Visa japonesa
GA 1268 COGAS SLP - Gestoría colegiada
¿Para qué quieres viajar a Japón?
Selecciona una opción o cuéntanos tu caso. Revisaremos nacionalidad, pasaporte, motivo, duración y documentación disponible.
¿Es este el trámite que necesitas?
Esta página es para personas que quieren viajar, estudiar, trabajar o residir temporalmente en Japón y necesitan confirmar qué autorización corresponde.
También podemos revisar tu situación si:
• Tienes pasaporte español y dudas sobre la exención de 90 días.
• Resides en España con otra nacionalidad.
• Ya dispones de un Certificate of Eligibility.
• Quieres solicitar Working Holiday.
• Viajarás para reunirte con familiares.
Importante: no solicites un visado turístico si tu pasaporte está exento ni utilices una entrada sin visado cuando la finalidad real sea trabajar.
¿Necesitas visado para entrar en Japón?
Los titulares de pasaporte español ordinario no necesitan visado para estancias de hasta 90 días cuando viajan como visitantes temporales y no van a desarrollar una actividad profesional remunerada. Un español que viaja dos semanas por turismo normalmente puede entrar sin solicitar una visa. La exención no permite trabajar, cobrar por servicios profesionales ni superar el periodo autorizado.
Viajar hasta 90 días como visitante
La entrada como Temporary Visitor puede utilizarse para actividades breves y no remuneradas, como:
• Turismo y vacaciones.
• Visitar familiares o amigos.
• Reuniones de negocios.
• Congresos e intercambios.
• Cursos breves sin actividad laboral.
• Consejo: la finalidad real debe coincidir con lo declarado en frontera. Lleva acceso a tus billetes, alojamientos y datos de contacto en Japón.
• Cuándo debes solicitar una visa
Necesitarás revisar otra categoría cuando la actividad o duración no encajen dentro de la estancia temporal:
• Permanecerás más de 90 días.
• Vas a trabajar o recibir una remuneración.
• Realizarás estudios de larga duración.
• Te trasladarás con un cónyuge o familiar.
• Participarás en Working Holiday.
• Desarrollarás determinadas prácticas o actividades profesionales.
Para trabajar o permanecer durante una larga estancia, Japón exige generalmente obtener primero un Certificate of Eligibility antes de presentar la visa en la misión correspondiente.
COMPROBAR SI NECESITO VISADO
Si resides en España con otra nacionalidad
Vivir legalmente en España no convierte automáticamente al titular de una TIE en viajero exento. La necesidad de visado depende principalmente del pasaporte y de la finalidad del viaje. Si tu nacionalidad está sujeta a visa, la residencia española permite acreditar desde dónde presentas la solicitud, pero no sustituye la autorización japonesa.
¿Puedes utilizar JAPAN eVISA desde España?
El sistema está limitado a residentes de determinadas jurisdicciones y únicamente admite las finalidades y pasaportes publicados oficialmente. Quien reside en España y necesita visa debe seguir normalmente el procedimiento consular correspondiente.
Importante: no pagues una supuesta eVisa japonesa desde España sin comprobar que el portal y tu país de residencia aparecen en la relación oficial.
Dónde debes presentar la solicitud
La competencia depende de tu comunidad autónoma de residencia:
• Madrid: toda España salvo Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares y Canarias.
• Barcelona: Cataluña, Comunidad Valenciana y Baleares.
• Las Palmas: residentes en Canarias.
No elijas la oficina únicamente por cercanía o disponibilidad de citas. Debes utilizar la demarcación consular que corresponde a tu domicilio.
Visas para permanecer más de 90 días
Las rutas de larga estancia se organizan según la actividad que realizará la persona: trabajo, estudios, convivencia familiar, formación, emprendimiento o una actividad designada. No existe una única visa de residencia válida para cualquier situación. Primero hay que identificar el estatus migratorio que corresponde y comprobar quién debe iniciar el expediente desde Japón.
