Solicitar grado de discapacidad

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Solicitud inicial o revisión del grado de discapacidad
Documentación, representación y justificante
Presupuesto previo sin cuota mensual

¿Qué necesitas tramitar sobre tu grado de discapacidad?

Elige una opción o cuéntanos tu caso. Confirmamos el procedimiento de tu comunidad, los documentos y el alcance antes de contratar.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

Solicitud del grado de discapacidad con ayuda de una gestoría

Si necesitas que se reconozca tu grado de discapacidad, el primer paso es presentar la solicitud adecuada ante el organismo de tu comunidad. Te ayudamos a preparar los documentos y a realizar esa gestión administrativa, sin que tengas que contratar una asesoría mensual.

En Gestoría Rubén María revisamos si corresponde una solicitud inicial, una revisión o una actuación sobre un expediente abierto. Concretamos la representación, el canal y el presupuesto antes de empezar. Si presentamos la solicitud, recibes su copia y el justificante.

La valoración y el porcentaje los determina la Administración. Nuestro trabajo consiste en que la petición y la documentación aportada por ti queden correctamente preparadas y presentadas; no emitimos diagnósticos ni prometemos un grado concreto.

Grado de discapacidad, incapacidad, pensión y dependencia: no son lo mismo

Reconocimiento del grado de discapacidad

Es una valoración oficial expresada en porcentaje. Tiene en cuenta las limitaciones y barreras que afectan a la persona, mediante los criterios del procedimiento. Esta es la solicitud que abordamos aquí.

Incapacidad laboral

Se refiere a la capacidad para trabajar y tiene su propio procedimiento. Tener una baja o una pensión de incapacidad no permite asumir que cualquier organismo aceptará el mismo documento para todos los beneficios por discapacidad.

Pensión y otras prestaciones

El reconocimiento del grado puede ser uno de sus requisitos, pero no equivale a pedir ni obtener una pensión. Cada prestación tiene condiciones propias y necesita la actuación que corresponda.

Reconocimiento de dependencia

Valora las necesidades de apoyo para las actividades de la vida diaria y el acceso a su sistema de atención. No sustituye la solicitud de discapacidad ni se obtiene automáticamente con ella.

Si tienes dudas, empezamos por el documento que necesitas y para qué te lo piden. Así evitamos tramitar una solicitud distinta de la que resolvería tu necesidad.

Imserso: reconocimiento y posibles beneficios · Ley General de derechos de las personas con discapacidad, artículo 4.

Quién puede iniciar la solicitud

Las personas que necesitan una valoración de su situación pueden solicitarla siguiendo las condiciones del organismo competente. Hay procedimientos tanto para adultos como para menores; en estos últimos se revisa quién debe firmar y acreditar la representación.

No necesitas llegar con un porcentaje decidido. Sí es importante disponer de los informes que permitan documentar la situación que alegas. Un diagnóstico por sí solo no determina un grado fijo para todas las personas que lo comparten.

Trabajar, estudiar o realizar algunas actividades con autonomía no sustituye la valoración individual. Explica tu situación real y aporta información fiel; la gestoría no indica qué síntomas declarar ni modifica el contenido de los informes.

Si aún no tienes documentación sanitaria suficiente, identificamos qué pide el procedimiento. La obtención o actualización de informes corresponde a los profesionales que te atienden.

Dónde se solicita el grado de discapacidad

El procedimiento se tramita ante el órgano de la comunidad autónoma donde estés empadronado y residas efectivamente. En Ceuta y Melilla corresponde al Imserso. Si eres español y resides fuera de España, hay una regla específica vinculada al último domicilio de empadronamiento: conviene revisar ese supuesto antes de presentar.

Nuestra atención es nacional, pero no utilizamos un formulario idéntico para todas las comunidades. Confirmamos la sede, el modelo y la forma de acreditar la representación en tu expediente.

  • Madrid: dispone de solicitud inicial, autorización de representación y presentación digital; los informes sanitarios deben estar actualizados.
  • Cataluña: el procedimiento incluye reconocimiento y revisión, con autorización o representación inscrita cuando corresponda.
  • Andalucía: cuenta con su propia solicitud de reconocimiento y canal telemático.

Son ejemplos de canales oficiales, no una limitación a esas tres comunidades. La documentación concreta se confirma para tu lugar de residencia.

