Arraigo Familiar
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La residencia en España por arraigo familiar consiste en un trámite por el cual un ciudadano extranjero consigue la residencia legal en el país. Este procedimiento se concede a ciudadanos extranjeros, que se encuentren en España, y sean padre o madre de un menor que tenga nacionalidad española o comunitaria. También pueden solicitarlo los hijos de padre o madre que hubieran sido españoles. Lo más conveniente si quieres conocer todos los detalles sobre el arraigo familiar y su significado es que busques ayuda profesional. Por este motivo, te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más. Además, con la ventaja de que nos puedes contactar sin importar tu lugar de residencia; nos puedes llamar desde Cádiz, Barcelona, Alicante o cualquier otra provincia que pertenezca a territorio español. No dudes en contactar con nosotros para resolver todas las dudas; incluso nos vamos a encargar de tramitarlo por ti.
Requisitos para solicitar el arraigo familiar
Para llevar a cabo esta solicitud debes cumplir con los requisitos para solicitar la residencia por arraigo familiar. Pero no te preocupes, a continuación vamos a dejarte, de manera detallada, cada uno de ellos.
- No ser ciudadano de un estado de la UE (Unión Europea), del EEE (Espacio Económico Europeo) o Suiza: en estos casos, se aplica el régimen de ciudadano de la Unión; tenlo en cuenta si procedes de alguno de estos lugares.
- Carecer de antecedentes penales: de igual modo, no puedes tener antecedentes en los países anteriores a la entrada en España.
- No tener prohibida la entrada en España: no puedes aparecer como “rechazable” en el espacio territorial en los países con los que España tenga firmado un convenio.
- No encontrarse dentro de plazo de compromiso de no retorno a España: esto ocurre cuando el extranjero decide voluntariamente regresar a su país de origen.
- Debes cumplir algunos de estos requisitos para el arraigo familiar:
- Seas padre, madre o tutor legal de un menor con nacionalidad española.
- Seas cónyuge o pareja de hecho acreditada de un ciudadano con nacionalidad española.
- Ascendiente mayores de 65 años.
- Menores de 65 años a cargo.
- Descendientes menores de 21 años.
- Mayores de 21 años a cargo.
- Hijos de padres originariamente españoles.
Recomendaciones para los trámites del arraigo familiar
A continuación te vamos a detallar una serie de recomendaciones para el permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar; para que así, no tengas ningún problema a la hora de tramitarlo. No dudes en quedarte con nosotros.
- Ten cuidado con los antecedentes: para solicitar el arraigo familiar por circunstancias excepcionales no puedes tener antecedentes penales, pero ni en España, ni en ningún país en el que hayas residido antes de entrar en el país. Debes tener en cuenta que es fundamental que lo cumplas. Ya que, si tienes antecedentes en España o en algunos de los países en los que hayas residido, no vas a poder tramitarlo.
- Puedes pedirlo sin necesidad de demostrar la permanencia en el país: para este proceso no hace falta permanecer un mínimo de tiempo en el país. Por tanto, lo puedes tramitar a la semana de llegar si cumples con los requisitos establecidos.
- Hazlo desde España: esta gestión se hace desde España, así que no vas a tener que regresar a tu país de origen para tramitarlo.
- No hace falta aportar un contrato de trabajo ni medios económicos suficientes: para esta solicitud no hace falta ni que tengas una oferta de empleo formalizada con un contrato de trabajo, ni tener medios económicos suficientes. Así que esto facilita un poco este procedimiento.
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OPCIÓN 1: arraigo familiar en extranjería POR TU CUENTA
Para tramitar esta gestión tienes la opción de hacerlo presencialmente. Es decir, vas a hacer todas las gestiones para la residencia por arraigo familiar en extranjería. En este caso, no dispones de ayuda profesional, ni te vas a beneficiar de tramitarlo desde casa. Si te decides por esta vía debes saber que eres el único responsable de todo el trámite; por tanto, cualquier inconveniente o error que surja durante la tramitación es tu responsabilidad. De todas formas, vamos a dejarte a continuación toda la información relacionada con esta opción para que te decidas por la que más te convenga según tus propias necesidades. Así que no dudes en quedarte con nosotros un poco más para conocer todos los detalles.
