Actas y conciliación notarial

Más de 1.000 clientes satisfechos en trámites de gestoría
Preparación de documentos para la notaría.
Actas de referencia y conciliación delimitadas.
Coordinación online y presupuesto previo.

¿Qué necesitas preparar para la notaría?

Elige una opción o cuéntanos tu caso. Confirmamos el encargo documental, la intervención notarial y tu participación antes de contratar.

Puedes enviarnos por WhatsApp la documentación necesaria para tu trámite.

Preparamos tu encargo para la notaría

¿Te piden hacer una declaración ante notario o quieres preparar una conciliación notarial? En Gestoría Rubén María reunimos y ordenamos los datos, documentos e indicaciones que necesita la notaría. También podemos coordinar las actuaciones que se incluyan en el presupuesto y ayudarte a obtener el documento de cierre.

Contratas una gestión documental puntual. La notaría comprueba el encaje del expediente, redacta y autoriza el instrumento público; en una conciliación, es el notario quien interviene para intentar aproximar las posiciones. Nosotros no negociamos en tu nombre, no decidimos qué debes aceptar ni prestamos defensa jurídica.

Declaraciones o acta de referencia

Ordenamos lo que necesitas manifestar, la petición del destinatario y la documentación de apoyo para que el notario determine si corresponde un acta de referencia en sentido estricto. El declarante realiza sus manifestaciones ante el notario.

Conciliación notarial

Preparamos la información sobre las partes, el asunto y los documentos para trasladar una solicitud de conciliación a la notaría. Coordinamos lo acordado sin garantizar que la otra parte participe ni que se alcance un acuerdo.

Antes de aceptar el encargo diferenciamos estas dos vías. Pedir que un notario deje constancia de tus declaraciones no equivale a intentar una conciliación con otra persona.

Qué es un acta de referencia y qué acredita

En un acta de referencia se recogen declaraciones realizadas ante el notario. Podemos ayudarte a organizar una relación clara de los hechos que quieres manifestar, identificar los documentos aportados y trasladar a la notaría la finalidad que te ha indicado el destinatario.

El acta no convierte automáticamente lo que declares en un hecho comprobado personalmente por el notario. Tampoco sustituye un certificado oficial, una escritura necesaria para un contrato o la prueba específica que pueda exigir quien recibe el documento. Por eso es importante saber qué te han pedido exactamente antes de contratar.

Si ya te han dado un modelo, una comunicación o una lista de requisitos, la incorporamos a la carpeta documental. No inventamos hechos ni redactamos declaraciones para aparentar una situación distinta de la real. El texto y el documento final se someten a la intervención notarial.

No todas las actas notariales se gestionan igual

Un acta de declaraciones, un acta de presencia, una notificación y un acta de notoriedad tienen finalidades diferentes. Tampoco es lo mismo documentar una junta que preparar los acuerdos de una sociedad. No vendemos una modalidad como sustituta de otra para que el trámite parezca más sencillo.

El servicio inicial de esta página comprende la preparación de actas de referencia y de conciliaciones. Las actas de junta, presencia, notoriedad, depósito y los requerimientos notariales especiales no se dan por incluidos: requieren revisar su propia operativa, las intervenciones necesarias y un encargo distinto. Un expediente que necesite comprobación material no pasa a ser remoto porque nos envíes fotografías.

Si únicamente necesitas una copia de escritura o una legitimación notarial de firma electrónica, ya dispones de esas gestiones específicas. No necesitas contratar una nueva acta por defecto.

Qué preparamos para una conciliación notarial

La conciliación busca un acuerdo extrajudicial sobre una controversia que pueda tratarse por esta vía. Puedes pedir ayuda para reunir la documentación aunque la otra parte todavía no haya confirmado su participación. Eso permite preparar la petición; no permite obligarla a negociar ni dar por obtenida una avenencia.

  • Identificamos a quien solicita la gestión y ordenamos los datos disponibles de la otra parte.
  • Preparamos una relación de antecedentes basada en la información que aportas, con fechas y documentos identificados.
  • Incorporamos el objeto de la petición y, si ya existe, la propuesta que tú o tu profesional hayáis definido.
  • Trasladamos la carpeta y coordinamos las indicaciones de la notaría por el cauce que esta admita.
  • Te comunicamos el estado y gestionamos la obtención del documento previsto en el presupuesto cuando se haya expedido.

