Transferencia de vehículo

“Este es el mejor sitio para transferir tu vehículo de forma fácil y sencilla”

Transferencia de vehículo

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Necesitas hacer una transferencia de vehículo en tráfico cuando has comprado uno de segunda mano. En este caso, necesitas actualizar los datos del dueño anterior por los del nuevo comprador. Ten en cuenta que es importante que te ocupes de este asunto cuanto antes. Otro aspecto a tener en cuenta es que el nuevo dueño tiene un plazo máximo de hasta 30 días para hacer este trámite. Es importante que el vendedor, en caso de que el comprador no se haga cargo de cambiar estos datos, notifiques la venta para evitar cualquier problema. Por ejemplo, te puede llegar una multa que no te corresponde.

Documentos para el cambio de titularidad de un vehículo

  • Modelo 02 DGT: dentro de los documentos para traspaso de vehículo debes aportar el impreso oficial establecido por la DGT correctamente cumplimentado.
  • DNI/NIE parte compradora/vendedora: debes presentar ambos documentos de identificación (es decir, de ambas partes). Es obligatorio que se encuentre dentro del período de validez; de lo contrario, primero tienes que preocuparte por este asunto.
  • Contrato de compraventa: este contrato debe estar firmado por ambas partes, al igual que deben aparecer los datos de ambos (tanto del comprador como del propio vendedor). Lo más importante es que debe aparecer el precio de la venta.
  • Modelo 620/621: también conocido como ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales). Se va a calcular en función de distintos aspectos como tu lugar de residencia (va a depender de tu Comunidad Autónoma) y de las tablas de Hacienda.
  • Ficha de inspección técnica: en la documentación necesaria para una transferencia del vehículo es necesario adjuntar la tarjeta de ITV.
  • Último recibo IVTM: más conocido como el “sello”; se paga de manera anual.
  • Tasa 1.5. DGT/1.2. DGT: la tasa 1.5. DGT está destinada para vehículos (55,70€ en 2024), y la tasa 1.2. DGT es para ciclomotores (27,85€ en 2024).
  • Mandato GA: debes aportar este mandato cuando dejas todo en manos de expertos, ya que te va a hacer falta para que podamos tramitar lo que necesites en tu nombre.

Documentación extra para la transferencia de vehículo de un fallecido

  • Testamento o herencia: en el que se refleje que eres el heredero o nuevo dueño.
  • Declaración de herederos: consiste en un documento que se tramita para demostrar que eres el heredero legal; sin importar si hay una sola persona o son varios los que van a heredar los bienes.

Documentación extra para cambiar la titularidad de un coche o moto por divorcio o separación

  • Convenio regulador o sentencia: en estos casos, como requisito para cambiar de nombre un vehículo tras una separación es necesario presentar algún documento que acredite que eres el dueño legal.

Documentación extra para una transferencia de coche o moto de subasta

  • Certificado o acta de adjudicación: para poder realizar este trámite debes entregar dicho documento cuando proviene de una subasta.

Documentación extra para un cambio de titularidad de un coche o moto procedente de Ceuta, Melilla o Canarias

  • Certificado de Aduanas: consiste en un documento que debes entregar para acreditar que cumples con las obligaciones tributarias. Es necesario abonar la tasa que corresponde (8,67€ en 2024).
  • Justificante tasa 4.1. DGT: debes presentar el justificante de esta tasa (asciende a la cantidad de 8,67€ en 2024).

Documentación extra para cambiar un vehículo de nombre de empresa

  • Factura de venta: en los casos en la que una empresa se lo vende a un particular u otra empresa.
  • Tarjeta CIF de la empresa: forma parte de los requisitos para una transferencia de vehículo de empresa, además lo debe presentar la parte vendedora.
  • Impreso para acreditar la identidad de personas jurídicas: es necesario que los aportes como parte de los documentos cuando se trata de una empresa.

