Visa para Estados Unidos
GA 1268 COGAS SLP - Gestoría colegiada
¿Para qué quieres viajar a Estados Unidos?
Selecciona el motivo principal o cuéntanos tu caso. Revisaremos tu nacionalidad, pasaporte, viaje y categoría correspondiente.
Te ayudamos a preparar tu visa para Estados Unidos
Viajar a Estados Unidos puede requerir una autorización ESTA, una visa de visitante, una visa de intercambio o alguna categoría específica relacionada con estudios, trabajo o inversión. La elección no depende únicamente de tu nacionalidad. También hay que valorar el motivo real del viaje, su duración, tus antecedentes migratorios, el pasaporte que utilizarás y las actividades que realizarás durante la estancia. En Gestoría Rubén María estudiamos tu situación antes de comenzar. Después te indicamos qué procedimiento puede encajar, qué documentos debes reunir y qué pasos debe realizar personalmente el solicitante.
Nuestro servicio puede incluir:
* Orientación sobre la categoría adecuada.
* Revisión del pasaporte y los datos personales.
* Preparación o revisión del formulario DS-160.
* Organización de la documentación.
* Orientación para el pago y la cita.
* Preparación del expediente y de la entrevista.
No garantizamos la concesión. La decisión corresponde exclusivamente al oficial consular o a la autoridad estadounidense competente.
REVISAR MI CASO PARA VIAJAR A ESTADOS UNIDOS
¿Necesitas visa o ESTA para viajar a Estados Unidos?
Esta es la primera cuestión que debemos resolver. Algunos viajeros pueden utilizar el Programa de Exención de Visa y solicitar una autorización ESTA para realizar determinados viajes temporales. Otros deben obtener una visa antes de viajar.
Puede ser necesario solicitar visa cuando:
* Tu nacionalidad no participa en el programa de exención.
* El motivo del viaje no está permitido mediante ESTA.
* Quieres estudiar, trabajar o participar en un intercambio.
* Pretendes permanecer más tiempo del autorizado.
* Tu solicitud ESTA ha sido denegada.
* Tus viajes, nacionalidades o antecedentes afectan a la elegibilidad.
* No dispones de un pasaporte admitido por el programa.
* Has tenido incidencias migratorias anteriores.
No recomendamos solicitar una autorización al azar. Primero conviene revisar la nacionalidad, el pasaporte y el viaje real.
Diferencia entre visa americana y ESTA
La ESTA no es una visa. Es una autorización electrónica vinculada al Programa de Exención de Visa.
Autorización ESTA
Puede permitir a viajeros elegibles desplazarse temporalmente por turismo o determinados negocios sin obtener previamente una visa B1/B2. Su aprobación no garantiza la entrada. La decisión final se toma en el control fronterizo.
Visa estadounidense
Se solicita dentro de una categoría concreta y normalmente implica formulario, tasa, revisión consular y, cuando corresponde, entrevista. Una visa puede ser necesaria por la nacionalidad, el motivo, la duración o los antecedentes del solicitante.
Si te deniegan el ESTA
Una denegación de ESTA no significa automáticamente que tengas prohibido viajar. Puede ser necesario solicitar la visa adecuada y explicar tu situación mediante el procedimiento consular.
Quién puede solicitar el ESTA
La autorización ESTA está reservada a viajeros que cumplen las condiciones del Programa de Exención de Visa y disponen de un pasaporte válido de un país participante. Además de la nacionalidad y del pasaporte, hay que revisar cuestiones relacionadas con viajes anteriores, dobles nacionalidades, antecedentes, denegaciones y estancias previas. No todas las personas con pasaporte de un país participante son necesariamente elegibles.
Si tienes dudas, revisamos:
* Nacionalidad o nacionalidades.
* Pasaporte utilizado.
* Motivo del viaje.
* Tiempo previsto.
* Países visitados.
* Antecedentes migratorios.
* Denegaciones anteriores.
* Respuestas que debes declarar.
