Pensión de jubilación
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Esta prestación con carácter vitalicio consiste en una ayuda económica que se le concede a una persona cuando cesa la actividad laboral. Tiene la finalidad de cubrir la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando concluye su vida laboral. Para ello, primero debe haber alcanzado la edad establecida. Tanto los trabajadores por cuenta ajena, como por cuenta propia, tienen derecho a recibir esta prestación. Puede darse el caso de que el trabajador reciba esta pensión al reducir su jornada de trabajo y salario en los términos legalmente reconocidos. Esta prestación se incluye dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social. Por ello, es necesario que conozcas todos los detalles sobre la prestación y los derechos que tienes a la hora de solicitarla. Lo mejor es que contactes con nosotros desde Barcelona, Cádiz, Alicante o cualquier otra provincia española.
¿Quién puede solicitar las pensiones de jubilación?
Es importante conocer quién o quiénes pueden acceder a esta prestación llegado el momento. Por este motivo, vamos a dejarte a continuación todos los detalles relacionados con este apartado, así conoces si tienes derecho a ella o no.
- Ciudadanos que cumplan la edad exigida: para tener derecho a esta prestación debes llegar a la edad legalmente exigida para ello. Por lo general, es necesario que hayas cumplido los 66 años y 4 meses, aunque esta edad puede variar en función de la jubilación por la que optes. Lo más conveniente es que antes de iniciar ningún proceso te pongas en contacto con nosotros; nos vamos a encargar de darte una respuesta ajustada a tus circunstancias personales. Para ello, te invitamos a que contactes con nosotros cuanto antes, del resto nos vamos a ocupar nosotros.
- Para aquellos que estén incluidos en el Régimen de la Seguridad Social: si estás incluido en el Régimen de la Seguridad Social, es decir, afiliada, tienes derecho al cobro de esta ayuda económica en caso de cumplir con el resto de los requisitos.
- Personas que alcancen la cotización requerida: a pesar de haber cumplido la edad exigida se debe tener en cuenta también los años cotizados. Por ejemplo, para los 66 años te van a exigir un mínimo de cotización de 37 años y 6 meses. Es mejor que te informes a través de una gestoría como la nuestra antes de iniciar ningún proceso. Si necesitas más información sobre este apartado, te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros cuanto antes. Recuerda que nuestra finalidad es ofrecerte toda la ayuda necesaria para que puedas hacer tus gestiones de la mejor manera posible.
Requisitos para obtener pensión jubilación
Antes de comenzar a profundizar en este tema vamos a detallar las condiciones que debes cumplir para conocer si puedes, o no, pedirla. Por esta razón, te aconsejamos que te quedes con nosotros un poco más.
- Tener cumplida la edad requerida: por norma general, para acceder al derecho del cobro de esta prestación debes tener cumplida la edad ordinaria. Actualmente esta edad se establece en los 66 años, aunque existen algunas excepciones. Lo más aconsejable es que te informes antes con especialistas del sector para evitar tener problemas durante la tramitación. Ten en cuenta que estamos aquí para ayudarte; no dudes en contactar con nosotros cuanto antes para que nos pongamos en marcha con tu solicitud a la mayor brevedad posible.
- Cumplir con el período de cotización mínimo: actualmente te van a exigir como mínimo tener 15 años cotizados para el cobro de esta prestación. Además, dos de ellos deben ser dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de pedir la prestación. También es conveniente que sepas que estos períodos de cotización pueden variar en función de la jubilación por la que optes. Si necesitas resolver alguna sobre este aspecto, te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web. También tenemos habilitada la posibilidad de que nos envíes un WhatsApp directamente; lo que te resulte más cómodo.
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¡Si tienes dudas o quieres empezar!
OPCIÓN 1: prestación jubilación POR TU CUENTA
Para iniciar la gestión para cobrar la prestación tienes distintas opciones. En este caso, nos vamos a centrar en hacerlo directamente en el organismo encargado de su tramitación. También debes saber que vas a ser el único responsable de todo el proceso, al igual que vas a tener que encargarte de reunir los documentos y presentarte en la oficina. De todas formas, para que tengas contigo toda la información necesaria a continuación nos vamos a centrar en detallar todo lo relacionado con esta opción. Si quieres conocer más sobre lo que implica hacerlo presencialmente sin ayuda de un profesional, te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más. Recuerda que el decidirte por esta vía implica tener que ocuparte de absolutamente todo. Así que cualquier error que pueda surgir durante la tramitación va a ser tu responsabilidad.
