Arraigo Social

«Este es el mejor sitio para solicitar un arraigo social de forma fácil y sencilla»

Desde Gestoría RMª queremos ofrecerte toda la ayuda posible para que puedas realizar la solicitud sin tener problemas. Aunque ten en cuenta que también se puede tramitar a pesar de no tener un contrato de trabajo; en estos casos el trámite es un tanto distinto. Pero no te preocupes, nos vamos a encargar de explicar de manera detallada cada uno de los puntos más importante relacionados con esta gestión. Así que si necesitas conocer qué es el arraigo social y su significado, junto con todo el procedimiento, te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más. Si te encuentras en esta situación, te aconsejamos que busques ayuda profesional para no tener problemas. No dudes en contactarnos sin importar tu lugar de residencia; no importa si estás en Barcelona, Málaga, Alicante o cualquier otra provincia. Ya que, atendemos a nivel nacional.

Requisitos para el arraigo social

Es necesario que cumplas una serie de requisitos para solicitar un arraigo social en España. Para que no tengas ninguna duda, a continuación, te vamos a explicar, con detalle, cada uno de ellos.

  1. No puedes ser ciudadano de un Estado miembro de la UE (Unión Europea), Espacio Económico Europea o Suiza: en este caso, se aplicaría la normativa para ciudadanos miembros de la Unión Europea. De modo que no lo podrías solicitar.
  2. No tener antecedentes penales en España: como parte de los requisitos para solicitar la residencia por arraigo social, no puedes tener antecedentes penales por delitos contemplados en el ordenamiento español. Al igual que tampoco debes tenerlo en países de anteriores en los que hayas residido.
  3. No tener prohibida la entrada a España: tampoco puedes figurar como “rechazable” en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio. Es conveniente que lo tengas en cuenta a la hora de tramitarlo.
  4. No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España: cuando el extranjero haya asumido al retornar, de manera voluntaria, a su país de origen.
  5. Haber permanecido en España, con carácter continuado, un mínimo de tres años: de igual modo, las ausencias de España durante estos tres años no pueden haber superado los 120 días.
  6. Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes: puede ser el cónyuge, parejas de hechos, ascendientes o descendientes en primer grado.
  7. Presentar un informe de integración social si no tienes vínculos familiares: este informe está emitido por la Comunidad Autónoma (o el propio Ayuntamiento si así lo autoriza la Comunidad Autónoma).
  8. Contar con un contrato de trabajo firmado tanto por el trabajador como el empleador: en él se debe garantizar el salario mínimo interprofesional o el salario que se recoja en el pertinente convenio colectivo.

Recomendaciones para la solicitud de arraigo social

A continuación te vamos a dar una serie de recomendaciones para la obtención de esta autorización. No dudes en quedarte con nosotros un poco más para mantenerte informado sobre esta serie de consejos.

  1. Es mejor que te empadrones cuanto antes: para la autorización por arraigo social para la residencia en España debes demostrar tu permanencia en el país; para ello, lo más aconsejable es que te empadrones cuanto antes para que quede constancia de que has estado en el país el tiempo estipulado.
  2. Ten cuidado con los antecedentes penales: ten en cuenta que si tienes antecedentes penales no vas a poder solicitarlo. Pero no debes tenerlos ni en España ni en ningún país en el que hayas residido antes. Es muy importante que lo tengas en cuenta.
  3. Es importante que demuestres tu integración en la entrevista del informe: sin embargo, recuerda que este informa se te va a exigir en caso de no contar con un contrato de trabajo o no tengas vínculos familiares. Aun así, te aconsejamos que aprendas el idioma y la cultura para no tener problemas.
  4. Demuestra que has vivido en España durante tres años de manera continuada: para esta gestión es indispensable que demuestres has residido en el país durante tres años.
  5. Si sales del país esta ausencia no puede superar los 120 días: tenlo en cuenta si te interesa tramitar la residencia por este motivo.
  6. Ten en cuenta que tu contrato de trabajo debe ser de un mínimo de treinta horas y con un período de duración mínimo de un año: fundamental que lo sepas para después no tener problemas si lo quieres solicitar por esta opción.

Si tienes dudas o quieres empezar, escribe tu nombre y teléfono y contactamos contigo por WhatsApp

¡Si tienes dudas o quieres empezar!

