Certificado de seguros de vida
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GA 1268 COGAS SLP - Gestoría colegiada
¿Qué necesitas comprobar?
Elige una opción o cuéntanos tu caso. Comprobaremos si admite la gestión digital estándar por 27,95 € en total, IVA y tasa 006 incluidos.
Solicitamos el certificado de seguros de vida y te lo entregamos
El nombre oficial es certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Permite comprobar si una persona fallecida figuraba como asegurada en contratos incluidos en el registro y conocer la entidad o las entidades aseguradoras que constan.
27,95 € en total, IVA y tasa 006 incluidos
El precio corresponde a la gestión digital estándar para una persona fallecida, una solicitud y un certificado: revisión, pago de la tasa, presentación de la solicitud, seguimiento y entrega digital.
Qué incluye la gestión estándar
Un trámite cerrado, sin cuotas ni asesoramiento sucesorio o asegurador añadido.
- Revisión inicial de los datos y documentos aportados.
- Comprobación del plazo previo y de la vía electrónica.
- Preparación de una solicitud para una persona fallecida.
- Pago de la tasa 006 y presentación de la solicitud.
- Seguimiento de esa solicitud y aviso de incidencias.
- Entrega digital del certificado cuando sea expedido.
No incluidos: solicitudes cuando ya han transcurrido más de cinco años desde el fallecimiento; fallecimientos anteriores al 2 de abril de 2009, inscritos en juzgado de paz u ocurridos en el extranjero; vía postal o presencial; datos insuficientes o búsqueda compleja; copias adicionales; apostilla, legalización o traducción; contacto o reclamación ante aseguradoras; determinación de beneficiarios o capital; revisión de pólizas; ni gestión de herencia. Cualquier trabajo diferente requiere presupuesto y aceptación aparte.
Qué informa el certificado y qué queda fuera
Información que puede contener
- Si constan contratos vigentes con cobertura de fallecimiento.
- La entidad aseguradora asociada a cada contrato incluido.
- Los datos registrales necesarios para identificar esa cobertura.
- Un resultado negativo si no constan contratos en el registro.
Información que no resuelve
- Quién es beneficiario de una póliza.
- Qué capital o indemnización corresponde.
- Si la aseguradora aceptará una reclamación.
- Las condiciones, exclusiones o documentación de la póliza.
Si aparece una aseguradora, el paso posterior se gestiona con esa entidad y no forma parte de los 27,95 €. Consulta la información general del Ministerio de Justicia.
Qué seguros pueden aparecer y cuáles no cubre esta consulta
El registro se refiere a seguros de vida con cobertura de fallecimiento y a seguros de accidentes que cubren la muerte del asegurado, tanto individuales como colectivos. No es un inventario de todos los productos que una persona tuvo contratados.
Vida, accidentes y pólizas vinculadas
Puede incluir una póliza independiente o vinculada a una hipoteca, un préstamo o un colectivo, siempre que entre en el ámbito del registro. Tener relación con un banco o una empresa no demuestra por sí solo que exista un seguro que deba aparecer.
No necesitas saber de antemano la aseguradora para pedir el certificado. Precisamente permite identificar las entidades que constan, aunque la familia no conserve una póliza.
Exclusiones del registro
- Seguros que instrumentan determinados compromisos por pensiones de las empresas.
- Seguros en los que coinciden tomador y beneficiario cuando fallece el asegurado.
- Las categorías de mutualidades excluidas por la norma: previsión social empresarial, profesionales colegiados y las dedicadas exclusivamente a determinadas prestaciones educativas.
Por eso, un resultado sin contratos no garantiza que jamás existiera una póliza o que no haya otra prestación. Si dispones de recibos o documentación privada, consérvala para revisarla con la entidad correspondiente; esa investigación o reclamación no está incluida en este servicio.
Alcance publicado por Justicia · artículo 4 de la Ley 20/2005.
