
Residencia por arraigo
Se trata de un procedimiento por parte de extranjería que autoriza a cualquier ciudadano que no pertenezca a la Unión Europea a vivir en España de forma legal, aunque en circunstancias excepcionales. Es decir, consiste en un trámite para obtener la residencia en España por arraigo y así legalizar tu situación cuando estás viviendo de forma ilegal. Puede resultar un trámite un poco confuso de hacer porque cuenta con varios requisitos que debes de cumplir y documentación que debes reunir. Pero no te preocupes, nosotros estamos aquí para ayudarte a tramitar la autorización de residencia temporal por razones de arraigo. No dudes en contactarnos lo antes posible para que nos pongamos en marcha con tu trámite. Además, puedes contactarnos desde cualquier punto del país; desde Barcelona, Murcia, Cádiz o cualquier otra que pertenezca a territorio español. No esperes a tener problemas para buscar la ayuda profesional que necesitas.
Requisitos para la residencia por arraigo
Es necesario que cumplas con unos requisitos para el permiso de residencia por arraigo. Para que no tengas ninguna duda, te vamos a dejar a continuación cada uno de ellos para que no tengas problemas.
- Está destinada para ciudadanos no originales de un estado miembro de la Unión Europea: está pensado para extranjeros que no proceden de países miembros de la UE. Ya que, si eres originario de un país europea se te va a aplicar la normativa para ciudadanos comunitarios.
- Debes demostrar un vínculo con el país: como parte de los requisitos para la residencia en España por arraigo debes demostrar que tienes un vínculo con el país. Lo puedes demostrar a través de documentos específicos.
- Vas a tener que demostrar la permanencia en el país: para solicitar este procedimiento es necesario que demuestres tu permanencia en el país. Aunque el tiempo mínimo de permanencia va a depender del tipo de residencia que quieras solicitar.
- Compromiso de no retorno: no puedes encontrarte dentro del plazo de compromiso de no retorno a España; esto se asume al retornar de manera voluntaria a tu país de origen.
- No tener prohibida la entrada al país: uno de los requisitos es no tener prohibida la entrada el país ni figurar como rechazable en el espacio territorial del países con los que España tenga firmado un convenio.
- No puedes tener antecedentes penales: si tienes antecedentes penales no vas a poder tramitarlo. Además, no solo en España, sino en todos los países en los que hayas residido en los años anteriores a la entrada al país.
Recomendaciones para tramitar la residencia por arraigo
Para que la tramitación de la tarjeta de residencia por arraigo sea lo más sencillo para ti vamos a dejarte una serie de recomendaciones para tener en cuenta. Así que no dudes en quedarte con nosotros un poco más.
- Ten cuidado con los antecedentes penales: para obtener un permiso temporal de residencia por arraigo no puedes tener antecedentes penales. Pero no solo se aplica a tu residencia en España, sino también a aquellos países en los que hayas vivido en los últimos cinco años anteriores a la entrada al país.
- Es fundamental que puedas demostrar tu vinculación con el país: para llevar a cabo esta solicitud es fundamental que puedas demostrar que tienes algún tipo de vinculación con el país.
- Demuestra que has residido en España durante el tiempo necesario: esto no se aplica para todos los tipos que existen; solo para dos de ellos debes justificar tu permanencia continuada en el país.
- Lo mejor es que te empadrones cuantos antes: en caso de que tengas que demostrar tu permanencia en el país, lo más aconsejable es que te empadrones cuanto antes para no tener problemas a la hora de demostrarlo.
- Ten cuidado con las ausencias si sales de España: algo muy importante son las ausencias del país.
Consejos de gestores sobre la residencia por arraigo en España


OPCIÓN 1: permiso de residencia en España por arraigo POR TU CUENTA
Tienes la opción de gestionar la residencia por arraigo en extranjería directamente. Es decir, en este caso, vas a tener que acudir personalmente a la Oficina de Extranjería junto con los papeles necesarios para tramitarla. Evidentemente, para esta opción, no dispones de ayuda profesional; cualquier error o problema que surja durante la tramitación va a ser tu responsabilidad. De todas formas, para que te decidas por la opción que más te convenga, vamos a dejarte a continuación toda la información relacionada con esta vía. Así que no dudes en quedarte con nosotros un poco más para conocer todos los detalles.
¿Cuánto cuesta la solicitud de residencia en España por arraigo por tu cuenta?