No fijamos indemnizaciones, renuncias, quitas ni estrategias de reclamación. Si el encargo exige decidir qué derechos puedes reclamar o qué condiciones te conviene aceptar, esa valoración debe resolverse con el profesional correspondiente antes de continuar con la preparación administrativa.

Asuntos que pueden encajar y situaciones que requieren otra vía

La conciliación notarial puede plantearse en controversias contractuales, mercantiles, sucesorias o familiares sobre materias disponibles. Una discrepancia documentada sobre un contrato o una obligación de pago puede ser un motivo para consultar esta vía; la admisión y la forma de tramitarla corresponden a la notaría.

No sirve para cualquier conflicto. La Ley del Notariado excluye, entre otros supuestos, asuntos con intereses de menores, Administraciones públicas, determinadas responsabilidades civiles judiciales y materias sobre las que no se puede transigir. Tampoco se tramitan por esta vía las cuestiones concursales. El régimen civil de los MASC no incluye materias laborales ni penales.

Indica si existen menores afectados, un procedimiento abierto, una sentencia, un plazo próximo o una entidad pública implicada. Recogemos esos datos para evitar iniciar una gestión inadecuada; no emitimos un dictamen sobre la viabilidad de tu reclamación.

Documentación que conviene preparar

Para declaraciones ante notario

  • Identificación de la persona que declarará.
  • Comunicación del destinatario, finalidad del documento y modelo si lo hay.
  • Relación de los hechos que esa persona quiere manifestar.
  • Documentos relacionados y referencias que permitan identificarlos.
  • Fecha para la que se necesita el documento.

Para preparar una conciliación

  • Datos de las partes y medios de contacto que consten.
  • Descripción concreta de la controversia y cuantía, cuando esté definida.
  • Contrato, facturas, justificantes y comunicaciones relacionados.
  • Propuesta ya definida, si existe, sin alterar sus condiciones.
  • Documentos de representación y referencias del expediente anterior, cuando proceda.

No necesitas inventar los datos que no conozcas. Señalamos qué información falta y trasladamos a la notaría la situación real. Podemos ordenar una carpeta desestructurada, pero no reconstruir pruebas inexistentes ni certificar su autenticidad por nuestra cuenta.

Tu participación y la representación necesaria

Una autorización para recopilar documentos o coordinar comunicaciones no equivale a un poder para alcanzar acuerdos en tu nombre. Si interviene un representante, la notaría debe comprobar que sus facultades son suficientes para el acto concreto. Para transigir no basta un mandato general de administración.

En nuestro encargo documental no aceptamos acuerdos, renunciamos a derechos ni firmamos como si fuéramos tú. Comparece la persona que corresponda o su representante debidamente habilitado. Las declaraciones personales que deban realizarse ante notario no se sustituyen por una explicación del gestor.

Si actúas por una sociedad, se revisan los datos de la entidad, tu cargo o poder y las acreditaciones necesarias. Disponer de un certificado digital no elimina esa comprobación ni permite usar la identidad electrónica de otro interviniente.

Qué parte se puede hacer online

La preparación documental y la coordinación pueden realizarse a distancia. La Ley del Notariado contempla la videoconferencia para las actas de referencia en sentido estricto y para la conciliación, salvo que el notario considere conveniente la presencia física para el buen fin del expediente. Esto no extiende la videofirma a cualquier clase de acta.

El acceso y la firma del acto notarial se realizan en la sede electrónica notarial, a través del Portal Notarial del Ciudadano, con la identificación y el sistema admitidos. Una conversación con la gestoría por WhatsApp no constituye por sí sola una comparecencia notarial.

Antes de confirmar la modalidad revisamos con la notaría quién debe intervenir, su acceso y acreditación y la documentación pendiente. Si el caso requiere acudir físicamente, te lo indicamos: podrás decidir si mantienes la preparación documental sin contratar un supuesto trámite íntegramente remoto.

Cómo organizamos el encargo

1. Identificamos la petición

Nos explicas qué documento necesitas o qué conciliación quieres preparar. Revisamos la finalidad, los intervinientes y los documentos disponibles, sin sustituir una consulta jurídica.