Documentación extra para una transmisión de vehículos agrícolas

  • Modificar la propiedad en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA): esto se traduce a que si quieres realizar transferencia de un vehículo agrícola tienes que acudir a dicho registro para modificar la propiedad; aquí haces la baja del anterior dueño para dar el alta del nuevo.

Documentación extra para hacer una transferencia de un vehículo con mercancía superior a 6 toneladas o autobuses

  • Certificado de transporte: en el caso de que quieras hacer el trámite para aquellos que superen las seis toneladas o sean autobuses tienes que presentar dicho documento como parte de la documentación para una transferencia de vehículos.

Pasos a seguir para una transferencia de vehículos en DGT

En este apartado nos vamos a centrar en los pasos que debes seguir. Como nuestro objetivo es ayudarte a que tus gestiones se hagan de la manera adecuada, te vamos a dejar todo lo necesario para que lo puedas hacer. Para un cambio en la DGT de un titular de un coche o de cualquier otro transporte, te hará falta hacer lo siguiente:

  1. Haz un contrato de compraventa previo: lo más aconsejable es que realices un contrato de compraventa en el que se estipule el precio de la venta; al igual que deben quedar reflejado los datos de ambas partes.
  2. Haz una copia (tanto para el vendedor como para el comprador): te aconsejamos que si eres el vendedor también te quedes con una copia del contrato por si acaso.
  3. Paga el ITP según las tablas de Hacienda: una vez tengas el contrato debes conocer la cantidad a pagar del ITP; el cual se va a calcular en función de las características y de las propias tablas que ofrece Hacienda.
  4. Pide cita y acude a la DGT para ponerlo en marcha: una vez tengas lo anterior ejecutado deberás acudir a tráfico para realizar los trámites para un cambio de titularidad de un coche o cualquier transporte. Ten cuenta que si lo haces con nosotros no tienes que pedir cita.

Información a tener en cuenta para la solicitud del cambio de titularidad de vehículo

  1. Como comprador estás obligado a hacer el trámite en un plazo máximo de 30 días: ten en cuenta que como parte compradora tienes un plazo de hasta 30 días para tramitar este proceso.
  2. Es aconsejable que el vendedor haga una notificación de venta: como parte vendedora es aconsejable que hagas una notificación de venta para dejar de tener responsabilidad sobre el vehículo en cuestión.
  3. El contrato debe estar firmado en todas las hojas: ten en cuenta que el contrato debe estar firmado en todas sus hojas.
  4. Es indispensable que esté de alta administrativa: para que el vehículo se pueda traspasar es indispensable que esté dado de alta administrativa.
  5. Justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): necesitas justificar el pago, exención o no estar sujeto al pago del ITP.

Transferencias de vehículos en la DGT más específicas

A continuación, te dejamos los supuestos más comunes que encuentras en la DGT para hacer en tráfico una transferencia de vehículo. Lo mejor para ti es que te quedes con nosotros un poco más, así estás al tanto de todo lo relacionado con este punto.

1.- Cambiar el titular de un vehículo por fallecido

Es importante que sepas que el trámite varía ligeramente en función de si el dueño estuviera vivo. Para llevarlo a cabo tras una defunción debes presentar, junto al resto de la documentación general, un testamento o herencia. En caso de que no haya ninguno de estos documentos se debe adjuntar una declaración de herederos, así consta que eres el legítimo propietario. Te recomendamos que para estos trámites, en los que pueden existir algunas diferencias, busques ayuda profesional para evitarte que surjan problemas durante la tramitación.

2.- Transferencia de vehículo por divorcio

Si necesitas acudir a la DGT para el cambio de nombre de un vehículo tras un divorcio o separación es importante que sepas que tendrás que presentar algún documento (como el convenio regulador o una sentencia) de lo que se ha acordado respecto al automóvil o lo que sea. Para que así puedas cambiarlo a tu nombre sin ningún problema. En definitiva, tienes que presentar algún documento que acredite el acuerdo al que se ha llegado.