Cuándo entra tu solicitud en la tarifa estándar
Han pasado 15 días hábiles
La solicitud no puede presentarse antes. No cuentan el día del fallecimiento, sábados, domingos ni festivos. Podemos revisar los datos mientras tanto, pero no adelantaremos la presentación.
La defunción admite tramitación electrónica
Debe ser posterior al 2 de abril de 2009, no estar inscrita en un juzgado de paz y poder recuperarse en línea. Además, este servicio estándar se limita a fallecimientos ocurridos en España.
Disponibilidad registral: los cinco años no son el plazo para reclamar un seguro
El registro mantiene la información durante un período limitado. Si el fallecimiento es antiguo o se aproxima a los cinco años, conviene revisar el caso antes de contratar. Nuestra tarifa estándar no incluye automáticamente los casos antiguos que exigen esa revisión adicional.
La normativa contempla distintas reglas: puede cancelarse una inscripción cuando la aseguradora comunica el pago que extingue el contrato; si consta el cese de vigencia, prevé cinco años desde ese cese; y, en el supuesto residual, cuenta cinco años desde el decimoquinto día siguiente a la defunción. No debe deducirse una imposibilidad jurídica automática al cumplirse el quinto aniversario del fallecimiento.
Ley 20/2005, artículo 6 · reglas de cancelación y disponibilidad del Real Decreto 398/2007.
Datos y documentación para revisar el caso
De la persona fallecida
- Nombre y apellidos completos.
- DNI, NIE, pasaporte u otro identificador disponible.
- Fecha y lugar de fallecimiento.
- Datos de la inscripción o certificado de defunción, si lo tienes.
De quien solicita
- Nombre, documento de identidad y contacto.
- Finalidad para la que necesita el certificado.
- Encargo y acreditación aplicable para presentar.
- La documentación necesaria para el encargo, que puedes enviarnos por WhatsApp.
Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite. Confirmamos la elegibilidad y la acreditación necesaria sin pedir tus claves personales.
¿Cumples las condiciones del trámite digital?
Indícanos fecha y lugar del fallecimiento y si tienes el certificado de defunción. Lo comprobamos antes de que pagues los 27,95 €.
Quién puede solicitarlo y alternativas a contratar la gestión
Puede pedir este certificado cualquier persona que cumpla los requisitos; no se exige que la aseguradora la haya reconocido antes como beneficiaria. Solicitar información registral y acreditar el derecho a cobrar una póliza son actuaciones distintas.
Por tu cuenta en la Sede oficial
Con un sistema de identificación admitido puedes completar la solicitud electrónica y pagar la tasa oficial sin contratar nuestros honorarios. El sistema comprueba si se recupera la defunción; si no la localiza, revisa los datos y las alternativas que indique.
Con nuestra gestión digital
Nos encargas una solicitud y la entrega de su certificado. Comprobamos el encargo y, si actuamos en nombre de otra persona, la acreditación de representación aplicable. No hay que trasladar a este certificado requisitos propios de una reclamación de seguro.
Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite. La presentación se organiza sin pedir tus contraseñas ni utilizar tus credenciales personales.
Justicia también ofrece canales presencial y postal con sus instrucciones de documentación y formulario 790-006. No están incluidos en los 27,95 € del expediente digital estándar. Un fallo de recuperación telemática no significa que no existan seguros: primero hay que resolver cómo se presenta correctamente la solicitud.
Solicitantes y canales de Justicia · Representación administrativa.
Cómo gestionamos el certificado
Comprobamos plazo y datos
Verificamos que hayan pasado los 15 días hábiles y que la defunción cumpla las condiciones de la vía electrónica estándar.
Confirmas los 27,95 €
Antes de pagar sabrás que el total incluye IVA y tasa 006 y que solo contratas una solicitud y un certificado digital para una persona fallecida.
Pagamos la tasa y presentamos
Con la documentación completa, preparamos la solicitud, realizamos el pago previsto y la presentamos. Conservamos el justificante necesario para su seguimiento.
