Reclamación de telefonía e internet

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Revisamos el problema, los documentos y los plazos
Presentación y seguimiento con representación
Presupuesto previo, sin cuota mensual

¿Qué necesitas reclamar a tu compañía?

Elige una opción o cuéntanos qué ha pasado. Revisamos si ya reclamaste al operador, las fechas y la documentación antes de presupuestar.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

Nos encargamos de preparar y tramitar tu reclamación

¿Te siguen cobrando después de una baja, aparece un servicio que no contrataste o tu compañía no resuelve una incidencia de fibra o móvil? Revisamos lo ocurrido, ordenamos las pruebas y te ayudamos a reclamar por la vía que corresponda.

En Gestoría Rubén María puedes contratar una gestión puntual de reclamación de telefonía e internet. Concretamos el operador, el contrato, el problema y la fase que necesitas: reclamación previa a la compañía, presentación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones o actuación en un expediente ya abierto.

Gestoría privada, presupuesto previo con IVA y sin cuota mensual. La vía oficial de reclamación es gratuita y puedes utilizarla directamente. Nuestros honorarios corresponden al trabajo de revisión, preparación, representación y seguimiento que contrates, no a una tasa del Ministerio.

Antes de empezar te indicamos qué documentación necesitamos y qué incluye el encargo. El objetivo es presentar una petición clara y acreditada; el resultado lo determina la prueba, la normativa aplicable y la resolución del organismo competente.

Qué problemas de telefonía e internet podemos revisar

Facturas y cargos que no reconoces

Cuotas distintas a las contratadas, duplicidades, consumos discutidos, cargos por servicios adicionales o importes que siguen apareciendo tras finalizar un contrato. Identificamos cada factura y concepto para reclamar exactamente lo que corresponda.

Baja no tramitada o cobros posteriores

Revisamos cuándo pediste la baja, por qué canal, qué justificante conservas y desde qué fecha te siguen facturando. Si hay devolución de un router o equipo, se incorpora su prueba cuando resulte relevante para el cargo.

Portabilidad y cambio de operador

Demora, rechazo, pérdida del número, portabilidad no solicitada o controversias sobre los servicios que debían trasladarse. Comprobamos la intervención del operador de origen y del receptor para identificar a quién dirigir cada petición.

Averías e interrupciones

Incidencias de telefonía, fibra o acceso a internet que no se resuelven, períodos sin servicio y compensaciones sectoriales no aplicadas. Organizamos fechas, números de avería y comunicaciones, sin confundir una reclamación administrativa con la reparación técnica.

Contrataciones que no autorizaste

Altas, líneas, tarifas o servicios que no reconoces. Se revisa la acreditación de la contratación y lo facturado. Si los hechos también afectan a protección de datos o pueden ser delictivos, distinguimos esas actuaciones de la reclamación contractual.

Ofertas, permanencia y cambios contractuales

Descuentos no aplicados, diferencias con la oferta aceptada, penalizaciones o cambios que no se comunicaron correctamente. Analizamos el contrato, el aviso y el cargo: no toda permanencia es indebida ni cualquier controversia se resuelve por la misma vía.

Podemos valorar incidencias de telefonía fija, móvil, internet y paquetes de servicios. La primera comprobación es si el problema pertenece a los derechos específicos de telecomunicaciones que puede resolver la Oficina.

Primero se reclama a la compañía

Para acudir a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones es necesario haber reclamado previamente al operador. No basta con escribir por primera vez al Ministerio, ni una consulta general equivale siempre a una reclamación concreta sobre tu contrato.

La normativa del procedimiento prevé presentar esa reclamación al operador dentro de un mes desde que conoces el hecho que la motiva. Si se trata de una factura, necesitamos comprobar cuándo la recibiste y qué importe discutes. Si ya ha pasado tiempo, revisamos las fechas y la vía posible, sin dar por hecho que todos los derechos han desaparecido o que cualquier plazo sigue abierto.

Puedes reclamar por los canales habilitados por tu operador. Debe admitir la vía telefónica y la misma vía por la que se inició la relación contractual. Pide el número de referencia y conserva prueba de la fecha, el contenido y la respuesta. Si reclamas por teléfono, puedes solicitar un documento que acredite lo planteado.