No recomendamos ocultar información para intentar obtener una aprobación automática.
Qué visa necesitas según el motivo del viaje
Estados Unidos dispone de numerosas categorías. La finalidad real determina cuál puede corresponder.
Turismo, visita o tratamiento médico
Puede encajar en una visa B2 o una visa combinada B1/B2 cuando el solicitante no puede utilizar ESTA o necesita tramitar un visado.
Negocios temporales
Determinadas reuniones, congresos, consultas o negociaciones pueden encajar en la categoría B1.
Estudios
Los estudios académicos o profesionales pueden requerir categorías específicas y documentación emitida por el centro.
Intercambio
Los participantes en programas autorizados de intercambio suelen necesitar una visa J y documentación del patrocinador.
Trabajo
Trabajar en Estados Unidos requiere una categoría que permita esa actividad. Una visa B1/B2 o una autorización ESTA no autorizan un empleo ordinario.
Inversión o comercio
Determinados empresarios e inversores pueden necesitar categorías específicas, con requisitos diferentes de los aplicados a visitantes.
Visa de negocios B1 para Estados Unidos
La visa B1 está destinada a determinadas actividades empresariales temporales. Puede utilizarse, según el caso, para reuniones, consultas, convenciones, congresos o negociación de contratos. No permite incorporarse de forma ordinaria al mercado laboral estadounidense. Si vas a prestar servicios, recibir un salario de una entidad estadounidense o asumir funciones laborales, hay que comprobar si necesitas otra categoría.
Ver visado B1 para Estados Unidos
Antes de presentar revisamos la agenda, la empresa, quién paga el viaje y qué actividad se realizará realmente.
Visa combinada B1/B2
Es habitual que se expida una visa combinada B1/B2, válida para determinadas visitas temporales de negocios o turismo. Esto no significa que pueda utilizarse para cualquier finalidad.
En cada entrada, el viajero debe explicar el motivo concreto y cumplir las condiciones correspondientes. La duración autorizada de la estancia no la decide el viajero ni se identifica únicamente con la fecha de caducidad de la visa.
Una visa válida permite solicitar la entrada. La autoridad fronteriza determina la admisión y las condiciones de la estancia.
Visa J1 para intercambio
La visa J1 está destinada a participantes en programas de intercambio autorizados.
Puede aparecer en programas de:
* Prácticas.
* Formación.
* Investigación.
* Docencia.
* Au pair.
* Trabajo temporal dentro de programas concretos.
* Intercambios culturales.
* Actividades académicas.
El solicitante necesita un patrocinador autorizado y documentación propia del programa. No puede utilizarse una visa B1/B2 ni el Programa de Exención de Visa para participar en un intercambio que exige la categoría J.
Ver visa J1
Visas de estudios
Las personas que quieren estudiar en Estados Unidos pueden necesitar una visa específica según el centro y el tipo de formación. Antes del trámite consular suele existir una fase previa con la institución educativa.
Hay que comprobar:
* Centro admitido.
* Programa.
* Duración.
* Matrícula o aceptación.
* Documento emitido por la institución.
* Capacidad económica.
* Alojamiento.
* Plan académico.
* Intención al finalizar.
Un curso breve y recreativo durante un viaje turístico no recibe necesariamente el mismo tratamiento que un programa académico completo.
Visas para trabajar en Estados Unidos
La oferta de empleo no basta por sí sola para obtener cualquier visa. Muchas categorías laborales requieren que una empresa o entidad estadounidense realice previamente trámites, peticiones o patrocinios.
Para identificar el procedimiento necesitamos conocer:
* Profesión.
* Formación.
* Experiencia.
* Empresa contratante.
* Puesto.
* Duración.
* Lugar de trabajo.
* Nacionalidad.
* Relación previa con la empresa.
* Situación de familiares acompañantes.
Esta landing presenta la categoría general, pero no sustituye el análisis migratorio especializado de un expediente laboral complejo.
