Pensión no contributiva
GA 1268 COGAS SLP - Gestoría colegiada
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Te ayudamos a solicitar una pensión no contributiva
La pensión no contributiva es una prestación para personas que se encuentran en situación de necesidad y no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva, o no tienen derecho a otra pensión suficiente. Puede ser de jubilación o de incapacidad/discapacidad, según la edad, residencia, ingresos y situación personal. En Gestoría Rubén María te ayudamos a revisar si puedes solicitarla, qué modalidad corresponde, si cumples requisitos de residencia legal, si tus ingresos están dentro del límite, si convives con familiares, qué documentos necesitas y cómo presentar la solicitud ante el organismo competente.
Podemos ayudarte si:
* Tienes 65 años o más y no tienes cotización suficiente para una jubilación contributiva.
* Tienes discapacidad igual o superior al 65% y quieres revisar una PNC de incapacidad.
* No sabes si tus ingresos personales superan el límite.
* Convives con familiares y no sabes cómo afecta la unidad económica de convivencia.
* Has vivido fuera de España y necesitas revisar años de residencia legal.
* Te han pedido documentación adicional o una subsanación.
* No sabes si pedir pensión no contributiva, jubilación contributiva, incapacidad o discapacidad.
* Quieres presentar la solicitud correctamente y con seguimiento.
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Qué es una pensión no contributiva
Una pensión no contributiva es una prestación económica destinada a personas que carecen de recursos suficientes y no han cotizado lo necesario para acceder a una pensión contributiva, siempre que cumplan los requisitos exigidos.
Puede incluir:
Pensión no contributiva de jubilación: para personas de 65 años o más, con residencia legal en España y carencia de ingresos suficientes.
- Pensión no contributiva de incapacidad/discapacidad: para personas mayores de 18 y menores de 65 años, con discapacidad o enfermedad crónica igual o superior al 65%, residencia legal y carencia de ingresos suficientes.
- Asistencia médico-farmacéutica: la pensión no contributiva también se vincula con asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.
- Cuantía variable: el importe puede variar según rentas personales, unidad económica de convivencia y número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio.
- Revisión de requisitos: no basta con no haber cotizado. Hay que revisar edad, residencia, ingresos, convivencia y documentación.
Pensión no contributiva de jubilación
La pensión no contributiva de jubilación está pensada para personas de 65 años o más que no tienen derecho a una pensión contributiva suficiente y carecen de ingresos dentro de los límites establecidos.
Requisitos principales:
- Edad
Tener 65 años o más en la fecha de la solicitud. - Residencia legal en España
Haber residido legalmente en España durante 10 años entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión. - Residencia inmediata anterior
De esos 10 años, 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud. - Ingresos personales
En 2026, existe carencia de rentas si los ingresos personales anuales son inferiores a 8.803,20 €. - Unidad económica de convivencia
Si convives con familiares, también se revisan las rentas de la unidad familiar según número de convivientes y parentesco. - No tener derecho a otra pensión incompatible
Hay que revisar si existe otra pensión o prestación que impida cobrar la PNC.
REVISAR PNC DE JUBILACIÓN
Pensión no contributiva de incapacidad o discapacidad
La pensión no contributiva de incapacidad —tradicionalmente buscada como pensión no contributiva de invalidez o pensión por discapacidad— puede corresponder a personas que tienen discapacidad o enfermedad crónica en grado igual o superior al 65%, siempre que cumplan requisitos de edad, residencia e ingresos.
Requisitos principales:
- Edad
Tener 18 años o más y menos de 65 en la fecha de la solicitud. - Residencia legal en España
Haber residido legalmente en territorio español durante 5 años. - Residencia inmediata anterior
De esos 5 años, 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud. - Discapacidad o enfermedad crónica
Acreditar un grado igual o superior al 65%. - Ingresos personales
En 2026, existe carencia de rentas si los ingresos personales anuales son inferiores a 8.803,20 €. - Unidad económica de convivencia
Si convives con familiares, también se revisa la suma de ingresos de la unidad económica. - Complemento por tercera persona
Si existe discapacidad igual o superior al 75% y necesidad de ayuda de otra persona para actos esenciales de la vida, puede existir un complemento específico.