Si todavía no has reclamado, podemos preparar esa primera actuación y concretar su presentación por el canal admitido. Si un canal requiere una confirmación personal del titular, te indicamos qué debes hacer y dejamos constancia; no actuamos como si fuéramos tú sin acreditar la representación.

Fuente: procedimiento oficial de reclamaciones de telefonía e internet y artículo 4 de la Orden ITC/1030/2007.

Cuándo se puede reclamar ante la Oficina de Telecomunicaciones

Si la compañía responde y no estás conforme, o transcurre un mes desde que recibió tu reclamación sin responder, puedes acudir a la Oficina cuando el asunto esté dentro de su competencia. Una respuesta negativa anterior permite valorar el siguiente paso sin añadir otro mes de espera.

El plazo ordinario para presentar la reclamación ante la Oficina es de tres meses desde la respuesta del operador o desde que finaliza su mes para responder. Es importante distinguirlo del mes para reclamar primero a la compañía y del tiempo que después puede tardar la Administración.

Lo primero que necesitamos son las fechas. Indícanos cuándo ocurrió el problema, cuándo reclamaste a la compañía y cuándo te contestó. Con esos documentos comprobamos el vencimiento; repetir la misma reclamación al operador no se toma como un reinicio automático del plazo.

Si ya acudiste a una Junta Arbitral de Consumo, te han comunicado una inadmisión o existe un procedimiento judicial, revisamos ese antecedente antes de presentar. No se abren varias vías incompatibles para el mismo conflicto.

Qué incluye nuestra gestión

  • Revisión inicial: titular, servicio, operador, motivo, fechas, actuaciones previas y posible encaje de la reclamación.
  • Organización de documentos: contrato, facturas, justificantes, respuestas y una cronología que permita entender el problema.
  • Petición concreta: identificamos qué se solicita, qué importes se discuten y qué documentos respaldan cada punto.
  • Preparación del escrito y anexos: reclamación previa, solicitud ante la Oficina o actuación en un expediente existente, según la fase contratada.
  • Representación y presentación: comprobación de la autorización, las firmas y el canal electrónico admitido antes de actuar en tu nombre.
  • Justificante: te entregamos copia de lo presentado y el resguardo o constancia correspondiente a la actuación realizada.
  • Seguimiento de la fase incluida: comunicaciones, subsanaciones documentales ordinarias y alegaciones relacionadas con la misma reclamación, dentro del alcance presupuestado.
  • Entrega del resultado: traslado de la respuesta o resolución recibida y explicación de qué determina respecto a lo solicitado.

El presupuesto concreta si incluye solo la reclamación previa, la fase ante la Oficina o ambas. También identifica los operadores, contratos o líneas afectados. Un recurso, una nueva controversia, una demanda judicial o una reclamación ante otro organismo no se incluyen automáticamente.

Para otras gestiones puntuales, puedes consultar nuestros trámites para particulares.

Documentación para reclamar a una compañía telefónica

Titular y contrato

  • Identificación del titular de la línea o servicio.
  • Operador, número de contrato y líneas afectadas.
  • Contrato, resumen contractual, condiciones y oferta aceptada que estén disponibles.
  • Datos necesarios para notificaciones y representación.

Prueba del problema

  • Facturas completas y desglose de los conceptos discutidos.
  • Justificantes de pago cuando sean relevantes.
  • Solicitud de baja o portabilidad, números de avería, correos, SMS y comunicaciones.
  • Justificante de devolución de equipos o cualquier documento relacionado con el cargo.

Reclamación previa

  • Fecha y canal utilizados para reclamar a la compañía.
  • Número de referencia y copia del escrito o constancia de su contenido.
  • Respuesta del operador, con la fecha de recepción.
  • Si no contestó, prueba de cuándo recibió la reclamación.

Si ya existe expediente o actúa una empresa

  • Número de expediente, escritos presentados y notificaciones.
  • Documentación de cualquier actuación arbitral o judicial relacionada.
  • Autorización y acreditación de quien puede representar a la entidad.
  • Documentación que acredite la condición de microempresa cuando se utilice esa vía.

No necesitas tener todos los documentos para contarnos lo ocurrido. Te indicamos cuáles hacen falta para tu caso y qué conviene pedir al operador. Una captura aislada puede ayudar, pero debe poder relacionarse con la factura, contrato, fecha o comunicación de que se trate.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para la gestión. La revisamos antes de preparar la petición definitiva.