¿Cuál es el precio en extranjería por el arraigo familiar por tu cuenta?
Con Gestoría RMª el coste es 285€/145€ (IVA incl.). El coste de la residencia por razones de arraigo familiar con nosotros depende de si quieres que solo presentemos la documentación o que nos encarguemos de la gestión completa. Si necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros.
Ventajas si lo haces por tu cuenta
- Disminución en el precio final: si lo haces por tu cuenta te ahorras todos los gastos derivados de la gestoría.
Inconvenientes si lo haces por tu cuenta
- Necesidad de cita previa: es necesario que pidas cita en extranjería para el arraigo familiar.
- Tienes que desplazarte: para hacerlo presencialmente vas a tener ir personalmente a la Oficina de Extranjería que te corresponda.
- Posible falta de información: debido a que no tienes ayuda profesional puedes tener falta de información durante el trámite.
- Inviertes más tiempo personal: ya que, eres el único responsable de toda la gestión.
OPCIÓN 2: autorización por arraigo familiar con GESTORÍA RMª
Actualmente dispones de la opción de presentar el arraigo familiar telemáticamente. Es decir, para esta ocasión, dejas toda la gestión en manos de profesionales. Sin duda, es la opción más demandada debido a las numerosas ventajas que presenta. De todas formas, para que te decidas por la vía que más te convenga según tus necesidades, te vamos a dejar toda la información relacionada con ella. Ten en cuenta que durante todo el proceso vas a contar con un experto; así te evitas de problemas y preocupaciones. Pero no dudes en quedarte con nosotros un poco más para conocer todos estos detalles.
¿Cuánto cuesta la residencia temporal por arraigo familiar con Gestoría RMª?
Con Gestoría RMª el coste es 285€/145€ (IVA incl.). Así quedaría el precio del arraigo familiar si lo haces con nosotros. Este importe depende de si quieres que nos encarguemos de realizar todo el trámite o solo de entregar la documentación.
Ventajas si lo haces con Gestoría RMª
- Sin necesidad de cita previa: si lo haces con nosotros no es necesario que pidas cita previa; tan solo debes preocuparte por contactarnos.
- Sin desplazamientos: no es necesario que te desplaces a ninguna oficina física.
- Inviertes menos tiempo personal: ya que, nos vamos a encargar por ti.
- 100% online: nos vamos a encargar de solicitar online el arraigo social por ti para tu mayor comodidad.
Inconvenientes si lo haces con Gestoría RMª
- Aumento en el precio final: debido a que debes hacerte cargo de los honorarios del gestor, el precio final es ligeramente mayor.
Opiniones sobre el arraigo familiar en España
¿Qué beneficios tiene la tarjeta de arraigo familiar en España?
A continuación te vamos a mostrar todas las ventajas del arraigo familiar de las que te puedes beneficiar si obtienes una solicitud favorable. Ya que, contar con este procedimiento aprobado supone que te puedes beneficiar de lo siguiente:
- No hace falta aportar un contrato de trabajo o una oferta de empleo: en este caso, no tienes que presentar ninguna oferta laboral ni un contrato de trabajo. Ya que, lo vas a solicitar por tener vínculos familiares como un hijo menor de edad originariamente español, por tener un padre o una madre originariamente españoles, etc.
- No tienes que disponer de medios económicos suficientes: no hace falta que tengas medios económicos suficientes para solicitarlo.
- Vas a residir legalmente en el país: es una buena opción para conseguir la permanencia legal en el país y así regular tu situación.
- No vas a ser expulsado del país: al estar en situación legal en el país no te van a poder echar. Ya que, tu situación está regularizada.
- No hace falta que demuestres tu permanencia en el país: una de las mayores ventajas que presenta este procedimiento es que no vas a tener que permanecer en el país un mínimo de tiempo, sino que lo puedes tramitar sin tener en cuenta el tiempo que lleves en territorio español.