Trabajar en Japón
La categoría depende de las funciones reales, la formación, la experiencia y la empresa contratante. Existen rutas para ingeniería, tecnología, servicios internacionales, docencia, investigación, dirección empresarial, traslado dentro de una compañía y otras profesiones cualificadas. La empresa japonesa suele iniciar el Certificate of Eligibility y aportar información sobre el puesto y el contrato.
Importante: no viajes como turista con la intención de empezar a trabajar y regularizar la situación después.
Estudiar en Japón
La Student visa se utiliza para universidades, escuelas profesionales, academias de idiomas y otros programas de larga duración. Normalmente, el centro educativo tramita el COE. Además, puede pedir al alumno:
• Carta de admisión.
• Historial académico.
• Prueba de financiación.
• Información del patrocinador económico.
• Documentación de alojamiento.
• Una estancia como turista no sustituye la visa de estudiante cuando el programa requiere residencia por estudios.
• Cónyuge, familiares y dependientes
La ruta depende del estatus de la persona que reside en Japón.
Puede corresponder una autorización para:
• Cónyuge o hijo de ciudadano japonés.
• Cónyuge de residente permanente.
• Dependiente de trabajador o estudiante.
• Familiar bajo una categoría de larga residencia.
• Una visita familiar temporal no es lo mismo que trasladarse a vivir con el familiar. La relación, la financiación y el estatus del titular principal deben acreditarse.
Nómadas digitales
Japón dispone de una categoría de actividades designadas para determinados trabajadores remotos que prestan sus servicios a empresas o clientes situados fuera del país. La estancia puede alcanzar seis meses, sin prórroga, y exige, entre otras condiciones, ingresos anuales equivalentes a un mínimo de 10 millones de yenes y un seguro con una cobertura médica mínima de 10 millones de yenes. No todos los pasaportes ni todos los trabajos remotos son elegibles.
El papel del Certificate of Eligibility
El Certificate of Eligibility, conocido como COE, acredita previamente que la actividad declarada encaja dentro de una categoría de entrada distinta de Temporary Visitor. Lo solicita normalmente en Japón la empresa, el centro educativo, el familiar o la entidad anfitriona. Facilita la revisión consular y el control de entrada, pero no garantiza por sí solo que la visa vaya a concederse.
Qué debes comprobar en el COE
Antes de presentar revisa:
• Nombre y apellidos.
• Fecha de nacimiento.
• Actividad o categoría.
• Empresa, centro o familiar.
• Periodo previsto.
• Coincidencia con el pasaporte.
• Un error debe corregirse antes de enviar un formulario con información contradictoria.
• Documentación básica con COE
• Desde España suelen solicitarse:
• Formulario de visa.
• Pasaporte válido.
• Fotografía de 45 × 35 mm.
• COE original, copia o confirmación electrónica.
• TIE para extranjeros residentes en España.
La oficina consular puede pedir información adicional después de revisar el expediente.
REVISAR MI COE Y DOCUMENTACIÓN
Working Holiday para españoles
Working Holiday permite a jóvenes españoles permanecer en Japón hasta un año con una finalidad principalmente vacacional y cultural, pudiendo realizar trabajos esporádicos para financiar parte de la estancia. No es una visa creada para emigrar con un empleo permanente como objetivo principal. El solicitante debe residir en España y cumplir las condiciones publicadas para el programa anual.
Requisitos principales
Para solicitarla debes:
• Tener nacionalidad española.
• Tener entre 18 y 30 años, ambos inclusive.
• Residir en España.
• Disponer de pasaporte válido durante la estancia.
• Acreditar fondos y buena salud.
• Declarar que careces de antecedentes penales.
• No haber disfrutado anteriormente del programa, salvo la excepción admitida.
• Fondos necesarios
• La Embajada publica actualmente estas cantidades mínimas:
• 4.000 €: sin billete de avión.
• 3.000 €: con billete de ida.
• 2.000 €: con billete de ida y vuelta.