Si tu caso se centra en discapacidad, más adelante conviene revisar también la página específica de pensión por discapacidad, para no mezclar todos los detalles en esta madre.
No tener cotización suficiente no significa que siempre haya derecho
Muchas personas buscan la pensión no contributiva porque no han cotizado 15 años o porque su pensión contributiva no llega. Pero no tener cotización suficiente no basta por sí solo.
También hay que revisar:
- Edad: 65 años o más para jubilación no contributiva; entre 18 y 64 años para incapacidad no contributiva.
- Residencia legal: Los años de residencia legal exigidos cambian según modalidad.
- Ingresos personales: Se revisan rentas anuales del solicitante.
- Convivencia familiar: Si vives con familiares, se computan ingresos de la unidad económica de convivencia.
- Discapacidad: Para incapacidad no contributiva, el grado debe ser igual o superior al 65%.
- Otras prestaciones: Puede haber incompatibilidades con otras pensiones o ayudas.
- Documentación: Hay que acreditar identidad, residencia, ingresos, convivencia, discapacidad y cuenta bancaria.
La clave es hacer una revisión previa para saber si encajas antes de presentar la solicitud.
Límite de ingresos personales
El requisito económico es uno de los puntos más importantes. En 2026, la referencia general de carencia de rentas personales para la pensión no contributiva está en 8.803,20 € anuales.
Pero hay que tener cuidado:
No solo cuenta el dinero del banco: Pueden computar rentas de trabajo, pensiones, ayudas, alquileres, intereses, rendimientos o ingresos de distinta naturaleza.
Se revisan ingresos anuales: El cálculo se hace en cómputo anual.
La cuantía puede reducirse: Si hay ingresos personales, la pensión puede ajustarse.
Existe una cuantía mínima: La pensión individual no puede ser inferior al 25% de la cuantía íntegra anual.
Puede haber varios beneficiarios en el mismo domicilio: Si conviven varias personas beneficiarias de PNC, la cuantía individual se ajusta.
Los cambios deben comunicarse: Cambios de ingresos, convivencia, domicilio o situación personal pueden afectar a la pensión.
No conviene presentar cifras aproximadas sin revisar qué rentas deben computarse.
Unidad económica de convivencia
Si la persona solicitante convive con determinados familiares, no solo se revisan sus ingresos personales. También puede revisarse la suma de ingresos de la unidad económica de convivencia.
Puede formar parte de la unidad económica:
- Cónyuge: Si convive con la persona solicitante.
- Familiares por consanguinidad o adopción hasta segundo grado: Padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos.
- Familiares de primer grado: Padres o hijos pueden implicar límites distintos.
- Personas no familiares: Quienes conviven en el mismo domicilio pero no están unidos por matrimonio, consanguinidad o adopción hasta segundo grado no se integran del mismo modo para este requisito.
- Varios convivientes: El límite cambia según número de personas y parentesco.
- Varios pensionistas no contributivos: La cuantía puede ajustarse si hay más beneficiarios en el mismo domicilio.
Este punto es muy importante. Muchas solicitudes fallan porque se mira solo el ingreso personal y no se revisa correctamente la unidad de convivencia.
Residencia legal en España
La residencia legal es otro requisito clave. No basta con vivir en España actualmente; hay que acreditar los años exigidos según la modalidad.
Para PNC de jubilación:
* Tener 65 años o más.
* Residir legalmente en España.
* Haber residido legalmente durante 10 años entre los 16 años y la fecha de devengo.
* Que 2 de esos años sean consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Para PNC de incapacidad/discapacidad:
* Tener entre 18 y menos de 65 años.
* Residir legalmente en España.
* Haber residido legalmente durante 5 años.
* Que 2 de esos años sean consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Puede hacer falta revisar:
* Empadronamiento.
* Residencia legal.
* NIE/TIE.
* Documentación de extranjería.
* Periodos fuera de España.
* Interrupciones de residencia.
* Certificados o documentos administrativos.
Si has vivido fuera de España o tienes dudas con residencia legal, conviene revisar antes de presentar.
Documentación necesaria para solicitar una pensión no contributiva
La documentación puede variar según comunidad autónoma, modalidad, residencia, ingresos, convivencia y discapacidad. No obstante, hay documentos que suelen ser habituales.
