Gestoría de herencias
GA 1268 COGAS SLP - Gestoría colegiada
¿En qué punto está la herencia?
Elige una opción o cuéntanos tu caso. Nuestro equipo te indicará documentos, pasos y presupuesto por WhatsApp.
Te ayudamos a ordenar la herencia desde el primer documento
Tramitar una herencia no empieza en la notaría. Normalmente empieza mucho antes: con certificados, bancos, seguros, testamento, posibles herederos, inmuebles, impuestos, plazos y dudas sobre qué documento pedir primero. En Gestoría Rubén María te ayudamos a ordenar el proceso para que no vayas dando pasos sueltos. Revisamos qué documentos tienes, qué falta, si hay testamento, si hay seguros de vida, qué bancos o bienes aparecen y qué trámites pueden hacer falta antes de aceptar o adjudicar la herencia.
Podemos ayudarte si:
* Ha fallecido un familiar y no sabes por dónde empezar.
* Necesitas certificado de defunción, últimas voluntades o seguros de vida.
* No sabes si hay testamento o si hace falta declaración de herederos.
* Hay cuentas bancarias, seguros, inmuebles, vehículos o bienes pendientes.
* Tienes que revisar impuesto de sucesiones, plusvalía municipal o trámites posteriores.
* Hay varios herederos, dudas familiares, documentación incompleta o falta de acuerdo.
* Quieres presupuesto previo antes de mover papeles, notaría o impuestos.
TRAMITAR HERENCIA POR WHATSAPP
Primeros documentos para tramitar una herencia
Antes de hablar de reparto, bancos o impuestos, hay que saber qué documentos iniciales hacen falta. Si se empieza mal, es muy fácil perder tiempo, pedir certificados equivocados o acudir a notaría sin la documentación mínima.
Certificado de defunción: acredita oficialmente el fallecimiento. Suele ser el primer documento para iniciar cualquier trámite posterior.
Certificado de últimas voluntades: permite saber si la persona fallecida dejó testamento y ante qué notario. Es clave para saber si hay que pedir testamento o tramitar declaración de herederos.
Certificado de seguros de vida: permite comprobar si la persona fallecida figuraba como asegurada en contratos con cobertura de fallecimiento y con qué aseguradora.
Testamento o declaración de herederos: si hay testamento, habrá que pedir copia autorizada al notario indicado. Si no hay testamento, habrá que valorar declaración de herederos. Puedes ver el servicio de testamento vital.
Documentación de bienes y deudas: bancos, inmuebles, seguros, vehículos, recibos, escrituras, préstamos, impuestos, certificados y cualquier documento que ayude a saber qué forma parte de la herencia.
¿Hay testamento o no hay testamento?
Esta es una de las primeras preguntas importantes. No se puede enfocar igual una herencia con testamento que una herencia sin testamento.
- Si hay testamento: el certificado de últimas voluntades indicará ante qué notario se otorgó el último testamento. Con ese dato se puede pedir copia autorizada y revisar quiénes son herederos, legatarios, albaceas o personas con derechos en la herencia.
- Si no hay testamento: habrá que valorar una declaración de herederos. Este trámite sirve para determinar quiénes tienen derecho a heredar cuando la persona fallecida no dejó testamento.
- Si no sabes si hay testamento: el paso correcto suele ser pedir últimas voluntades, siempre que ya haya transcurrido el plazo necesario desde el fallecimiento.
- Si hay testamentos antiguos: lo que normalmente interesa es el último testamento válido que conste en el certificado de últimas voluntades.
- Si hay dudas familiares: conviene no firmar ni repartir nada sin revisar primero testamento, parentesco, bienes, deudas y documentación disponible.
Herencia con testamento
Cuando hay testamento, la herencia no siempre está “resuelta”. El testamento indica la voluntad del fallecido, pero después hay que revisar bienes, herederos, legados, bancos, impuestos, notaría y posibles adjudicaciones.
Podemos ayudarte a revisar:
* Certificado de últimas voluntades y notario donde consta el testamento.
* Copia autorizada del testamento y personas llamadas a la herencia.
* Herederos, legatarios, usufructos, legítimas o disposiciones especiales.
* Cuentas bancarias, seguros, inmuebles, vehículos y otros bienes.
* Deudas, préstamos, recibos o cargas que puedan afectar a la aceptación.
* Escritura de aceptación y adjudicación de herencia si corresponde.
* Impuesto de sucesiones, plusvalía municipal y trámites posteriores.
Tener testamento ayuda mucho, pero no sustituye al resto de trámites. La herencia debe ordenarse con documentos y decisiones concretas.