2. Confirmamos alcance y presupuesto

Concretamos nuestra preparación, la coordinación prevista, el documento de salida y los gastos separados. Si hace falta una comprobación previa de la notaría, la distinguimos del expediente definitivo.

3. Preparamos y coordinamos

Ordenamos la carpeta, trasladamos la petición por el canal acordado y comunicamos los documentos o intervenciones que indique la notaría. Tú validas la información que te corresponde aportar.

4. Entregamos el resultado de la fase

Recibes la carpeta, constancia de la gestión realizada y, cuando esté expedida e incluida, la copia notarial. Indicamos si el expediente está pendiente, ha terminado sin acuerdo o ha documentado una avenencia.

Qué documento recibes y qué significa

El presupuesto especificará si contratas solo preparación o también coordinación hasta la expedición. Una carpeta enviada no es todavía un acta autorizada ni una conciliación terminada. Identificamos cada fase para que sepas qué se ha hecho realmente.

En las declaraciones, el notario determina y expide el instrumento que corresponda. En conciliación, la Ley del Notariado prevé escritura pública para documentar la avenencia o el intento sin efecto o sin avenencia. Un acuerdo puede ser total o parcial; si no lo hay, no se transforma en acuerdo por haber pagado la gestión.

La escritura de conciliación puede tener eficacia ejecutiva en los términos legales. Esto no supone cobrar automáticamente una deuda: una eventual ejecución judicial es una actuación distinta y no está incluida. La copia y su modalidad se solicitan según el encargo y la legitimación que compruebe la notaría.

Conciliación notarial y requisito previo a una demanda

La normativa de medios adecuados de solución de controversias, conocidos como MASC, contempla la conciliación dentro de las vías de negociación previa. Pero no toda comunicación ni toda acta sirve automáticamente para cumplir el requisito de una demanda: importan el asunto, la actividad realizada y la documentación que la acredite.

Si preparas el expediente para una futura demanda, indícalo desde el principio y aporta las instrucciones de tu abogado, si ya interviene. Nosotros ordenamos la documentación y coordinamos su obtención; no garantizamos la admisión judicial ni elegimos la estrategia procesal. Un acta que recoge solamente tus declaraciones no equivale por sí misma a un intento de negociación con la otra parte.

También hay excepciones y reglas específicas sobre plazos. La contratación de nuestra preparación no debe considerarse por sí sola una actuación que suspenda o interrumpa un plazo. Si tienes una fecha límite, hay que revisarla con quien deba valorar sus efectos jurídicos, sin esperar a que termine una recopilación documental.

Documentos y comunicaciones del expediente

Trabajamos con la información necesaria para la gestión autorizada y la trasladamos a la notaría en el alcance pactado. En una conciliación, la negociación y su documentación están sujetas a reglas de confidencialidad. No tratamos las propuestas de la otra parte como material para publicar ni como documentos que puedan utilizarse indiscriminadamente para otro fin.

Conserva los originales, comunicaciones y justificantes que recibas. Si se solicita una copia o constancia del resultado, se coordina su obtención y entrega a la persona legitimada; no se inventa un certificado de participación o de ausencia emitido por la gestoría.

Precio y plazo de la gestión

Presupuesto por encargo y por fase

Te indicamos nuestros honorarios con IVA antes de contratar. Separamos los gastos de notaría, copias, comunicaciones, desplazamientos u otros terceros. El presupuesto especifica qué trabajo se cobra si no se admite el expediente, no participa la otra parte o no hay acuerdo.

No hay un precio único para todas las actas ni una tarifa de éxito implícita. Las nuevas actuaciones o documentos se acuerdan aparte. Puedes dirigirte directamente a la notaría: nuestra preparación y coordinación son opcionales.

Preparación y actuación notarial

El tiempo depende de los documentos disponibles, la confirmación de la notaría, las comunicaciones y las personas que deban participar. Distinguimos nuestra preparación de la fecha de comparecencia, la terminación de la conciliación y la expedición de la copia.

Si necesitas el resultado para una fecha concreta, dínoslo al consultar. No prometemos una cita inmediata, una duración universal ni un acuerdo dentro de un plazo fijo.

Preguntas frecuentes sobre actas y conciliación notarial

¿La gestoría hace el acta notarial?

No la autoriza ni da fe pública. Preparamos datos, documentos y coordinación; el notario determina la modalidad, redacta y autoriza el instrumento público.