3.- Cambio de titularidad de vehículos entre familiares

Es bastante común tramitarlo dentro de la propia familia. Por ejemplo, entre los cónyuges, entre hermanos o hacer un cambio de titularidad de un coche de padre a hijo. Lo más destacable de este punto es que no es necesario que presentes un contrato de compraventa; no estás obligado a presentarlo cuando se trata de un familiar o allegado. De todas formas, sí que deberás acreditar que tanto la parte vendedora como la compradora son familia. Es indispensable que puedas demostrar la relación entre ambas partes para tramitarlo. Ahora bien, nosotros como gestores, te aconsejamos que aun así lo hagas para evitar que surjan inconvenientes, ya que te hará falta tener un precio para poder calcular el ITP.

4.- Cambio de titularidad de un vehículo en la DGT por donación

También existe la posibilidad de realizar la solicitud para el cambio de titularidad de un vehículo por una donación. ¿Qué significa esto? Pues que no hay una venta de por medio, sino que el dueño lo regala o se lo dona a otra persona sin recibir la parte económica. La diferencia más notoria es que el impuesto que debes abonar es diferente porque al tratarse de una donación no hay que pagar el ITP; debes abonar el ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones); esto es así porque al no existir una venta la DGT para hacer un cambio de nombre de un vehículo donado contempla que se debe abonar este impuesto en vez del ITP.

5.- Cambio de papeles de un coche o moto de subasta

En este punto te vamos a explicar cómo se realiza en la DGT un cambio de titularidad en vehículos que provienen de subastas. Es decir, en este caso adquieres uno mediante una subasta pública (pujas por él cierta cantidad de dinero). Para este caso te exigen presentar un “certificado o acta de adjudicación”, y debes entregarlo junto al resto de los documentos. Es importante que lo tengas en cuenta porque sin este papel te podrían poner problemas a la hora de iniciar los trámites.

6.- Cambio de titularidad de vehículos con embargo o precinto

En estos casos de realizar un cambio de nombre en tráfico de un vehículo que presente un embargo o un precinto el trámite es un poco diferente; la diferencia principal está en la documentación para entregar. Para hacer este proceso cuando el vehículo presenta un embargo o precinto es necesario adjuntar algún documento en el que se refleje que la parte compradora conoce la situación actual. De todos modos, debes tener en cuenta que si este es tu caso no te van a expedir ningún permiso de circulación hasta que esto no esté solucionado, así que asegúrate de que todo está en orden, y si no lo está tenlo en cuenta para que no te lleves ninguna sorpresa.

7.- Cambio de titular de un vehículo agrícola

En este caso antes de nada tienes que realizar la baja en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola); en dicho registro tienes que dar de baja al anterior dueño y actualizar los datos por los del comprador actual. Es necesario que lo hagas para poder gestionar el trámite por esta razón, ya que, se considera uno de los requisitos para la transferencia de un vehículo usado agrícola. Así que ten en cuenta que cuando te enfrentas a esta situación vas a tener que tramitar esta modificación en el ROMA antes de nada.

8.- Hacer un cambio de nombre de un coche o moto con reserva de dominio

Actualmente no es posible hacer el trámite de un cambio de nombre de un vehículo que se encuentre bajo la situación de reserva de dominio. Es decir, si todavía se encuentra bajo estas circunstancias de reserva de dominio no te van a dejar hacer nada hasta que no esté cancelada. Ten en cuenta que si tiene una reserva de dominio en vigor no serías el propietario de él hasta que la deuda no estuviera saldada. Por tanto, cuando termines de pagarlo lo mejor es que te encargues de este punto para que no tengas ningún problema a la hora de realizar un cambio del titular de un vehículo en la DGT porque si la tuviera, a pesar de que ya esté pagado, no te van a dejar cambiar los datos (lo que complicaría la venta).