Documentos para la residencia por arraigo familiar
Para realizar esta solicitud debes reunir los documentos necesarios. Por este motivo, vamos a dejar a continuación todo sobre el arraigo familiar con los documentos necesarios. Te va a hacer falta lo siguiente:
- Modelo oficial EX10: se trata del modelo de solicitud para el arraigo familiar estipulado por la Oficina de Extranjería.
- Modelo oficial EX17: es el impreso oficial que debes rellenar para tramitar la TIE (Tarjeta de Identidad del Extranjero).
- Tasa 790 código 052: para este 2023 debes abonar la cantidad de 38,28€. Es indispensable que adjuntes, como parte de los documentos para el arraigo familiar, el justificante del pago de dicha tasa.
- Tasa 790 código 012: para este 2023 debes abonar la cantidad de 16,08€. Está destinada para tramitar de manera física la (Tarjeta de Identidad de Extranjeros).
- Copia del Pasaporte: es necesario que adjuntes tanto el Pasaporte como una fotocopia de este.
- Certificado de antecedentes penales: este certificado forma parte de documentación necesaria para arraigo familiar. Está expedido por las autoridades del país o países en los que hayas vivido en los últimos años anteriores a la entrada en España.
- En el supuesto de padre o madre de menor con nacionalidad española o menor comunitario:
- Certificado de nacimiento del menor en el que conste el vínculo
- Certificado de nacimiento del hijo menor de edad comunitario
- Documentación de estar al corriente de tus obligaciones si no convives con tu hijo
- Si eres familiar de un ciudadano español debes acreditar el vínculo: es necesario que presentes documentos que acrediten el vínculo que tienes con el ciudadano español.
- En el supuesto de hijo de padre o madre españoles:
- Certificado de nacimiento del solicitante
- Certificado de nacimiento del padre o madre originariamente español
- Convivencia con el menor o estar al corriente de las obligaciones como padre/madre
Pasos a seguir para el permiso de residencia por arraigo familiar
Para iniciar esta gestión te hace falta seguir una serie de pasos para solicitar el arraigo familiar. No te preocupes, a continuación nos vamos a encargar de explicar cada uno de ellos para que no tengas problemas.
- Reunir los documentos: como paso indispensable para el procedimiento completo del arraigo familiar es reunir los documentos requeridos. Es conveniente que antes de entregar nada te asegures de que toda la documentación está correcta para no tener problemas durante la tramitación.
- Pedir cita en la Oficina de Extranjería: si lo vas a hacer presencialmente tienes que pedir cita previa en la Oficina de Extranjería; si acudes sin cita podrías tener problemas. Pero recuerda que en caso de que lo hagas con nosotros no es necesario que pidas cita previa. Tan solo debes preocuparte por contactarnos.
- Acudir el día de la cita: el día de la cita debes acudir a la Oficina de Extranjería junto con la documentación requerida. Sin embargo, si lo haces con nosotros no es necesario que te desplaces a ninguna oficina física.
- Solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros: como parte de los requisitos para la residencia por arraigo familiar es obtener la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros). Esto es obligatorio si obtienes una solicitud favorable.
Arraigo familiar por hijo nacido en España
La primera posibilidad para conseguir el arraigo familiar es por hijo español. ¿Qué significa esto? Pues bien, si tu hijo ha nacido en España puedes tramitarlo sin problemas porque se contempla esta posibilidad. Aclarado este punto, lo siguiente que debes de saber es que tu hijo debe de ser menor de edad. Pero lo puedes tramitar tanto si convives con el menor como si no convives con él. En caso de que no se dé dicha convivencia es fundamental demostrar que estás al corriente de tus obligaciones paternofiliales (que pagues su pensión de alimentos o realizas las visitas que están acordadas). Por tanto, si tienes un hijo español, tanto si convives con él como si no, estás en tu derecho de iniciar esta solicitud para la obtención del permiso de residencia.