- Documentos personales
DNI, NIE, TIE, pasaporte o documento de identificación. - Solicitud oficial
Formulario de pensión no contributiva de jubilación o incapacidad, según corresponda. - Datos bancarios
Cuenta donde se quiere cobrar la pensión. - Empadronamiento o residencia
Documentación que ayude a acreditar residencia legal, domicilio y convivencia. - Ingresos personales
Pensiones, nóminas, ayudas, alquileres, rendimientos, intereses, declaraciones o justificantes económicos. - Unidad de convivencia
Datos de familiares convivientes, ingresos, parentesco, certificados o documentos que se soliciten. - Discapacidad
Certificado de discapacidad igual o superior al 65%, resolución de grado o documentos médicos/administrativos cuando proceda. - Representación
Autorización, poder, guarda, curatela, medidas de apoyo o representación si otra persona actúa en nombre del solicitante. - Documentos extranjeros
Traducción, legalización o apostilla si existen documentos emitidos fuera de España.
Si tienes documentos sueltos, puedes enviarnos una lista o foto y revisamos qué falta.
Solicitud ante comunidad autónoma o Imserso
La gestión de las pensiones no contributivas se realiza a través de los órganos competentes de las comunidades autónomas, y en Ceuta y Melilla a través de las Direcciones Territoriales del Imserso. Por eso no todos los casos se tramitan exactamente igual.
Conviene revisar:
Domicilio del solicitante: Determina el organismo competente.
Comunidad autónoma: Cada comunidad puede tener formularios, vías de presentación y documentación propia.
Ceuta y Melilla: En estos territorios, el trámite corresponde al Imserso.
Solicitud online o presencial: Depende del órgano gestor y de los medios disponibles.
Identificación electrónica: Puede hacer falta certificado digital, Cl@ve u otro sistema si se presenta online.
Documentación adjunta: La solicitud puede requerir formularios, justificantes y documentos específicos.
Seguimiento y requerimientos: El organismo puede pedir subsanación si falta información.
No conviene presentar la solicitud en el organismo equivocado o con un formulario que no corresponde a tu domicilio.
Cuánto se cobra de pensión no contributiva
La cuantía de la pensión no contributiva se actualiza cada año y depende de los ingresos personales, unidad económica de convivencia y número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio.
En 2026:
Cuantía íntegra anual
La cuantía íntegra anual es de 8.803,20 €.
Cuantía mínima
La cuantía individual no puede ser inferior a 2.200,80 € anuales, equivalente al 25% de la cuantía íntegra.
Complemento por tercera persona
En la PNC de incapacidad, si hay discapacidad igual o superior al 75% y necesidad de ayuda de otra persona, el complemento en 2026 es de 4.401,60 € anuales.
Cuantía variable
La cantidad final depende de ingresos personales, ingresos de la unidad económica y posibles ajustes.
Pagas
La pensión se abona normalmente en 14 pagas, aunque siempre conviene revisar la resolución concreta.
No se debe prometer una cuantía exacta sin revisar ingresos y convivencia.
Pensión no contributiva y discapacidad del 65%
Cuando la solicitud se basa en discapacidad, el grado reconocido es determinante. La PNC de incapacidad exige una discapacidad o enfermedad crónica en grado igual o superior al 65%.
Conviene revisar:
- Grado reconocido: Debe ser igual o superior al 65%.
- Resolución oficial: No basta con un informe médico; normalmente se necesita resolución administrativa de discapacidad.
- Vigencia o revisión: Algunos grados pueden estar sujetos a revisión.
- Necesidad de tercera persona: Si el grado es igual o superior al 75% y se acredita necesidad de ayuda, puede existir complemento.
- Compatibilidad con trabajo: La PNC de incapacidad puede ser compatible con determinadas actividades laborales durante un periodo y dentro de límites económicos.
- Documentación médica: Puede ayudar, pero lo relevante es acreditar el grado conforme al procedimiento correspondiente.
Si tu solicitud gira principalmente en torno a discapacidad, conviene trabajar después la landing específica de pensión por discapacidad, para atacar esa intención con más profundidad.