Visas de inversión y actividad empresarial
Estados Unidos dispone de categorías relacionadas con comercio, inversión, dirección empresarial o traslado dentro de grupos internacionales. Su preparación puede exigir planes de negocio, origen de fondos, estructura societaria, contratos, actividad comercial y documentación de la empresa.
No debe confundirse un viaje breve para mantener reuniones con una solicitud para dirigir o desarrollar una actividad empresarial dentro del país. Antes de aceptar el encargo valoramos si el caso puede gestionarse desde la gestoría o requiere asesoramiento migratorio y jurídico estadounidense especializado.
Formulario DS-160
El DS-160 es el formulario electrónico utilizado para solicitar numerosos visados temporales estadounidenses. Cada solicitante debe presentar su propio formulario, incluidos los menores cuando corresponda. La información debe ser completa y coherente con el pasaporte, el viaje y la documentación.
Datos que suelen solicitarse
* Información personal.
* Pasaporte.
* Contacto y domicilio.
* Viaje previsto.
* Historial de viajes.
* Familiares.
* Estudios y empleo.
* Contacto en Estados Unidos.
* Preguntas de seguridad.
* Redes sociales u otros datos requeridos.
Una vez enviado, se genera una página de confirmación necesaria para continuar con el procedimiento.
Errores frecuentes en el DS-160
El formulario reúne mucha información y los errores pueden afectar al expediente o exigir correcciones.
Los fallos más habituales son:
* Nombres que no coinciden con el pasaporte.
* Fechas aproximadas mal introducidas.
* Empleos omitidos.
* Viajes anteriores incompletos.
* Contactos incorrectos.
* Motivo de viaje incoherente.
* Denegaciones no declaradas.
* Formularios guardados sin enviar.
* Confusión entre dirección de alojamiento y contacto.
* Información diferente a la aportada en la entrevista.
No recomendamos inventar datos para completar apartados que no entiendes.
¿Se puede corregir un DS-160?
Depende de si el formulario está guardado, enviado o ya vinculado a una cita. Si todavía no se ha presentado, pueden revisarse los datos dentro del sistema. Después del envío, determinadas correcciones pueden exigir un nuevo formulario y la actualización de la información asociada a la cita, según el procedimiento aplicable.
Antes de actuar comprobamos:
* Estado del formulario.
* Error detectado.
* Número de confirmación.
* Cita existente.
* Consulado seleccionado.
* Necesidad de presentar uno nuevo.
No conviene enviar varios DS-160 sin controlar cuál utilizarás finalmente.
Pago de la tasa consular
Las solicitudes de visa pueden estar sujetas a una tasa oficial. El importe y las condiciones dependen de la categoría. Además, determinadas visas pueden implicar otros pagos relacionados con programas, peticiones o reciprocidad.
La tasa consular:
* Es independiente de nuestros honorarios.
* No garantiza la aprobación.
* Puede no ser reembolsable.
* Debe abonarse mediante los canales oficiales.
* Puede quedar vinculada al perfil o procedimiento.
* No debe pagarse en páginas no verificadas.
Antes de presupuestar confirmamos qué categoría estás solicitando y qué costes oficiales pueden aparecer.
Cita para la visa estadounidense
Después del DS-160 y de los pasos de registro y pago, puede ser necesario solicitar cita en la embajada o consulado correspondiente. La disponibilidad cambia y depende del puesto consular, la categoría y la demanda. No podemos garantizar una fecha concreta ni crear huecos que no existan.
Podemos ayudarte a:
* Revisar el perfil.
* Comprobar la categoría.
* Relacionar el DS-160 correcto.
* Organizar los pasos.
* Identificar el puesto consular.
* Preparar la documentación previa.
Conviene solicitar en el país de nacionalidad o residencia, siguiendo las instrucciones oficiales vigentes.
Solicitar la visa desde España
Una persona extranjera residente en España puede presentar su solicitud aquí si el puesto consular admite el caso y puede acreditar su residencia. No basta con encontrarse temporalmente en España.
Para revisar la situación necesitamos:
* Nacionalidad.