En definitiva, como padre o madre de un menor nacido en España, tienes la opción de tramitar el arraigo familiar para un extranjero. Sin duda, es una buena solución para residir legalmente en el país y no tener problemas. Además, se te va a otorgar una autorización de residencia y para el trabajo con una duración de cinco años. Es importante que lo tengas en cuenta a la hora de iniciar los trámites oportunos. Te aconsejamos que si tienes dudas contactes con nosotros a través del número de teléfono que aparece en la pestaña de contacto. Incluso, si te resulta más cómodo, nos puedes contactar a través del WhatsApp; un gestor te va a atender lo antes posible para solucionar las dudas que pudieras tener. Recuerda que para solicitarlo por este motivo debes tener un hijo menor de edad a tu cargo, aunque no es indispensable que convivas con él.
Solicitud de arraigo familiar por hijo menor de edad comunitario
Los padres de hijos comunitarios también pueden solicitar el arraigo familiar comunitario. Los hijos comunitarios son aquellos que han nacido dentro de la Unión Europea (por ejemplo, que haya nacido en Portugal, Italia, Grecia, etc. En este caso, lo puedes tramitar si no convives con el menor de edad. Aunque también lo puedes solicitar si convives con el menor pero no tienes los medios económicos suficientes para la “tarjeta comunitaria”. Ya que, si tienes medios económicos suficientes solicitas dicha tarjeta y no este procedimiento. Para que puedas resolver cualquier duda te invitamos a que contactes con nosotros para tramitarlo.
En resumen, esta opción está destinada para aquellos padres que tengan a su cargo a un menor de edad que haya nacido dentro de un país comunitario, es decir dentro de la Unión Europea, convivas con él o no. Aunque recuerda que en caso de convivir solo puedes acceder a este procedimiento en los casos en los que no puedas demostrar que dispones de los medios económicos suficientes. Es necesario que lo tengas en cuenta a la hora de solicitarlo. No obstante, recuerda que si necesitas hacer este trámite por este motivo, te aconsejamos que contactes con nosotros para que nos encarguemos por ti. De hecho, es lo más habitual para dejar en manos expertas toda la gestión; además, sin citas previas. Tan solo debes preocuparte por contactarnos a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web. No esperes a tener problemas.
Solicitar la residencia por arraigo familiar para familiares españoles
En este caso, para residir en España por arraigo familiar debes ser cónyuge o pareja de hecho acreditada de un ciudadano español, ascendientes mayores de 65 años o menores de edad que vivan a cargo del ciudadano o de su cónyuge o pareja de hecho o descendientes menores de 21 años o mayores de edad que vivan a cargo del ciudadano español o de los cónyuges o parejas de hecho. Lo más común es tramitarlo a causa de un matrimonio, aunque dispones de otras opciones para conseguirlo. Incluso lo puedes hacer si eres hijo de padre o madre que sean originariamente españoles. Por todos estos motivos vas a poder solicitarlo en caso de tener familiares de origen español. Si tienes dudas, es mejor que contactes con nosotros.
En resumen, esta vía está destinada para aquellos extranjeros que tienen familiares originariamente españoles como su propio cónyuge, su padre, su madre, etc. En estos casos se contempla solicitar este procedimiento sin ningún problema. Si te encuentras en esta situación, lo mejor es que busques ayuda profesional para tramitarlo. De hecho, si necesitas ayuda de expertos, te aconsejamos que contactes con nosotros a través del número de teléfono que aparece en la pestaña de contacto. Incluso, para ponértelo todavía más fácil, nos puedes enviar un WhatsApp si lo prefieres; un gestor te va a atender lo antes posible para encargarse de tramitar toda la gestión a tu nombre. Sin duda, es la mejor opción si quieres garantizarte de que todo el proceso se haga de la manera adecuada. Lo mejor es que nos contactes antes de tener problemas; no esperes a tener problemas para buscar la ayuda profesional que necesitas.
TIE: lo que debes hacer tras obtener el procedimiento de arraigo familiar favorable
Una vez hayas obtenido la solicitud para obtener el arraigo familiar favorable tienes el plazo de un mes para solicitar la “Tarjeta de Identidad de Extranjeros”, aunque también es conocida como la TIE. Es conveniente que sepas que cuando obtengas este procedimiento dispones de un mes para tramitarla en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía. Además, para este trámite te va a hacer falta presentar el modelo oficial EX17, abonar la tasa 790 código 012, la resolución favorable de tu procedimiento y tres fotografías en color. Además, el día que acudas vas a tener que hacer la impresión de tus huellas dactilares. Si tienes dudas, recuerda que estamos aquí para ayudarte durante todo el proceso.