OPCIÓN 1: arraigo social en extranjería POR TU CUENTA

Para realizar la solicitud para la autorización de residencia por arraigo social tienes la opción de acudir personalmente a la Oficina de Extranjería. Es decir, en este caso, vas a tener que personarte con la documentación requerida en el organismo correspondiente. Si lo haces de manera presencial el proceso se divide en dos partes. Primero tendrás una cita con el ayuntamiento en la que vas a rellenar un formulario, y si todo está correcto te darán cita para una entrevista personal. Si pasas la entrevista tienen treinta días para darte un informe favorable y pasar al siguiente paso. Esta solo es necesaria cuando tienes que pedir el informe de integración. Y en la segunda parte, con el informe favorable acudirás a extranjería con la documentación que corresponde.

¿Cuánto cuesta la solicitud de residencia por arraigo social por tu cuenta?

Por tu cuenta el precio es 0€ (honorarios GRMª) + 38,28€ (tasa 790/052) + 16,08€ (tasa 790/012). Este sería el coste de la residencia por razones de arraigo social si lo haces por tu cuenta. En este caso, vas a tener que asumir los costes de ambas tasas.

Ventajas si lo haces por tu cuenta

  • Disminución en el precio final: el precio final es ligeramente menor al no tener que asumir los gastos derivados de la gestoría.

Inconvenientes si lo haces por tu cuenta

  • Necesidad de cita previa: tienes que pedir cita previa para el arraigo social si lo haces por tu cuenta.
  • Vas a tener que desplazarte: es necesario que acudas personalmente al organismo correspondiente.
  • Inviertes más tiempo personal: al ser el único responsable vas a tener que encargarte de realizar todas las gestiones.
  • Posible falta de información: hacerlo por tu cuenta puede suponer falta de información. Ya que, no tienes a ningún profesional durante el proceso.

OPCIÓN 2: solicitar el arraigo social por internet con GESTORÍA RMª

Actualmente tienes la opción de hacer los trámites del arraigo social por internet. Lo más cómodo es que contrates los servicios de una gestoría; esto se traduce a que vas a dejar en manos expertas toda la gestión para mayor comodidad para ti. Además, no solo es más cómodo, sino que, debido a las características de la gestión, vas a contar con un experto durante todo el proceso. Sin duda, es una muy buena opción cuando quieres quedarte tranquilo y tener la confianza de que todo se va a hacer de la manera adecuada. Pero para que te decidas por la vía que más te convenga vamos a dejarte toda la información relacionada con esta opción.

¿Cuánto cuesta la tarjeta de residencia por arraigo social con Gestoría RMª?

Con Gestoría RMª el coste es 285€/145€ (IVA incl.). Este es el precio del arraigo social si lo haces con nosotros. El importe a abonar va a depender si quieres que nos encarguemos de hacer todo el trámite completo o solo presentar la documentación. En cualquier caso, te puedes beneficiar, por un módico precio, de hacerlo con un gestor.

Ventajas si lo haces con Gestoría RMª

  • Sin necesidad de citas previas: no hace falta que pidas cita previa; tan solo tienes que preocuparte por contactarnos.
  • 100% online: vas a poder solicitar online el arraigo social con nosotros desde la comodidad de tu hogar.
  • Inviertes menos tiempo personal: ya que, nosotros nos hacemos carga de toda la gestión para que lo más sencillo para ti.
  • Asesoramiento personalizado: un gestor se va a hacer cargo de tu situación, guiándote durante todo el proceso e informándote de manera personalizada.

Inconvenientes si lo haces con Gestoría RMª

  • Aumento en el precio final: vas a tener que hacerte cargo de los honorarios de la gestoría. Por tanto, el precio es ligeramente mayor.

Opiniones sobre la residencia por arraigo social en España

Matías
Trámites de arraigo social
Leer más
Llamé para pedir información sobre el trámite, y fueron muy atentos conmigo. Aparte de solucionar todas mis dudas, se mostraron muy amables y es de agradecer.
Eloy
Tramitar la residencia por arraigo social
Leer más
Cuando conseguí un contrato no dudé ni un segundo en ponerme a buscar información de cómo hacerlo hasta dar con ellos. La verdad, es que estoy muy contento porque gracias a vosotros tengo por fin mi documentación. Gracias!!
Salvador
Arraigo social online
Leer más
Quería saber todos los documentos que me iban a pedir para el trámite, al final me animé a hacerlo con ellos porque no quería tener problemas. Ha sido un acierto contar con unos profesionales como ellos.

¿Qué beneficios tiene el arraigo social en España?

Si te lo han concedido, déjanos decirte que te vas a poder beneficiar de unas ventajas del arraigo social. Por este motivo, para que las conozcas, te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más.