Herencia sin testamento
Si no hay testamento, normalmente hay que tramitar una declaración de herederos. Este trámite permite determinar quiénes son los herederos legales de la persona fallecida y en qué condición pueden intervenir en la herencia.
Puede hacer falta revisar:
* Certificado de defunción.
* Certificado de últimas voluntades negativo.
* Libro de familia, certificados de nacimiento, matrimonio o defunción de familiares.
* DNI/NIE de interesados y datos de parentesco.
* Domicilio del fallecido y documentación que acredite relación familiar.
* Testigos, notaría competente y documentación adicional según el caso.
* Siguiente paso: aceptación de herencia, bancos, impuestos y adjudicación de bienes.
Si no hay testamento, no significa que no haya herederos. Significa que hay que determinar quiénes lo son conforme al orden legal aplicable.
REVISAR HERENCIA SIN TESTAMENTO
Bancos, cuentas y dinero de la herencia
Uno de los puntos que más preocupa a las familias son las cuentas bancarias. Tras el fallecimiento, los bancos suelen pedir documentación antes de informar, desbloquear o permitir operaciones.
Puede hacer falta preparar:
- Documentación inicial: certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos.
- Documento de herederos: copia autorizada del testamento o acta de declaración de herederos, según el caso.
- Impuestos: el banco puede pedir justificante de liquidación o presentación del impuesto de sucesiones antes de entregar saldos.
- Relación de cuentas: certificados de saldo, movimientos, productos, depósitos, préstamos o posiciones a fecha de fallecimiento.
- Reparto o adjudicación: según el caso, puede hacer falta escritura de aceptación y adjudicación de herencia o acuerdo entre herederos.
No conviene ir banco por banco sin documentos. Primero ordenamos el expediente y vemos qué suele pedir cada entidad.
Seguros de vida y herencia
Los seguros de vida pueden pasar desapercibidos si la familia no sabe que existían. Por eso el certificado de seguros de vida es tan importante al inicio.
Puede ayudarte a:
* Saber si la persona fallecida figuraba como asegurada.
* Identificar con qué aseguradora existía contrato.
* Contactar con la compañía para pedir información.
* Revisar beneficiarios, póliza, capital asegurado y documentación.
* Evitar que una posible indemnización quede sin reclamar.
* Ordenar seguros junto a bancos, testamento e impuestos.
El certificado de seguros no reconoce automáticamente el cobro. Indica si hay aseguradora y, a partir de ahí, hay que seguir el expediente con la compañía.
REVISAR SEGUROS DE VIDA
Inmuebles, Registro de la Propiedad y Catastro
Si la herencia incluye viviendas, terrenos, garajes, locales o fincas, habrá que revisar documentación registral, escrituras, titularidad, cargas, valoraciones, impuestos y posible adjudicación.
Podemos ayudarte a ordenar:
* Escrituras de propiedad, notas simples y datos registrales.
* Titularidad del inmueble y porcentaje que pertenecía al fallecido.
* Cargas, hipotecas, usufructos, embargos o limitaciones.
* Valor de referencia, valor catastral, recibos de IBI y datos de Catastro.
* Escritura de aceptación y adjudicación de herencia.
* Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal si hay terrenos urbanos.
* Inscripción posterior en Registro de la Propiedad si corresponde.
En una herencia con inmuebles, no basta con “hacer papeles”. Hay que comprobar qué se hereda, cómo se adjudica y qué impuestos o registros quedan pendientes.
Vehículos, seguros, recibos y otros bienes
No todas las herencias son solo casas y cuentas bancarias. También puede haber vehículos, seguros, acciones, fondos, préstamos, recibos, objetos, cuotas de comunidad, deudas o bienes que no están claros al principio.
Puede hacer falta revisar:
* Vehículos a nombre del fallecido y posible cambio de titularidad.
* Seguros, recibos, préstamos, tarjetas o deudas.
* Acciones, fondos, depósitos, productos financieros o participaciones.
* Recibos de IBI, comunidad, suministros o gastos pendientes.
* Bienes compartidos con cónyuge, pareja, hijos o familiares.
* Documentación que falta para identificar correctamente el patrimonio.
* Si conviene aceptar, renunciar o estudiar deudas antes de firmar.
La herencia debe revisarse como un conjunto: bienes, deudas, documentos y personas implicadas.
Impuesto de sucesiones
El Impuesto sobre Sucesiones grava la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado u otro título sucesorio. Normalmente debe revisarse dentro del plazo correspondiente desde el fallecimiento y puede depender de la comunidad autónoma, residencia, parentesco, bienes y situación de cada heredero.