Todo esto se resume a que una vez obtengas aprobada la solicitud de este procedimiento debes iniciar los trámites oportunos para obtener tu tarjeta de identidad o TIE. Para ello, debes adjuntar la documentación citada en el apartado anterior y acudir a la Oficina de Extranjería o a la Comisaría de Policía. No olvides que si necesitas más información sobre este punto nos puedes contactar para resolverlas. Desde Gestoría RMª queremos ofrecerte toda la ayuda necesaria para que puedas hacer todas tus gestiones sin problemas. Es tan sencillo como contactar con nosotros a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web dentro de la pestaña de “contacto”. Sin duda, es lo más sencillo para que lo hagas de una manera cómoda desde la comodidad de tu hogar. No dudes en contactarnos cuanto antes para que nos pongamos en marcha con tu solicitud.
DEFINICIÓN MÁS AMPLIADA: ¿Qué significa arraigo familiar?
El arraigo familiar por definición consiste en que un ciudadano extranjero consigue el permiso de residencia y trabajo al ser padre o madre de un menor que tenga nacionalidad española o comunitaria. Aunque también pueden tramitarlo los hijos de padres originariamente españoles. De este modo, vas a residir en el país, al igual que vas a poder desempeñar actividades laborales tanto por cuenta propia como ajena y regularizar tu situación. Es una opción muy favorable si cumples con las condiciones que se piden; de esta manera vas a poder tanto residir como trabajar dentro del país en condiciones legales. Si necesitas más información, te recomendamos que contactes con nosotros lo antes posible; nos encargaremos de dar respuesta a todas las dudas que pudieras tener.
En definitiva, consiste en una autorización que se concede por circunstancias excepcionales. Además, se te concede tanto un permiso de trabajo por arraigo familiar como para residir legalmente en el país. Aunque recuerda que su período de validez es de un año. Si te encuentras en esta situación, te aconsejamos que busques ayuda profesional; aquí, en Gestoría RMª vas a encontrar todo lo que necesitas. De hecho, dejarlo en manos de profesionales es lo más común para garantizarte el éxito de la gestión. Así que no esperes a que los problemas aparezcan para buscar la ayuda profesional que necesitas. Además, hacerlo con nosotros supone una gran ventaja, ya que no importa tu lugar de residencia. Esto significa que, como trabajamos de manera telemática, nos puedes contactar desde cualquier punto del país. No importa si te encuentras en Valencia, Madrid, Málaga o cualquier otra; nosotros podemos hacernos cargo de todo.
¿Qué se necesita para hacer arraigo familiar?
Para la tramitación de un permiso para la residencia por arraigo familiar te hace falta tanto cumplir con una serie de condiciones o requisitos como reunir los documentos necesarios para la gestión. Los requisitos son: no ser ciudadano de un estado de la UE (Unión Europea), del EEE (Espacio Económico Europeo) o Suiza, carecer de antecedentes penales, no tener prohibida la entrada en España, no encontrarse dentro de plazo de compromiso de no retorno a España, que seas padre, madre o tutor legal de un menor con nacionalidad española, seas cónyuge o pareja de hecho acreditada de un ciudadano con nacionalidad española, ascendiente mayores de 65 años, menores de 65 años a cargo, descendientes menores de 21 años, mayores de 21 años a cargo, hijos de padres originariamente españoles.
Además, ten en cuenta que para la tarjeta te hace falta el modelo oficial EX10, el modelo oficial EX17 para la TIE, tasa 790 código 012, al igual que la de la tasa 790 código 012, una copia de pasaporte, certificado de antecedentes penales, en el supuesto de padre o madre de menor con nacionalidad española o menor comunitario te hace falta un certificado de nacimiento menor en el que conste el vínculo, certificado de nacimiento del hijo menor de edad comunitario, documentación de estar al corriente de tus obligaciones si no convives con tu hijo o si eres familiar de un ciudadano español debes acreditar el vínculo y en el supuesto de hijo de padre o madre españoles hace falta certificado de nacimiento del solicitante, certificado de nacimiento del padre o madre originariamente español, convivencia con el menor o estar al corriente de las obligaciones.