  1. Vas a residir legalmente en España: si obtienes la residencia española por razones de arraigo social vas a poder residir en el país sin preocupaciones porque lo estás haciendo de manera legal.
  2. Puedes trabajar en el país: al recibir esta autorización, si va acompañada de un contrato laboral, vas a poder desempeñar actividades laborales. Incluso también, si estás interesado, vas a poder trabajar por cuenta propia (autónomo).
  3. Se puede tramitar una autorización de residencia para tus familiares: en estos casos puedes tramitar traer a tus familiares para que también residan en el país sin tener ningún tipo de problema.
  4. Puedes viajar a tu país de origen: no tienes problemas si quieres viajar a tu país de origen.
  5. No te van a expulsar del país: al estar legalmente en el país no vas a tener problemas con las expulsiones del país.
  6. Tienes beneficios de la Seguridad Social: te puedes beneficiar de las ventajas que supone estar afiliado a la Seguridad Social.
  7. En unos años podrías solicitar la Nacionalidad Española: obtener esta autorización te beneficia a la hora de pedir la Nacionalidad Española, ya que la podrías tramitar en unos años.

Documentos para el arraigo social en 2023

Para poner en marcha el permiso de residente y trabajo por arraigo social es necesario que presentes una serie de documentos. A continuación te vamos a dejar cuales son, así que no dudes en quedarte un poco más.

  • Modelo oficial EX10: se trata de la solicitud oficial. Este impreso forma parte de la documentación para el arraigo social.
  • Tasa 790 código 052: para este 2023 debes abonar la cantidad de 38,28€. Se trata de la tasa estipulada para esta gestión.
  • Tasa 790 código 012: para este 2023 debes abonar la cantidad de 16,08€. Está destinada para obtener la tarjeta de identidad de extranjeros.
  • Modelo oficial EX17: este impreso lo debes cumplimentar a la hora de tramitar la “tarjeta de identidad de extranjeros” una vez hayas obtenido la resolución favorable.
  • Copia completa del pasaporte: también sirve un título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
  • Certificado de antecedentes penales: es necesario que presentes este certificado expedido por las autoridades del país o países en los que hayas residido en los últimos cinco años anteriores a la entrada en España.
  • Documentos para demostrar tu permanencia en el país: es fundamental que como parte de los documentos para solicitar el arraigo social presentes un contrato de alquiler, facturas de luz o agua, informes médicos, etc.
  • Padrón municipal junto al histórico de empadronamiento: para que te sea más sencillo, te recomendamos que te empadrones cuanto antes.
  • Contrato de trabajo: con un contrato de trabajo para el arraigo social de duración mínima de un año y de 30 horas mínimo.
  • Documentación que acredite la vinculación con otros familiares residentes en España: en caso de que tengas vínculos familiares con otros residentes en el país deberás demostrarlo.
  • Informe de integración favorable: en los casos en los que no tengas vínculos familiares.

Pasos a seguir para el permiso de residencia por arraigo social

Para iniciar esta gestión debes seguir una serie de pasos para solicitar el arraigo social. A continuación, te vamos a dejar los pasos que debes seguir para iniciar los trámites oportunos para esta gestión.

  1. Reúne los documentos: es indispensable que solicites el arraigo social con los documentos necesarios. Lo más importante dentro de este punto es que te asegures de que todos los papeles están correctamente. Ya que, presentar documentación errónea podría dar lugar a que surjan inconvenientes durante la tramitación.
  2. Pide cita en la Oficina de Extranjería: si lo haces presencialmente en la Oficina de Extranjería tienes que pedir cita antes de ir a ninguna parte. Aunque recuerda que si lo haces con nosotros no es necesario que pidas cita previa; nosotros nos encargamos de realizar toda la gestión por ti.
  3. Acude el día de la cita: para pedirla en extranjería debes acudir personalmente el día de la cita junto con la documentación requerida.
  4. Solicita tu tarjeta física: una vez tengas aprobada la solicitud debes solicitar la “tarjeta física de extranjeros”. Puedes tramitarlo en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia en la que se haya tramitado la solicitud.

Tramitar con contrato de trabajo el arraigo social

En estos casos dispones de un mes para que se realice la afiliación y/o alta en la Seguridad Social por parte de la empresa que figura en el mismo contrato. O la afiliación a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en los casos en los que el trabajador esté autorizado a trabajar por cuenta propia). Así que si obtienes la residencia española por arraigo social con un contrato laboral, o vas a realizar actividades por cuenta propia, deberás hacer la afiliación correspondiente en la Seguridad Social. Desde ese momento comenzará el período de vigencia del permiso. Si tienes dudas, no tardes en contactar con nosotros para que nos encarguemos de resolverlas.