RD 888/2022, competencia territorial · Madrid · Cataluña · Andalucía.

Primera solicitud, revisión o certificado de un grado ya reconocido

Primera solicitud

Se prepara el expediente para que el equipo oficial valore la situación. Entregar los documentos a la gestoría no es todavía presentar la solicitud ante la Administración.

Revisión del grado

Parte de una resolución anterior. Revisamos su fecha, el motivo de la revisión y la documentación nueva, sin tratarla como una solicitud inicial repetida.

Certificado o tarjeta

Si ya tienes el grado reconocido y solo necesitas acreditarlo, puede corresponder obtener un certificado, consultar la resolución o pedir la tarjeta por el canal previsto. No siempre hace falta otra valoración.

Requerimiento o expediente pendiente

Primero necesitamos la comunicación y el justificante anterior. Una aportación de documentos no debe confundirse con abrir otro expediente.

En Cataluña, por ejemplo, el portal oficial diferencia la descarga del justificante del grado ya reconocido de la solicitud de reconocimiento o revisión. Confirmamos la opción equivalente en tu comunidad.

Gencat: certificado, solicitud y revisión.

Cuándo se puede pedir una revisión del grado

La regla general para solicitar revisión a instancia de la persona interesada es que hayan transcurrido dos años desde la resolución. Puede adelantarse si se acreditan cambios sustanciales o un error con incidencia en el grado. También hay que comprobar la fecha de revisión que figure en la propia resolución y si la Administración ha iniciado la revisión de oficio.

Una revisión no garantiza un aumento: se vuelve a valorar la situación. Antes de encargarla, reúne la resolución anterior y los informes que documenten lo que ha cambiado.

Revisión no es lo mismo que reclamar una resolución reciente. Si no estás de acuerdo con la decisión recibida, revisa su fecha de notificación y la vía de reclamación indicada. Esperar dos años para pedir revisión puede hacer que pierdas la oportunidad de impugnar aquella resolución.

El análisis técnico del baremo o una reclamación de fondo requieren una revisión especializada y un encargo diferente. No quedan incluidos automáticamente en la preparación de la solicitud.

RD 888/2022, artículos 12 y 13.

Documentos que conviene preparar

Te facilitamos la relación correspondiente a tu procedimiento. Habitualmente hay que revisar estos grupos de documentos, sin pedirte de nuevo lo que la Administración pueda consultar válidamente:

  • Identificación y residencia: datos de la persona solicitante, domicilio efectivo y documentación que corresponda a su situación.
  • Informes sanitarios: documentos médicos o psicológicos que acrediten la situación alegada y cumplan las condiciones de actualización del organismo.
  • Representación: autorización, poder o documento que justifique quién actúa y qué puede hacer.
  • Menores o medidas de apoyo: documentos familiares, consentimientos o resoluciones que se exijan en ese caso.
  • Revisión: resolución previa, fecha prevista y documentación de los cambios alegados.
  • Expediente abierto: justificante de presentación, referencia y comunicaciones recibidas.

Ordenamos los archivos, comprobamos que sean legibles y relacionamos cada documento con la petición. La revisión administrativa no sustituye la valoración clínica ni convierte un informe antiguo en uno actualizado.

Como ejemplo, Madrid solicita informes sanitarios actualizados y no una copia completa de toda la historia clínica. Cataluña concreta su propio período para los informes. Por eso no hay una antigüedad única que podamos aplicar a cualquier comunidad.

Madrid: documentación · Cataluña: documentación.

Cómo te representamos y quién debe firmar

Para presentar en nombre de otra persona hay que acreditar la representación. Antes de empezar comprobamos el documento admitido, las facultades y el sistema de identificación del canal elegido.

Actuamos con la credencial propia habilitada para ese expediente, no utilizando tus contraseñas personales. Si falta una autorización, un poder o una intervención tuya, te indicamos qué se necesita. No se presenta atribuyendo al gestor la identidad del solicitante.

Si ayudas a un familiar, podemos coordinar la documentación contigo, pero el parentesco no equivale por sí solo a poder firmar cualquier actuación. En menores revisamos quién ejerce la representación y los consentimientos exigibles; si existen medidas de apoyo, se comprueba su alcance concreto. Tener una discapacidad no significa perder el derecho a decidir.

