Rehabilitar vehículo de baja definitiva

«Este es el mejor sitio para dar de alta un vehículo en tráfico de forma fácil y sencilla»

La propia Jefatura de Tráfico contempla la posibilidad de hacer el trámite de la rehabilitación de un vehículo cuando este se encuentra en estado de baja administrativa definitiva. Es decir, si llevas a cabo esta gestión el vehículo va a volver a su estado anterior. Una vez esto esté solucionado vas a poder circular con él sin problemas. Sin embargo, solo es posible llevar a cabo estos trámites cuando se cumplen una serie de condiciones. Lo más conveniente en estos casos es que te quedes con nosotros un poco más para estar informado en todo momento sobre lo que debes hacer. Te aconsejamos que contactes con nosotros. Además, gracias a que trabajamos a nivel nacional puedes contactarnos desde cualquier punto del país; desde Alicante, Cádiz, Barcelona o cualquier otra provincia perteneciente a territorio español.

Documentos para la rehabilitación de un vehículo en la DGT

  1. Modelo 01 (trámites para vehículos): como parte de los documentos para rehabilitar un coche o moto debes presentar el impreso oficial estipulado por la DGT. También es conveniente que sepas que se utiliza un mismo modelo para diferentes gestiones.
  2. Justificante que acredite de que el vehículo tiene carácter histórico: esto solo será necesario cuando se tramita para un vehículo histórico o de época. Este certificado debe estar emitido por la Comunidad Autónoma en la que residas.
  3. Documento acreditativo de la propiedad si no eres el titular: esto solo será necesario en los casos en los que no seas el titular del vehículo. En estos casos, debes presentar un contrato o documento notarial junto al DNI y el justificante del pago o exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
  4. Acta o certificado de adjudicación: solo para aquellos que proceden de una subasta.
  5. Liquidación/exención del IVA: para los vehículos que se han dado de baja definitiva por tránsito comunitario o exportación.
  6. Tarjeta de ITV: es hora de pasar la Inspección Técnica.
  7. Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación: es necesario que aportes este documento al dar de alta un vehículo en situación de baja.
  8. Documentación acreditativo de la baja en el ROMA: solo para vehículos agrícolas.
  9. Tasa 1.1. DGT/tasa 1.2. DGT: para este 2024 hay que pagar la cantidad de 99,77€. En cambio, para ciclomotores hay que abonar 27,85€ (tasa 1.2. DGT).

Motivos para tramitar una rehabilitación de vehículo con baja definitiva

  1. En situación de baja por exportación: esto se traduce a que si hiciste el proceso de baja para un vehículo que después te llevaste al extranjero, y has vuelto a España, tienes la posibilidad de tramitar una rehabilitación de vehículo. De hecho, si tienes intención de circular con él por carreteras españolas vas a tener que ocuparte de esto sí o sí porque no es legal conducir un vehículo que está de baja administrativa.
  2. Vehículos que están dados de baja definitiva:
    • Si cuenta con certificado de destrucción: lo puedes hacer voluntariamente y te van a dar la misma matrícula que tenía antes.
    • Si no cuenta con certificado de destrucción: en este caso, solo te permiten hacer este trámite para que sea histórico, así que teniendo en cuenta este punto, primero debe estar catalogado como “histórico”.
  3. Para vehículos procedentes de subasta: son aquellos que han sido subastados por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

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Rehabilitar un coche por exportación o moto

Realizar esta gestión es por traslado a otro país; esto se traduce a que si te llevaste tu vehículo, dado de baja, a un país extranjero, y regresas a nuestro país, puedes realizar los trámites oportunos para la rehabilitación de un vehículo por traslado. Por tanto, vas a poder recuperar su matrícula anterior y conducir con él por carreteras españolas sin problemas. No es legal conducir un vehículo que se encuentre en este estado por carreteras españolas. Si tu situación es esta, te aconsejamos que busques ayuda profesional para poner en marcha la gestión.

DOCUMENTACIÓN específica:

  • Documentos generales: modelo 01 DGT, DNI/NIE + pasaporte, tasa 1.1. DGT/tasa 1.2. DGT, tarjeta de ITV y justificante del “impuesto de circulación”.
  • + Liquidación/exención del IVA: tienes que adjuntarlo junto al resto de los documentos.

Rehabilitación de vehículos históricos

Existe la posibilidad de rehabilitar en la DGT un vehículo histórico. Por tanto, puedes recuperar la matrícula anterior que tenía. Ten en cuenta un detalle; solo se puede llevar a cabo cuando no se hubiera expedido un “certificado de destrucción”. En caso de que tuviera este certificado debes saber que se puede tramitar siempre y cuando se demuestre que tiene un “interés histórico”. Además, si solicitas este procedimiento, su matriculación va a ser como vehículo histórico.

DOCUMENTACIÓN específica:

  • Documentos generales: modelo 01 DGT, DNI/NIE + pasaporte, tasa 1.1. DGT/tasa 1.2. DGT, tarjeta de ITV y justificante del “impuesto de circulación”.
  • + Justificante que acredite que tiene carácter histórico: necesitas demostrar que tiene un interés histórico a través del justificante correspondiente.

¿Qué ocurre cuando la rehabilitación por baja definitiva ya se ha puesto en marcha?

Tienes que pasar la ITV con el vehículo y presentar la siguiente documentación. Es probable que preguntes qué ocurre una vez haces el procedimiento para rehabilitar el vehículo dado de baja; no dudes en quedarte con nosotros.