¿Cuándo puedo solicitar el arraigo familiar en España?
Puedes solicitar la tarjeta de autorización de residencia por arraigo familiar en cualquier momento desde tu llegada a España siempre y cuando cumplas los requisitos. Es decir, no existe un mínimo de permanencia que demostrar para su obtención. Al no existe este mínimo de estancia en España la puedes tramitar incluso a la semana de estar aquí. Ya que, esta procedimiento se obtiene demostrando que tienes vínculos en el país a través de familiares españoles. Lo que facilita bastante el proceso para su obtención. De todas formas, si te encuentras en esta situación y no sabes por dónde comenzar o qué hacer, te recomendamos que contactes con nosotros lo antes posible para tramitarlo. De esta manera, te quitas de problemas que pueden surgir durante la tramitación de este proceso para la residencia.
En definitiva, gracias a que no es necesario presentar ningún requisito de permanencia, lo puedes hacer en cualquier momento desde tu entrada a España. Aunque ten en cuenta que, a pesar de no tener que demostrar la estancia, sí que vas a tener que demostrar que te encuentras en algunos de los casos posibles para solicitarlo. Lo mejor en estos casos en los que pueden surgir dudas es que busques ayuda profesional; recuerda que nosotros estamos aquí para ayudarte tanto a gestionarlo como para resolver todas las dudas que pudieras tener sobre este trámite. Además, para contactarnos es muy sencillo; tan solo debes ponerte en contacto a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web. Un gestor te va a atender lo antes posible para dar respuesta darte una respuesta y tramitarlo todo por ti. No esperes a que los problemas aparezcan para buscar la ayuda que necesitas.
¿Desde dónde se tramita la solicitud para la residencia española por arraigo familiar?
Para solicitar un permiso de residencia por arraigo familiar lo puedes hacer directamente desde España. O lo que es lo mismo, no hace falta que regreses a tu país de origen para tramitarlo, sino que debes hacerlo desde aquí. Además, si lo haces de manera presencial lo tienes que tramitar en la Oficina de Extranjería, aunque si lo haces con nosotros, por ejemplo, no vas a tener que desplazarte a ninguna oficina física. Lo mejor, si tienes dudas o necesitas que un experto en el tema se haga cargo, es que busques ayuda profesional. De esta manera, te quitas de problemas a la hora de hacer la correspondiente solicitud. Sin duda, es la mejor opción para evitarte problemas que pueden surgir durante la tramitación.
En resumen, puedes hacer el arraigo familiar desde España sin ningún problema. También es conveniente que sepas que no puedes tramitar un visado en tu país de origen para entrar en el país y comenzar todo el proceso desde allí. Lo más aconsejable para tramitarlo es que lo dejes todo en manos de profesionales; es una buena opción cuando quieres garantizarte el éxito de la gestión. Si necesitas recibir asesoramiento o resolver cualquier duda que pudieras tener te invitamos a que pases por nuestra gestoría. Lo mejor es que solicites la autorización de residencia temporal para que estés en el país de forma legal y también con un permiso de trabajo. Además, recuerda no tienes que pedir un visado para entrar en el país, sino que lo puedes tramitar una vez estés dentro estando de manera irregular. Te invitamos a que te quedes con nosotros para conocer todos los detalles.
¿Cómo se hace la solicitud de residencia por arraigo familiar?
Actualmente tienes la opción de obtener el permiso de residencia por arraigo familiar por internet. Es decir, sin tener que acudir a ninguna oficina física. Para ello debes saber cómo se hace la solicitud.
- Disponer de un certificado digital: es necesarios que tengas un certificado digital. Así lo vas a poder tramitar mediante la plataforma “Mercurio”. Esta aplicación se trata de una plataforma para realizar las solicitudes de extranjería vía telemática.
- Dentro de la plataforma elige “presentar solicitud o aportar documentos a expedientes” cuando quieras iniciar una nueva solicitud: tienes que dar al botón de “continuar presentación” para seguir con el proceso.