* Residencia legal.
* Pasaporte.
* Tarjeta o autorización de residencia.
* Categoría solicitada.
* Motivo del viaje.
* Antecedentes de solicitudes.
Las instrucciones estadounidenses actuales priorizan que los solicitantes tramiten visados de no inmigrante en su país de nacionalidad o residencia.
Entrevista para la visa americana
Cuando corresponde entrevista, el oficial consular valora la solicitud, la documentación y las respuestas del interesado. No existe un guion que garantice la aprobación.
La preparación debe servir para que comprendas tu expediente y puedas explicar con claridad:
* Por qué viajas.
* Cuánto tiempo permanecerás.
* Quién paga.
* Dónde te alojarás.
* A qué te dedicas.
* Qué vínculos mantienes fuera de Estados Unidos.
* Qué viajes has realizado.
* Si has tenido denegaciones o incidencias.
* Qué harás al regresar.
No enseñamos respuestas falsas ni formas de ocultar información.
Documentación para la entrevista
La documentación exacta depende de la categoría y del perfil.
Para una visa de visitante puede resultar útil disponer de:
* Pasaporte.
* Confirmación del DS-160.
* Confirmación de la cita.
* Fotografía, si se requiere.
* Itinerario.
* Alojamiento.
* Justificación económica.
* Información laboral o empresarial.
* Carta de invitación, cuando proceda.
* Documentos médicos, académicos o profesionales.
* Documentación de solicitudes anteriores.
El funcionario puede decidir basándose en la solicitud y la entrevista, aunque lleves numerosos documentos.
Pasaporte y fotografía
El pasaporte debe ser válido y estar en condiciones adecuadas.
Antes de comenzar revisamos:
* Nombre completo.
* Número.
* Nacionalidad.
* Fecha de expedición.
* Caducidad.
* Estado físico.
* Visas anteriores.
* Pasaportes antiguos relevantes.
La fotografía debe cumplir las especificaciones oficiales y no conviene modificarla con filtros que alteren la apariencia. Los datos introducidos en el DS-160 deben coincidir exactamente con el documento utilizado para viajar.
Solvencia económica para viajar a Estados Unidos
En una solicitud de visitante puede ser importante explicar cómo se financiará el viaje. No existe un saldo universal que garantice la aprobación. La situación debe ser coherente con la duración, el itinerario y las circunstancias del solicitante.
Pueden aportarse, según el caso:
* Extractos bancarios.
* Nóminas.
* Certificado laboral.
* Declaraciones de ingresos.
* Documentación empresarial.
* Ahorros.
* Patrocinio de otra persona.
* Invitación con asunción de determinados gastos.
Ingresar una cantidad elevada justo antes de la cita sin explicar su origen puede generar dudas.
Vínculos con España o con el país de residencia
En las solicitudes temporales puede ser relevante demostrar que el viaje tiene duración limitada y que el solicitante mantiene razones para regresar. Los vínculos no se reducen a tener una vivienda.
Pueden incluir:
* Empleo.
* Negocio.
* Estudios.
* Familia.
* Residencia legal.
* Responsabilidades.
* Propiedades.
* Proyectos profesionales.
* Historial de viajes y cumplimiento.
Cada expediente se valora individualmente. No existe un documento único que sustituya al conjunto del perfil.
Carta de invitación
Una carta de invitación puede ayudar a explicar quién recibirá al viajero, dónde se alojará y cuál es la relación entre las personas. Sin embargo, no garantiza la visa ni sustituye automáticamente la solvencia, los vínculos o la explicación del viaje.
La carta debería ser coherente con:
* Fechas.
* Dirección.
* Motivo.
* Relación personal o profesional.
* Gastos asumidos.
* Información declarada en el DS-160.
* Respuestas de la entrevista.
No recomendamos utilizar cartas genéricas descargadas de internet.
Viajar para recibir tratamiento médico
La visa de visitante puede contemplar determinados viajes para tratamiento médico.
El expediente puede necesitar:
* Diagnóstico o información médica.
