Modelos 123 y 193

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Encargo puntual
Revisión fiscal previa
Copia y justificante

Indica qué necesitas presentar

Cuéntanos tu caso de retenciones de capital mobiliario. Confirmamos el modelo, período y documentación antes de tramitar.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

Gestionar Modelos 123 y 193: retenciones de capital mobiliario

¿Necesitas presentar las retenciones de determinados rendimientos de capital mobiliario o su resumen anual? Gestionamos el Modelo 123 o el Modelo 193 que corresponda, con datos y cálculo revisados por la asesora fiscal. El presupuesto indica exactamente qué modelo y período incluye.

Puedes utilizar directamente los canales de la administración sin contratar nuestra gestoría. Nuestros honorarios son por la preparación y gestión privada que aceptes, no por acceder a la sede oficial.

Qué es y para qué sirve Modelos 123 y 193

El Modelo 123 y el Modelo 193 cumplen funciones diferentes: el primero es la autoliquidación de determinadas retenciones e ingresos a cuenta; el segundo reúne su información anual. No todas las rentas de capital mobiliario van en estos modelos. La asesora identifica el rendimiento y el obligado antes de preparar el encargo.

Qué comprobamos antes de presentar

  • Qué rendimiento se ha satisfecho y quién tiene la obligación de retener o informar.
  • Si el encargo es la autoliquidación de un período, el resumen anual o ambas cosas enumeradas.
  • Relación de perceptores, importes satisfechos y retenciones comprobadas.
  • Concordancia entre la información anual y las autoliquidaciones presentadas.

Si algún dato necesita criterio fiscal adicional, se aclara antes de confirmar el envío. No se elige una casilla únicamente para que desaparezca un error del programa.

Documentación para preparar el encargo

  • Datos del pagador y acreditación de la representación.
  • Relación de perceptores con identificación y clase de rendimiento.
  • Documentos que justifiquen el pago y el cálculo validado de las retenciones.
  • Modelos 123 previos del ejercicio, si se prepara el 193.
  • Justificantes anteriores si se necesita revisar una diferencia o una corrección.

No hace falta que conozcas de antemano cada casilla. Cuéntanos qué documentación tienes y ordenamos el listado de lo que falta. Los datos y cálculos se validan antes de su presentación.

Del período al resumen anual, sin mezclar prestaciones

Si ya tienes los Modelos 123 presentados, podemos preparar el 193 con una relación completa y revisada de perceptores. Si faltan pagos o hay diferencias, se identifican antes del envío. No convertimos un resumen anual en una regularización automática de períodos anteriores: ese trabajo, si procede, se explica y se presupone únicamente cuando figure aceptado en el encargo.

Qué incluye nuestra gestión

Preparación del expediente

Organización documental y preparación de un Modelo 123 de un período o un Modelo 193 de un ejercicio, con la revisión fiscal prevista en el presupuesto.

Presentación y entrega

Tramitación por el canal habilitado y entrega de la copia presentada y del justificante obtenido. Se informa de incidencias o registros pendientes, si los hubiera.

No incluye nóminas, retenciones del trabajo de otros modelos, calcular rendimientos sin documentación ni regularizar todos los ejercicios por un solo precio. No se ofrece el 123 como solución para cualquier dividendo, interés o rendimiento sin revisión.

Cómo tramitamos el servicio

1. Delimitamos el encargo

Identificamos un Modelo 123 de un período o un Modelo 193 de un ejercicio, la documentación disponible y la fecha que te preocupa. Te confirmamos si podemos asumirlo y qué información falta antes de empezar.

2. Revisamos los datos

La asesora fiscal comprueba la obligación, el criterio y el cálculo que corresponda. La gestoría no sustituye ese análisis con una validación informática del formulario.

3. Preparamos y presentamos

Con la documentación, el presupuesto y la representación confirmados, preparamos el envío por el canal admitido. Si aparece una incidencia, no damos por realizada la presentación hasta comprobar su estado.