Conviene revisar:
* Comunidad autónoma competente o si interviene normativa estatal/no residentes.
* Herederos, parentesco, reducciones, bonificaciones y situación personal.
* Bienes: cuentas, inmuebles, seguros, vehículos, derechos o deudas.
* Valoraciones, justificantes bancarios, escrituras, recibos y certificados.
* Modelo o autoliquidación que corresponda según el caso.
* Plazo de presentación, posible prórroga y documentación necesaria.
* Si todos los herederos presentan conjuntamente o cada uno debe revisar su situación.
No es buena idea dejar los impuestos para el final. Muchas herencias se atascan porque se empieza por bancos o notaría y se revisa el plazo fiscal demasiado tarde.
REVISAR IMPUESTO DE SUCESIONES
Plusvalía municipal por herencia
Si la herencia incluye inmuebles urbanos, puede existir obligación relacionada con la plusvalía municipal, que es el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Este impuesto depende del ayuntamiento correspondiente.
Puede hacer falta revisar:
* Si hay vivienda, local, garaje, terreno urbano o derecho sobre inmueble urbano.
* Ayuntamiento donde se encuentra el inmueble.
* Fecha de fallecimiento y plazo municipal aplicable.
* Valor catastral del suelo, escrituras, recibos de IBI y documentación hereditaria.
* Si procede autoliquidación, declaración, bonificación o prórroga.
* Si hay varios herederos, usufructo, nuda propiedad o adjudicaciones concretas.
* Si existe pérdida, falta de incremento o posibilidad de cálculo alternativo.
Cada ayuntamiento puede tener su procedimiento, modelos y bonificaciones. Por eso conviene revisar el municipio antes de presentar nada.
Aceptación, adjudicación o renuncia de herencia
Una herencia no siempre se acepta sin más. Puede haber bienes, pero también deudas. Puede haber varios herederos, testamento, usufructos, desacuerdos o dudas sobre qué conviene firmar.
Opciones que conviene entender:
Aceptar la herencia: implica asumir la posición hereditaria y avanzar con reparto, bienes, impuestos y adjudicación.
Aceptar a beneficio de inventario: puede ser útil cuando hay dudas sobre deudas, porque permite proteger el patrimonio personal en determinados casos.
Renunciar a la herencia: debe estudiarse muy bien antes de firmar, porque puede tener efectos importantes para otros familiares, impuestos y derechos sucesorios. Puedes ver el servicio de renunciar a una herencia.
Adjudicar bienes concretos: cuando hay varios bienes y herederos, hay que decidir quién recibe qué y cómo se compensa si hay diferencias.
Firmar en notaría: según el caso, la aceptación, adjudicación, renuncia o partición puede requerir escritura pública.
Antes de firmar, conviene revisar bienes, deudas, impuestos y consecuencias.
Herencias con varios herederos
Cuando hay varios herederos, el trámite puede complicarse. No siempre por mala fe, sino porque cada persona puede tener una situación distinta: unos quieren vender, otros conservar, otros necesitan dinero, otros viven fuera o no tienen claro si aceptar.
Podemos ayudarte si:
* Hay varios hermanos, familiares o herederos con intereses diferentes.
* Uno de los herederos vive en otra ciudad o en el extranjero.
* Falta documentación de algún heredero.
* Hay dudas sobre reparto, porcentajes, legítima, usufructo o adjudicaciones.
* Hay un inmueble que unos quieren vender y otros conservar.
* Hay cuentas bancarias bloqueadas o bancos que piden documentos.
* Falta acuerdo para firmar o avanzar con la notaría.
Nuestro papel es ordenar documentación y pasos. Si hay conflicto jurídico fuerte, puede ser necesario apoyo legal específico, pero muchas herencias se desbloquean simplemente poniendo papeles y orden sobre la mesa.
Herencias con deudas o dudas sobre el patrimonio
No todas las herencias son positivas. A veces hay préstamos, avales, deudas, recibos pendientes, embargos, gastos de comunidad o dudas sobre si conviene aceptar.
Conviene revisar antes de firmar si:
* No se sabe qué bienes y deudas tenía la persona fallecida.
* Hay préstamos, tarjetas, embargos, avales o reclamaciones.
* Existen recibos de comunidad, IBI, suministros o impuestos pendientes.
* Hay dudas sobre seguros, préstamos vinculados o hipotecas.
* Se plantea aceptar a beneficio de inventario.
* Algún heredero está pensando en renunciar.
* Falta información bancaria, registral o fiscal.
En estos casos, lo peor es firmar por impulso. Primero se revisa el inventario, después se decide.