En definitiva, obtener el arraigo social con un contrato de trabajo supone también un permiso para desempeñar actividades laborales por cuenta ajena, aunque también se podría desempeñar actividades por cuenta propia. Pero esta última solo es así cuando cumples con los requisitos para obtener dicho permiso para desempeñar actividades por cuenta propia. De lo contrario, en caso de no cumplir con tales condiciones, solo se te va a autorizar a residir legalmente en el país. Para estos casos, en los que la situación puede parecer un tanto confusa, te recomendamos que busques ayuda profesional. De esta manera, te evitas tener problemas. Además, recuerda que estamos aquí para ayudarte; nuestra finalidad es ofrecerte toda la ayuda posible para que puedas gestionar tus trámites sin problemas. Sin duda, dejar en manos de expertos el trámite es la mejor opción para que no surjan inconvenientes.

Solicitar el arraigo social sin contrato de trabajo

Sí, es posible solicitar sin contrato de trabajo el arraigo social. Aunque si quieres solicitarlo sin tener un contrato de trabajo debes saber que tienes dos formas para hacerlo. Pero no te preocupes, a continuación te vamos a explicar cada modalidad que existe para que no tengas problemas. Así que no dudes en quedarte con nosotros un poco más para conocer todos estos detalles. Ten en cuenta que a pesar de no tener un contrato laboral podrás tramitarlo, eso sí, se deben dar una serie de situaciones que te vamos a explicar a continuación. Lo más aconsejable para que estés informado es que te quedes con nosotros un poco más.

Arraigo social por cuenta propia

Ten en cuenta que si lo tramitas sin contrato laboral no te van a autorizar a trabajar, no vas a estar autorizado a trabajar por cuenta ajena, pero sí por cuenta propia. Es decir, puedes hacer los trámites oportunos para el arraigo social para un autónomo. Para esto deberás presentar un “proyecto” para realizar una actividad por cuenta propia. Por tanto, es fundamental que te des de alta como autónomo o profesional independiente y justifiques, a la vez que debes definir, la actividad que vas a desarrollar, cómo vas a financiar las operaciones… En definitiva, tienes que realizar un proyecto empresarial dónde se recoja cada uno de estos puntos.

Arraigo social con medios económicos propios

Otra opción para solicitar este procedimiento sin un contrato laboral es que demuestres que tienes los medios económicos suficientes para mantenerte durante un año. De esta manera, no tendrías que iniciar ninguna actividad por tu cuenta. Aquí encontramos dos formas de demostrar que dispones de los medios suficientes. O bien, tú mismo dispones de los medios suficientes, o bien, lo puedes demostrar a través de los fondos de un familiar directo con el que estás conviviendo. Por ejemplo, para esta última opción, sirve los cónyuges. Si tienes dudas sobre este punto, te aconsejamos que busques ayuda profesional; no dudes en contactarnos.

DEFINICIÓN AMPLIADA: ¿Qué es un arraigo social?

Esta autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo social consiste en un permiso para residir y trabajar de manera temporal en el país; está destinada para que personas extranjeras puedan regular su situación en el país. Además, puedes tramitar esta solicitud directamente desde España sin necesidad de regresar a tu país de origen. No obstante, es indispensable que hayas permanecido en el país durante un mínimo de tres años. Pero también lo puedes hacer porque hayas conseguido un contrato para el arraigo social por cuenta ajena, porque vayas a desempeñar actividades laborales por cuenta propia o porque dispongas de medios económicos suficientes para mantenerte. Cualquiera de estos tres motivos sirve para solicitar este procedimiento; tenlo en cuenta a la hora de querer tramitarlo.

En resumen, consiste en un permiso para residir legalmente en España y así que las personas extranjeras que lo solicitan puedan regular su situación en el país. Lo más aconsejable, si te encuentras en esta situación, es que contrates los servicios de una gestoría como la nuestra. Aquí, en Gestoría RMª, vas a encontrar todo lo que necesitas para tramitarlo. Además, de una manera muy sencilla porque solo debes ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web; un gestor te atenderá lo antes posible. Sin duda, es la mejor opción cuando quieres dejarlo todo en manos expertas y tener la garantía de que todo se va a hacer de la manera adecuada. Así que si necesitas recibir un asesoramiento más personalizado, es decir, ajustado a tus circunstancias personales, no tardes en contactarnos para que podamos responder a todas esas dudas.

¿Qué se necesita para arraigo social?

Para poner en marcha esta solicitud debes reunir los documentos y cumplir con los requisitos para tramitar el arraigo social. A continuación vamos a explicar todos los detalles para que lo puedas hacer sin problemas. Debes reunir los siguientes documentos: modelo oficial EX10, tasa 790 código 052, tasa 790 código 012, modelo oficial EX17, copia completa del pasaporte, certificado de antecedentes penales, documentos que acrediten la permanencia en España, padrón municipal junto al histórico de empadronamiento, contrato de trabajo, documentación que acredite la vinculación con otros familiares residentes en España e informe de integración favorable. Estos son los documentos que te hacen falta para poder tramitar esta gestión; antes de entregar nada lo más conveniente es que te asegures que todos los papeles están correctamente. Ya que, presentar documentos erróneos podría dar lugar a problemas.