Compatibilidad con trabajo u otras ayudas
La pensión no contributiva puede tener incompatibilidades y límites. Es importante revisar si cobras otra pensión, si trabajas, si recibes ayudas o si tu situación económica cambia.
Puede afectar:
- Trabajo: En PNC de incapacidad puede existir compatibilidad con ingresos laborales durante un periodo y dentro de límites concretos.
- Otras pensiones: La PNC de jubilación y la PNC de incapacidad son incompatibles entre sí.
- Pensiones asistenciales antiguas: Pueden existir incompatibilidades con prestaciones asistenciales o subsidios suprimidos.
- Asignación por hijo a cargo: Puede haber incompatibilidad con la condición de causante de determinadas asignaciones.
- Ingreso Mínimo Vital u otras ayudas: Conviene revisar compatibilidad y efectos sobre ingresos.
- Cambios de ingresos: Deben comunicarse porque pueden modificar la cuantía o el derecho.
- Cambio de domicilio o convivencia: Puede afectar a la unidad económica de convivencia.
Antes de solicitar, conviene revisar toda la situación económica para evitar problemas posteriores.
Declaración anual de ingresos y obligaciones del pensionista
Una vez reconocida la pensión no contributiva, no termina todo. La persona pensionista debe mantener los requisitos y comunicar cambios relevantes.
Hay que tener en cuenta:
- Declaración anual de ingresos
Los pensionistas no contributivos deben comunicar o declarar ingresos cuando corresponda conforme al procedimiento del órgano gestor. - Cambios de domicilio
Pueden afectar al órgano competente o a la unidad de convivencia. - Cambios de convivencia
Si entra o sale un familiar del domicilio, puede cambiar el límite económico. - Cambios de ingresos
Trabajo, ayudas, pensiones, rentas, alquileres o ingresos familiares pueden modificar la cuantía. - Discapacidad
Si cambia el grado, se revisa una resolución o hay nueva valoración, puede afectar al expediente. - Residencia fuera de España
Puede afectar al mantenimiento de la prestación. - Requerimientos
El órgano gestor puede pedir documentación para comprobar requisitos.
No cumplir estas obligaciones puede provocar suspensión, revisión, cobros indebidos o devolución de importes.
Si te han denegado la pensión no contributiva
Una denegación no siempre significa que no haya nada que hacer. Primero hay que revisar el motivo: ingresos, residencia, documentación, discapacidad, convivencia, edad, incompatibilidad o falta de acreditación.
Motivos habituales de denegación:
* No acreditar residencia legal suficiente.
* Superar el límite de ingresos personales.
* Superar el límite de ingresos de la unidad económica de convivencia.
* No acreditar discapacidad igual o superior al 65%.
* Presentar documentación incompleta.
* Solicitar la modalidad equivocada.
* Existir una pensión o prestación incompatible.
* No aportar documentos requeridos.
* Error en datos personales o familiares.
* No responder a una subsanación en plazo.
Podemos ayudarte a revisar:
* Resolución recibida.
* Motivo exacto de denegación.
* Documentos aportados.
* Posibilidad de subsanar o reclamar.
* Nueva solicitud si cambia la situación.
* Revisión de ingresos, convivencia o discapacidad.
REVISAR DENEGACIÓN DE PNC
Si el organismo te pide más documentación
Es habitual que el órgano gestor solicite documentación adicional si falta acreditar ingresos, residencia, convivencia, identidad, discapacidad o datos bancarios.
Puede faltar:
- Identidad
DNI, NIE, TIE, pasaporte o documento actualizado. - Residencia
Empadronamiento, residencia legal, certificados administrativos o periodos de residencia. - Ingresos
Nóminas, pensiones, prestaciones, rentas, intereses, alquileres o declaración fiscal. - Convivencia
Certificado de empadronamiento, convivencia, unidad familiar o datos de familiares convivientes. - Discapacidad
Resolución de grado, certificado o documentación actualizada. - Cuenta bancaria
IBAN correcto y titularidad de la cuenta. - Representación
Autorización, poder, guarda de hecho, curatela o medidas de apoyo.
Responder mal o incompleto puede retrasar mucho la solicitud. Conviene contestar exactamente a lo que piden.
