más importantes es conocer quién tiene derecho a ella. Por esta razón, para que no tengas ninguna duda sobre quién o quiénes pueden acogerse a esta opción, te vamos a dejar a continuación todos los detalles.

  1. Trabajadores incluidos en el Régimen General, afiliados o en situación asimilada a la alta: si eres un trabajador que está dando de alta dentro del régimen de la Seguridad Social, al igual que si te encuentras en situación de asimilada a la alta, tienes derecho a acceder a esta vía. Si tienes dudas sobre este apartado te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web. También, si te resulta más cómodo, nos puedes enviar directamente un WhatsApp; te vamos a atender lo antes posible para ponernos en marcha con tu solicitud cuanto antes.
  2. Trabajadores que no estén en situación de alta o asimilada de alta en el momento de iniciar la solicitud: es posible tramitar este procedimiento si no estás trabajando activamente en el momento de iniciar los trámites. Pero ten en cuenta que en estos casos debes cumplir tanto con los requisitos de edad como reunir los años mínimos de cotización exigidos. Lo mejor en estos casos es que busques ayuda profesional para resolver las dudas que pudieras tener en relación con este trámite. Si quieres obtener una respuesta ajustada a lo que realmente necesitas no dudes en contactar con nosotros cuanto antes.

Requisitos para jubilación 2023

Antes de iniciar ningún trámite es importante saber si reúnes con los requisitos establecidos para iniciar la gestión. Te invitamos a que continúes con nosotros un poco más para conocer todas estas condiciones que debes cumplir.

  1. Tener la edad legal establecida: como parte de los requisitos van a exigirte tener la edad legal establecida. Para este año 2023 la edad se ha establecido en los 66 años y 4 meses. De todas formas, en la edad también influye los años de cotización. Por tanto, si quieres una respuesta más ajustada a tu situación te invitamos a que contactes con nosotros lo antes posible para dártela. Sin duda, es la mejor opción si quieres asegurarte de obtener toda la información relacionada con esta gestión. Te aconsejamos que no esperes a que aparezcan los problemas para buscar la ayuda profesional que necesitas.
  2. Cumplir con el período mínimo de cotización: es necesario que cumplas con el tiempo cotizado para la jubilación. Es decir, dependiendo de la edad en el momento que quieras acceder a ella te van a exigir unos años mínimos de cotización. Actualmente te van a exigir un mínimo de 15 años cotizados para acceder a ella. Si necesitas más información sobre este punto te aconsejamos que contactes con nosotros; nos vamos a ocupar de responder todas las dudas que pudieras tener al respecto.

Si tienes dudas o quieres empezar, escribe tu nombre y teléfono y contactamos contigo por WhatsApp

¡Si tienes dudas o quieres empezar!

OPCIÓN 1: tramitar en la Seguridad Social para jubilación POR TU CUENTA

Para llevar a cabo la solicitud tienes distintas opciones. Una de ellas es ir personalmente a la oficina encargada de su tramitación junto con los documentos requeridos. Es decir, para esta ocasión no vas a contar con ayuda profesional; cualquier error que surja durante la tramitación va a ser tu responsabilidad. Además no solo vas a encontrarte ante este problema, sino que también vas a tener que enfrentarte a otros que explicaremos a continuación. Para conocer todos los detalles que implica llevar a cabo los trámites te aconsejamos que te quedes con nosotros un poco más. Nos vamos a encargar de que mantenerte informado para que te decidas por la vía que más se ajusta a lo que necesitas.

¿Cuánto cuesta tramitar la solicitud de jubilación por tu cuenta?

Por tu cuenta cuesta 0€ (honorarios GRMª) + 0€ (gastos de gestión). Es evidente que si lo haces por tu cuenta te ahorras los gastos derivados como por ejemplo los honorarios del gestor. Aun así, ten en cuenta todas las consideraciones a la hora de decidirte por una opción u otra.

Ventajas si lo haces por tu cuenta

  • Disminución en el coste final: debido a que no debes asumir los gastos que derivan de la gestoría supone un ahorro económico.