* Centro que realizará el tratamiento.
* Duración prevista.
* Coste.
* Forma de pago.
* Alojamiento.
* Acompañante, si corresponde.
* Justificación del regreso.
También es importante explicar por qué se realizará el tratamiento en Estados Unidos y cómo se cubrirán los gastos.
Menores que solicitan visa
Los menores también pueden necesitar solicitud individual y pasaporte propio.
La documentación puede incluir:
* Certificado de nacimiento.
* Datos de progenitores.
* Autorización cuando viaje sin uno de ellos.
* Información del viaje.
* Persona responsable.
* Situación económica familiar.
* Visas de los acompañantes.
Las reglas sobre entrevista o exención pueden cambiar, por lo que revisamos las instrucciones vigentes antes de confirmar el proceso.
Renovar una visa estadounidense
Una visa caducada no siempre se renueva de forma automática. Normalmente hay que realizar una nueva solicitud y comprobar si el solicitante cumple las condiciones de entrevista o de un procedimiento simplificado vigente.
Antes de empezar revisamos:
* Categoría anterior.
* Fecha de caducidad.
* Edad del solicitante.
* Lugar de expedición.
* Denegaciones posteriores.
* Cambios personales.
* Motivo actual.
* Pasaporte antiguo y nuevo.
No debe asumirse que haber tenido una visa garantiza una nueva concesión.
Visa perdida, robada o dañada
Si el pasaporte con la visa se pierde o es robado, hay que seguir los procedimientos de denuncia y comunicación que correspondan. Una fotografía o copia de la visa no permite viajar.
Puede ser necesario:
* Denunciar la pérdida o robo.
* Informar al puesto consular.
* Obtener un nuevo pasaporte.
* Preparar una nueva solicitud.
* Acreditar la visa anterior.
* Explicar las circunstancias.
Si la visa está dañada o contiene datos incorrectos, conviene consultar antes de viajar.
Visa denegada
Una denegación no debe analizarse únicamente a partir de lo que el solicitante recuerda de la entrevista.
Necesitamos revisar:
* Categoría.
* Formulario.
* Motivo del viaje.
* Comunicación entregada.
* Respuestas dadas.
* Documentación disponible.
* Perfil económico y profesional.
* Cambios desde la solicitud.
* Denegaciones anteriores.
Presentar otra solicitud inmediatamente con los mismos datos y sin cambios relevantes puede conducir al mismo resultado. No existe un recurso ordinario contra todas las denegaciones ni una gestoría puede garantizar que la siguiente solicitud sea aprobada.
Denegación bajo la sección 214(b)
Muchas denegaciones de visados temporales se relacionan con la falta de acreditación suficiente de la elegibilidad para la categoría o con que el solicitante no haya superado la presunción migratoria aplicable. Esto no significa necesariamente que exista una prohibición permanente.
Antes de volver a solicitar conviene valorar:
* Qué se explicó.
* Qué categoría se pidió.
* Si el viaje era coherente.
* Qué vínculos se presentaron.
* Si la situación ha cambiado.
* Si hubo errores en el formulario.
Una nueva solicitud implica un nuevo procedimiento y el pago de la tasa correspondiente.
Procesamiento administrativo
Algunas solicitudes necesitan comprobaciones adicionales después de la entrevista. Este proceso puede requerir documentos, información o tiempo adicional. No existe siempre una fecha exacta de finalización.
Si te solicitan algo, revisamos:
* Comunicación oficial.
* Referencia del expediente.
* Documento pedido.
* Forma de entrega.
* Plazo.
* Coherencia con el DS-160.
* Confirmación de envío.
No recomendamos enviar correos repetidos o documentación no solicitada sin seguir las instrucciones del puesto consular.
Qué ocurre cuando aprueban la visa
La aprobación no significa necesariamente que el pasaporte se entregue en el mismo momento. El puesto consular debe completar el procesamiento y devolver el pasaporte mediante el sistema previsto.