• La compra del billete no garantiza que la visa vaya a expedirse antes de la fecha prevista.
Qué permite hacer
El trabajo debe mantenerse como una actividad complementaria para sufragar el viaje.
También pueden encajar estudios temporales, voluntariado no remunerado y determinadas prácticas no remuneradas. No se permite utilizar el programa para convertir el empleo en la finalidad principal ni trabajar en sectores expresamente excluidos.
Cómo se solicita
• Comprueba edad, nacionalidad y residencia.
• Prepara formulario y fotografía.
• Elabora currículum y plan de viaje.
• Obtén el certificado médico.
• Acredita fondos y billetes.
• Presenta el expediente ante la oficina competente.
• Recoge el pasaporte y revisa la visa.
La forma de presentación puede variar por oficina. Madrid exige presentación presencial para Working Holiday; Barcelona publica actualmente opciones presencial y postal conforme a sus propias instrucciones.
PREPARAR MI WORKING HOLIDAY
Visado de corta estancia para pasaportes no exentos
Quien utiliza un pasaporte sujeto a visa puede solicitar una estancia corta para turismo, negocios o visita familiar. Esta autorización no permite trabajar, residir ni superar el periodo concedido.
Turismo
El expediente suele centrarse en:
• Itinerario.
• Información de vuelos.
• Alojamientos.
• Recursos económicos.
• Situación del solicitante en España.
Las reservas deben coincidir con las fechas y con el formulario.
Negocios
Puede ser necesario aportar una carta de la empresa española, invitación japonesa, agenda y explicación de quién financia el viaje. Una visita empresarial breve no autoriza la incorporación a un empleo ni la prestación de servicios remunerados ordinarios.
Visita a familiares o amigos
Se revisan la relación, la identidad de quien invita, el alojamiento y la financiación. La invitación no sustituye automáticamente los documentos económicos ni la prueba de residencia legal en España.
Documentos y presentación desde España
La documentación concreta depende de la nacionalidad y de la finalidad del viaje. No conviene aportar una carpeta enorme sin criterio. Cada justificante debe servir para acreditar identidad, motivo, financiación, residencia o relación con la persona o entidad situada en Japón.
Documentación habitual
Puede incluir:
• Pasaporte válido.
• Formulario firmado.
• Fotografía reciente.
• TIE para residentes extranjeros.
• Itinerario y vuelos.
• Alojamiento.
• Medios económicos.
• COE, invitación o admisión, cuando proceda.
• Formulario y fotografía
Los datos del formulario deben coincidir exactamente con el pasaporte, especialmente el nombre, número, nacionalidad, fechas y dirección prevista en Japón. La fotografía publicada para los trámites desde España mide 45 × 35 mm y debe haberse tomado dentro de los seis meses anteriores. No utilices filtros ni una imagen recortada de otro documento.
Presentación presencial o postal
- Madrid admite la presentación presencial con cita y, en numerosos procedimientos, el envío por correo o mensajería. Working Holiday es una excepción y debe presentarse personalmente en Madrid.
- Barcelona también contempla presentación presencial o postal dentro de su demarcación. Las solicitudes enviadas deben incluir firmas originales, pasaporte y la documentación completa.
Consejo: antes de enviar el pasaporte, revisa la dirección, la responsabilidad del transporte y el sistema de recogida.
Cuándo debes presentar
En Madrid, la solicitud puede entregarse como máximo tres meses antes del viaje y la Embajada recomienda un margen mínimo de tres semanas. No esperes a la última semana, aunque el plazo ordinario parezca breve. Puede ser necesario corregir documentos, renovar el pasaporte o aportar información adicional.
Cuánto tarda
- Madrid publica un plazo ordinario mínimo de entre tres y cinco días hábiles desde la entrega del expediente completo.
- Barcelona indica aproximadamente cinco o seis días hábiles. Estos tiempos pueden ampliarse por nacionalidad, categoría, volumen de solicitudes o comprobaciones adicionales.