Inconvenientes si lo haces por tu cuenta

  • Vas a tener que desplazarte: si te decides a hacerlo sin ayuda profesional déjanos decirte que vas a tener que acudir personalmente a la oficina que se encarga de tramitarlo.
  • Inviertes más tiempo personal: la inversión de tiempo personal es mayor porque vas a ser el único responsable.
  • Posible falta de información: si no cuentas con ningún profesional a tu lado podrías tener problemas a la hora de buscar información.
  • Es más lento: es un proceso más lento porque vas a tener que ocuparte de reunir todos los papeles, pedir cita en caso de que fuera necesario, etc.

OPCIÓN 2: jubilarse online con GESTORÍA RMª

Otra opción que tienes disponible es realizar la gestión con una gestoría como la nuestra. De hecho, es lo más demandado actualmente debido a las numerosas ventajas que presenta. Además no solo te aseguras de que el trámite se hace correctamente, sino que vas a tener a tu disposición un gestor que te guíe durante todo el proceso. De todas formas, para que te decidas por la vía que más se ajusta a lo que necesitas, vamos a dejarte a continuación toda la información relacionada con esta opción. También recuerda que gracias a trabajamos telemáticamente nos vamos a ocupar de todo de manera online. Sin duda, es la mejor opción cuando estás buscando que tus trámites se hagan de la manera adecuada. Continúa leyendo para saber más.

¿Cuánto cuesta hacer la jubilación con Gestoría RMª?

Con Gestoría RMª cuesta 80€ IVA incl. Si te decides a realizar la gestión con nosotros debes saber que vas a tener que asumir una serie de gastos como los honorarios del profesional que te atienda. Aun así, por un módico precio vas a tener nuestra ayuda durante todo el proceso.

Ventajas si lo haces con Gestoría RMª

  • Sin citas previas: no es necesario que pidas cita previa antes de contactarnos.
  • Sin desplazamientos: no vas a tener que ir a ninguna oficina física para tramitarlo.
  • 100% online: nos vamos a encargar de gestionar todo el proceso por internet para que sea lo más cómodo para ti.
  • Inviertes menos tiempo personal: la inversión de tiempo personal es menor porque no vas a tener que ocuparte de nada.

Inconvenientes si lo haces con Gestoría RMª

  • Aumento en el coste final: debido a que debes asumir los costes de la gestoría el precio final es ligeramente mayor.

Opiniones sobre jubilación ordinaria 2023

Lucía
Trámites para jubilarse por internet
Leer más
Muchas gracias por ayudar a mi madre en sus trámites. Estamos muy contentos con los resultados.
Fernando
Jubilarse telemáticamente
Leer más
Gracias a vosotros he podido solucionar los problemas que tenía para retirarme de mi puesto de trabajo. Muchas gracias.

Documentos para tramitar tu jubilación

Antes de iniciar ninguna solicitud es importante conocer los documentos que te van a exigir para poner en marcha la gestión. Así que si quieres conocer la documentación que te van a pedir para llevar a cabo el trámite quédate con nosotros.

  1. DNI/NIE/Pasaporte: vas a tener que presentar un método de identificación personal como el DNI o NIE si eres ciudadano extranjero. En cualquier caso, para que sea válido debe estar dentro del período de vigencia. Así que si tienes problemas con esto primero deberías encargarte de este asunto.
  2. Libro de familia, certificación literal o actas de matrimonio: en algunas situaciones vas a tener que presentar estos documentos para acreditar circunstancias de parentesco.
  3. Certificación de empadronamiento: esto solo es necesario que lo entregues cuando exista un caso de guarda de hecho. Si necesitas más información sobre este caso lo mejor es que te pongas en contacto con nosotros.
  4. Impreso de solicitud cumplimentado: es necesario que presentes, junto al resto de papeles, el modelo de solicitud que te van a pedir. Lo más importante dentro de este punto es que antes de entregar nada te asegures bien que los datos que aparecen están correctos.
  5. Documentación acreditativa en caso de representación legal: si vas a realizar el trámite en nombre de otra persona es necesario que presentes documentos para acreditar que vas en nombre de un tercero, es decir, que vas como representante legal. Si tienes alguna duda sobre este punto te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros cuanto antes.

