Preparación del expediente
Organización documental y preparación de una solicitud por país y período, con la revisión fiscal prevista en el presupuesto.
Cuéntanos tu caso de solicitud de devolución de IVA europeo. Confirmamos el modelo, período y documentación antes de tramitar.
¿Has soportado IVA en otro país de la Unión Europea por tu actividad y necesitas solicitar su devolución? Preparamos el Modelo 360 del país y período acordados, con facturas y elegibilidad revisadas por la asesora fiscal. Recibes la solicitud presentada y su justificante, sin prometer una devolución antes de que la administración la examine.
El Modelo 360 permite tramitar determinadas solicitudes de devolución de IVA soportado por empresarios o profesionales fuera de su territorio de establecimiento. Esta gestión se centra en una solicitud elegible y documentada. No equivale a deducir cualquier gasto de un viaje personal ni es lo mismo que el Modelo 361.
Si algún dato necesita criterio fiscal adicional, se aclara antes de confirmar el envío. No se elige una casilla únicamente para que desaparezca un error del programa.
No hace falta que conozcas de antemano cada casilla. Cuéntanos qué documentación tienes y ordenamos el listado de lo que falta. Los datos y cálculos se validan antes de su presentación.
El formulario y las facturas deben corresponder a una solicitud con sentido en el país elegido. No todos los gastos tienen el mismo tratamiento y no basta con que lleven IVA extranjero. Preparamos el expediente sobre la selección validada por la asesora. La administración puede solicitar documentación y decidir una devolución distinta de la pedida; ese resultado no lo decide la gestoría.
Organización documental y preparación de una solicitud por país y período, con la revisión fiscal prevista en el presupuesto.
Tramitación por el canal habilitado y entrega de la copia presentada y del justificante obtenido. Se informa de incidencias o registros pendientes, si los hubiera.
No incluye dar de alta al cliente fiscalmente en otros países, llevar IVA extranjero periódico ni rehacer toda la contabilidad de viajes. Traducciones, aportaciones adicionales y seguimiento de requerimientos se delimitan en el presupuesto. La autorización para notificaciones se comprueba específicamente.
Identificamos una solicitud por país y período, la documentación disponible y la fecha que te preocupa. Te confirmamos si podemos asumirlo y qué información falta antes de empezar.
La asesora fiscal comprueba la obligación, el criterio y el cálculo que corresponda. La gestoría no sustituye ese análisis con una validación informática del formulario.
Con la documentación, el presupuesto y la representación confirmados, preparamos el envío por el canal admitido. Si aparece una incidencia, no damos por realizada la presentación hasta comprobar su estado.
Recibes copia y justificante de lo efectivamente presentado, junto con las incidencias o actuaciones pendientes que afecten al encargo. Sabes qué está terminado y qué no.
Te facilitamos un presupuesto previo con IVA incluido para los honorarios de la gestoría. El precio depende del volumen de datos, su preparación y de si es una primera presentación o una corrección. No se cobra lo mismo por cargar una liquidación ya revisada que por ordenar documentación incompleta.
El importe de un impuesto, una deuda, un recargo o cualquier coste externo no forma parte de nuestros honorarios y se detalla por separado. El pago se realiza por la vía oficial que corresponda al obligado; contratar la gestión no significa que la deuda esté pagada.
Comenzamos la revisión al aceptar el encargo y recibir lo necesario. Confirmamos las fechas del ejercicio o período y, cuando proceda, el plazo de domiciliación. El plazo de trabajo se concreta según la documentación y no se confunde con los tiempos o decisiones de la administración.
La entrega identifica al declarante, el modelo y el período. Incluye la copia presentada y la evidencia de su registro o aceptación. Si el servicio termina en una solicitud pendiente de resolución, queda explicado; no se presenta el justificante como una aprobación fiscal.
Un borrador, una captura o un archivo guardado no son por sí solos una presentación. Si ya habías iniciado el trámite, aporta sus antecedentes para evitar duplicidades y revisar qué falta realmente.
No. Debe revisarse la elegibilidad del solicitante, el país, las operaciones y cada gasto. Esta gestión no garantiza que todo IVA de una factura sea recuperable.
Solo si se enumeran. La unidad habitual de este encargo es un país y período, con volumen de documentos identificado.
Las instrucciones del 360 sitúan el cierre general el 30 de septiembre siguiente al año de las cuotas. Confirmamos el período y el plazo aplicable antes de aceptar, sin esperar al último día.
Únicamente cuando ese seguimiento forme parte del encargo y exista la habilitación específica. Presentar y recibir notificaciones son facultades que se comprueban por separado.
No. Este servicio es una gestión concreta. El presupuesto identifica el modelo, el ejercicio o período y el trabajo incluido. No implica renovación automática ni un servicio permanente de consultas.
No. El certificado identifica a quien firma, pero también deben existir los datos correctos y la habilitación para actuar. Comprobamos el canal de representación admitido, sin actuar como si fuéramos el titular.
Revisamos primero el ejercicio, los antecedentes y las consecuencias que deba valorar la asesora. No prometemos ausencia de recargos o sanciones ni enviamos a ciegas una declaración atrasada.
Solo si esa fase está expresamente incluida. Si llega una comunicación, podemos revisar qué actuación administrativa necesitas y presupuestarla; no se presupone seguimiento indefinido.
Consulta la familia de trámites de Hacienda para otras gestiones. Si lo que necesitas es tu IRPF anual, puedes consultar la declaración de la renta. Cada encargo se delimita sin obligarte a una cuota mensual.
AEAT: instrucciones del Modelo 360 · AEAT: formulario del Modelo 360
Información contrastada el 12 de septiembre de 2026. El formulario y las instrucciones vigentes se comprueban de nuevo para el expediente concreto.
Cuéntanos el ejercicio o período y qué documentación tienes. Concretamos el trabajo, su viabilidad y el presupuesto antes de tramitar.
Gestoría privada · Encargo puntual · Presupuesto previo con IVA