Por tu cuenta el precio es 0€ (honorarios GRMª) + 38,28€ (tasa 790/052) + 16,08€ (tasa 790/012). Así quedaría el coste si lo haces por tu cuenta sin ayuda de una gestoría. Es evidente que el precio es ligeramente menor porque no tienes que hacerte cargo de los honorarios del gestor.
Ventajas si lo haces por tu cuenta
- Disminución en el precio final: al hacerlo por tu cuenta no es necesario que abones los gastos derivados de la gestoría.
Inconvenientes si lo haces por tu cuenta
- Necesidad de cita previa: tienes que solicitar la residencia por arraigo con cita previa en extranjería.
- Vas a tener que desplazarte: es necesario que acudas personalmente a la Oficina de Extranjería para poner en marcha la solicitud.
- Inviertes más tiempo personal: ya que, eres el único responsable de toda la gestión.
- Es un proceso más lento: porque depende tanto de los tiempos de esperas, como de la demanda de citas, como de lo que tardes en reunir los documentos.
OPCIÓN 2: obtener la residencia española por arraigo con GESTORÍA RMª
Actualmente, gracias a los avances telemáticos, dispones de la opción de realizar la autorización de residencia española por arraigo con un gestor. Es decir, con una gestoría que se encargue de estos trámites. De hecho, es lo más aconsejable porque si te decides por esta opción no vas a tener que preocuparte por nada; nosotros nos vamos a encargar de realizar las gestiones oportunas para ti. Pero para que te decidas por la vía que más te convenga, según tus propias circunstancias, te vamos a dejar a continuación todos los detalles relacionados con esta opción. No dudes en quedarte con nosotros un poco más para conocer todos los detalles.
¿Cuánto cuesta la tarjeta de residencia por arraigo con Gestoría RMª?
Con Gestoría RMª el coste es 285€/145€ (IVA incl.). Así quedaría el coste si quieres sacar la tarjeta por arraigo para la residencia con una gestoría como la nuestra. Es evidente que en esta ocasión debes incluir todos los gastos derivados de la gestoría.
Ventajas si lo haces con Gestoría RMª
- Sin desplazamientos: no es necesario que acudas personalmente a ninguna oficina física, sino que puedes tramitarlo desde la comodidad de tu hogar.
- 100% online: lo haremos todo de manera telemática para tu mayor comodidad.
- Sin necesidad de cita previa: no es necesario que pidas cita para hacerlo con nosotros; tan solo preocúpate de contactarnos.
- Inviertes menos tiempo personal: ya que, nosotros nos vamos a hacer cargo de toda la gestión para que sea lo más sencillo para ti.
Inconvenientes si lo haces con Gestoría RMª
- Aumento en el precio final: debido a que debes hacerte cargo de los honorarios del gestor, el precio final es ligeramente mayor.
Opiniones sobre la residencia en España por arraigo


¿Qué beneficios tiene tramitar la tarjeta para la residencia por arraigo en España?
A continuación te vamos a contar todas las ventajas que supone pedir esta autorización en España. Ya que, si obtienes una solicitud favorable te puedes beneficiar de las siguientes ventajas.
- Resides legalmente en el país: ya que, vas a regularizar tu situación en el país. Así que no vas a tener que preocuparte por estar ilegalmente en el país.
- Puedes desempeñar actividades tanto por cuenta ajena como propia: gracias a obtener la autorización temporal de residencia por arraigo puedes trabajar tanto por cuenta propia como ajena.
- Te beneficias de las ventajas de la Seguridad Social: al estar afiliado en la Seguridad Social te vas a beneficiar de todas sus ventajas.
- Puedes viajar a tu país de origen: al estar legalmente en el país puedes viajar a tu país de origen sin ningún problema.
- Facilita la obtención de la nacionalidad española: en unos años vas a poder tramitar la nacionalidad española gracias a estos permisos de residencias.
- No te van a expulsar del país: no te pueden expulsar del país mientras tengas este permiso de residencia porque vas a estar en situación regular.
- Se podría tramitar la autorización de residencia para tus familiares: en estos casos vas a poder tramitar también esta solicitud para traer a tus familiares para que residan en el país de manera legal.
Documentos para un permiso de residencia por arraigo
Para iniciar los trámites oportunos para esta gestión te hace falta reunir la documentación a presentar para la residencia por arraigo. No te preocupes, a continuación te vamos a dejar todos los documentos que te hacen falta.
- Modelo oficial EX10: se trata del impreso oficial para esta gestión. Es conveniente que antes de entregar nada te asegures que está debidamente cumplimentado para no tener problemas. Ya que, presentar documentos erróneos podría dar problemas.