¿Cuánto cuesta conseguir una pensión de jubilados por tu cuenta?
Por tu cuenta cuesta 0€ (honorarios GRMª) + 0€ (gastos de gestión). Debes saber que si te decides por esta opción no vas a tener que abonar ninguna tasa asociada, así como tampoco vas a tener que abonar los gastos derivados de la gestoría.
Ventajas si lo haces por tu cuenta
- Disminución en el precio final: debido a que no debes abonar los gastos derivados de la gestoría supone un ahorro económico.
Inconvenientes si lo haces por tu cuenta
- Es un procedimiento más lento: al no contar con ayuda profesional la gestión se puede demorar más de la cuenta.
- Vas a tener que desplazarte: si te decides por esta opción debes saber que vas a tener que desplazarte.
- Posible falta de información: si no cuentas con profesionales puedes tener problemas a la hora de conocer todo lo relacionado con el trámite.
- Inviertes más tiempo personal: la inversión de tiempo personal es mayor porque eres el único responsable de todo el proceso.
OPCIÓN 2: pensión por jubilación online con GESTORÍA RMª
Hoy día, debido a los avances telemáticos, puedes gestionar la prestación a la que aquí hacemos referencia de una manera totalmente online. Lo más cómodo es que contrates los servicios de una gestoría como la nuestra para que nos hagamos cargo de todo el proceso por ti. Sin duda, es la mejor opción si quieres tener la seguridad de que todo se queda en buenas manos, así te evitas tener problemas durante la tramitación. Para conocer más sobre esta opción te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más. Lo mejor es que te quedes con nosotros y continúes leyendo para saber todo sobre lo que conlleva hacerlo con una gestoría como la nuestra. Además, recuerda que nos encargamos de hacerlo por internet para tu mayor comodidad. No esperes a que los problemas aparezcan para buscar ayuda profesional.
¿Cuánto cuesta tramitar las pensiones jubilación con Gestoría RMª?
Con Gestoría RMª cuesta 80€ IVA incl. A pesar de que esta opción implica una subida en el coste final ten en cuenta que por un módico precio vas a tener a tu disposición ayuda profesional durante todo el proceso.
Ventajas si lo haces con Gestoría RMª
- Sin desplazamientos: si lo haces con nosotros no es necesario que te desplaces a ninguna oficina física.
- Sin citas previas: no hace falta que pidas cita previa antes de contactar; tan solo te vas a tener que preocupar por contactarnos.
- Asesoramiento personalizado: como profesionales nos vamos a encargar de darte una respuesta ajustada a lo que realmente necesitas.
- 100% online: nos vamos a ocupar de que toda la gestión se haga de manera telemática para que sea lo más cómodo para ti.
Inconvenientes si lo haces con Gestoría RMª
- Aumento en el precio final: si te decides a hacerlo con nosotros debes saber que el coste es ligeramente mayor porque debes asumir los gastos derivados de la gestoría.
Opiniones sobre pensión jubilados
Documentos para tramitar paga por jubilación
Es conveniente conocer la documentación que te van a exigir para poner en marcha la solicitud. Por este motivo, vamos a dejarte a continuación todos los documentos requeridos para iniciar la gestión.
- Modelo de solicitud: es necesario que cumplimentes el modelo oficial de la solicitud para iniciar los trámites oportunos. Antes de entregar nada te aconsejamos que te asegures bien que todos los datos que aparecen están correctos. Si necesitas más información sobre este apartado te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros.
- DNI/Pasaporte/NIE: para iniciar la solicitud debes presentar un método de identificación. Se puedes adjuntar tanto el DNI como el Pasaporte o el NIE (en caso de que seas ciudadano extranjero). En cualquier caso, para su presentación, cualquiera de ellos, debe encontrarse dentro del plazo de vigencia.
- Certificación de empadronamiento: otro de los documentos que vas a tener que presentar es la certificación de empadronamiento. Si necesitas conseguir uno, te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros lo antes posible.