Tasas oficiales
Desde el 1 de julio de 2026, la tarifa general publicada en España es de 90 € para el visado ordinario y 181 € para el de entrada múltiple. No obstante, los ciudadanos españoles están actualmente exentos del pago por los acuerdos de reciprocidad aplicables. Para otras nacionalidades puede existir un importe diferente.
Importante: la exención consular no significa que sean gratuitos los servicios de gestoría, mensajería, traducción o preparación documental.
PEDIR PRESUPUESTO PARA MI VISADO
Antes de viajar a Japón
La preparación no termina cuando recibes la visa o confirmas que tu pasaporte está exento. Debes comprobar que el documento utilizado, la finalidad y la duración coinciden con tu viaje real.
Seguro médico
Japón recomienda contratar un seguro internacional porque una urgencia, hospitalización o repatriación puede generar costes elevados. No es un requisito universal para cualquier turista, aunque determinadas categorías, como nómada digital, sí exigen una cobertura específica.
Visit Japan Web
Visit Japan Web permite preparar electrónicamente determinados procedimientos de inmigración, aduanas y compras libres de impuestos.
Este registro:
• No es una visa.
• No sustituye el COE.
• No concede permiso de trabajo.
• No garantiza la entrada.
• Su función es agilizar los trámites de llegada y aduanas.
La visa no garantiza la entrada
El visado permite presentarte ante el control fronterizo, pero la admisión definitiva y el estatus de permanencia los decide el funcionario de inmigración. Puede comprobarse el pasaporte, la finalidad, el alojamiento, el billete de salida, el COE y la actividad que desarrollarás.
Importante: la actividad realizada debe coincidir con la autorización. Una entrada como turista no permite comenzar un empleo.
Incidencias y errores que pueden retrasar el expediente
Una lista inicial de documentos no impide que la Embajada solicite información adicional. El expediente se analiza individualmente y puede necesitar aclaraciones sobre la finalidad, la financiación, el familiar o la entidad anfitriona.
Documentos adicionales
Pueden pedirte:
Nueva fotografía.
Carta de empresa o centro educativo.
Certificados familiares.
Pruebas económicas.
Aclaraciones sobre el COE.
Responde únicamente por el canal indicado y dentro del plazo comunicado.
Solicitud denegada
Una solicitud puede rechazarse por categoría incorrecta, contradicciones, documentación insuficiente, antecedentes o dudas sobre la finalidad real. Antes de volver a presentar, conviene revisar el formulario, el COE, la financiación y los documentos entregados. Enviar inmediatamente el mismo expediente suele repetir el problema.
Errores frecuentes
Evita:
• Solicitar visa cuando existe exención.
• Viajar sin visa cuando pretendes trabajar.
• Confundir COE y visado.
• Presentar ante una oficina no competente.
• Utilizar una fotografía incorrecta.
• No acreditar residencia legal en España.
• Esperar hasta el último momento.
Una revisión previa reduce incidencias formales, aunque no garantiza la concesión.
Cómo gestionamos tu expediente
1. Revisamos tu situación
Comprobamos pasaporte, nacionalidad, residencia, motivo y duración.
2. Confirmamos si necesitas visa
Evitamos iniciar un trámite innecesario cuando existe exención.
3. Identificamos el procedimiento
Determinamos si corresponde estancia corta, COE, Working Holiday u otra categoría.
4. Te damos presupuesto
Diferenciamos honorarios, tasas y posibles costes externos.
5. Preparamos los documentos
Revisamos formulario, fotografía, TIE, COE, itinerario y justificantes.
6. Organizamos la presentación
Te indicamos la oficina competente y si la entrega puede hacerse presencialmente o por envío.
7. Revisamos el resultado
Comprobamos los datos de la visa antes de que organices el viaje definitivo.
INICIAR MI TRÁMITE PARA JAPÓN
Qué necesitamos para estudiar tu caso
Para realizar una primera valoración, indícanos:
• Nacionalidad y pasaporte.
• Lugar de residencia.