9.- Cambio de titularidad de vehículos en la DGT procedentes de Ceuta, Melilla o Canarias

Para la solicitud de un cambio de titularidad de un coche, o cualquier otro medio de transporte, cuando procede de Ceuta, Melilla o Canarias debes saber que varía respecto a otras situaciones. Principalmente en los documentos para presentar que te van a exigir para iniciar la solicitud. En estos casos, te hará falta un certificado de Aduanas que se pide para que puedas demostrar que estás al corriente de las obligaciones tributarias (esto solo te lo exigen cuando procede de Ceuta, Melilla o Canarias).

10.- Cambio de nombre de un vehículo en tráfico de empresa

Existe la posibilidad de querer hacer una transferencia de un vehículo de empresa en la DGT. Puedes hacerlo por ser particular que se lo vende a una empresa o al contrario. No obstante, la gestión es un tanto diferente. Es conveniente que tengas en tu poder toda la información relacionada con este apartado para que así puedas hacer el trámite sin problemas. Te va a hacer falta la factura de venta, más la tarjeta CIF de la empresa y el impreso de personas jurídicas, así que tenlo en cuenta a la hora de iniciar los trámites por esta razón.

¿Cómo se calcula el ITP?: calcular ITP para cambio de nombre de coche o moto

Para saber cuánto te costaría el ITP te invitamos a sigas con nosotros. Es importante tener en cuenta que este ITP o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales depende de varios factores que vamos a explicar en este punto. Ten en cuenta que cuando vendes un vehículo tienes que abonar este impuesto. Así que este ITP depende de los siguientes puntos:

  • De las tablas de Hacienda: con carácter anual Hacienda nos ofrece unas tablas en las que establece el valor del vehículo en este caso para este año. ¿En qué se basan para fijar este valor? Pues en la marca, modelo, años, etc. Además, este impuesto puede cambiar mucho dependiendo del modelo o de los años por ejemplo.
  • Del porcentaje que aplica cada Comunidad Autónoma: no solo se debe tener en cuenta las tablas, sino que también cada Comunidad Autónoma determina un porcentaje concreto que se debe aplicar al ITP. La tabla quedaría de la siguiente forma:
    *VR: Valor Real
    *CV: caballos de potencia fiscales (algunas Comunidades indica que si el vehículo tiene más de 15CV de potencia fiscal se aplica el porcentaje fijado)

Ejemplos prácticos para conocer el coste de una transferencia de vehículo

En función de lo que hemos explicado en el punto anterior aquí nos vamos a centrar en dar ejemplos prácticos sobre casos reales para que así conozcas el precio real de lo que te costaría hacer este trámite.

EJEMPLO 1: Alfa Romeo (1910cc 150CV) (2004)
Valoración en Hacienda en 2024: 2.360€
ITP en Galicia: 8%
Total: 2.360€ / 8% = 188,8€

EJEMPLO 2: Audi A1 1.2 (1197cc 86CV)
Valoración en Hacienda en 2024: 1.872€
ITP en La Rioja: 4%
Total: 1.872€ / 4% = 74,88€

EJEMPLO 3: Opel Adam 1.4 (1398cc 87CV)
Valoración en Hacienda en 2024: 4.556€
ITP en Comunidad Valenciana: 6%
Total: 4.556€ / 6% = 273,36€

Opiniones sobre el cambio de nombre de un vehículo en la DGT

Teresa
Teresa
Muy profesionales
Leer más
Gracias por darme una respuesta tan rápido, la verdad es que hacéis que todo sea mucho más sencillo. Miles de gracias por cambiar mi coche de nombre online.
Carmelo
Carmelo
Excelente atención
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Si necesitáis de buenos profesionales os aconsejo que llaméis a Gestoría RMª. Sin duda, de los mejores del sector.
Rodrigo
Rodrigo
Fácil y cómodo
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Por falta de tiempo buscaba alguna gestoría que trabajase online. Gracias a las comodidades que ofrecen pude hacerlo todo desde el sillón de casa.
Martín
Martín
Buen precio
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Contar con ellos ha sido una experiencia muy gratificante, ya que se han encargo de hacerlo todo para que fuera lo más cómodo para mí. Muchas gracias por vuestro trabajo.