- Modelo oficial EX17: este modelo está destinado para tramitar la TIE, o lo que es lo mismo, la Tarjeta de Identidad de Extranjeros física. En caso de obtener la solicitud favorable es necesario que la tramites.
- Tasa 790 código 052: para este año 2023 debes abonar la cantidad de 38,28€. Además, de manera independiente a cómo realices la gestión debes aportar el justificante. Ya que, forma parte de los documentos para la tarjeta de residencia por arraigo.
- Tasa 790 código 012: para este año 2023 debes abonar la cantidad de 16,08€. Esta tasa está destinada para la obtención de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros). Es decir, cuando obtengas la solicitud favorable es necesario tramitarla.
- Certificado de antecedentes penales: para iniciar la solicitud correspondiente es necesario que adjuntes el certificado de antecedentes penales.
- Padrón municipal: lo más sencillo para poder presentarlo es que te empadrones cuanto antes.
- Copia completa del Pasaporte: es necesario que presentes tanto el pasaporte como la copia de este.
- Documentos que acrediten la permanencia en el país: puedes presentar un contrato de alquiler, facturas de agua o luz, informes médicos, etc.
- Contrato de trabajo: si te interesa tramitarlo vas a tener que presentar un contrato; aunque no para todos los tipos es obligatorio.
- Documentos que acrediten la vinculación con otros familiares residentes: en caso de que tengas vínculos familiares con otros residentes españoles.
Pasos a seguir para la solicitud de residencia por arraigo
Es conveniente que sepas que debes seguir una serie de pasos para solicitar la residencia por arraigo. Pero no te preocupes, aquí vas a encontrar todo lo que necesitas para que lo puedas hacer sin problemas.
- Reúne los documentos: es necesario que hagas el permiso de residencia por arraigo con la solicitud correspondiente. Por tanto, debes encargarte de reunir todos los documentos necesarios para este trámite. Tanto el impreso como el resto de la documentación.
- Pide cita en la Oficina de Extranjería: antes de ir a ninguna parte es indispensable que pidas cita previa en la Oficina de Extranjería. Te aconsejamos que no vayas sin cita previa; así no tienes problemas. Aunque recuerda que si lo haces con nosotros no tienes que pedirte cita.
- Acude el día de la cita: vas a tener que desplazarte personalmente el día de la cita junto al resto de los documentos obligatorios. Allí, en la Oficina de Extranjería, van a iniciar la gestión. Por tanto, tienes que abonar la tasa y cumplimentar el modelo oficial de impreso.
- Debes solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros): una vez hayas obtenido un informe favorable debes solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía. Allí vas a tener que realizar la impresión de tus huellas dactilares.
Obligaciones de los ciudadanos al solicitar la residencia por arraigo
En este punto nos vamos a centrar en las obligaciones que tienes como ciudadano a la hora de gestionar un permiso de residencia por arraigo; en aquellos casos en los que se te conceda la permanencia en el país.
- En los 30 días posteriores al recibir la notificación de concesión debes darte de alta en la Seguridad Social: una vez obtengas tu solicitud para la autorización de residencia por arraigo favorable debes darte de alta en la Seguridad Social. De esta manera, también te vas a beneficiar de las ventajas que supone estar afiliado a la Seguridad Social. En cualquier caso, recuerda que tienes 30 días desde la aprobación para residir en el país.
- Debes solicitar personalmente la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros): una vez hayas obtenido la autorización aprobada es necesario que acudas a la Oficina de Extranjería o a la Comisaría de Policía para tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros. Para esta gestión debes abonar la tasa correspondiente, al igual que debes cumplimentar el modelo estipulado para ello. Además, en ese momento vas a hacer la impresión de tus huellas.
- Al año de vigencia de esta autorización puedes solicitar una autorización de residencia y trabajo: cuando se haya cumplido el período de vigencia de esta solicitud puedes obtener un permiso de residencia y trabajo; vas a poder trabajar tanto por cuenta propia como ajena. De esta manera, vas a poder seguir viviendo en el país legalmente.