- Elige “presentar una nueva solicitud”: si lo que quieres es tramitar una nueva solicitud para este proceso debes elegir la opción mencionada y seleccionar la provincia en la que vivas.
- Selecciona “EX10”: una vez dentro elige esta solicitud que es la que está destinada para la residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.
- Cumplimenta el modelo correctamente: es necesario que todos los campos estén bien cumplimentados. Antes de seguir con el proceso asegúrate de que toda la documentación está en orden.
- Se va a generar un resguardo de dicha solicitud: una vez esté cumplimentada y presentada vas a obtener el resguardo de haberla presentado. Además, independientemente de cómo hagas la gestión vas a recibir este resguardo.
¿Qué ocurre si te deniegan la autorización de residencia por arraigo familiar?
En algunos casos te pueden denegar el arraigo familiar. Estos motivos pueden ser diversos, pero en caso de obtener no favorable puedes hacer lo siguiente. No dudes en quedarte con nosotros un poco más para tener todos los detalles.
- Puedes interponer un recurso potestativo de reposición: este recurso es administrativo. Por tanto, no te hace falta ni procuradores ni abogados para interponerlo. En esta ocasión es la propia Oficina de Extranjería la que se encarga de revisar la solicitud de autorización de residencia. Aunque debes aclarar los motivos por cuales crees que te han rechazo la solicitud.
- Interponer un recurso contencioso administrativo: si interpones este recurso debes hacer que lo tienes que tramitar por vía judicial. Por tanto, como se hace ante los tribunales de justicia te hace falta tanto abogado como procurador. Esto significa que es más caro porque tienes que pagar a ambos. Además, es un procedimiento más largo debido a los tiempos de espera. También debes saber que tienes dos meses para interponer este recurso.
- Iniciar una nueva solicitud: a veces lo más indicado es iniciar de nuevo la solicitud, es decir, empezar toda la gestión desde cero. La Oficina de Extranjería se va a encargar de gestionar de nuevo tu trámite. Si tienes dudas sobre este punto, te aconsejamos que contactes con nosotros cuanto antes para ponernos en marcha.
Renovación del arraigo familiar
Una vez llegue el vencimiento de este permiso debes renovar el arraigo familiar. Además, es fundamental que lo hagas para no estar ilegalmente en el país. Pero ten en cuenta que no se trata en sí de una renovación, sino de una modificación a un permiso de residencia regular. Eso sí, existe una serie de opciones para la renovación de la tarjeta de residencia por arraigo familiar. Ya que, puedes hacer dicha modificación a una residencia no lucrativa (cuando dispones de medios económicos suficientes y no has trabajado ni quieres hacerlo en un futuro), permiso de trabajo por cuenta propia (si has prestado tus servicios como profesional) o permiso de trabajo por cuenta ajena (si puedes demostrar que has trabajado durante un mínimo en el país).
En definitiva, cuando tienes que hacer la renovación de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar debes saber que consiste en una modificación del permiso. Además, tienes tres opciones distintas para tramitarlo. Recuerda que puedes modificar tu permiso a una residencia no lucrativa, a un permiso de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia. En cualquier caso, si te encuentras en esta situación te aconsejamos que cuentes con nosotros para resolver todas esas dudas que pudieras tener. Aquí, en Gestoría RMª, vas a encontrar todo lo que necesitas para tus gestiones de extranjería. Tan solo debes contactar con nosotros a través del número de teléfono que aparece en este portal web. Incluso, para ponértelo todavía más fácil, puedes enviarnos un WhatsApp si lo prefieres; un gestor se va a hacer cargo de tu trámite lo antes posible.
Normativa del tarjeta por arraigo familiar
En este apartado vas a encontrar todo sobre la ley de extranjería para el arraigo familiar. Ya que, es conveniente que estés informado sobre la ley que recoge este proceso. Así que esta ley recoge lo siguiente:
- Ley Orgánica 4/2000 del 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración social (art. 31.3): también conocido como “ley de extranjería”. Si tienes dudas sobre este apartado, lo más conveniente es que busques ayuda profesional para responder a esas preguntas que pudieras tener.