- Autorización de representación: si decides enviar a alguien en tu nombre ten en cuenta que vas a tener que presentar una autorización de representación. Es necesario que lo sepas a la hora de gestionar este procedimiento.
- Certificado de empresa para bonificación de edad: si quieres beneficiarte de las ventajas por edad es necesario que presentes dicha certificación. Para obtener más información sobre este punto, te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros.
- Documentación que refleje la extinción involuntaria de la relación laboral: como parte de los documentos también es necesario que aportes esta documentación. Para que así quede constancia de la extinción involuntaria de la relación laboral.
- Libro de familia/certificación literal o actas de matrimonio: ten en cuenta que también te hace falta adjuntar el libro de familia o la certificación matrimonial.
¿Cuándo tienes que iniciar la solicitud para pensión de jubilación?
Todos los trabajadores que se encuentran en situación de alta pueden presentar la correspondiente solicitud en los tres meses anteriores al cese de la actividad laboral, también es posible realizar la solicitud en los tres meses posteriores a la finalización del trabajo. Es conveniente que lo tengas en cuenta si estás interesado en tramitar este procedimiento para pasar a ser jubilado. Lo mejor en estos casos es que lo dejes todo en manos de profesionales del sector. Ya que, debido a las características que presenta pueden presentarse numerosas dudas. Por este motivo, te invitamos a que te quedes con nosotros para conocer todos los detalles sobre cuándo es momento de iniciar la solicitud para recibir la prestación. Recuerda que nuestra finalidad es ofrecerte toda la ayuda necesaria para que no tengas problemas.
En definitiva, tienes la posibilidad de realizar las gestiones oportunas dentro de los tres meses antes de llegar al cese de la actividad. Aunque también tienes la opción de gestionar la prestación en los tres meses posteriores al finalizar la actividad laboral. Es importante que lo tengas en cuenta para que no tengas ningún tipo de problema a la hora de pedir la prestación a la que aquí nos referimos. No obstante, te recomendamos que para reducir al mínimo los problemas que pueden surgir lo hagas con una gestoría como la nuestra. Recuerda que contratar nuestros servicios te garantiza de que todo se hace correctamente. Ya que, toda la gestión queda en nuestras manos. Si necesitas más información sobre este punto, te invitamos a que contactes con nosotros a través del número que aparece en esta web. También hemos habilitado la posibilidad de que nos envíes un WhatsApp directamente.
Compatibilidades de la pensión de jubilación ordinaria con otras prestaciones
Conocer las compatibilidades que presenta esta prestación es importante. Por este motivo, para que no tengas ninguna duda al respecto, te vamos a dejar a continuación las compatibilidades que presenta respeto a otras.
- Es compatible con trabajos por cuenta propia: a pesar de que se considera compatible con los trabajos por cuenta ajena, debes saber que los ingresos que percibas por realizar estos trabajos no pueden superar el SMI (salario mínimo interprofesional) de manera anual. Lo más aconsejable es que contactes con nosotros para resolver cualquier duda que puedas tener.
- Compatibilidad con las actividades por cuenta propia desempañada por profesionales colegiados: también se considera compatible con aquellas actividades que se realicen por cuenta propia por profesionales colegiados. Para recibir más información sobre este punto, te aconsejamos que busques ayuda profesional; recuerda que estamos a tu disposición para que puedas realizar todas las gestiones problemas.
- Presenta compatibilidad con la jubilación parcial y con la flexible: ten en cuenta que se puede compatibilizar con una jubilación que se considera parcial y también con la flexible. Si tienes alguna para resolver sobre este punto te recomendamos que contactes con nosotros para resolverlas. Ten en cuenta que estamos aquí para ofrecerte un servicio completo; además de recibir ayuda también nos podemos encargar de gestionar todo el proceso por ti para que no tengas ningún problema.
Incompatibilidades de las prestaciones por jubilación con otras prestaciones
En esta ocasión, nos vamos a encargar de detallar las incompatibilidades que presenta esta ayuda económica con otras o con el trabajo en sí. Si quieres conocer estos detalles, te aconsejamos que te quedes con nosotros un poco más.