Diferencia entre pensión contributiva y no contributiva
Esta duda es muy habitual. La pensión contributiva depende de haber cotizado lo suficiente. La pensión no contributiva se dirige a personas que no han cotizado lo necesario o no tienen derecho a una contributiva suficiente, siempre que cumplan los requisitos de necesidad económica, residencia y modalidad.
- Pensión contributiva: Se calcula según cotizaciones, bases, edad y años trabajados.
- Pensión no contributiva: Se reconoce por situación de necesidad, edad o discapacidad, residencia legal e ingresos insuficientes.
- Jubilación contributiva: Exige al menos 15 años cotizados, con condiciones específicas.
- Jubilación no contributiva: Puede solicitarse a partir de 65 años si se cumplen residencia e ingresos.
- Incapacidad permanente contributiva: Depende de cotización y valoración de incapacidad laboral.
- PNC de incapacidad/discapacidad: Depende de grado de discapacidad igual o superior al 65%, ingresos y residencia.
Si no sabes cuál te corresponde, revisamos primero cotización, edad, discapacidad, ingresos y residencia.
Cómo gestionamos tu solicitud
La idea es no presentar la solicitud a ciegas. Primero revisamos si encajas, después qué modalidad corresponde y, finalmente, documentación y presentación.
1. Revisamos tu situación
Edad, residencia, ingresos, convivencia, discapacidad, cotización y posibles prestaciones.
2. Identificamos la modalidad
Jubilación no contributiva, incapacidad/discapacidad no contributiva o quizá otra prestación.
3. Revisamos ingresos y convivencia
Rentas personales, familiares convivientes, unidad económica y límites aplicables.
4. Ordenamos documentación
Identidad, residencia, empadronamiento, ingresos, discapacidad, cuenta bancaria y representación.
5. Preparamos la solicitud
Formulario, presentación online o ante órgano competente según domicilio.
6. Te damos presupuesto previo
Antes de empezar, te indicamos qué podemos revisar o gestionar y cuánto cuesta.
7. Hacemos seguimiento
Requerimientos, subsanaciones, resolución, denegación o documentación pendiente.
Precio para solicitar una pensión no contributiva
El precio depende de la complejidad del caso. No es lo mismo una solicitud sencilla de jubilación no contributiva con documentación clara que un expediente con convivencia familiar, ingresos variables, discapacidad, residencia extranjera, representación o denegación previa.
Para darte presupuesto necesitamos saber:
* Edad de la persona solicitante.
* Si se quiere pedir jubilación o incapacidad/discapacidad.
* Años de residencia legal en España.
* Ingresos personales aproximados.
* Con quién convive y qué parentesco existe.
* Si hay discapacidad reconocida y en qué grado.
* Si ya cobra otra pensión o ayuda.
* Comunidad autónoma de residencia.
* Si tienes empadronamiento y documentación actualizada.
* Si ya presentaste solicitud o recibiste requerimiento/denegación.
Siempre que sea posible, te daremos un presupuesto cerrado antes de empezar.
PEDIR PRESUPUESTO DE PNC
Errores frecuentes al pedir una pensión no contributiva
Muchas solicitudes se retrasan o deniegan por errores evitables. El más habitual es fijarse solo en la edad o discapacidad y no revisar bien ingresos, convivencia o residencia.
Errores que conviene evitar:
* Pedir PNC de jubilación sin revisar residencia legal de 10 años.
* Pedir PNC de incapacidad sin acreditar discapacidad igual o superior al 65%.
* No revisar ingresos personales.
* No revisar ingresos de familiares convivientes.
* Confundir empadronamiento con residencia legal.
* No aportar documentos de convivencia.
* No declarar ayudas, pensiones, alquileres o rentas.
* Presentar la solicitud en organismo incorrecto.
* No responder a un requerimiento.
* No comunicar cambios de domicilio, convivencia o ingresos.
* Confundir pensión no contributiva con Ingreso Mínimo Vital.
* Pedir una PNC cuando quizá corresponde jubilación contributiva, incapacidad permanente u otra prestación.