Aunque también es necesario que cumplas con los siguientes requisitos para una tarjeta de arraigo social: no puedes ser ciudadano de un Estado miembro de la UE (Unión Europea), Espacio Económico Europea o Suiza, no tener antecedentes penales en España, no tener prohibida la entrada a España, no encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España, haber permanecido en España un mínimo de tres años, tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes, presentar un informe de integración social si no tienes vínculos familiares, contar con un contrato de trabajo firmado tanto por el trabajador como el empleador. Es fundamental que cumplas con estos requisitos para poder iniciar la solicitud correspondiente. Lo más aconsejable es que busques ayuda profesional; nosotros nos vamos a hacer cargo de tu gestión para que no tengas ningún problema durante la tramitación. Sin duda, es la mejor opción para tus gestiones.

¿Cuándo puedo solicitar el arraigo social?

La tarjeta de autorización de residencia por arraigo social puede ser solicitada una vez lleves tres años de permanencia continuada en España. Es decir, es indispensable poder acreditar que has residido en el país durante un período mínimo de tres años; además, esta permanencia debe ser continuada y debe ser dentro de los tres años anteriores al momento de la solicitud. Por ejemplo, para ello, puedes presentar el certificado de empadronamiento. Pero ¿qué ocurre en estos casos? Pues que la Oficina de Extranjería no exige que la única manera de demostrarlo sea a través del padrón municipal, sino que se exige la permanencia continuada en nuestro país. Por tanto, estos tres años comienzan justamente a contar desde que llegas a España o cuando puedas certificar que te encontrabas dentro de los límites del país.

En definitiva, vas a poder tramitar esta gestión una vez cumplas tres años de permanencia en el país. Te aconsejamos que para facilitártelo aún más, te empadrones en cuanto puedas. Ya que, es cierto que este padrón es un documento que facilita la solicitud, pero puedes presentar otros documentos igualmente. Lo más importante que debes saber dentro de este punto es que lo puedes tramitar al llevar tres años residiendo ilegalmente en el país. Además, las ausencias durante estos tres años no pueden haber superado los 120 días. Te recomendamos que, si tienes dudas o necesitas asesoramiento personalizado, busques ayuda profesional. De esta manera, vas a resolver todas las dudas que pudieras tener, además de tener asesoramiento personalizado durante todo el proceso. Ten en cuenta todos estos detalles si estás interesado en tramitarlo; ya que, de lo contrario no vas a poder solicitarlo.

¿Cómo demostrar los tres años de permanencia para el trámite del arraigo social?

Lo más sencillo para este procedimiento es que presentes un certificado de empadronamiento. Por este motivo, lo más conveniente para demostrar tu permanencia en el país es que te empadrones en cuanto puedas; así va a quedar constancia del tiempo que llevas residiendo en España. Aunque no es la única manera que existe para demostrar que resides en el país, sino que puedes adjuntar otros documentos. Ahora bien, estos documentos pueden ser facturas de la luz o agua, informes médicos, recibos de compra en tiendas de tu barrio, carnet de la biblioteca. Ya que, lo que debes demostrar es que tu permanencia continuada en el país y no que estés empadronado. Por tanto, vas a poder presentar cualquier documento que lo acredite.

En resumen, vas a poder obtener el arraigo social con tres años de permanencia siempre y cuando lo puedas acreditar. Para ello, puedes presentar tanto el padrón como cualquier otro documento (facturas, informes médicos, contrato de alquiler, etc.). Lo más aconsejable para no que no tengas problemas con este punto es que te informes en una gestoría como la nuestra. Desde Gestoría RMª queremos ofrecerte toda la ayuda posible para que lo puedas hacer sin tener ningún problema. Además, contactar con nosotros es tan sencillo como irte a la pestaña de “contacto”; incluso, si te es más cómodo, nos puedes enviar un WhatsApp. Sin duda, es la mejor opción si quieres tener la garantía de que todo se hace de la manera adecuada. Tan solo ponte en contacto con nosotros y un gestor te atenderá lo antes posible; nos pondremos en marcha con tu trámite cuanto antes.

¿Cómo se hace la solicitud para la residencia española por razones de arraigo social?