- Con el trabajo que implique la inclusión en la Seguridad Social: debes saber que no vas a poder llevar a cabo actividades laborales (sean por cuenta ajena o propia) que dé lugar a incluirte dentro del Régimen de la Seguridad Social. Aunque ten en cuenta que esto es así dentro de los términos legales. Si necesitas recibir más información sobre este punto, te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros. Como profesionales del sector nos vamos a encargar de darte una respuesta ajustada a lo que necesitas. No esperes a que los problemas aparezcan para buscar la ayuda profesional que necesitas.
- No se puede desempeñar trabajos en el sector público o de altos cargos: tampoco se puede compatibilizar esta prestación económica con salarios recibidos por trabajar dentro del sector público o de altos cargos. Es importante que lo sepas para que así no tengas ningún tipo de problema a la hora de cobrarla. Para obtener más información, resolver dudas, o que nos encarguemos directamente por ti, te recomendamos que lo hagas con nosotros. Además, contactar con nosotros es bastante sencillo; incluso nos puedes enviar un WhatsApp directamente si lo prefieres.
Cuantía de la pensión de jubilación contributiva
Uno de los aspectos que más preocupan es la cuantía que vas a cobrar a la hora de jubilarte. Lo más importante es saber que dicha cuantía va a depender de la base reguladora y el porcentaje que se aplica en función de los años cotizados. Sin embargo, para que conozcas un poco más sobre este punto, nos vamos a ocupar de detallar todo sobre la cuantía que vas a percibir una vez llegues a la edad para ser pensionista por este motivo. Si quieres conocer todo sobre el importe que recibes una vez te jubiles te invitamos a que te quedes con nosotros un poco más. De todas formas, ten en cuenta que si necesitas más información sobre este punto lo mejor es que te pongas en contacto con nosotros lo antes posible. Ya que, nuestra finalidad es ofrecerte toda la ayuda para que la tramites sin problemas.
Pensión mínima de jubilación
Si nos referimos a la mínima debes saber que vas a cobrar 743€ al mes si tienes cónyuge pero no a cargo. Ten en cuenta que en la cuantía a percibir influyen varios factores. Por ejemplo, no es lo mismo si tienes cónyuge o no. De todas formas, no solo depende de este motivo, sino que también se debe tener en cuenta el porcentaje que se te va a aplicar en función de tus años cotizados y de tu base reguladora. Además, esta prestación mínima se destina para cuyos trabajadores hayan cotizados un mínimo de 15 años, de los cuales dos años deben ser previos a jubilarte. Lo mejor en estos casos es que lo dejes en manos de profesionales como nosotros. Recuerda que nuestra finalidad es ofrecerte toda la ayuda que necesites para que puedas gestionar todo el proceso sin tener problemas.
Pensión máxima de jubilación
La prestación máxima se establece en 3.059€ mensuales. Sin embargo, es conveniente que sepas que el poder jubilarte no implica que vas a cobrar el máximo, sino que dicha cuantía va a depender de diferentes factores. De hecho, para acceder a ella debes haber cotizado 36 años como mínimo. Si has cotizado menos vas a cobrar en función de los años cotizados. Por tanto, para conocer más sobre la cuantía a recibir, te recomendamos que lo hagas todo con profesionales del sector como nosotros. Además, contactar con nosotros es bastante sencillo. Incluso tienes la posibilidad de enviarnos un WhatsApp directamente; un gestor experto te va a atender lo antes posible para ponerse en marcha con tu solicitud. De todas formas, ten en cuenta todos estos detalles a la hora de tramitarla para que no tengas ningún tipo de problema al hacerlo.
Ejemplo práctico sobre el cálculo de pensión por jubilación
Para hacer este cálculo debemos tener en cuenta dos aspectos: por un lado, nos encontramos ante la base reguladora, por otro, tenemos los años cotizados a la Seguridad Social. Teniendo esto claro es momento de continuar con el ejemplo. Ahora bien, el importe exacto se va a obtener aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda según la cotización del beneficiario. No te preocupes, vamos a explicar un caso práctico; vamos a imaginar que tenemos que calcular la prestación real que va a cobrar Juan que está a punto de jubilarse en 2023. Lo primero para tener en cuenta es que si Juan se jubila este año se va a tener en cuenta los últimos 25 años de cotización, o lo que es lo mismo, los últimos 300 meses. Una vez tenemos esto claro, continuemos.