Preguntas más repetidas sobre el cambio de nombre de un coche o moto

Por último, nos vamos a centrar en dar respuesta a todas esas preguntas que más se repiten entre nuestros propios clientes. Es bastante común tener dudas al respecto de cómo de hacer la gestión. Aunque lo más conveniente es contar con un gestor también puedes quedarte con nosotros para intentar resolver las dudas que se te pudieran presentar a la hora de tramitarlo. Pero ten en cuenta que nos puedes llamar desde cualquier parte del país. Por ejemplo, desde Cádiz, Asturias, Valladolid o desde cualquier otro punto del país. ¿No es genial?

Con Gestoría RMª es el precio es 49,23€ IVA incl. (honorarios GRMª) + 6€ (envío) + 6€ (dchos. colegiales) + 55,70€ (tasas DGT 2024) + ITP (según CC. AA). Mientras que si lo haces sin ayuda profesional te ahorras los gastos derivados de la gestoría.

Al entrar en nuestra web, vas a ver todo lo que necesitas: documentación necesaria, pasos, tasas, citas, modelos, consejos de gestores...

Sí, actualmente es posible circular mientras se tramita porque vas a obtener un justificante provisional de la transferencia del vehículo.

Sí, la DGT te va a permitir realizar el trámite, pero eso sí, debido a las circunstancias hasta que no supere la ITV el permiso de circulación no será válido. Por tanto, no podrás circular con él hasta que la ITV no esté en vigor y tengas el permiso de circulación.

Los gastos que se incluyen dentro son: el pago de la tasa correspondiente, el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) y en caso de que lo hagas con una gestoría deberás incluir los gastos propios derivados de ella.

Sí, claro. El ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) deberá estar incluido dentro de los gastos. Ya que, forma parte del coste de un cambio de nombre de coche. Excepto en los casos en los que se trate de una donación. En este caso, sería el ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones).

Se necesita la siguiente documentación: contrato de compraventa, DNI o NIE, modelo 620/621, impreso oficial DGT, justificante del pago de la tasa de la DGT, último IVTM, ficha de tarjeta de ITV y el mandato GA si lo haces con un gestor. Aunque si necesitas más información, te recomendamos que contactes con nosotros; lo puedes hacer desde cualquier punto del país. Desde Almería, Cantabria, Navarra o cualquier otra provincia.

En este caso, se trataría de una donación (o regalo). Y lo puedes hacer sin ningún problema, ya que la gestión es exactamente igual a si hubiera una venta de por medio. La única diferencia es que tendrás que abonar el ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones) en vez del ITP.

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¿Qué formas tienes de hacer en la DGT una transferencia de vehículo?

Por tu cuenta: es cierto que lo puedes tramitar por tu cuenta sin ayuda profesional, aunque debes tener en cuenta que en este caso vas a encargarte de todo tú solo. De hecho, tienes varias formas dentro de esta opción, ya que lo puedes hacer online o en sus oficinas de tráfico personalmente.

Con Gestoría RMª: sin embargo, actualmente tienes otra opción para una transferencia de vehículo online; contratar los servicios de una gestoría como la nuestra. De hecho, es lo más demandado debido a las numerosas ventajas que presenta. Por ejemplo, es mucho más cómodo porque nosotros nos hacemos cargo de todo el proceso, igualmente no vas a tener que desplazarte a ninguna oficina física y todo se hace telemáticamente. Pero no te preocupes que te dejamos las ventajas: sin desplazamientos, nosotros nos ocupamos de todo en tu nombre, inviertes mucho menos tiempo personal y no hace falta citas previas.

Solicita cita para cualquier trámite relacionado con la transferencia de un vehículo.