Cómo gestionamos una herencia paso a paso
La herencia no se resuelve de golpe. Se resuelve ordenando fases: documentos, herederos, bienes, impuestos y trámites posteriores.
1. Revisamos el punto de partida
Quién ha fallecido, cuándo, qué documentos tenéis y qué falta.
2. Pedimos o revisamos certificados iniciales
Defunción, últimas voluntades y seguros de vida, si procede.
3. Vemos si hay testamento
Si hay testamento, revisamos notario y copia autorizada. Si no hay testamento, valoramos declaración de herederos.
4. Identificamos bienes y deudas
Bancos, inmuebles, seguros, vehículos, préstamos, recibos, Catastro, Registro y documentación disponible.
5. Ordenamos impuestos y plazos
Impuesto de sucesiones, plusvalía municipal, posible prórroga y documentación fiscal.
6. Preparamos el camino hacia notaría o trámites posteriores
Aceptación, adjudicación, bancos, Registro de la Propiedad, Catastro, vehículos o lo que corresponda.
7. Te damos presupuesto previo
Antes de avanzar, te indicamos qué podemos gestionar y cuánto cuesta.
Documentación necesaria para tramitar una herencia
La documentación depende de si hay testamento, si hay inmuebles, si existen seguros, si hay bancos, si hay varios herederos y si hace falta declaración de herederos.
Documentos del fallecimiento: certificado de defunción, últimas voluntades y seguros de vida.
- Documentos familiares: DNI/NIE de herederos, libro de familia, certificados de nacimiento, matrimonio, defunción de familiares o documentación que acredite parentesco.
- Testamento o herederos: copia autorizada del testamento o acta de declaración de herederos si no hay testamento.
- Bancos y seguros: certificados de saldo, cuentas, préstamos, seguros, pólizas, beneficiarios y documentación bancaria.
- Inmuebles: escrituras, notas simples, recibos de IBI, referencia catastral, valoraciones, cargas y datos registrales.
- Impuestos: datos para impuesto de sucesiones, plusvalía municipal, justificantes, modelos, valores y documentación acreditativa.
- Otros bienes o deudas: vehículos, préstamos, recibos, acciones, fondos, deudas, comunidad, suministros o cualquier documento relevante.
Precio para tramitar una herencia
El precio depende del estado de la herencia. No cuesta lo mismo revisar unos certificados iniciales que tramitar una herencia completa con testamento, varios herederos, bancos, inmuebles, impuestos y notaría.
Para darte presupuesto necesitamos saber:
* Si ya tenéis certificado de defunción, últimas voluntades y seguros de vida.
* Si hay testamento o si hace falta declaración de herederos.
* Número de herederos y si todos están de acuerdo.
* Si hay inmuebles, cuentas bancarias, seguros, vehículos o deudas.
* Comunidad autónoma o municipio donde hay que revisar impuestos.
* Si hay urgencia por plazos de sucesiones, plusvalía, banco o notaría.
* Si queréis solo ordenar documentos o gestionar la herencia completa.
Siempre que sea posible, te daremos un presupuesto cerrado antes de empezar.
PEDIR PRESUPUESTO PARA HERENCIA
Errores frecuentes al tramitar una herencia
La mayoría de errores no ocurren por mala intención, sino por empezar sin orden. Se pide un certificado, se va al banco, luego falta testamento, después aparece un seguro, se acerca el plazo del impuesto y nadie sabe qué falta.
Errores que conviene evitar:
* Ir al banco sin tener defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos.
* Pensar que últimas voluntades es el testamento.
* No pedir certificado de seguros de vida y dejar pólizas sin revisar.
* No comprobar si hay deudas antes de aceptar.
* Dejar pasar el plazo del impuesto de sucesiones o plusvalía municipal.
* No revisar si hay inmuebles urbanos y obligación municipal.
* Firmar una adjudicación sin tener claro el reparto o los valores.
* No pedir notas simples o datos registrales cuando hay inmuebles.
* Pensar que una herencia sin testamento no se puede tramitar.
* No coordinar a todos los herederos antes de avanzar con notaría o bancos.
REVISAR MI HERENCIA POR WHATSAPP
Diferencia entre tramitarla solo o pedir ayuda
Puedes intentar tramitar una herencia por tu cuenta si tienes claro qué documentos necesitas, qué herederos intervienen, qué bienes hay, qué impuestos corresponden y qué pasos exige cada entidad. Pero si hay bancos, seguros, inmuebles, varios herederos, impuestos, testamento, declaración de herederos o dudas sobre deudas, una gestoría puede ayudarte a no perder tiempo ni presentar documentación incompleta.
Te puede interesar pedir ayuda si:
* No sabes qué documentos pedir primero.