Cuando lo recibas, revisa:
* Nombre.
* Número de pasaporte.
* Categoría.
* Número de entradas.
* Fecha de caducidad.
* Anotaciones.
* Posibles errores.
No compres servicios no reembolsables basándote únicamente en una respuesta verbal antes de recuperar el pasaporte.
Validez de la visa y duración de la estancia
La fecha de caducidad de la visa no indica automáticamente cuánto tiempo puedes permanecer en Estados Unidos. La visa permite presentarte en un puerto de entrada durante su vigencia. La autoridad fronteriza decide si te admite y durante cuánto tiempo.
Debes comprobar la información de admisión y respetar la fecha autorizada. Permanecer más tiempo del permitido puede afectar a futuros viajes, autorizaciones ESTA y solicitudes de visa.
Una visa no garantiza la entrada
Incluso con una visa válida, la admisión la decide la autoridad de frontera.
El viajero debe mantener el mismo motivo declarado y poder explicar:
* Finalidad.
* Duración.
* Alojamiento.
* Recursos económicos.
* Billete o plan de salida.
* Persona o empresa de contacto.
* Documentos relacionados.
Una visa de visitante no puede utilizarse para entrar con la intención real de trabajar o residir permanentemente.
Errores frecuentes al solicitar una visa estadounidense
Los problemas suelen aparecer por incoherencias, omisiones o por elegir una categoría que no corresponde.
Los errores más habituales son:
* Confundir ESTA y visa.
* Ocultar viajes o denegaciones.
* Completar el DS-160 con datos aproximados.
* Seleccionar mal el motivo.
* No conservar la confirmación.
* Pagar en una web no oficial.
* Llegar a la entrevista sin conocer el expediente.
* Presentar documentos contradictorios.
* Solicitar desde un país donde no resides.
* Comprar vuelos no reembolsables demasiado pronto.
La preparación correcta no garantiza la concesión, pero reduce errores evitables.
Cómo trabajamos tu solicitud
1. Revisamos tu viaje
Nos indicas nacionalidad, residencia, motivo, duración, fechas y antecedentes de solicitudes.
2. Identificamos la categoría
Valoramos si puedes utilizar ESTA o si necesitas B1, B2, J1 u otro procedimiento.
3. Te damos presupuesto
Te explicamos qué incluye el servicio, qué debes hacer personalmente y cuánto cuesta nuestra gestión.
4. Preparamos la documentación
Revisamos el pasaporte, el DS-160 y los documentos relacionados con el viaje.
5. Te orientamos para la cita
Te ayudamos a comprender el expediente y los siguientes pasos, sin proporcionar respuestas falsas.
6. Revisamos incidencias
Si aparece una petición adicional, estudiamos la comunicación y la documentación solicitada.
INICIAR MI SOLICITUD DE VISA USA
Qué necesitamos para revisar tu caso
Para una primera valoración, indícanos:
* Nacionalidad.
* País de residencia.
* Tipo de residencia en España, si procede.
* Motivo del viaje.
* Duración.
* Fecha prevista.
* Quién pagará.
* Situación laboral o académica.
* Viajes anteriores a Estados Unidos.
* Visas o ESTA previos.
* Denegaciones.
* Incidencias migratorias.
No hace falta que tengas todos los documentos preparados antes del primer contacto.
Precio de la gestoría para visa Estados Unidos
El precio depende de la categoría y del estado del expediente. No cuesta lo mismo revisar una autorización ESTA que preparar un DS-160, documentación y orientación para una visa con entrevista.
Para presupuestar necesitamos saber:
* Tipo de viaje.
* Número de solicitantes.
* Nacionalidad.
* Si ya existe formulario.
* Si ya has pagado tasa.
* Si tienes cita.
* Si hubo denegación.
* Si se requiere documentación adicional.
* Si el caso incluye menores.
Los honorarios de gestoría son independientes de las tasas oficiales, gastos consulares, mensajería y otros costes externos.