Ley 39/2015, artículo 5: representación · Autonomía y toma de decisiones, artículo 6.

Cómo tramitamos el servicio

Identificamos la gestión

Revisamos comunidad, solicitud inicial o revisión y si ya existe un expediente. Te explicamos el alcance y el presupuesto con IVA.

Preparamos la documentación

Comprobamos los archivos aportados, la representación y los datos del formulario. Te indicamos qué falta antes de presentar.

Presentamos por el canal admitido

Con los datos confirmados y representación válida, registramos la petición y comprobamos que se haya generado el justificante.

Te entregamos la evidencia del trámite

Recibes copia y resguardo, junto con los próximos pasos. Las actuaciones posteriores se atienden según el alcance contratado.

Un borrador guardado o una pantalla de datos no acreditan la presentación. La entrega del justificante tampoco significa que el grado haya sido reconocido: después continúa el procedimiento oficial.

La valoración oficial: cita, informes y necesidades de apoyo

La valoración corresponde al equipo multiprofesional competente. La solicitud telemática no elimina necesariamente la cita personal: Madrid y Cataluña, por ejemplo, describen una citación para valorar la situación.

Si tienes dificultades para acudir, comunicarte o participar en la evaluación, conviene avisar al organismo y solicitar los ajustes que correspondan. La normativa permite acompañamiento por una persona de confianza y contempla valoración no presencial en circunstancias especiales que debe acordar la Administración.

Facilita información real sobre tu vida diaria y los apoyos que utilizas. No se trata de preparar respuestas para alcanzar un porcentaje. Tampoco existe una lista universal de diagnósticos que permita garantizar el resultado sin valoración.

RD 888/2022, artículo 8 · Citación y tramitación en Madrid.

Qué recibes cuando resuelve la Administración

La resolución recoge el grado reconocido y los extremos que correspondan, como movilidad, necesidad de apoyo de otra persona o revisión. Se acompaña del dictamen previsto en el procedimiento. Conserva la resolución, no solo la tarjeta, porque otros trámites pueden requerir información que no aparece en ella.

El reconocimiento tiene validez en España; sus efectos se vinculan a la solicitud en los términos del procedimiento. Eso no significa que cualquier ayuda económica se cobre desde esa misma fecha: cada prestación tiene sus propias reglas.

Un grado igual o superior al 33 % puede permitir acceder a derechos y beneficios sujetos a requisitos. No garantiza una pensión, una exención concreta o una tarjeta de estacionamiento. Si buscas una ventaja determinada, hay que comprobar qué grado, acreditación y condiciones exige.

Imserso: resolución, validez y beneficios · Reconocimiento y derechos, artículo 4.

Plazo, notificaciones y solicitudes pendientes

El RD 888/2022 establece un plazo máximo de seis meses para dictar y notificar la resolución. Es un plazo normativo, no una garantía de entrega de la gestoría. La cita, los requerimientos y la situación del expediente deben comprobarse en el organismo competente.

Si te llega una notificación, facilita el documento completo y la fecha en que se notificó. No basta con una captura parcial del aviso por correo o SMS: necesitamos identificar qué se pide y hasta cuándo se puede responder.

Antes de presentar dejamos claro quién recibe y atiende las notificaciones. Si el encargo termina con la solicitud, te indicamos cómo continuar; si incluye alguna actuación posterior, concretamos cuál. No queda implícita una vigilancia indefinida del expediente.

Si hay circunstancias que podrían justificar urgencia, se revisa su documentación y la posibilidad de solicitarla. La decisión es del organismo; contratar una gestoría no da prioridad en la valoración.

Plazo y urgencia, artículos 9 y 10.

Precio de la gestión y qué queda incluido

Trabajamos con presupuesto previo con IVA. Te indicamos el total y el alcance después de identificar la comunidad, la actuación y la documentación disponible. No necesitas contratar una cuota mensual.

Encargo administrativo delimitado

Puede incluir revisión documental, preparación del formulario, comprobación de representación, presentación y entrega del justificante. Cualquier subsanación o seguimiento incluido se detalla antes de contratar.

Actuaciones diferentes

Informes médicos o sociales, peritaciones, reclamaciones de fondo, procesos judiciales, pensiones y ayudas posteriores no se incluyen automáticamente. Si necesitas otra intervención, se explica y se valora aparte.