Ahora bien, vamos a calcular la base reguladora de Juan, quien ha cobrado 1.300€ en los últimos 25 años. Se debe hacer lo siguiente:
- 1.300€ x 12 (meses que tiene el año) = 15.600€
- 15.600€ x 25 (años que forman parte del cómputo) = 390.000€
- 390.000€/350 (obtiene de multiplicar las 14 pagas de la prestación + el cómputo de años) = 1114,28€ (base reguladora)
Pero todavía queda aplicar el porcentaje de ajuste:
- A Juan le corresponde el 50% de la base reguladora por los primeros 15 años cotizados.
- Pero ¿qué ocurre con los 10 años que faltan? Se aplica un coeficiente de 0,19% (esto vas a obtenerlo en las tablas proporcionadas):
- 120 meses (10 años) x 0,19% = 22,8%
- 50% (base reguladora correspondiente) + 22,8% = 72,8%
- Juan va a cobrar el 72,8% de su base reguladora.
DEFINICIÓN AMPLIADA: ¿Qué es la prestación de jubilación?
Se trata de una prestación vitalicia que percibe un trabajador cuando cesa su actividad laboral. Pero para su cobro deben cumplirse una serie de requisitos. La principal finalidad de esta ayuda es cubrir la pérdida de ingresos tras finalizar la vida laboral. Lo más importante es que el trabajador haya cumplido la edad ordinaria para pensionarse y que cumpla con los años cotizados mínimos exigidos para su cobro. Además, tanto los trabajadores por cuenta ajena como propia pueden acceder al cobro de ella. Esta prestación está incluida dentro del Régimen de la Seguridad Social, así que el organismo encargado de su tramitación es la propia seguridad social. Es conveniente que conozcas todos los detalles sobre esta prestación. Por este motivo, te invitamos a que te quedes con nosotros para conocer todo sobre la ayuda económica.
Por tanto, se trata de una prestación económica que se concede a los trabajadores que han alcanzado la edad para pensionarse por cese de su actividad laboral. Lo más conveniente para que no tengas problemas a la hora de tramitarla es que lo dejes todo en manos de profesionales del sector; como los que encuentras aquí, en Gestoría RMª. Además, como trabajamos a nivel nacional nos puedes contactar desde cualquier punto del país. No importa si te encuentras en Sevilla, Murcia, Baleares o cualquier otra provincia que se encuentre dentro de territorio español. Para contactar con nosotros tan solo tienes que hacerlo a través del número de teléfono que aparece en este mismo portal web. Incluso, si te es más cómodo, nos puedes enviar directamente un WhatsApp; un gestor te va a atender lo antes posible para ponerse en marcha con la gestión. No esperes a que los problemas aparezcan.
Nuevos cambios en la Seguridad Social para pensión de jubilación en los próximos años
Desde hace unos años esta prestación ha sufrido ciertos cambios. De hecho, se sobrentiende que van a seguir sufriendo cambios en los próximos años. Por este motivo, para que no tengas ninguna duda al respecto te los vamos a detallar a continuación.
- Aumenta la edad ordinaria para jubilarse: en la reforma que se llevó a cabo en el año 2011 se incluyó el aumento de la edad para pensionarse. Por ejemplo, se pasa de los 66 años y dos meses establecidos ahora a los 66 años y cuatro meses. Aunque la edad para jubilarte también depende de los años de cotización. Pero ten en cuenta que dicha edad se va a ir alargando a medida que pasen los años.
- Se aumenta los años de cotización para el 100%: se aumenta la cotización necesaria para alcanzar la máxima cuantía en función de la base reguladora. A partir de este año 2023 se necesita seis meses más. Es decir, queda de la siguiente manera; 36 años y seis meses. Es conveniente que lo sepas a la hora de gestionar el cobro de la prestación.
- Entra en vigor un nuevo sistema de cotización de autónomos: consiste en un nuevo sistema de cotización de autónomos para que se reflejen los ingresos reales. Con la actualización de estos ingresos se pretende ajusta la cotización de los trabajadores por cuenta propia. De esta manera, los ingresos son más fieles a la realidad del trabajador.
- Aumento de las cotización por contingencias comunes: esto se traduce que la base de cotización para de un 28,3% a un 28,9% de la base de cotización. Para recibir más información no dudes en contactar con nosotros cuanto antes.