Gestión online con autorización y representación

La Oficina dispone de un formulario electrónico para nuevas reclamaciones con certificado digital o DNI electrónico. También publica canales para aportar documentación y consultar expedientes. El Registro Electrónico General permite dirigir escritos y documentos como interesado o representante por la vía que indica la propia Oficina.

Cuando nos encargas la gestión, acreditamos que podemos actuar en tu nombre. El modelo oficial de representación identifica al titular y al representante, recoge el alcance de la autorización y prevé la firma de ambos. Se acompañan los documentos identificativos y, si interviene una entidad, las facultades de quien firma por ella.

Disponer de un certificado no sustituye esa autorización. El titular puede realizar sus propias actuaciones con el sistema de identificación admitido; la gestoría presenta como representante cuando se acredita debidamente la representación. Comprobamos quién firma, qué canal corresponde y cómo se recibirán las notificaciones.

La preparación y presentación administrativas pueden realizarse a distancia. No necesitas desplazarte a Madrid por el hecho de que la Oficina sea estatal. Si ya presentaste por otro medio, revisamos la forma correcta de continuar ese expediente, en lugar de abrir uno nuevo sin necesidad.

Canales oficiales: tramitación electrónica de reclamaciones.

Facturas, bajas y portabilidad: qué comprobamos en cada caso

Una factura más alta de lo esperado

Comparamos el concepto cobrado con la tarifa, promoción y período aplicables. No todo aumento tiene la misma causa: puede finalizar un descuento, existir consumo fuera de tarifa o aparecer un servicio no autorizado. La petición debe identificar la diferencia discutida, no limitarse a decir que la factura es cara.

Una penalización de permanencia

Revisamos el compromiso aceptado, su duración, el motivo del cargo, el cálculo y lo sucedido al terminar el servicio. Separamos la discusión sobre facturación o derechos sectoriales de una pretensión general de declarar abusiva una cláusula. No prometemos eliminar cualquier penalización.

Una baja que no consta

Localizamos el justificante y la fecha solicitada, y revisamos qué servicio debía terminar. Una llamada para preguntar cómo darse de baja no acredita necesariamente que la baja se solicitara. Si siguen llegando recibos, identificamos los períodos y conceptos reclamables.

Un cambio que afecta a varios servicios

En paquetes de fibra, fijo, móvil o televisión, comprobamos qué elementos entraban en la operación, qué se autorizó y qué quedó activo. En una portabilidad pueden intervenir dos operadores y conviene separar sus actuaciones. No se deduce automáticamente que mover una línea haya resuelto toda relación contractual.

Cuando existe una oferta o un acuerdo por teléfono, incorporamos las pruebas disponibles y pedimos la información relevante. No se inventa un contrato ni se presenta como reconocido un hecho que el cliente todavía no puede acreditar.

Averías, cortes y compensaciones por falta de servicio

Una avería puede originar una reclamación por el servicio y por las compensaciones que correspondan. Para prepararla necesitamos las fechas, la duración, el servicio afectado, los números de incidencia y lo que ha comunicado la compañía. También revisamos si el abono ya aparece en una factura posterior.

La normativa distingue el servicio telefónico del acceso a internet y establece reglas específicas de compensación, con sus condiciones y excepciones. No calculamos una devolución única para cualquier corte ni convertimos una medición aislada de velocidad en prueba concluyente de incumplimiento.

La compensación sectorial no es lo mismo que una indemnización por todos los daños. Si la falta de conexión provocó una pérdida económica, daño personal o perjuicio profesional, esa pretensión exige valorar su vía y prueba propias; no se incluye como resultado garantizado de la reclamación administrativa.

La gestoría no repara la línea, no controla la red y no sustituye al servicio técnico del operador. Nuestro trabajo es documentar y tramitar la reclamación acordada.

Referencia: artículos 15 a 18 de la Carta de derechos del usuario.

Qué asuntos necesitan otra vía

No todos los problemas relacionados con un teléfono o con una compañía pertenecen al mismo procedimiento. Elegir bien la vía evita presentar una solicitud que no pueda resolver lo que realmente necesitas.