• Motivo y duración.
• Fecha prevista.
• Empresa, centro o familiar en Japón.
• Certificate of Eligibility, si existe.
• Solicitudes o denegaciones anteriores.
No hace falta que tengas todos los documentos preparados antes de contactar.
Precio de la gestión
El precio depende del trabajo necesario. No cuesta lo mismo comprobar una exención que preparar una solicitud con COE, Working Holiday o documentación familiar. Para presupuestar revisamos el tipo de trámite, número de solicitantes, documentación disponible, forma de presentación y posibles requerimientos. Siempre que sea posible, te facilitamos un precio cerrado antes de comenzar.
Por qué confiar en nuestra gestoría
La primera decisión correcta puede ser confirmar que no necesitas ninguna visa.
Nuestra forma de trabajar se basa en:
• Comprobar primero la exención.
• Diferenciar turismo, trabajo y residencia.
• Revisar COE y documentación.
• Identificar la oficina competente.
• Separar tasas y honorarios.
• Explicar qué pasos son personales.
Somos una gestoría colegiada y prestamos atención online para toda España.
Opiniones de Nuestros Clientes
Preguntas frecuentes
¿Los españoles necesitan visa para Japón?
No para estancias de hasta 90 días como visitantes temporales, siempre que no realicen una actividad profesional remunerada.
¿Puedo acudir a reuniones de negocios sin visado?
Puede ser posible si se trata de una visita temporal y no vas a desarrollar trabajo remunerado en Japón.
¿Puedo trabajar durante los 90 días?
No. La exención no autoriza a realizar una actividad profesional remunerada.
¿La TIE española permite entrar sin visa?
No. La necesidad depende principalmente de la nacionalidad del pasaporte.
¿Se puede solicitar JAPAN eVISA desde España?
España no figura actualmente entre los países de residencia habilitados para la solicitud general de turismo mediante JAPAN eVISA.
¿Qué es el Certificate of Eligibility?
Es un certificado previo utilizado en muchas visas de trabajo, estudios, familia y larga estancia.
¿El COE garantiza la concesión?
No. Facilita el procedimiento, pero la misión consular mantiene la decisión sobre el visado.
¿Qué edad necesito para Working Holiday?
Los solicitantes españoles deben tener entre 18 y 30 años, ambos inclusive.
¿Cuánto dinero necesito para Working Holiday?
Actualmente se exigen 4.000 € sin billete, 3.000 € con billete de ida o 2.000 € con ida y vuelta.
¿Cuánto tarda el visado?
El plazo ordinario suele situarse entre tres y seis días hábiles desde la presentación completa, aunque puede ampliarse.
¿Puedo presentar por correo?
Madrid y Barcelona admiten envíos postales o por mensajería en determinados procedimientos. Working Holiday sigue reglas específicas.
¿Los españoles pagan tasa consular?
Actualmente están exentos del pago de la tasa de visado.
¿Necesito seguro médico?
Es muy recomendable para viajar, pero no es un requisito universal de cualquier visita turística.
¿Visit Japan Web sustituye la visa?
No. Es un sistema para preparar procedimientos de entrada y aduanas.
¿La visa garantiza la entrada?
No. La admisión final corresponde a las autoridades migratorias japonesas.
¿Necesitas saber si debes solicitar visado?
Cuéntanos tu nacionalidad, pasaporte, residencia, motivo y duración. Comprobaremos primero si puedes viajar sin visado y, cuando el trámite sea necesario, revisaremos categoría, documentación, presentación y presupuesto.
CONSULTAR MI VISA PARA JAPÓN
Atención online. Presupuesto previo. La concesión y la entrada dependen de las autoridades japonesas.
Revisión profesional
Contenido revisado por:
GA 1.268 COGAS SLP – gestoría colegiada
Última revisión: 03 de Agosto de 2026.
Información contrastada con la Embajada de Japón en España, el Consulado General en Barcelona, el Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón y la Agencia Digital japonesa.