Normativa sobre ley de pensión de jubilación
En este apartado, nos vamos a centrar en detallar la normativa básica que se encarga de la regulación de esta gestión. Si quieres conocer todo sobre las normas que regulan esta ayuda económica te invitamos a que te quedes un poco más.
- Decreto 3158/1966 del 23 de diciembre: se aprueba el Reglamento General que se encarga de determinar la cuantía de las prestaciones económicas.
- Decreto 2957/1973 del 16 de noviembre: sobre el cómputo de cotizaciones en el sistema de la Seguridad Social.
- Real Decreto 1799/1985 del 2 de octubre: para llevar a cabo la aplicación de la Ley 26/1985 del 31 de julio en materia de racionalización de las prestaciones.
Preguntas más repetidas al pedir pensión de jubilación en GRMª
En este último apartados nos vamos a centrar en dar respuesta a las preguntas que más se repiten entre nuestros propios clientes sobre esta prestación. Por esta razón, te invitamos a que te quedes un poco más con nosotros. De todas formas, ten en cuenta que si después de terminar de leer las preguntas tienes dudas, puedes contactarnos a través del número de teléfono para que podamos darte una respuesta ajustada a lo que necesitas. Además, recuerda que nos puedes contactar desde Madrid, Valencia, Málaga o cualquier otra provincia española; trabajamos para todo el país sin importar donde estés.
¿Puedo conseguir mi pensión de jubilación a los 64 años?
Sí, aunque para estos casos se exige una cotización de 37 años y seis meses.
¿Cuántos años debo cotizar para el 100% de mi pensión tras jubilación?
Para percibir el 100% de la prestación debes tener cotizados un mínimo de 36 años, aunque estos años van aumentando. Lo más aconsejable es que contactes con nosotros para resolver cualquier duda que puedas tener.
¿Qué día se cobran las pensiones?
Esta prestación se cobra entre los días 22 y 30 de cada mes.
¿Qué porcentaje me toca de prestación por jubilados por mis años cotizados?
Se aplica un 2% por año cotizado. Aunque para darte una respuesta ajustada a tu situación personal te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros, así podremos ofrecerte la ayuda que necesitas.
¿Puedo cobrar la prestación de jubilados y trabajar a la vez?
Sí, aunque el salario que recibas no puedes superior al SMI (salario mínimo interprofesional).
¿Qué régimen se reconoce para mi ayuda de jubilación si cotizo en varios?
Si has cotizado en varios regímenes debes saber que se reconoce la prestación dentro del régimen en el que estés de alta en el momento de tramitar la ayuda económica.
¿Puedo recibir una pensión por jubilarme con 15 años cotizados?
Sí, pero ten en cuenta que esos años deben ser inmediatamente anteriores a la tramitación de la prestación.
¿Tengo derecho a la prestación por jubilación con 30 años cotizados?
Sí, tienes derecho a percibir esta ayuda económica con 30 años cotizados.
¿Cuál es la nueva edad de jubilación en el 2023?
La edad para jubilarse va aumentando. Para este año 2023 se establece la edad a los 66 años y cuatro meses. Aunque también influye los años cotizados.
¿Qué pasa si no llego a los 15 años cotizados?
Si no has llegado a los 15 años mínimos exigidos no tienes opción de cobrar la prestación.
¿Quién puede jubilarse a los 60 años con el cien por cien de la pensión?
Los funcionarios de clases pasivas tienen un régimen distinto. Por tanto, ellos tienen la posibilidad de jubilarse antes de lo previsto cobrando el 100%.
¿Cuánto cobro si me jubilo con 15 años cotizados?
Si has cotizado 15 años debes saber que se aplica un 50% a tu base reguladora.
¿Cuánto cuesta los trámites para pensión de jubilación?
Con Gestoría RMª cuesta 80€ IVA incl. En cambio, si lo tramitas por tu cuenta debes saber que no debes abonar los gastos asociados a la gestoría.
¿Cómo pedir una prestación de jubilados?
Al entrar en nuestra web, vas a ver todo lo que necesitas: consejos de gestores, documentación necesaria, citas, tasas, pasos, modelos…
Gestoría Rubén Mª
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