Compatibilidad del permiso de residencia por arraigo y el trabajo
Este proceso de arraigo para la residencia lleva ligado también una autorización para poder desempeñar un empleo. Es decir, si te conceden este permiso puedes trabajar sin problemas dentro del país. Además, vas a poder hacerlo de manera legal tanto por cuenta ajena como propia. Incluso cuando llegue el momento de tener que renovar dicha autorización vas a poder seguir trabajando, es decir, seguir con tu actividad, sin problemas. Aunque sí es cierto que debes cumplir con los requisitos para su renovación o modificación. En cualquier caso, debes saber que tienes totalmente permitido el trabajar si te han concedido el permiso para residir en el país. Eso sí, recuerda que solo los mayores de 16 años van a poder trabajar; si no tienes todavía la edad permitida para trabajar no vas a poder.
En definitiva, obtienes una solicitud favorable de este permiso no vas a tener problemas para trabajar en el país. Una vez obtengas la concesión lo que debes hacer es darte de alta en la Seguridad Social para poder empezar a trabajar. De todas formas, si tienes dudas sobre este punto, te aconsejamos que contactes con nosotros. Lo más común para resolver las dudas o recibir asesoramiento personalizado es que cuentes con ayuda profesional; así te quitas de problemas que pueden surgir durante la tramitación. Así que si deseas buscar ayuda de expertos, te invitamos a que pases por nuestra gestoría; aquí vas a encontrar todo lo que necesitas para tus gestiones. Es tan sencillo como contactarnos a través del número que aparece en la pestaña de contacto. Además, lo puedes hacer desde cualquier punto del país; desde Sevilla, Málaga, Alicante o cualquier otra provincia.
¿Se puede obtener la nacionalidad española por el proceso de residencia por arraigo?
La respuesta es sí. Aunque es necesario que aclarar que la nacionalidad española se obtiene cuando cualquier ciudadano extranjero ha vivido de manera interrumpida durante diez años en el país. Pero aun así, conseguir el permiso de residencia por arraigo es el primer paso para poder obtenerla en un futuro. Además, existen algunas excepciones como si contraes matrimonio con un ciudadano español tan solo debes vivir en España durante un año, para los ciudadanos de Portugal, Filipinas, Andorra o Latinoamérica o Guinea Ecuatorial se reduce a dos años y si tienes condición de refugiado el tiempo es de cinco años. El tiempo de espera para obtener la nacionalidad va a depender un poco de tu país de procedencia, por tus circunstancias personales o por si contraes matrimonio con un ciudadano español.
En resumen, gracias a estos permiso para residir legalmente en el país vas a poder tramitar la ciudadanía en un futuro. Es importante aclarar que solo van a contar los años que estés de manera legal en el país. Ya que, aquellos años que estuvieras ilegalmente no cuentan para acceder a la nacionalidad española. Al igual que si pierdes tu derecho a residir en el país por cualquier motivo, y necesitas volver a regularizar tu situación, los plazos empiezan a contar desde cero. Es decir, el tiempo que llevaras residiendo legalmente se pierden. Ya que, se interrumpe la continuidad de la residencia legal. También es importante que sepas que cuando llegue el momento de hacer una modificación el tiempo que lleves residiendo no se pierde. Pero no te preocupes, estamos aquí para ayudarte; te aconsejamos que contactes con nosotros cuanto antes para poder responder todas esas dudas que puedas tener.
DEFINICIÓN AMPLIADA: ¿Qué es una residencia por arraigo?
A continuación vamos a explicar en qué consiste esta residencia por arraigo y su significado. Lo más importante que debes saber es que consiste en un procedimiento por el cual permite que cualquier ciudadano extranjero que no sea europeo residir legalmente en el país. Es decir, cuando un ciudadano extranjero lleva un tiempo determinado en España va a poder regularizar su situación gracias a esta autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Además, también tienes la posibilidad de renovar este permiso cuando llegue el período de vencimiento. Aunque técnicamente no sería una renovación, sino una modificación. De todas formas, recuerda que si tienes dudas o necesitas más información, puedes contactar con nosotros para resolverlas.
En resumidas cuentas, se trata de una autorización para residir legalmente en el país destinada a ciudadanos extranjeros no europeos. De esta manera, regularizan su situación para no tener problemas. Además, van a poder tanto residir como trabajar por cuenta ajena o propia. Lo que debes tener en cuenta es que tiene una duración de un año; después debes realizar una modificación. Recuerda que nuestra finalidad es ofrecerte toda la ayuda posible para que puedas hacer tus gestiones sin problemas. Por tanto, si te encuentras en esta situación, te aconsejamos que contactes con nosotros para que nos encarguemos de hacerlo por ti. Incluso, si te interesa, podemos tramitar todo el procedimiento sin necesidad de que te desplaces a ninguna oficina física. No esperes a que los problemas aparezcan para buscar la ayuda profesional que necesitas; tan solo contáctanos a través del número de teléfono.