* Hay bancos o aseguradoras que piden papeles distintos.
* No sabes si hay testamento o hay que hacer declaración de herederos.
* Hay inmuebles, plusvalía, impuesto de sucesiones o valores que revisar.
* Hay varios herederos y falta coordinación.
* La herencia tiene deudas, préstamos o dudas sobre si aceptar.
* Tienes un plazo y no quieres dejar impuestos para el final.
* Prefieres que nuestro equipo ordene el expediente antes de acudir a notaría.
La diferencia no está solo en “hacer papeles”. Está en seguir un orden para que la herencia avance sin bloqueos evitables.
Trámites relacionados con una herencia
Una herencia puede necesitar varios trámites relacionados. Algunos son previos, otros fiscales, otros notariales y otros posteriores a la aceptación.
Certificado de defunción
Primer documento para acreditar el fallecimiento. Puedes ver el servicio de certificado de defunción.
Certificado de últimas voluntades
Permite saber si hay testamento y ante qué notario. Puedes ver el servicio de certificado de últimas voluntades.
Certificado de seguros de vida
Permite comprobar si había seguros con cobertura de fallecimiento. Puedes ver el servicio de certificado de seguros de vida.
Declaración de herederos
Puede ser necesaria cuando no hay testamento. Puedes ver el servicio de declaración de herederos.
Impuesto de sucesiones
Hay que revisarlo dentro del plazo correspondiente y según la administración competente. Puedes ver el servicio de impuesto de sucesiones y donaciones.
Plusvalía municipal
Puede existir si se transmiten terrenos urbanos por herencia. Puedes ver el servicio de plusvalía municipal.
Aceptación de herencia
Puede requerir escritura y adjudicación de bienes, especialmente si hay inmuebles o varios herederos. Puedes ver el servicio de aceptación de herencia.
Registro de la Propiedad, Catastro y bancos
Después de aceptar, pueden quedar cambios de titularidad, inscripciones, desbloqueos o trámites posteriores. Puedes ver los servicios de cuentas bancarias en una herencia o cambio de titularidad por herencia.
Preguntas frecuentes sobre gestoría de herencias
¿Qué hace una gestoría de herencias?
Ayuda a ordenar documentos, certificados, bancos, seguros, bienes, impuestos y trámites necesarios para avanzar con una herencia.
¿Qué documentos necesito para empezar una herencia?
Normalmente se empieza con certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si procede, certificado de seguros de vida. Después se revisa testamento o declaración de herederos.
¿Qué pasa si hay testamento?
Habrá que pedir copia autorizada del último testamento al notario correspondiente y revisar qué personas intervienen, qué bienes hay y qué trámites faltan.
¿Qué pasa si no hay testamento?
Puede ser necesario tramitar una declaración de herederos para determinar quiénes tienen derecho a heredar.
¿Puedo tramitar una herencia sin tener todos los documentos?
Se puede empezar revisando lo que tienes, pero para avanzar harán falta certificados, datos de herederos, bienes y documentación fiscal o notarial.
¿Qué plazo hay para el impuesto de sucesiones?
En adquisiciones por causa de muerte, el plazo general de presentación es de seis meses desde el fallecimiento, aunque puede haber reglas y prórrogas según el caso y la administración competente.
¿Hay que pagar plusvalía municipal en una herencia?
Puede existir si la herencia incluye terrenos urbanos o derechos sobre ellos. Depende del ayuntamiento, del inmueble y de la situación concreta.
¿Qué pasa con las cuentas bancarias del fallecido?
Los bancos suelen pedir documentación hereditaria antes de informar, desbloquear o entregar saldos. Normalmente hay que acreditar fallecimiento, herederos e impuestos.
¿Puedo renunciar a una herencia?
Sí, pero debe estudiarse antes de firmar porque puede tener consecuencias familiares, fiscales y patrimoniales.
¿Puede una gestoría tramitar toda la herencia?
Podemos ayudarte a ordenar documentos, certificados, bancos, seguros, impuestos y trámites administrativos. Si el caso requiere notaría, abogado u otra intervención, te indicamos el paso correspondiente.
¿Necesitas tramitar una herencia?
Cuéntanos qué ha pasado y qué documentos tienes. Podemos ayudarte con certificado de defunción, últimas voluntades, seguros de vida, testamento, declaración de herederos, bancos, inmuebles, vehículos, impuesto de sucesiones, plusvalía municipal, aceptación de herencia y trámites posteriores.
TRAMITAR HERENCIA POR WHATSAPP
Atención online. Presupuesto previo. Trámite revisado por gestoría colegiada.
