Hijos a cargo
Cuentan los hijos que dependen económicamente del progenitor y conviven con él.
Cuéntanos tu situación. Revisamos los documentos, el canal disponible y el alcance de la gestión antes de presupuestar.
En Galicia la condición de familia monoparental se acredita con el certificado de familia monoparental, procedimiento BS427A de la sede electrónica de la Xunta, que resuelve la Consellería de Política Social e Igualdade. Se presenta preferentemente por internet con certificado digital o Chave365, y también en las oficinas de registro.
La Xunta resuelve en tres meses con silencio positivo. Te ayudamos a comprobar en qué supuesto encajas, a preparar los anexos I y II y a presentar la solicitud, y revisamos tu caso antes de presupuestar.
Galicia reconoce como familia monoparental el núcleo formado por un único progenitor o progenitora que no convive con otra persona, con hijos a cargo, en situaciones como estas:
Si existe una resolución judicial o administrativa, necesitamos el documento completo y vigente.
Cuentan los hijos que dependen económicamente del progenitor y conviven con él.
Los hijos de 21 a 25 años se incluyen si están estudiando en el momento de la solicitud, con la matrícula o el certificado de estudios.
Los hijos con discapacidad reconocida se incluyen con el certificado del grado.
La familia debe residir en Galicia; la Xunta puede consultar los datos de convivencia si lo autorizas.
El certificado gallego acredita la condición de familia monoparental para acceder a los beneficios y ayudas que reconoce la Xunta y otras administraciones. La categoría, cuando se aplica, la determina la resolución según la normativa gallega.
No prometemos una categoría concreta ni un beneficio: cada ayuda tiene su procedimiento.
Antes de presentar comprobamos que cada documento corresponde al supuesto que se alega y que las fechas de expedición son válidas. No inventamos declaraciones ni damos por acreditada una circunstancia solo porque se mencione.
Por la sede electrónica de la Xunta de Galicia (procedimiento BS427A) con certificado digital o Chave365, o en papel en cualquier oficina de registro. Sin tasa.
La Consellería resuelve en el plazo de tres meses. Si no hay resolución expresa, la solicitud se entiende estimada por silencio positivo.
El certificado vale mientras se mantengan las condiciones; la Xunta puede hacer consultas periódicas durante su vigencia para comprobar que se siguen cumpliendo.
Los cambios en la unidad familiar (nueva pareja, cambio de custodia, fin de estudios) se comunican y, cuando afectan al derecho, exigen renovar el certificado.
Se pide antes de que caduque el título, con la documentación actual de la familia. Muchas comunidades fijan vigencias cortas cuando hay hijos estudiantes, impago de pensión o situaciones temporales.
Un nacimiento, un nuevo matrimonio o pareja de hecho, un cambio de custodia, de domicilio o de ingresos deben comunicarse en el plazo que fija tu comunidad.
Relacionamos cada documento con el punto solicitado y conservamos el justificante de aportación.
Se distingue concesión, categoría, vigencia y eventual denegación. Cualquier recurso requiere revisión y alcance propios.
Tras la presentación recibes el resguardo y la documentación del encargo. La comunidad decide el reconocimiento y la categoría y expide el título o el carné. La fecha de contratación no es la fecha de concesión.
El título acredita la condición ante administraciones y empresas, pero cada beneficio (admisión escolar, tasas, bonificaciones, ayudas) tiene su propio procedimiento. Solicitarlos no está incluido automáticamente en este encargo; puedes consultarnos cada uno.
Identificamos tu situación familiar, la comunidad, los ingresos y si existe una resolución judicial. Te señalamos qué documentos faltan para tu supuesto.
Preparamos la solicitud, la renovación o la modificación y la presentamos por la sede electrónica con la representación acreditada y las firmas que exija tu comunidad.
Recibes el justificante de presentación. La revisión de la resolución y la entrega del título se pactan expresamente, sin reconocimiento garantizado.
Presupuestamos la fase concreta según documentos y situación. Cualquier certificado externo o gestión adicional se identifica aparte; no hay cuota de asesoría mensual.
Antes de contratar tendrás por escrito los honorarios con IVA y las actuaciones incluidas. Las tasas, precios públicos y gastos de terceros se identifican aparte cuando procedan. No se tramita un pago ni se añade otro servicio sin tu conformidad.
Puedes utilizar directamente el canal oficial. Nuestra ayuda es opcional: revisión documental, preparación y la actuación admitida que acuerdes con nosotros. Los requerimientos posteriores y el seguimiento hasta resolución se concretan en el presupuesto, para que sepas dónde termina el encargo.
No. Con dos progenitores solo se reconoce cuando la ley de tu comunidad lo equipara: custodia exclusiva con impago de la pensión de alimentos, abandono, violencia de género, prisión u hospitalización del otro progenitor, entre otros supuestos.
Sí, con la representación acreditada. Te indicaremos qué declaraciones responsables debes firmar tú.
Sí. Ambos títulos son compatibles, aunque los beneficios del mismo tipo no suelen acumularse.
La Xunta expide un certificado de familia monoparental (procedimiento BS427A) que acredita la condición a todos los efectos en Galicia.
Tres meses. Si no hay resolución expresa, se entiende concedido por silencio positivo.
Sí, si está estudiando en el momento de la solicitud y depende económicamente de ti.
Información revisada el 20 de septiembre de 2026. Antes de presentar comprobamos la versión del formulario, el canal y los plazos que correspondan a tu caso.
Dinos cuántos hijos tienes, sus edades y tu situación familiar. Revisaremos los documentos y te daremos un presupuesto concreto.
Ver también: título de familia monoparental en Andalucía · título de familia monoparental en la Comunitat Valenciana · título de familia numerosa.
Encargo puntual · Documentación revisada · Presupuesto previo con IVA