Tipos de jubilación en 2023 de la Seguridad Social

Es necesario que sepas que te puedas acoger a distintos tipos. Es decir, nos encontramos ante la posibilidad de acogerse a diferentes modelos una vez llegue el momento de retirarte del mercado laboral. Lo mejor es que continúes un poco más con nosotros.

  1. Ordinaria: es la más común que se lleva a cabo cuando alcanzas la edad y plazos legales a los que se les aplica también los períodos de cotización que te van a exigir. Es decir, es la que haces cuando te toca retirarte del trabajo. Si tienes dudas sobre este punto lo mejor es que te pongas en contacto con nosotros.
  2. Parcial: se inicia a partir de los 60 años y en esta ocasión vas a estar cobrando la cuantía de la prestación a la vez que continúas trabajando con una reducción de jornada. Además esta puede estar, o no, relacionada con un contrato de relevo.
  3. Activa: en esta ocasión se combina el recibir una parte del importe económica con un trabajo, es decir, con una actividad profesional. Aunque se debe llevar a cabo a partir de la edad legal para jubilarte.
  4. Para autónomos: los trabajadores por cuenta propia también tienen derecho al cobro de una prestación económica llegados el momento. Así que si trabajas por tu cuenta debes saber que tienes la posibilidad de recibir un importe económico como cualquier otro trabajador.
  5. Anticipada: en este caso nos podemos encontrar ante dos variantes; voluntaria (decisión del trabajador) o forzosa (cuando la empresa toma la decisión de despedir al trabajador). Pero ten en cuenta que es necesario que se reúnan una serie de condiciones. Además la puedes llevar a cabo hasta 4 años antes.

Consejos para la jubilación

Sabemos que esta situación nos puede resultar un poco complicada. Por esta razón, como nuestro objetivo es ayudarte, queremos ofrecerte una serie de consejos para que así tengas contigo toda la información y te sea mucho más sencillo.

  1. Crea un plan de pensiones para el ahorro: una de las opciones que más se repiten es abrir un plan de pensiones para ir ahorrando para cuando llegue el momento. Estos planes tienen la finalidad es ofrecerte una retirada con menos dificultades económicas. De todas formas, es una opción que tienes disponible por si estás interesado. Si necesitas más información sobre este punto te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros.
  2. Comienza a ahorrar si tienes la oportunidad: uno de los consejos que más se repiten dentro de esta gestión es que se comience a ahorrar lo antes posible si tienes la oportunidad. De esta manera, llegados el momento no te enfrentarías a recibir ingresos inferiores, aunque ten en cuenta que puedes recibir la prestación máxima dependiendo de tus años cotizados y de la edad.
  3. Cumple con los años mínimo de cotización: lo más aconsejable es que para asegurarte el cobro de una prestación económica cumplas con los años mínimos de cotización que te van a exigir. De hecho, sin ellos no tendrías opción a nada; es importante que lo tengas en cuenta para no tener problemas una vez llegados el momento. Si necesitas resolver alguna duda te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros cuanto antes.

Compatibilidades de jubilación obligatoria con otras prestaciones

A continuación nos vamos a centrar en explicar las compatibilidades que vas a encontrar en relación con esta situación. Lo mejor es que no te vayas todavía; continúa con nosotros un poco más para conocer todos los detalles relacionados.