Hasta hace poco tenías que acudir personalmente a la Oficina de Extranjería, pero actualmente, debido a los avances telemáticos puedes realizar la solicitud para un permiso de trabajo por arraigo social por internet (vía telemática). Debes hacer lo siguiente:

  1. Tener certificado digital: para poder tramitarla vía online debes un certificado digital. De esta manera, vas a poder tramitar la solicitud mediante la plataforma llamada “Mercurio”. Esta aplicación se trata de una plataforma para tramitar las solicitudes de extranjería vía telemática.
  2. Dentro de la plataforma elige “presentar solicitud o aportar documentos a expedientes” cuando quieras iniciar una nueva solicitud: debes dar al botón de “continuar presentación”.
  3. Elige “presentar una nueva solicitud”: en este caso, si lo que quieres es tramitar una nueva solicitud para este proceso debes elegir esa opción y seleccionar la provincia donde residas.
  4. Selecciona “EX10”: una vez estés dentro debes elegir esta solicitud que es la que está destinada para la residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.
  5. Cumplimenta el modelo correctamente: es necesario que todos los campos estén debidamente cumplimentados. Antes de presentar ninguna solicitud es conveniente que te asegures que todo está en orden.
  6. Se va a generar un resguardo de dicha solicitud: una vez esté cumplimentada y presentada vas a obtener el resguardo de haberla presentado. Además, de manera independiente a cómo realices la gestión vas a obtener dicho resguardo.

SITUACIÓN MÁS COMÚN para solicitar la obtención de residencia por arraigo social

En estos casos, lo más común para el procedimiento de arraigo social para la residencia es presentar un contrato de trabajo. Debes saber que disponer de un contrato laboral facilita mucho el proceso. Por tanto, lo más habitual dentro de este procedimiento, es solicitarlo cuando tienes una oferta de empleo. Aunque un punto a destacar dentro de este apartado es que dicho contrato debe tener una duración mínima de un año; no sería posible solicitarlo si te han hecho un contrato con un período de tiempo inferior a doce meses. Además, este documento debe estar firmado tanto por el empleador como el empleado. Ya que, no solo sirve la oferta de trabajo en sí, sino que debe ser un documento que se adapte a los modelos oficiales.

En definitiva, para facilitarte este proceso, te recomendamos disponer de un contrato laboral que esté formalizado. Es decir, firmado por ambas partes y en el que se refleje que dicho contrato tiene duración mínima de un año. Si te encuentras en esta situación, y necesitas más información sobre este apartado, te aconsejamos que contrates los servicios de una gestoría experta; aquí, en Gestoría RMª, vas a encontrar todo lo que necesitas para tus gestiones. Desde Gestoría RMª queremos ofrecerte toda la ayuda posible para que lo puedas hacer sin problemas. Por este motivo, te invitamos a que contactes con nosotros a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web. Además, también nos puedes enviar un WhatsApp si lo prefieres; un gestor experto te va a atender lo antes posible.

¿Qué es el informe para solicitar el arraigo social?

Este modelo de informe para el arraigo social consiste en un documento en el que se refleja tu integración en el propio país. Por tanto, debes adjuntar, en caso de no tener un contrato de trabajo, este documento emitido por tu Comunidad Autónoma. Además, debe ser “favorable”. De lo contrario, no podrías tramitarlo. En estos casos se te va a pedir que acudas al Ayuntamiento, no sin antes pedir cita previa, una vez llegue el día vas a tener que acudir para pasar una entrevista personal. En dicha entrevista te van a hacer preguntas para comprobar si te has integrado en el país adecuadamente. Por ejemplo, si eres procedente de un país en el que no se habla castellano, te harán una serie de preguntas para asegurarse de que entiendes el idioma.

Una vez pases la entrevista disponen de 30 días para emitir el informe favorable. Lo siguiente, una vez tengas tu informe, es iniciar los trámites oportunos para continuar con la gestión. La solicitud del informe para un arraigo social se debe hacer en el Ayuntamiento del lugar en el que residas. Aunque recuerda que antes de acudir a ninguna parte vas a tener que pedir cita previa. Te aconsejamos que, si tienes dudas sobre este apartado, busques ayuda profesional. Sin duda, la mejor opción para resolver todas esas cuestiones es tener, durante todo el procedimiento, a un gestor que se encargue de ayudarte. Además, si lo haces con nosotros no solo nos encargaremos de responder esas preguntas, sino que nos vamos a encargar de hacer toda la gestión por ti para que no tengas problemas. Recuerda que trabajamos a nivel nacional; puedes contactarnos desde Cádiz, Madrid, Valencia o cualquier otra.

¿Qué debes hacer cuando te conceden la residencia española por arraigo social?

