Licencia
Puede exigir resolución previa y documentación específica. Presentar la solicitud no acredita por sí solo que se pueda abrir.
Cuéntanos tu situación. Revisamos los documentos, el canal disponible y el alcance de la ayuda antes de presupuestar.
Te ayudamos a organizar y presentar el expediente municipal de tu actividad cuando dispongas de la documentación técnica necesaria. Revisamos qué actuación necesitas, qué documentos corresponden al local y cómo acreditar tu representación. El servicio se contrata por encargo, sin cuota de asesoría.
No todas las aperturas se resuelven con una licencia ni todas pueden tramitarse mediante declaración responsable. Antes de presupuestar necesitamos conocer el municipio y la actividad concreta. Un cambio de titular sin modificar la actividad tampoco se trata automáticamente como una nueva apertura.
Con esa información delimitamos el trabajo administrativo. Cuando el encaje urbanístico o la seguridad de la actividad requieran una valoración técnica, esa comprobación debe realizarla el profesional competente; no la sustituimos rellenando un formulario.
Puede exigir resolución previa y documentación específica. Presentar la solicitud no acredita por sí solo que se pueda abrir.
Solo corresponde en los supuestos admitidos y con los requisitos cumplidos. La firma incorpora manifestaciones que deben ser ciertas y estar documentadas.
Partimos del título y la actividad existentes. Si también cambian el uso, las instalaciones o las condiciones, puede hacer falta otra actuación.
Identificamos lo que cambia y lo ya autorizado para no presentar como simple continuidad una transformación relevante.
El Ayuntamiento de Madrid dispone de la vía SLIM para determinadas declaraciones responsables urbanísticas. Su ficha oficial contempla la actuación de un representante y exige acreditar esa representación, además de los documentos del supuesto concreto.
Ese ejemplo no significa que una declaración responsable sea válida para cualquier actividad madrileña ni que sus reglas sirvan en otro ayuntamiento. Confirmamos la vía aplicable antes del encargo y no reutilizamos una memoria técnica de otro local.
Ordenamos la memoria, planos, certificados y demás archivos que hayas obtenido; comprobamos su identificación, firma y correspondencia con la solicitud. Si falta un archivo o hay una discrepancia visible, lo señalamos para que lo resuelva su emisor.
No elaboramos proyectos, mediciones acústicas, certificados de seguridad ni informes de compatibilidad técnica. Tampoco damos por contratado un arquitecto o ingeniero externo: cualquier intervención adicional debe confirmarse y presupuestarse previamente.
Una vez acordado el alcance, preparamos la solicitud y sus anexos por el canal que permita la representación. Los pagos municipales se identifican antes de presentarlos y se vinculan al expediente correcto. El resultado de la presentación es su justificante, no una licencia favorable inventada.
Si el ayuntamiento pide completar documentos, revisamos los puntos concretos y el plazo. El seguimiento o la respuesta a requerimientos se incluyen solo en los términos pactados. La comprobación municipal, una inspección y la resolución pertenecen a la Administración.
Dinos la fecha prevista antes de contratar. Podemos ordenar la gestión, pero no prometer una apertura inmediata ni que un expediente de última hora sea suficiente. Deben respetarse los efectos de la licencia o declaración aplicable.
La autorización municipal tampoco sustituye permisos sectoriales, ocupación de vía pública u otras obligaciones del negocio. Los identificamos documentalmente cuando aparezcan en el procedimiento; no se consideran incluidos sin acordarlo.
Identificamos actividad, municipio, estado del local y expediente previo. Delimitamos lo administrativo y los documentos técnicos que debes aportar.
Preparamos formularios y anexos y presentamos por la vía admitida, con representación acreditada y pagos autorizados.
Recibes copia de la actuación y justificante. Se especifica si el encargo incluye seguimiento o un requerimiento concreto.
El presupuesto depende del expediente, número de documentos y fase. Las tasas municipales, el ICIO si corresponde a obras y los honorarios técnicos se distinguen de nuestra gestión.
Antes de contratar tendrás por escrito los honorarios con IVA y las actuaciones incluidas. Las tasas, precios públicos y gastos de terceros se identifican aparte cuando procedan. No se tramita un pago ni se añade otro servicio sin tu conformidad.
Puedes utilizar directamente el canal oficial. Nuestra ayuda es opcional: revisión documental, preparación y la actuación admitida que acuerdes con nosotros. No hay cuota mensual ni un asesoramiento permanente incluido. Los requerimientos posteriores y el seguimiento hasta resolución se concretan en el presupuesto, para que sepas dónde termina el encargo.
El certificado sirve para identificarse o firmar, pero no sustituye la documentación ni los requisitos de la actividad. Solo asumimos la gestión administrativa admitida.
No. Tienen supuestos y efectos diferentes. Primero se identifica la vía municipal aplicable.
Depende de la actividad y la actuación. Si se exige documentación técnica, debe aportarla un profesional competente; nuestra presentación no la reemplaza.
No se decide solo por el nombre comercial. Se revisan titular, actividad y condiciones del título existente.
Podemos revisar el municipio que indiques. Antes de aceptar confirmamos su procedimiento y la posibilidad de actuar a distancia.
Acredita una presentación. Los efectos para iniciar la actividad dependen de la vía y de que se cumplan sus requisitos.
Información revisada el 12 de septiembre de 2026. Antes de presentar comprobamos la versión del formulario, el canal y los plazos que correspondan a tu caso.
Dinos dónde está el local, qué actividad vas a desarrollar y qué documentación tienes. Te proponemos una gestión concreta y su presupuesto.
Ver también: gestoría administrativa.
Encargo puntual · Documentación revisada · Presupuesto previo con IVA