Datos personales y comunicaciones comerciales

Una reclamación sobre uso de datos, publicidad no consentida o ejercicio de derechos requiere estudiar la vía de protección de datos. Una factura o contratación no autorizada puede tener, además, una vertiente contractual de telecomunicaciones. Se distinguen ambas peticiones; una no resuelve automáticamente la otra.

Garantía o reparación de un aparato

La garantía de un móvil comprado por separado no se trata automáticamente como una reclamación sectorial sobre la línea. Si el equipo forma parte de un paquete con internet o telefonía, se revisan los derechos aplicables al conjunto del contrato: no se excluye sin examinarlo solo por aparecer un terminal.

Daños, delitos o conflictos de propiedad

La indemnización civil por perjuicios, una posible estafa o las controversias sobre servidumbres, cableado o antenas pueden corresponder a otros órganos o a los tribunales. El escrito ante la Oficina no sustituye una denuncia ni una demanda.

Ficheros de solvencia y deudas discutidas

Discutir una factura no equivale a conseguir automáticamente la supresión de datos de un fichero. Hay que distinguir la procedencia del cobro, el tratamiento de datos y los documentos necesarios para cada actuación. No ofrecemos borrar cualquier deuda mediante una reclamación teleco.

Si la Oficina no es competente para tu pretensión, te lo indicamos antes de ofrecer su presentación como solución. Tampoco prometemos que la CNMC, una Junta Arbitral o la AEPD resuelvan indistintamente todos estos conflictos.

También revisamos casos de autónomos y microempresas

El artículo 78 de la Ley General de Telecomunicaciones contempla a usuarios finales que sean personas físicas, incluidos autónomos o trabajadores por cuenta propia, y microempresas. Por tanto, la vía no se limita por sistema a líneas domésticas de particulares.

Si el contrato está a nombre de una entidad, revisamos su condición de microempresa y quién puede representarla. El formulario oficial pide documentación para acreditar esa condición, incluido el certificado de Seguridad Social que señala. La categoría no se determina únicamente por decir que la sociedad es pequeña: deben comprobarse sus requisitos y circunstancias.

No se ofrece acceso automático a cualquier empresa, asociación o actividad. Si el titular no encaja en el ámbito admitido, estudiamos la actuación posible antes de presupuestar la reclamación ante la Oficina.

El servicio sigue siendo puntual: una controversia y las fases concretadas en el encargo. No es una asesoría mensual de todos los contratos y suministros del negocio.

Ámbito: artículo 78 y definición de microempresa de la Ley 11/2022.

Cómo tramitamos tu reclamación

Identificamos el conflicto y las fechas

Nos explicas qué ocurrió, quién es el titular y si ya reclamaste al operador. Revisamos la competencia, los plazos y la documentación disponible.

Definimos el encargo y el presupuesto

Concretamos operador, contrato, importes, fase y seguimiento incluidos. Recibes el presupuesto con IVA y la relación de documentos y autorizaciones.

Preparamos y presentamos

Ordenamos hechos, petición y anexos. Con el expediente completo y la representación acreditada, presentamos por el canal admitido y te facilitamos el justificante.

Seguimos la fase contratada

Revisamos comunicaciones y actuaciones incluidas, atendemos los requerimientos que correspondan y te entregamos la respuesta o resolución recibida.

Si el operador corrige el problema durante la tramitación, comprobamos qué ha reconocido y qué importes o actuaciones siguen pendientes. No confundimos una promesa de atención al cliente con un abono o una baja efectivamente realizados.

Precio de la gestión: presupuesto previo con IVA

Te damos un presupuesto para tu reclamación concreta antes de empezar.

El trabajo no es igual si solo necesitas redactar la primera reclamación, si ya tienes una respuesta negativa con documentación ordenada o si hay varias líneas, operadores y facturas. Tampoco equivale presentar un escrito inicial a retomar un expediente con requerimientos pendientes.

  • Honorarios: identificamos el trabajo administrativo, la presentación y el seguimiento incluidos, con IVA.
  • Vía oficial: el procedimiento de reclamación ante la Oficina es gratuito. Nuestros honorarios no son una tasa necesaria para acceder a él.
  • Otras actuaciones: recursos, dictámenes, peritajes, vías judiciales o reclamaciones diferentes se valoran por separado si resultan necesarios y quieres encargarlos.