Al obtener la autorización de residencia española por arraigo social tienes un mes de plazo para solicitar la “Tarjeta de Identidad de Extranjero”. Este documento lo debes pedir una vez te concedan este permiso para residir legalmente en el país. Y lo puedes tramitar en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia en la que se haya tramitado la solicitud. Para esta tarjeta física te va a hacer falta presentar una serie de documentación: modelo oficial (EX17), justificante del pago de la tasa 790 código 012, acreditación del alta en la Seguridad Social y tres fotografías en color. Una vez acudas al organismo correspondiente tendrás que hacer la impresión de tus huellas dactilares.

En definitiva, si te han autorizado a residir en España por arraigo social vas a tener que pedir el documento físico una vez lo tengas aprobado. Lo más conveniente, si te encuentras en esta situación y no sabes qué hacer, es que busques ayuda de expertos; aquí, en Gestoría RMª vas a encontrar todo lo necesario para hacerlo sin problemas. Te recomendamos que contactes con nosotros a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web; incluso, si te resulta más cómodo, te podemos atender a través de WhatsApp. Sin duda, es lo más sencillo para ti. De todas formas, recuerda que es fundamental que, una vez obtenido el permiso para residir de manera legal en España, tramites tu tarjeta física en la Oficina de Extranjería o con nosotros.

¿Qué pasa si me niegan el arraigo social?

En caso de que tengas el arraigo social denegado puedes llevar a cabo distintos trámites para intentar obtener uno favorable. Si necesitas conocer qué debes hacer, no dudes en quedarte con nosotros un poco más.

  • Interponer un recurso potestativo de reposición: para interponer este recurso dispones un mes desde la denegación de la solicitud. Es un recurso que se interpone por vía administrativa; esto quiere decir que no hace falta ni abogados ni procuradores. En este caso, la Oficina de Extranjería se va a encargar de revisar de nuevo tu solicitud. Por este motivo, debes aclarar los motivos por los cuales crees que extranjería no ha acertado.
  • Interponer un recurso contencioso administrativo: en este caso, es un recurso que interpones por vía judicial. Por tanto, se lleva a cabo ante los tribunales de justicia. Esta opción es más cara porque necesitas tanto a un abogado como a un procurador. Además, es más larga. En esta ocasión tienes un plazo de dos meses para interponer el recurso.
  • Presentar una nueva solicitud: en algunos casos es mejor iniciar de nuevo los trámites para obtener un arraigo social favorable. Es decir, vas a tener que tramitar de nuevo todo el proceso. Si tienes dudas, te aconsejamos que contactes con nosotros para resolver todas las cuestiones que pudieras tener. De hecho, lo mejor es dejarlo todo en manos de expertos para no tener problemas en estos casos.

Renovación de residencia por arraigo social

Lo primero que debes saber es que jurídicamente no se puede hacer la renovación del permiso de residencia por arraigo social. En este caso, se trata de una “modificación de la autorización de residencia por Circunstancias Excepcionales”.

  • Presentando un contrato de trabajo: se conoce como “autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena”. Para solicitarlo por este motivo deberás acreditar la continuidad en la relación laboral con la que se te concedió la primera vez o un nuevo contrato que certifique que vas a continuar como trabajador por cuenta ajena.
  • Presentando un proyecto: también conocido como “autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia”. Para estos casos, en los que pretendes renovar la tarjeta de residencia por arraigo social trabajando por cuenta propia, debes presentar un proyecto que certifique que vas a poner tu negocio en marcha. Es decir, esta modificación está destinada para los trabajadores autónomos.
  • Si lo hiciste con medios económicos propios lo puedes modificar a “residencia no lucrativa”: si la primera vez lo solicitaste demostrando que tenías medios económicos propios podrás optar a solicitar lo que se conoce como “residencia no lucrativa”. Debes tener medios de vida suficientes para poder mantenerte y atender tus gastos y estancia. O bien, tener cubertura de asistencia sanitaria.

Normativa del arraigo social en España

Es importante tener conocimiento sobre la ley que recoge este procedimiento; así estás informado y no tienes problemas sobre este punto. La ley de extranjería para el arraigo social recoge las siguientes leyes:

  • Ley Orgánica 4/2000 del 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración social (art. 31.3): lo que se conoce como “ley de extranjería”. Si tienes dudas sobre este punto, te aconsejamos que busques ayuda profesional para dar respuesta a esas dudas que pudieras tener.
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011 del 20 de abril (art. 62 al 66 y del 123 al 130): o lo que es lo mismo, el “Reglamento de Extranjería”.
  • Real Decreto Ley 19/2019, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados: este Real Decreto también forma parte de la normativa básica de este procedimiento.
  • Ley 39/2015 del 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: esta última también se recoge como parte de la ley de arraigo social.