¿Cómo se demuestra el arraigo?
Para pedir la residencia por circunstancias excepcionales de arraigo es indispensable que puedas demostrar tanto la permanencia, como los vínculos con otros residentes españoles, como la existencia de una relación, en el ámbito del trabajo, entre empleador y empleado. O si estás interesado en trabajar por cuenta propia debes presentar un proyecto empresarial. También tienes la opción de aportar que dispones de medios económicos suficientes. Además, también es necesario que demuestres tu permanencia en el país. Por tanto, te va a hacer falta estar empadronado. Sin embargo, no solo puedes demostrar esta permanencia con el padrón, sino con documentos que lo certifiquen como facturas de agua o luz, informes médicos, contrato de alquiler, etc. Lo más aconsejable es que contactes con nosotros para resolver las dudas que pudieras tener.
En resumen, puedes demostrar este procedimiento con documentos que acrediten un vínculo con un residente español, demostrando que existe una relación entre empleador y empleador o demostrando que tienes un contrato de trabajo, o medios económicos suficientes, o un proyecto empresarial. Y recuerda que para dos de ellos es necesario que también demuestres tu permanencia en el país. Esta permanencia la puedes demostrar a través del padrón o cualquier documento que acredite que has estado viviendo en el país. Por ejemplo, sirven las facturas de agua o luz, informes médicos o incluso el carnet de la biblioteca si lo tuvieras. En cualquier caso, lo más aconsejable es que contactes con nosotros lo antes posible para que nos pongamos en marcha con tu solicitud. Sin duda, contar con expertos te facilita el trabajo. Lo único que debes hacer para contactar con nosotros es irte a la pestaña de contacto y llamarnos.
¿Cuáles son los tipos de arraigo?
A continuación te vamos a explicar los distintos tipos que existen. Para que así puedas solicitar la tarjeta de autorización de residencia por arraigo que más te convenga. Quédate con nosotros un poco más para conocer los distintos tipos.
- Arraigo familiar: se concede para ciudadanos extranjeros que sean hijos de padres originariamente españoles o para padres de hijos menores de edad con nacionalidad española. Además, este tipo no está vinculado a un requisito temporal. Es decir, lo puedes tramitar a la semana de estar en territorio español si cumples con los requisitos.
- Arraigo laboral: está destinado para aquellos ciudadanos extranjeros que trabajan ilegalmente en el país y quieren regularizar su situación. En este caso, es indispensable que puedas demostrar que existe una relación con el empleador. Esta demostración puedes hacerle vía judicial con una sentencia o resolución o a través de un “certificado de vida laboral”. Además, para este tipo sí que necesitas demostrar tu permanencia en el país; tienes que haber permanecido en el país un mínimo de dos años y haber trabajado ilegalmente durante los últimos 183 días.
- Arraigo social: se concede a ciudadanos extranjeros que han permanecido de manera continuada en España durante un mínimo de tres años de manera irregular. Esta permanencia la puedes demostrar con el padrón municipal o con un contrato de alquiler, con las facturas de luz o agua, etc. Además, aunque no es indispensable, necesitas un contrato de trabajo. Sin embargo, también la puedes solicitar si demuestras tener medios económicos suficientes o un plan de proyecto empresarial para trabajar como autónomo.
¿Se puede renovar la autorización de residencia por arraigo?
Actualmente es posible realizar la renovación de la residencia temporal por arraigo. Aunque técnicamente no se consideraría una “renovación”, sino una modificación del correspondiente permiso; pasaría a ser una “autorización de residencia por circunstancias excepcionales”. Pero no te preocupes, aquí vas a encontrar toda la información sobre este apartado para que no tengas ninguna duda sobre este punto. Así que te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más para conocer todos estos detalles. De todas formas, recuerda que puedes contactar con nosotros en cualquier momento para resolver las dudas que pudieras tener.
Modificación del permiso para la residencia española por arraigo
- Si presentas un contrato de trabajo: se te va a conceder una “autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena”. Para tramitar la autorización para residencia española por arraigo por este motivo debes acreditar que existe una relación de empleo o continuidad con la que se te concedió la primera vez. Aunque también es posible solicitarlo con un contrato nuevo.
- Presentando un proyecto empresarial: esto solo será necesario en los casos en los que vayas a trabajar como autónomo. Es decir, montando tu propia empresa. Así que, en estos casos, es necesario que presentes un proyecto para certificar que vas a poner tu negocio en marcha.