Seguimos y entregamos
Te comunicamos las incidencias de esa solicitud y, cuando el certificado esté disponible, te entregamos el documento digital. Ahí finaliza el servicio contratado.
Precio y plazo, sin letra pequeña
| Concepto | Qué comprende |
|---|---|
| Precio total | 27,95 €, IVA y tasa 006 incluidos. |
| Alcance | Una persona fallecida, una solicitud y un certificado digital estándar. |
| Gestión | Revisión, pago de la tasa, presentación de la solicitud, seguimiento y entrega digital. |
| Otros servicios | No incluidos; requieren presupuesto y aceptación independientes. |
| Plazo | Depende de la Administración. No garantizamos emisión ni fecha de entrega. |
La sede indica que, como regla habitual, el certificado electrónico puede estar disponible en 24 horas. Es una referencia administrativa, no una garantía: algunos expedientes tardan más por comprobaciones, incidencias o carga del servicio.
Consultar requisitos, tasa y plazo en la sede oficial. Gestoría Rubén María es un servicio privado independiente del Ministerio de Justicia.
Dentro del total de 27,95 €, los honorarios de gestión con IVA incluido son 24,09 € y la tasa oficial es 3,86 €. No añadimos otra tasa después. Importe oficial de la tasa, consultado el 5 de septiembre de 2026.
Del justificante al certificado: plazo de emisión, descarga y CSV
Primero se cumple la espera de 15 días hábiles desde el fallecimiento. Después de presentar, la Sede describe disponibilidad electrónica habitual en 24 horas y, en determinados casos, hasta 3 días hábiles; el plazo administrativo de expedición es de 7 días hábiles. No es una entrega urgente garantizada por la gestoría.
Pago, registro y número de solicitud
Conserva el justificante de presentación, que incluye el número de solicitud. El pago de la tasa por sí solo no confirma que el expediente esté registrado, y el resguardo todavía no sustituye al certificado que necesitas.
La Sede permite consultar el estado y descargar el documento expedido; si falta el número, indica que puede recuperarse desde Mi Carpeta. Si ya pagaste o comenzaste el trámite, comunícalo antes de duplicar una solicitud.
Archivo electrónico y autenticidad
Cuando el certificado esté listo, la Sede ofrece 90 días naturales para descargarlo. Conserva el archivo completo que te entregamos: esos 90 días no significan que el certificado caduque automáticamente ni que desaparezca un derecho frente a la aseguradora.
El destinatario puede verificar su autenticidad mediante el código seguro de verificación (CSV). Una captura de pantalla no sustituye al archivo íntegro para esa comprobación.
Consulta, descarga y verificación oficial · plazo de expedición: artículo 13.
Resultado positivo o negativo: ambos son certificados
Si constan contratos
El documento identifica la aseguradora o aseguradoras registradas. Contactarlas, acreditar quién es beneficiario, revisar la póliza y reclamar una prestación son actuaciones posteriores no incluidas.
Si no constan contratos
El certificado reflejará el resultado negativo respecto del contenido del registro. No es un informe de la gestoría ni una garantía de que no exista ninguna cobertura fuera del ámbito registral.
Si sabes que existía una póliza pero no figura, revisa los datos identificativos y conserva la documentación que tengas. Puede haber contratos fuera del ámbito del registro o datos cancelados conforme a sus reglas. La búsqueda privada, el contacto con aseguradoras y la reclamación se mantienen fuera de este encargo.
Datos incorrectos, certificados rectificativos y uso en el extranjero
Si hay un requerimiento o aparecen datos nuevos
Conserva la comunicación administrativa y su fecha. Revisamos las incidencias de la solicitud encargada; no se debe confundir una corrección de datos con conseguir una póliza o un derecho de cobro.
El artículo 13 prevé que, si el registro conoce nuevos datos dentro de los tres meses posteriores a la emisión, expida de oficio un certificado rectificativo que sustituya al anterior. Si lo recibes, utiliza la versión rectificada. Esta previsión legal no incorpora seguimiento indefinido ni una reclamación de seguro a nuestra tarifa.