Antes de aceptar sabrás qué entregamos, hasta qué fase llega el servicio y qué debes aportar. Si la documentación muestra que la vía no encaja o que no puede tramitarse en los términos previstos, te lo explicamos; no se cobra una supuesta garantía de recuperar dinero.

Sin cuota mensual obligatoria. Contratas la gestión que necesitas. No tienes que mantener una asesoría para poder reclamar una factura o una baja concreta.

Cuánto tarda y qué resultado puedes recibir

La revisión de la gestoría empieza con el encargo y los documentos disponibles. La presentación requiere disponer de los datos, pruebas, autorización y requisitos previos de la fase correspondiente.

Para la fase administrativa, la Oficina publica un plazo de seis meses para resolver. No es una promesa de cobro en seis meses ni el tiempo que necesitamos para redactar el escrito. El cómputo y cualquier incidencia del plazo se revisan según el expediente.

La resolución puede reconocer derechos, ordenar medidas como la corrección de facturas o la devolución de cantidades cuando proceda, estimar solo parte de la petición o desestimarla. Los operadores están sometidos al procedimiento y deben cumplir la resolución en sus términos; contratar una gestoría no predetermina su contenido.

Recibes la documentación de nuestra actuación y, cuando se notifique, la resolución. Si no se dicta en plazo, no se entiende ganada la reclamación: la ley prevé silencio desestimatorio, sin eliminar la obligación de resolver expresamente.

Si no estás conforme con una resolución, revisamos el pie de recursos y el plazo. La impugnación es una actuación distinta, que debe valorarse expresamente; no se incluye una demanda judicial en el simple encargo de reclamación administrativa.

Si ya has reclamado o has recibido un requerimiento

Podemos revisar una reclamación iniciada por ti y presupuestar la actuación pendiente. Necesitamos el número de expediente, lo presentado, las notificaciones y sus fechas, además de acreditar la representación para continuar en tu nombre.

Si la Oficina pide completar documentos o el operador aporta una versión de los hechos, se prepara la respuesta correspondiente dentro de su plazo. La documentación adicional debe incorporarse al expediente existente por el canal adecuado, no presentarse como una reclamación nueva cada vez.

Indícanos también si has acudido a arbitraje o a los tribunales. La Ley General de Telecomunicaciones limita la combinación de procedimientos, y un laudo arbitral no se vuelve a discutir ante la Oficina. Si el operador rechazó un arbitraje solicitado en plazo, se comprueba la regla específica de acceso posterior y la fecha de esa negativa.

REVISAR MI EXPEDIENTE

Reclamar no paraliza automáticamente los recibos

Presentar una reclamación al operador o ante la Oficina no suspende por sí solo las actuaciones de cobro. La normativa sectorial también contempla suspensión o interrupción del servicio en determinados supuestos de impago, con sus condiciones y avisos.

Por eso no recomendamos devolver todos los recibos o dejar de pagar sin revisar el caso. Identificamos los importes discutidos y la documentación, y diferenciamos la reclamación de cualquier actuación adicional que corresponda. La contratación de la gestoría tampoco elimina una deuda ni garantiza la continuidad técnica del servicio.

Si has recibido un aviso de suspensión, de recobro o una notificación con plazo, indícanoslo al empezar. Ese documento puede requerir atención específica además de la reclamación de la factura.

Referencia: artículo 65.2 de la Ley General de Telecomunicaciones.

Preguntas frecuentes sobre reclamar telefonía e internet

¿Es obligatorio contratar una gestoría para reclamar?

No. Puedes reclamar por tu cuenta y la vía ante la Oficina es gratuita. Nuestro servicio consiste en preparar, presentar con representación válida y seguir la actuación que contrates, con presupuesto previo.

¿Podéis llevar la reclamación online?

Sí, la parte administrativa dispone de canales electrónicos y admite representación acreditada. Revisamos la documentación y las firmas necesarias. En la fase previa al operador se utiliza su canal admitido; si exige una confirmación personal, te indicamos esa actuación concreta.

¿Puedo ir directamente al Ministerio sin reclamar a la compañía?

Para este procedimiento es necesaria la reclamación previa al operador. Si todavía no la has hecho, revisamos cómo prepararla y dejar constancia de su presentación. Si ya existe, necesitamos su fecha, referencia y respuesta.

¿Tengo que esperar un mes si ya me han contestado que no?