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Diferencia entre hacerlo tú o pedir ayuda
Puedes intentar solicitar la pensión no contributiva por tu cuenta si tienes claro que cumples requisitos, sabes qué formulario usar y puedes acreditar ingresos, residencia y convivencia. Pero cuando hay dudas, una gestoría puede ayudarte a evitar una denegación o retraso.
Te puede interesar pedir ayuda si:
* No sabes si pedir jubilación no contributiva o incapacidad no contributiva.
* No sabes si tus ingresos superan el límite.
* Convives con familiares y no sabes cómo afecta.
* Has vivido fuera de España.
* No sabes cómo acreditar residencia legal.
* Tienes discapacidad y dudas con el grado reconocido.
* Te han pedido más documentación.
* Te han denegado la pensión y quieres revisar el motivo.
* No tienes claro si te corresponde otra prestación.
* Quieres que nuestro equipo revise todo antes de presentar.
La diferencia no está solo en rellenar un formulario. Está en presentar la solicitud correcta, ante el organismo correcto y con la documentación correcta.
Pensión no contributiva dentro del clúster de pensiones
La pensión no contributiva forma parte del bloque de pensiones y prestaciones para personas que no tienen cotización suficiente o se encuentran en situación de necesidad. Se relaciona con la pensión de jubilación, la pensión por discapacidad, la incapacidad permanente, el Ingreso Mínimo Vital y otras ayudas sociales.
Para ver otros trámites relacionados, puedes consultar nuestra página de pensión.
Opiniones de Nuestros Clientes
Preguntas frecuentes sobre pensión no contributiva
¿Qué es una pensión no contributiva?
Es una prestación económica para personas en situación de necesidad que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva o no tienen derecho a ella, siempre que cumplan requisitos.
¿Qué tipos de pensión no contributiva existen?
Principalmente la pensión no contributiva de jubilación y la pensión no contributiva de incapacidad/discapacidad.
¿Quién puede pedir la pensión no contributiva de jubilación?
Personas de 65 años o más, con residencia legal suficiente en España y carencia de ingresos dentro de los límites aplicables.
¿Quién puede pedir la pensión no contributiva de incapacidad?
Personas de 18 o más años y menos de 65, con residencia legal suficiente, discapacidad o enfermedad crónica igual o superior al 65% y carencia de ingresos.
¿Cuánto se cobra de pensión no contributiva en 2026?
La cuantía íntegra anual en 2026 es de 8.803,20 €, aunque la cuantía individual puede variar según ingresos, convivencia y número de beneficiarios.
¿Qué ingresos se tienen en cuenta?
Se revisan rentas personales y, si existe unidad económica de convivencia, también ingresos de determinados familiares convivientes.
¿Qué es la unidad económica de convivencia?
Es la convivencia con cónyuge o familiares por consanguinidad o adopción hasta segundo grado, como padres, abuelos, hijos, nietos o hermanos, según el caso.
¿Puedo pedir una PNC si vivo con mi hijo?
Puede ser posible, pero hay que revisar los ingresos de la unidad económica de convivencia y los límites aplicables.
¿Dónde se solicita la pensión no contributiva?
Se solicita ante el órgano competente de la comunidad autónoma de residencia; en Ceuta y Melilla, ante las Direcciones Territoriales del Imserso.
¿Puedo trabajar y cobrar una PNC de discapacidad?
Puede existir compatibilidad en determinados supuestos y límites, especialmente durante los primeros años de actividad, pero hay que revisar el caso concreto.
¿Qué pasa si me la deniegan?
Hay que revisar el motivo de denegación: ingresos, residencia, convivencia, discapacidad, documentación o incompatibilidad, y valorar subsanación, reclamación o nueva solicitud.
¿Puede una gestoría ayudarme?
Podemos revisar requisitos, ingresos, convivencia, residencia, discapacidad, documentación, solicitud, requerimientos, denegaciones y seguimiento del expediente.
¿Necesitas solicitar una pensión no contributiva?
Cuéntanos tu edad, situación económica, residencia y si tienes discapacidad reconocida. Podemos ayudarte con pensión no contributiva de jubilación, pensión no contributiva de incapacidad/discapacidad, ingresos, unidad económica de convivencia, residencia legal, empadronamiento, documentación, solicitud online, requerimientos, denegaciones y seguimiento ante el organismo competente.
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