Si lo recibe una entidad de otro país
Indica país, entidad e idioma antes de contratar. La eventual apostilla, legalización o traducción se comprueba según el destino y se presupuesta aparte. El certificado no se convierte por ello en una consulta de todos los seguros contratados en cualquier país.
Un fallecimiento ocurrido en el extranjero tampoco entra automáticamente en el servicio digital estándar. Hay que revisar inscripción y documentación de defunción antes de ofrecer otra vía.
Rectificación de oficio por nuevos datos · Documentación y uso exterior.
Documentos relacionados, siempre por separado
Si además necesitas acreditar el fallecimiento en otros trámites, consulta nuestro servicio de certificado de defunción. Para saber si existe testamento y ante qué notario, el documento distinto es el certificado de últimas voluntades. Ninguno está incluido en los 27,95 € ni forma un pack automático.
También puedes consultar nuestros trámites de Registro Civil para otros documentos familiares. El registro de seguros es distinto y su certificado no acredita por sí solo el fallecimiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué recibo exactamente?
Un certificado digital estándar para una persona fallecida, emitido por la Administración, que informa de los contratos con cobertura de fallecimiento incluidos en el registro y de las aseguradoras que constan.
¿Los 27,95 € incluyen la tasa?
Sí. El total incluye el IVA de nuestros honorarios y la tasa 006 de una solicitud. No se suma otra tasa al finalizar. Copias o trámites distintos quedan fuera.
¿Puedo pedirlo inmediatamente después del fallecimiento?
No. Deben transcurrir 15 días hábiles, sin contar el día del fallecimiento, sábados, domingos ni festivos.
¿El certificado dice quién cobra el seguro?
No. Tampoco indica el capital ni reconoce el derecho de cobro. Esas cuestiones se tramitan posteriormente con la aseguradora.
¿Qué ocurre si han pasado más de cinco años o el fallecimiento fue anterior al 2 de abril de 2009?
No entra en esta tarifa digital estándar. Lo mismo sucede con juzgados de paz, fallecimientos en el extranjero y datos que no puedan recuperarse electrónicamente.
¿Garantizáis que estará disponible en 24 horas?
No. La sede lo presenta como plazo habitual, pero la Administración puede tardar más. No garantizamos la emisión ni una fecha concreta de entrega.
¿Incluye reclamar a la aseguradora?
No. No incluye contactar con entidades, localizar beneficiarios, analizar pólizas, calcular capitales, presentar reclamaciones ni gestionar una herencia.
¿Puedo solicitarlo directamente?
Sí. Puedes utilizar la sede del Ministerio y abonar la tasa correspondiente sin contratar nuestra gestión. Nosotros cobramos por el servicio privado descrito en esta página.
¿Puedo consultar mis seguros mientras estoy vivo?
Existe una nota informativa para que el asegurado consulte sus propios datos en vida. Es un procedimiento distinto, gratuito ante la Administración, y no el certificado de una persona fallecida que se gestiona en esta página. No se aplican automáticamente a esa nota nuestro precio ni el alcance aquí anunciado.
¿El certificado dice si una póliza de hipoteca paga la deuda?
No. Puede identificar un contrato que esté incluido en el registro, pero la cobertura, el capital y el beneficiario se comprueban con la aseguradora. No todas las pólizas bancarias tienen la misma finalidad y esa revisión no está incluida.
¿Los cinco años son el plazo que tengo para reclamar?
No. Son una referencia de disponibilidad registral sujeta a las reglas de la norma. Los plazos de una reclamación de seguro son una cuestión diferente y no se estudian dentro de esta solicitud de certificado.
Solicita tu certificado digital por 27,95 €
Una persona fallecida, una solicitud y un certificado. Incluye IVA, tasa 006, revisión, presentación, seguimiento y entrega digital. Comprobamos primero que el caso cumple las condiciones.
Solicitar por 27,95 €Gestoría Rubén María · Atención online · Servicio privado independiente de Justicia