PEDIR PRESUPUESTO PARA MI VISA
Por qué confiar en nuestra gestoría
Una solicitud de visa contiene información personal, profesional, económica y migratoria que debe ser coherente.
Nuestra forma de trabajar se basa en:
* Revisar antes de completar.
* Diferenciar visa y ESTA.
* Identificar la categoría adecuada.
* Pedir documentos concretos.
* Explicar tasas y honorarios.
* Preparar al solicitante sin inventar respuestas.
* Mantener comunicación durante el servicio contratado.
Somos una gestoría colegiada y prestamos atención online para toda España. No somos la Embajada de Estados Unidos ni tenemos capacidad para aprobar solicitudes, adelantar citas o influir en la decisión consular.
Gestoría de visa Estados Unidos online en toda España
Puedes contratar el servicio desde cualquier provincia. La revisión, preparación del formulario y organización documental pueden realizarse online. Cuando la autoridad exige comparecencia, huellas, entrevista o entrega del pasaporte, debe actuar personalmente el solicitante.
También atendemos a ciudadanos extranjeros residentes legalmente en España que desean solicitar una visa estadounidense desde este país.
Opiniones de Nuestros Clientes
Preguntas frecuentes sobre la visa para Estados Unidos
¿Necesito visa para viajar a Estados Unidos?
Depende de tu nacionalidad, pasaporte, motivo, duración y antecedentes. Algunos viajeros pueden utilizar ESTA y otros necesitan visa.
¿El ESTA es una visa?
No. Es una autorización electrónica para viajeros elegibles dentro del Programa de Exención de Visa.
¿Qué diferencia hay entre B1 y B2?
B1 está relacionada con determinadas actividades temporales de negocios. B2 se utiliza para turismo, visitas y otras finalidades permitidas.
¿Puedo trabajar con una visa B1/B2?
No permite incorporarse de forma ordinaria al mercado laboral estadounidense.
¿Qué es el formulario DS-160?
Es la solicitud electrónica utilizada para numerosos visados temporales. Cada solicitante debe completar el suyo.
¿Podéis rellenar el DS-160?
Podemos ayudarte a prepararlo y revisarlo utilizando la información verdadera facilitada por el solicitante.
¿Necesito entrevista?
Depende de la categoría, edad, historial y reglas vigentes. No debe asumirse automáticamente que una renovación estará exenta.
¿Puedo solicitar la visa desde España si soy extranjero?
Puede ser posible si resides legalmente en España y el puesto consular admite la solicitud. Debes acreditar la residencia.
¿Cuánto tarda la cita?
La disponibilidad cambia según el puesto consular, la demanda y la categoría. No podemos garantizar una fecha concreta.
¿Debo comprar los vuelos antes?
No recomendamos comprar billetes no reembolsables antes de conocer el procedimiento y obtener el visado cuando sea necesario.
¿Cuánto dinero debo tener?
No existe un saldo único que garantice la aprobación. Debes demostrar que el viaje es coherente con tus recursos y circunstancias.
¿Una carta de invitación garantiza la visa?
No. Puede apoyar la explicación del viaje, pero no sustituye el resto del análisis consular.
¿Qué ocurre si me deniegan?
Hay que revisar el motivo, el formulario y si han cambiado las circunstancias antes de presentar otra solicitud.
¿Podéis conseguir una cita urgente?
No podemos garantizar citas ni crear disponibilidad. Las solicitudes urgentes dependen del procedimiento y de la decisión consular.
¿La visa garantiza que podré entrar?
No. La autoridad fronteriza decide la admisión cuando llegas a Estados Unidos.
¿Quieres solicitar una visa para Estados Unidos?
Cuéntanos tu nacionalidad, país de residencia, motivo y duración del viaje. Revisaremos si necesitas ESTA, B1, B2, J1 u otra categoría y te indicaremos los pasos, la documentación y el presupuesto.
CONSULTAR MI VISA PARA ESTADOS UNIDOS
Atención online. Presupuesto previo. La concesión depende de las autoridades estadounidenses.