- Puedes modificarlo a una “residencia no lucrativa” en caso de haber tramitado por medios económicos propios: en caso de haberlo solicitado por tener medios económicos propios podrás modificarlo a un permiso de “residencia no lucrativa”.
Normativa sobre la residencia española por razones de arraigo
Para que tengas conocimiento sobre la ley de residencia por arraigo te vamos a dejar a continuación todo sobre dicha ley. A continuación, te vamos a explicar de manera detallada todo sobre la normativa.
- Ley Orgánica 4/2000 del 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración social (art. 31.3): también se conoce como “ley de extranjería”. Lo más conveniente si tienes dudas es que contactes con nosotros.
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011 del 20 de abril (art. 62 al 66 y del 123 al 130): también se conoce como “Reglamento de Extranjería”.
- Real Decreto Ley 19/2019, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados: este Real Decreto también forma parte de la normativa para este procedimiento.
- Ley 39/2015 del 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: también entra dentro de la normativa básica para poder solicitar este proceso.
- Instrucción DGI/SGRJ/2008: está destinada para las autorizaciones de residencia temporal en los casos de hijos de padre o madre que sean originariamente españoles.
Modelos y tasas para la obtención de residencia por arraigo
Para iniciar esta solicitud te va a hacer falta tanto el formulario para la residencia por arraigo como la tasa correspondiente. Por este motivo, a continuación, te vamos a dejar todos los impresos y tasas que te van a hacer falta para tramitarlo; así no vas a tener problemas a la hora de iniciar la solicitud.
- Modelo EX10: consiste en el modelo oficial estipulado por la Oficina de Extranjería para el permiso para residir por arraigo. Es necesario que esté correctamente cumplimentado a la hora de iniciar la gestión. Así que antes de entregar nada asegúrate de que todo está perfectamente cumplimentado para no tener problemas.
- Modelo EX17: este modelo está destinado para la obtención de la TIE física. Es decir, cuando obtengas una solicitud favorable debes acudir a la Oficina de Extranjería o a la Comisaría de Policía para tramitar físicamente la “Tarjeta de Identidad de Extranjeros”.
- Tasa 790 código 052: para este 2023 debes abonar la cantidad de 38,28€. Es la tasa para la residencia por razones de arraigo estipulada por extranjería. Es necesario que a la hora de iniciar la solicitud presentes el justificante del pago.
- Tasa 790 código 012: para este 2023 debes abonar la cantidad de 16,08€. Esta tasa está destinada para la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjeros física. Es decir, debes abonar dicha cantidad el día que acudas a la Oficina de Extranjería o a la Comisaría de Policía para obtener esta tarjeta. Si tienes dudas te aconsejamos que busques ayuda profesional para resolver cualquier duda que pudieras tener.
Preguntas más repetidas sobre la residencia legal por arraigo
En este último apartado nos vamos a centrar en responder a las preguntas que más se repiten entre nuestros propios clientes. Por este motivo, te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más para conocer todos los detalles. No obstante, recuerda que tienes disponible la opción de contactar con nosotros para resolver cualquier duda que tuvieras. Además, con la gran ventaja, de que nos puedes contactar desde cualquier punto del país. Nos puedes llamar desde Madrid, Valencia, Baleares o cualquier otra provincia que pertenezca a territorio español.
¿Puedo tramitar el permiso de residencia por arraigo sin contrato de trabajo?
Sí, lo podrías hacer. Para esto debes demostrar que tienes medios económicos suficientes o presentar un proyecto empresarial para desempeñar actividades por cuenta propia.
¿Es posible obtener la residencia por arraigo si trabajo por cuenta propia?
Sí, por supuesto. Para ello debes presentar un proyecto empresarial en el que demuestres que vas a montar tu propia empresa.
¿Se puede solicitar la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo estando en otro país?
No, este trámite lo debes solicitar directamente desde España.
¿Se puede solicitar la residencia por arraigo de un estudiante?
No, actualmente no es posible tramitar este procedimiento en caso de que te encuentres en situación de estudiante.
¿Cuánto cuesta la residencia por arraigo en 2023?
Con Gestoría RMª el coste es 285€/145€ (IVA incl.). En cambio, si lo haces por tu cuenta te vas a ahorrar todos los gastos derivados de la gestoría.
¿Cómo obtener la residencia por arraigo en España?
Al entrar en nuestra web, vas a ver todo lo que necesitas: tasas, modelos, pasos, documentación necesaria, citas, consejos de gestores…