  1. Es compatible con un trabajo a tiempo parcial: en algunos casos, dependiendo del tipo, es posible compatibilizar la situación de estar retirado con un trabajo con reducción de jornada. Estos términos están establecidos legalmente. En cualquier caso, si tienes alguna pregunta te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros cuanto antes. Recuerda que tienes la posibilidad de contactarnos en cualquier momento para resolver dudas o para que nos hagamos cargo de la situación directamente. No esperes a tener problemas para buscar la ayuda profesional que necesitas.
  2. Se compatibiliza con trabajos por cuenta propia: a pesar de que sea compatible con realizar trabajos por cuenta propia ten en cuenta que los ingresos anuales no pueden superar el SMI (salario mínimo interprofesional). Es conveniente que tengas en cuenta todos los detalles en relación con este proceso. De todos modos, si quieres consultarnos algún punto de este apartado, o de cualquier otro, recuerda que tienes la posibilidad de contactar con nosotros a través del número de teléfono que aparece en este portal web. También, si lo prefieres, nos puedes enviar directamente un WhatsApp; estamos aquí para ayudarte en todo lo que necesites.

Incompatibilidades por jubilarte ordinariamente con otras prestaciones

A la hora de recibir la cuantía económica que te corresponde debes saber que se van a presentar varias incompatibilidades. Sin embargo, nos vamos a ocupar de darte una respuesta para que así no tengas ningún problema.

  1. No es compatible con el trabajo: no es posible realizar un trabajo ni por cuenta ajena ni por cuenta propia. Solo se podría en los casos que contempla la ley. Lo más conveniente en estos casos es que si tienes dudas busques ayuda profesional para no tener problemas.
  2. No puedes desempeñar un puesto de trabajo en el sector público: tampoco puedes trabajar en un cargo del sector público que esté delimitado en el párrafo segundo del apartado uno del art. 1 de la Ley 53/1984. Es importante que lo sepas para que no se te presente ningún problema cuando alcances la edad ordinaria para dejar de trabajar. De todas formas, puedes contactarnos si tienes dudas que resolver.
  3. No se compatibilidad con el desempeño de altos cargos: no se puede compatibilizar con el desempeño de puestos de altos cargos. La realización de trabajos incompatibles con esta prestación supone motivo de extinción de la prestación económica. Así que es conveniente que estés al tanto de todo lo relacionado con las incompatibilidades para que no tengas ningún tipo de problema una vez llegues al momento de retirarte del trabajo. Aunque ten en cuenta que nos puedes contactar en cualquier momento para conocer más detalles u obtener asesoramiento personalizado.

¿Cuentan los años trabajados en el extranjero para los trabajadores cuando se jubilan?

Sí, cuentan, aunque debemos matizar un detalle; estos años van a contar como parte de los años cotizados en España si se han cotizado en países miembros de la UE (Unión Europea), salvo si los has trabajado en Dinamarca. También es posible que cuenten en países con los que la Seguridad Social española mantiene un acuerdo bilateral, es decir, un acuerdo para que se tengan en cuenta los años trabajados en otro país en España. Es importante que conozcas toda esta información y estés al día de los cambios que se dan respecto a estos temas. Lo más aconsejable es que si tienes dudas, quieres más información, o directamente que nos hagamos cargo del trámite, contactes con nosotros a través del número de teléfono lo antes posible; nosotros nos ocupamos de todo.

En definitiva, sí es posible que los años de cotización fuera de los límites españoles cuenten en el país español. Pero teniendo en cuenta todos los detalles que hemos explicado anteriormente. Ten en cuenta que solo van a servir si has cotizado en países europeos (excepto Dinamarca) o países con los que España tenga un convenio bilateral con la Seguridad Social. De lo contrario, podrías tener ciertos problemas. Te invitamos a que pases por nuestra gestoría para conocer muchos más detalles sobre este punto. De hecho, lo más común en estos casos en los que el trámite se puede dificultar un poco es que busques ayuda profesional. Recuerda que nuestra única finalidad es que realices tus gestiones de la manera correcta para no tener problemas. Además contactarnos es bastante sencillo; solo tienes que contactar a través del número de teléfono o directamente nos puedes enviar un WhatsApp si lo prefieres.

Normativa del trámite de jubilación

En este último apartado nos vamos a centrar en explicar la normativa básica que se encarga de regular esta gestión. Si quieres estar al tanto de las leyes te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más.