Puedes utilizar directamente el canal público sin contratar nuestra ayuda. Los procedimientos oficiales consultados de Madrid, Cataluña y Andalucía son gratuitos; nuestros honorarios remuneran el trabajo privado de gestoría, no la concesión de un porcentaje ni una tasa por obtenerlo.

No se encarga un informe privado ni se asume un gasto externo sin concretarlo contigo. El presupuesto distingue la solicitud de revisión de un grado de cualquier solicitud posterior de prestación.

Andalucía: solicitud oficial gratuita.

Si ya tienes una resolución o has cambiado de comunidad

Conserva la resolución anterior y las comunicaciones posteriores. Un cambio de domicilio no significa empezar necesariamente desde cero: puede corresponder actualizar datos o trasladar el expediente al organismo de destino.

Si tu fecha de revisión ya pasó, comprobamos si existe una actuación de oficio. La normativa contempla que se mantenga el grado cuando la Administración no ha revisado en plazo por causas ajenas a la persona interesada, hasta una nueva resolución. No se interpreta una fecha aislada de la tarjeta sin revisar el expediente.

Si únicamente has perdido el documento acreditativo, buscamos la vía de consulta o duplicado antes de plantear una nueva valoración. Cada una de estas actuaciones se delimita, evitando solicitudes duplicadas.

Gencat: certificado y traslado de expediente · Revisión pendiente, artículo 12.4.

Preguntas frecuentes sobre solicitar el grado de discapacidad

¿Puedo hacer la solicitud por internet?

Hay canales telemáticos autonómicos. Comprobamos el de tu expediente y la representación necesaria. Eso no implica que la valoración posterior sea siempre online.

¿La gestoría determina mi porcentaje?

No. Lo determina el organismo competente tras la valoración. Preparamos y presentamos documentación, pero no hacemos un dictamen clínico ni garantizamos un resultado.

¿Tengo que dejar de trabajar para solicitarlo?

No se confunde el reconocimiento de discapacidad con una baja o una incapacidad laboral. Revisamos la solicitud correspondiente a tu situación; trabajar no sirve por sí solo para calcular ni descartar un grado.

¿Se suman los porcentajes de mis enfermedades?

No debes calcularlo sumando porcentajes atribuidos a diagnósticos. El equipo oficial aplica los baremos de valoración. Lo útil para el expediente es aportar informes adecuados sobre tu situación real.

¿Con un 33 % tengo una pensión?

No automáticamente. Puede haber derechos y beneficios, pero una pensión o ayuda exige comprobar sus propios requisitos y tramitarla cuando corresponda.

¿Y si ya cobro una pensión por incapacidad?

Dinos qué acreditación te piden y para qué. Hay reglas de equiparación para determinados efectos, pero no se debe asumir que sustituyen cualquier certificado o valoración autonómica.

¿Puedo solicitarlo para mi hijo o ayudar a un familiar?

Sí podemos revisar esa gestión. Se comprueba quién debe firmar, qué representación existe y qué autorizaciones son necesarias. La ayuda familiar no sustituye automáticamente la representación exigible.

¿La revisión siempre aumenta el grado?

No. Se vuelve a valorar la situación conforme al procedimiento. Deben revisarse motivo, fechas e informes antes de presentar.

¿Puedo revisar antes de dos años?

Existen supuestos que lo permiten, como cambios sustanciales documentados o determinados errores. También importa la fecha de revisión indicada en la resolución. No todas las peticiones anticipadas se admiten igual.

¿Qué pasa si no puedo acudir a la valoración?

Hay que comunicarlo al organismo y comprobar alternativas o ajustes. La valoración no presencial depende de las circunstancias y de la decisión administrativa, no de contratar este servicio.

¿El justificante de solicitud acredita ya un grado reconocido?

No. Acredita que se ha presentado la petición. El grado resulta de la resolución correspondiente; un tercero puede necesitar esa resolución o su certificado.

¿Se incluyen las reclamaciones y las ayudas posteriores?

Solo si se contratan expresamente con su alcance. Una solicitud de reconocimiento no incluye por defecto una reclamación de fondo, una pensión ni un expediente de dependencia.

Preparamos tu solicitud de grado de discapacidad

Cuéntanos dónde resides y si es tu primera solicitud, una revisión o un expediente abierto. Te indicamos los documentos y el presupuesto antes de empezar.

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