Una respuesta insatisfactoria permite valorar la reclamación ante la Oficina sin imponer otro mes de espera. Si no responden, la referencia del procedimiento es un mes desde la recepción de la reclamación por el operador.

¿Desde cuándo se cuentan los tres meses?

Desde la respuesta del operador o desde la finalización del mes que tiene para responder en este procedimiento. No se cuentan automáticamente desde la factura. Si hubo arbitraje, se revisa su situación y la regla específica aplicable.

¿Qué ocurre si no tengo el número de reclamación?

Revisamos cualquier prueba de la actuación: escrito, correo, justificante, comunicación o respuesta. El operador debe facilitar una referencia y puedes pedir constancia del contenido de una reclamación telefónica. No inventamos una fecha ni damos por acreditada una reclamación solo porque recuerdes haber llamado.

¿Se puede reclamar después de darse de baja?

Puede existir una controversia por facturas, cargos o actuaciones anteriores o posteriores a la baja. Es necesario revisar los hechos, los justificantes y los plazos. Haber terminado el contrato no significa que no puedas discutir lo facturado.

¿Podéis quitarme una permanencia?

Podemos revisar el cargo, la contratación, el cálculo y los derechos aplicables. No toda penalización es improcedente y la Oficina no resuelve cualquier declaración general de abusividad. Te indicamos qué petición puede formularse y por qué vía, sin asegurar su eliminación.

¿Puedo reclamar una contratación que no reconozco?

Sí, revisamos la parte contractual y de facturación de una contratación no solicitada. Si también hay suplantación, uso indebido de datos u otros hechos, distinguimos las actuaciones necesarias ante los organismos correspondientes. Un escrito a la Oficina no sustituye una denuncia cuando proceda.

¿Puedo pedir daños por haberme quedado sin internet?

La compensación sectorial por interrupción y una indemnización por daños o pérdidas económicas son cuestiones distintas. Revisamos los abonos que correspondan al servicio y te indicamos si la pretensión por otros perjuicios requiere una vía diferente y un encargo específico.

¿La Oficina admite reclamaciones de autónomos?

La Ley General de Telecomunicaciones incluye expresamente a personas físicas, autónomos y microempresas dentro del ámbito previsto. Comprobamos quién es el titular y la documentación; no se presupone que cualquier sociedad o entidad puede acceder automáticamente.

¿Y si el problema es un móvil que venía con la tarifa?

Hay que distinguir la garantía aislada del aparato de los derechos de un paquete que incluya servicios de telecomunicaciones y terminales. Revisamos el contrato y la petición concreta. No lo enviamos automáticamente a la Oficina ni lo descartamos solo por tratarse de un móvil.

¿Puedo reclamar a varios operadores por una portabilidad?

Puede ser necesario identificar actuaciones del operador de origen y del receptor. El presupuesto concreta los operadores, líneas y hechos incluidos. Se presenta una petición coherente con lo que hizo cada uno, sin duplicar expedientes indiscriminadamente.

¿Tengo que facilitar mi certificado digital?

Comprobamos el medio de identificación y firma de la actuación. Si presenta la gestoría como representante, debe acreditar su representación por el canal admitido; no se trata simplemente de disponer del certificado personal del cliente. Prepararemos la autorización y las firmas que correspondan.

¿Puedo dejar de pagar mientras se resuelve?

Reclamar no suspende automáticamente el cobro ni impide por sí solo una suspensión en los supuestos regulados. No aconsejamos devolver recibos sin estudiar la situación. Revisamos el importe discutido, los avisos y las actuaciones necesarias por separado.

¿Está garantizada la devolución del dinero?

No. Preparamos una reclamación documentada, pero el resultado depende del caso y de la resolución. El justificante acredita que se ha presentado el escrito, no que exista una devolución reconocida. Los honorarios se fijan por el trabajo acordado.

¿Podéis continuar una reclamación que ya presenté?

Podemos valorarlo con el expediente y las notificaciones. Revisamos la representación, el canal y el plazo pendiente, y presupuestamos esa intervención. No es necesario abrir una reclamación nueva si corresponde aportar documentos o alegar en la existente.

Cuéntanos qué necesitas reclamar

Indícanos la compañía, el problema y si ya has reclamado. Revisamos las fechas y los documentos para darte un presupuesto previo con IVA y un alcance concreto.

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