  • Ley 21/2021 del 28 de diciembre: por la que se establece la garantía del poder adquisitivo de las prestaciones y otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de prestaciones.
  • Resolución 23 de febrero del 2016: por la que se regula la tramitación electrónica de los trámites para percibir las prestaciones económicas.
  • Orden de 18 de enero de 1967: se establecen las normas para aplicar el desarrollo de la cuantía de la prestación por vejez en el régimen de la Seguridad Social.
  • Real Decreto 453/2022 del 14 de junio: se regula el hecho causante y los efectos económicos de la prestación en su modalidad contributiva.
  • Decreto 3158/1966 del 23 de diciembre: se aprueba el Reglamento General que se encarga de determinar la cuantía de las prestaciones económicas del Régimen General de la Seguridad Social.

Preguntas más repetidas sobre los trámites para jubilación

Es común tener dudas para resolver, sobre todo si no estás familiarizado con estas gestiones. Por esta razón, y por muchas vamos, nos vamos a encargar de dar respuesta a todas esas dudas que se pueden presentar antes de iniciar la solicitud. Lo más aconsejable es que te quedes con nosotros un poco más. En cualquier caso, recuerda que puedes contactar con nosotros desde cualquier punto del país. No importa si estás en Madrid, Baleares, Barcelona o cualquier otra provincia; solo preocúpate por contactarnos a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web.

¿Cuándo puedo comenzar los trámites para jubilarme?

Puedes comenzar con los trámites hasta tres meses antes, o posteriores, a la fecha del cese de tu trabajo.

¿Cuándo puedo comenzar los trámites para jubilarme?

Puedes comenzar con los trámites hasta tres meses antes, o posteriores, a la fecha del cese de tu trabajo.

¿Puedo acceder a la jubilación por enfermedad crónica?

Lo más aconsejable es que accedas a una prestación por incapacidad.

¿Qué tengo que hacer si me quiero jubilar?

Si quieres tramitar el cese de tu actividad laboral lo más aconsejable es que te encargues de reunir los documentos necesarios para iniciar la solicitud. Si necesitas ayuda recuerda que estamos aquí para ofrecerte toda la ayuda necesaria.

¿Cómo funciona la jubilación para amas de casa?

La jubilación para una empleada doméstica funciona de la misma manera que para cualquier otro trabajo en caso de estar dada de alta y cumplir con los requisitos de cotización.

¿Existe una bonificación por hijos para jubilación?

Sí, existe cierta bonificación si tienes hijos. Para darte una respuesta ajustada a lo que necesitas te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros.

¿La jubilación se hereda?

No, la prestación no se va a heredar en caso de fallecimiento del beneficiario.

¿Cuántos años tienes que tener cotizados para jubilarse?

Pues va a depender de la edad con la que quieras acceder. Actualmente te exigen un mínimo de 15 años para tener derecho a la prestación.

¿Cuál es la diferencia entre jubilarse y pensionarse?

Si nos centramos en el primer término debemos saber que se trata de una situación en la que el solicitante cesa su actividad laboral debido a que ha llegado a la edad legal para hacerlo. Mientras que en el segundo caso el beneficiario no tiene por qué tener la edad legal, sino que se puede pensionar por otros motivos.

¿Cuánto cuesta tramitar la jubilación?

Con Gestoría RMª cuesta 80€ IVA incl. Mientras que si lo haces por tu cuenta te ahorras todos los gastos derivados de la gestoría.

¿Cómo solicitar la jubilación en España?

Al entrar en nuestra web, vas a ver todo lo que necesitas: consejos de gestores, documentación necesaria, citas, tasas, pasos, modelos…

Picture of Gestoría Rubén Mª

Gestoría Rubén Mª

Grupo de profesionales especializados en la gestión administrativa y asesoramiento legal para particulares, autónomos y empresas. Estamos avalados por: Diplomatura en Ciencias Empresariales, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Máster en Gestión Administrativa.

¡Puntúa y comparte!

(38 votos, promedio: 4,93 de 5)
4.9/5