4. Entregamos el resultado

Recibes copia y justificante de lo efectivamente presentado, junto con las incidencias o actuaciones pendientes que afecten al encargo. Sabes qué está terminado y qué no.

Precio, impuestos y plazos

Te facilitamos un presupuesto previo con IVA incluido para los honorarios de la gestoría. El precio depende del volumen de datos, su preparación y de si es una primera presentación o una corrección. No se cobra lo mismo por cargar una liquidación ya revisada que por ordenar documentación incompleta.

El importe de un impuesto, una deuda, un recargo o cualquier coste externo no forma parte de nuestros honorarios y se detalla por separado. El pago se realiza por la vía oficial que corresponda al obligado; contratar la gestión no significa que la deuda esté pagada.

Comenzamos la revisión al aceptar el encargo y recibir lo necesario. Confirmamos las fechas del ejercicio o período y, cuando proceda, el plazo de domiciliación. El plazo de trabajo se concreta según la documentación y no se confunde con los tiempos o decisiones de la administración.

Qué recibes al terminar

La entrega identifica al declarante, el modelo y el período. Incluye la copia presentada y la evidencia de su registro o aceptación. Si el servicio termina en una solicitud pendiente de resolución, queda explicado; no se presenta el justificante como una aprobación fiscal.

Un borrador, una captura o un archivo guardado no son por sí solos una presentación. Si ya habías iniciado el trámite, aporta sus antecedentes para evitar duplicidades y revisar qué falta realmente.

Preguntas frecuentes

¿Contratar esta gestión incluye los dos modelos?

Solo cuando el presupuesto lo indique. Puedes pedir un 123 de un período, un 193 anual o ambos, con alcance separado.

¿Puedo presentar el 193 sin que llevéis mi asesoría?

Sí, con la información anual completa y validada y los antecedentes necesarios. Es un encargo puntual.

¿Son los mismos modelos que las retenciones de nóminas?

No. Esta página se refiere a determinadas rentas de capital mobiliario, no al conjunto de retenciones laborales.

¿Se paga algo al presentar el 193?

Es una declaración informativa. Eso no elimina posibles pagos o incidencias de los períodos declarados en otros modelos. Los honorarios de la gestoría son independientes.

¿Necesito contratar una asesoría mensual?

No. Este servicio es una gestión concreta. El presupuesto identifica el modelo, el ejercicio o período y el trabajo incluido. No implica renovación automática ni un servicio permanente de consultas.

¿Basta con tener certificado digital?

No. El certificado identifica a quien firma, pero también deben existir los datos correctos y la habilitación para actuar. Comprobamos el canal de representación admitido, sin actuar como si fuéramos el titular.

¿Qué ocurre si ya ha vencido el plazo?

Revisamos primero el ejercicio, los antecedentes y las consecuencias que deba valorar la asesora. No prometemos ausencia de recargos o sanciones ni enviamos a ciegas una declaración atrasada.

¿Incluye responder a un requerimiento posterior?

Solo si esa fase está expresamente incluida. Si llega una comunicación, podemos revisar qué actuación administrativa necesitas y presupuestarla; no se presupone seguimiento indefinido.

Otros trámites puntuales de Hacienda

Consulta la familia de trámites de Hacienda para otras gestiones. Si lo que necesitas es tu IRPF anual, puedes consultar la declaración de la renta. Cada encargo se delimita sin obligarte a una cuota mensual.

Fuentes oficiales y trámites relacionados

AEAT: presentación del Modelo 123 · AEAT: alcance del Modelo 123 · AEAT: Modelo 193

Información contrastada el 12 de septiembre de 2026. El formulario y las instrucciones vigentes se comprueban de nuevo para el expediente concreto.

¿Necesitas gestionar Modelos 123 y 193?

Cuéntanos el ejercicio o período y qué documentación tienes. Concretamos el trabajo, su viabilidad y el presupuesto antes de tramitar.

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