  • Obtén la tarjeta de la ITV: una vez hayas iniciado la solicitud debes acudir a la estación de ITV que te corresponda para que el vehículo la pase. Ellos se encargarán de facilitarte la tarjeta de ITV correspondiente.
  • Si tu vehículo es agrícola debes acreditarlo en el ROMA: en caso de llevar a cabo el trámite para un vehículo agrícola vas a tener que acreditar su alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de tu Comunidad Autónoma.
  • Certificado de transporte de personas o mercancías si tiene MMA mayor a 6 toneladas: vas a tener que presentar el certificado correspondiente si tiene una “masa máxima autorizada” de seis toneladas.
  • Justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: vas a que tener que presentar el correspondiente justificante al rehabilitar un vehículo en estado de baja.
  • Justificante del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento: vas a tener que adjuntar el justificante del pago del impuesto de circulación del ayuntamiento correspondiente.

¡ATENCIÓN!: ¿Qué ocurre con la ITV y el seguro tras la rehabilitación?

  1. Si el vehículo NO tiene la ITV tiene que volver a pasarla: una vez hayas hecho este trámite es hora de pasar la ITV (en caso de que no la tuvieras al día), ya que no vas a poder circular con él hasta que esto no esté solucionado. Además, si no tiene la ITV tienes que llevarlo en una grúa porque no puede circular.
  2. Sácale una nueva póliza de seguro: lo mejor para no tener problemas es que te ocupes de contratar una nueva póliza de seguro o en algunos casos también te permiten activar la que ya tenías antes. Lo más conveniente es que hables con tu aseguradora para encontrar una solución.

¿Qué es la rehabilitación de un vehículo en tráfico de oficio?

Puede ocurrir que el vehículo en cuestión lleve años en esta situación; en estos casos, es la propia DGT quién actúa de “oficio”. Por ejemplo, si lleva muchos años sin pasar las Inspecciones Técnicas (ITV) o están sin seguro. Pero no te preocupes porque este proceso es reversible. En cambio, ten en cuenta que si tienes en propiedad un vehículo que lleva años sin ITV o sin seguro pues la propia oficina de tráfico se va a encargar. Es importante que lo tengas en cuenta por si te encuentras en esta situación que no te lleves ninguna sorpresa.

¿Qué formas tienes para hacer una rehabilitación de vehículo con baja definitiva?

Por tu cuenta: para llevar a cabo esta gestión tienes la opción de hacerlo por tu cuenta. Es decir, debes hacer la rehabilitación en la DGT de un vehículo por baja definitiva personalmente. Para ello, debes ir a la Jefatura de Tráfico con la documentación requerida. Eso sí, recuerda que es necesario que pidas cita previa antes de ir a ninguna parte. INCONVENIENTES:

  1. Necesidad de cita previa
  2. Debes desplazarte
  3. Es más lento
  4. Inviertes mayor tiempo personal

Con Gestoría RMª: otra opción que actualmente tienes disponible es hacerlo todo con un gestor. Es decir, si te decides por esta vía, lo harás todo con un profesional que se encargue de tramitarlo por ti. Lo más sencillo es que contrates los servicios de una gestoría como la nuestra; nosotros nos haremos cargo de tu trámite para mayor comodidad para ti. VENTAJAS:

  1. Sin desplazamientos
  2. 100% online
  3. Sin citas previas
  4. Recibes atención personalizada

Opiniones sobre dar de alta un coche de baja definitiva o moto

Andrés
Andrés
Muy profesionales
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No tenía del todo claro cómo hacer el trámite, así que busqué ayuda profesional para que se encargaran de todo. Ha sido un acierto contar con Gestoría RMª para hacerlo, la verdad.
Eduardo
Eduardo
Excelente atención
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Muchísimas gracias por todo vuestro trabajo, por vuestra paciencia, pero sobre todo por vuestra profesionalidad.
Álex
Álex
Fácil y cómodo
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Para evitar problemas lo mejor es que expertos se ocupen de todo, además si no tienes ni idea como es mi caso es ideal.
Carmen
Carmen
Buen precio
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Gracias por todo, muy contenta.

Preguntas más repetidas sobre rehabilitar un coche dado de baja definitiva o moto

A continuación vamos a dar respuesta a todas esas preguntas más repetidas entre nuestros propios clientes. No obstante, recuerda que tienes la posibilidad de contactarnos para que lo hagamos todo por ti. Además, lo puedes hacer de manera independiente a tu lugar de residencia; nos puedes contactar desde Madrid, Murcia, Sevilla o cualquier otra provincia o localidad perteneciente a territorio español.

Con Gestoría RMª cuesta 89,92€ IVA incl. (honorarios GRMª) + 6€ (envío) + 1€ (derechos colegiales) + 8,67€ (tasas DGT 2024).

Al entrar en nuestra web, vas a ver todo lo que necesitas: tasas, pasos, modelos, documentación necesaria…

Por supuesto. En este caso, se llama “rehabilitación”. Si este es tu caso, te aconsejamos que contactes con nosotros cuanto antes para que nos pongamos en marcha, o por si necesitas resolver cualquier duda que pudieras tener al respecto.

Se trata de una gestión que se realizar para poder circular de nuevo con un vehículo que estuviera dado de baja, así puede volver a la circulación sin problemas. Si necesitas más información lo mejor es que te pongas en contacto con nosotros desde Málaga, Valencia, Islas Baleares o cualquier otra provincia española.

La ITV cuesta 97,80€ para vehículos y 27,30€ para ciclomotores.

No, no es posible si tiene la ITV caducada y ha estado de baja debes llevarlo a la estación de ITV en una grúa o mediante otro medio autorizado.

En este caso, tienes que aportar un contrato o documento notarial que acredite la propiedad del vehículo en cuestión.

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Gestoría Rubén Mª

Grupo de profesionales especializados en la gestión administrativa y asesoramiento legal para particulares, autónomos y empresas. Estamos avalados por: Diplomatura en Ciencias Empresariales, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Máster en Gestión Administrativa.

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