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011 del 20 de abril (art. 62 al 66 y del 123 al 130): o lo que es lo mismo, el “Reglamento de Extranjería”.
- Instrucción DGI/SGRJ/2008: está destinada para las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales en los casos de hijos de padre o madre que sean originariamente españoles.
Modelos y tasas para la arraigo familiar en 2023
Para poner en marcha esta solicitud te va a hacer falta tanto los formularios del arraigo familiar como las correspondientes tasas. Pero no te preocupes porque a continuación te vamos a explicar cada uno de los modelos que debes presentar. Aunque recuerda que tienes la posibilidad de contactar con nosotros para resolver cualquier duda. Te hace falta lo siguiente:
- Tasa 790 código 052: para este 2023 debes pagar la cantidad de 38,28€. Es necesario que abones esta tasa para el arraigo familiar a la hora de iniciar los trámites oportunos. Además, de manera independiente a cómo realices la gestión debes asumir el pago de esta tasa.
- Tasa 790 código 012: para este 2023 debes pagar la cantidad de 16,08€. Esta tasa está destinada para cuando tramitas la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros) en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía.
- Modelo EX10: se trata del impreso del arraigo familiar oficial. Es indispensable que lo tengas correctamente cumplimentado a la hora de iniciar los trámites. Además, antes de entregar nada asegúrate de que todo está en orden para no tener problemas durante la tramitación.
- Modelo EX17: es el modelo oficial destinado para la obtención de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros) física. Una vez hayas obtenido una solicitud favorable de este procedimiento debes acudir a la Oficina de Extranjería o a la Comisaría de Policía para tramitar físicamente tu tarjeta de identidad.
Preguntas frecuentes sobre la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar
Es bastante común tener dudas sobre esta gestión. De hecho, es lo habitual, ya que es una gestión que puede ocasionar confusiones. Pero no te preocupes, a continuación vamos a dar respuesta a todas esas preguntas más habituales entre nuestros propios clientes. Para que así, no tengas ningún problema a la hora de tramitarlo. Aunque recuerda que tienes la opción de contactar con nosotros sin importar tu lugar de residencia. Nos puedes contactar desde Murcia, Baleares, Sevilla o cualquier otra provincia que pertenezca a territorio español.
¿Hace falta cita para el arraigo familiar si lo hago por mi cuenta?
Sí, tienes que pedir cita para el arraigo familiar si lo haces por tu cuenta en la Oficina de Extranjería. Aunque recuerda que si lo haces con nosotros no hace falta que pidas cita previa.
¿Se puede pedir el arraigo familiar por matrimonio?
Sí, lo puedes tramitar en caso de ser cónyuge de un ciudadano/a español/a. En este sería por “familiares españoles”.
¿Es posible obtener el arraigo familiar con un hijo mayor de edad?
En caso de querer solicitar el arraigo familiar por hijos mayores de edad debes saber que solo se podrá hacer en aquellos casos en los que el progenitor esté a cargo de su hijo. Es decir, lo puedes tramitar para un hijo mayor de 21 años siempre y cuando puedas demostrar que depende económicamente de ti.
¿Se puede hacer el arraigo familiar por hermanos?
No, no es posible para tramitarlo por hermanos.
¿Puedo conseguir el arraigo familiar para nietos de españoles?
Actualmente es posible que un nieto de un ciudadano español tramite este procedimiento.
¿Puedo hacer el arraigo familiar por padre español?
Sí, no tendrías ningún problema.
¿Puedo tramitar el arraigo familiar por segunda vez?
Depende. En este caso, si te han denegado la solicitud podrías iniciar una nueva por “segunda vez”. Si es porque te la han concedido y necesitas renovarla, entonces no es posible tramitarla una segunda vez, sino que debes hacer una “renovación” que consiste en una modificación de tu permiso.
¿Cuánto cuesta el permiso por arraigo familiar?
Con Gestoría RMª el coste es 285€/145€ (IVA incl.). En cambio, si lo haces por tu cuenta te ahorras los gastos derivados de la gestoría.
¿Cómo se hace un arraigo familiar?
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Gestoría Rubén Mª
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