Modelo y tasa para el arraigo social por circunstancias excepcionales

Para poder iniciar los trámites oportunos para esta gestión te hace falta presentar tanto el justificante del pago de la tasa como el formulario de arraigo social. Pero no te preocupes, a continuación te vamos a dejar todo lo relacionado con esta documentación para que así no tengas ningún problema. Te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más para conocer todos estos detalles.

  • Tasa 790 código 052: para este 2023 debes abonar la cantidad de 38,28€. Esta tasa tiene carácter administrativo y debes abonarla en la Oficina de Extranjería cuando quieras tramitar esta solicitud de residencia. El pago de esta tasa lo puedes hacer por internet. Aunque también dispones de la opción de pasar el pago a la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria). En cualquier caso, es indispensable que consigas tu comprobante del pago para presentarlo junto con el resto de los documentos obligatorios.
  • Tasa 790 código 012: para este 2023 debes abonar la cantidad de 16,08€. No debe confundirse con la anterior. Esta tasa está destinada para obtener la tarjeta de identidad de extranjeros. Es decir, es la que debes abonar al momento de solicitar la tarjeta física y acudes a registrar tus huellas a la Comisaría de Policía.
  • Modelo EX10: este modelo EX10 para el arraigo social está destinado para solicitar la residencia por razones excepcionales o por trabajo. Es necesario que lo cumplimentes, de manera correcta, a la hora de iniciar los trámites oportunos. Por tanto, este modelo de solicitud de arraigo social debe estar correctamente cumplimentado para poner en marcha los trámites oportunos.
  • Modelo oficial EX17: este impreso lo debes cumplimentar a la hora de tramitar la “tarjeta de identidad de extranjeros” física una vez hayas obtenido la resolución favorable.

Preguntas más repetidas sobre el arraigo social para inmigrantes

Es bastante común que se te presenten dudas sobre esta gestión. De hecho, es lo más habitual debido a sus características. Pero no te preocupes, desde Gestoría RMª queremos ayudarte a que lo puedas tramitar sin problemas. Por tanto, a continuación vamos a responder a esas preguntas que más se repiten entre nuestros propios clientes. Te aconsejamos que te quedes con nosotros un poco más; incluso, si estás interesado, puedes contactarnos a través del número de teléfono sin importar tu lugar de residencia. Ya que, nos puedes contactar desde cualquier punto del país; desde Murcia, Sevilla, Baleares o cualquier otra.

Por supuesto. De hecho, para solicitarlo debes tener un contrato de 30 horas y de duración mínima de un año.

El tipo de contrato para el arraigo social debe tener una duración mínima de un año, no se aceptan que sean en períodos de pruebas y debe estar firmado tanto por el empleador como el trabajador (no se aceptan acuerdos de palabra).

Estas preguntas tienen dos finalidades: la primera, que efectivamente entiendes el español y lo hablas (también te van a exigir que hables la lengua cooficial en caso de que vivas en una Comunidad Autónoma en la que se hable otra lengua además del castellano). Por ejemplo, lo pueden saber preguntando si te has inscrito en algún curso de idioma. La segunda finalidad es comprender de qué manera formas partes de la comunidad. Por ejemplo, qué has hecho los últimos años en el país o cuál es tu situación actual.

Si necesitas hacerlo por internet, te aconsejamos que contrates los servicios de una gestoría como la nuestra. Sin duda, es la mejor opción para no tener problemas. Nos puedes contactar a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web.

No, no es posible que se tramite si estás en la condición de estudiante.

Sí, por supuesto. Para ello es necesario que la interesada tenga un contrato como empleada de hogar de 30 horas con duración mínima de un año.

La Oficina de Extranjería dispone de tres meses para tramitar tu solicitud. Aunque estos tiempos pueden verse afectados debido a la demanda de trabajo que tenga la oficina.

Esta residencia tiene duración de un año.

Con Gestoría RMª el coste es 285€/145€ (IVA incl.). En caso de que lo hagas por tu cuenta, te ahorras los gastos derivados de la propia gestoría; por ejemplo, los honorarios del gestor.

Al entrar en nuestra web, vas a ver todo lo que necesitas: tasas, modelos, pasos, documentación necesaria, citas, consejos de gestores...

Picture of Gestoría Rubén Mª

Gestoría Rubén Mª

Grupo de profesionales especializados en la gestión administrativa y asesoramiento legal para particulares, autónomos y empresas. Estamos avalados por: Diplomatura en Ciencias Empresariales, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Máster en Gestión Administrativa.

¡Puntúa y comparte!

(192 votos, promedio: 4,72 de 5)
4.7/5