¿Un acta de manifestaciones demuestra que lo que digo es cierto?

No convierte automáticamente una declaración en un hecho comprobado por el notario. Es necesario distinguir lo que manifiesta una persona de lo que el notario percibe o verifica, y del documento que exige el destinatario.

¿Puedo encargar cualquier clase de acta?

No hay un paquete universal. Esta oferta inicial se centra en preparar actas de referencia y conciliaciones. Las juntas, comprobaciones presenciales, notoriedad, depósitos o requerimientos especiales necesitan revisar su operativa y no están incluidos automáticamente.

¿Puedo preparar una conciliación si la otra parte aún no ha aceptado?

Sí, podemos preparar la información y la petición para la notaría. La participación y un eventual acuerdo no están garantizados. El presupuesto identifica la gestión y el resultado previsto si la otra parte no comparece o no quiere negociar.

¿Negociáis por mí o me decís qué acuerdo aceptar?

No. Nuestro servicio es documental y de coordinación. No fijamos las condiciones de un acuerdo ni aconsejamos renunciar a derechos. La decisión corresponde a las partes y el asesoramiento jurídico, cuando se necesita, debe prestarlo el profesional adecuado.

¿La conciliación notarial necesita siempre abogado?

No existe una obligación general de acudir con abogado a toda conciliación por el mero hecho de ser un MASC. Puedes recibir asistencia jurídica y hay reglas específicas según la vía utilizada. Nuestra gestión no sustituye esa asistencia; tampoco se debe confundir conciliación con una oferta vinculante confidencial.

¿Basta con daros mi certificado digital?

No. El acceso electrónico, la representación y las facultades para el acto son cuestiones distintas. Te ayudamos a preparar la documentación y a seguir el canal admitido, sin firmar con tu identidad ni sustituir las actuaciones personales necesarias.

¿Puede comparecer un representante?

Depende del acto y de las facultades que acredite ante el notario. Una autorización para enviar documentos no basta para pactar una transacción. Se confirma la representación adecuada antes de dar por posible esa modalidad.

¿La videollamada puede ser por WhatsApp?

No es el canal de autorización notarial. La videoconferencia del acto se realiza mediante la sede electrónica notarial. WhatsApp sirve para comunicarte con nuestra gestoría y enviar la documentación necesaria para la preparación.

¿Qué recibo si no hay acuerdo?

El resultado dependerá de las actuaciones efectivamente realizadas. La Ley del Notariado contempla que la escritura documente también el intento sin efecto o sin avenencia. Coordinamos el documento que proceda y esté incluido; no entregamos un acuerdo que no se haya alcanzado.

¿Esto garantiza que después admitirán mi demanda?

No. La adecuación de la negociación previa al litigio y sus requisitos se valoran en el caso concreto. Podemos preparar y recopilar la documentación que se nos indique, pero no certificamos la admisibilidad de una demanda.

¿Incluye cobrar lo acordado o acudir al juzgado?

No. La ejecución judicial, la defensa y las actuaciones posteriores no se incluyen en la preparación documental. Si hace falta otra intervención, debe delimitarse y contratarse por separado con quien pueda asumirla.

¿Los gastos de notaría están incluidos?

Solo si el presupuesto los identifica expresamente. Nuestros honorarios, el documento notarial, las copias y otros gastos se distinguen para que conozcas qué vas a pagar y en qué fase.

¿Podéis ayudarme si ya tengo notaría?

Sí. Con tu autorización podemos preparar la carpeta que esa notaría solicite y coordinar las actuaciones acordadas. No tienes que cambiar de notario para contratar nuestra gestión documental.

Fuentes oficiales para consultar el procedimiento

Si necesitas organizar la comparecencia, consulta también cómo pedir cita en notaría. La cita y la preparación del expediente son actuaciones diferentes.

También puedes consultar nuestras gestiones de notaría para otros encargos documentales. La preparación se adapta a lo que corresponda a tu caso, sin confundir servicios diferentes.

Cuéntanos qué necesitas preparar

Indica si te piden una declaración ante notario, quieres preparar una conciliación o ya tienes instrucciones de una notaría. Concretamos la documentación, tu intervención y el presupuesto antes de empezar.

Consultar mi encargo