Transferencia de propiedad de embarcaciones Alicante

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Sr. D. Rubén Mª Rodríguez López - Gestor colegiado 1268 COGAS

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¿Qué personas pueden realizar la transferencia de propiedad de embarcaciones en Alicante?

Existen una serie de requisitos para transferir una embarcación que debes cumplir, por lo que es importante que los conozcas.

  1. Propietarios actuales de la embarcación: la persona que figura como titular en el registro es quien tiene la capacidad legal de vender o ceder la embarcación, por lo que debe asegurarse de que toda la documentación esté en regla y que no existan cargas, embargos o deudas pendientes antes de iniciar el trámite.
  2. Compradores o nuevos propietarios: la persona que adquiere la embarcación debe figurar como titular oficial, asegurando así todos los derechos sobre la nave, pudiendo utilizarla, contratar seguros o venderla en el futuro sin problemas.
  3. Representantes legales o apoderados: si el propietario no puede realizar el trámite personalmente, puede autorizar a otra persona mediante un poder notarial o acta de representación.
  4. Empresas o sociedades náuticas: cuando la embarcación pertenece a una entidad, como una empresa o sociedad, la transferencia debe ser gestionada por representantes legales autorizados, garantizando que el registro quede a nombre de la entidad y evitando posibles conflictos legales.

Documentos necesarios para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcación en Alicante

  • Título de propiedad de la embarcación: es el documento oficial que acredita quién es el propietario actual de la embarcación. Contarlo es esencial, ya que sirve como base legal para efectuar la transferencia.
  • Contrato de compraventa / documento de cesión: este documento refleja el acuerdo entre comprador y vendedor, incluyendo datos de ambas partes, el precio acordado y las características de la embarcación.
  • Documento de identidad: tanto el comprador como el vendedor deben aportar su documento de identidad para formalizar la transacción correctamente.
  • Certificado de navegabilidad: este certificado acredita que la embarcación cumple con las condiciones técnicas necesarias para navegar de manera segura.
  • Justificante del pago de impuestos: es completamente obligatorio y necesario aportar el pago de impuestos mediante el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
  • Poder notarial: este documento sólamente es necesario si la transferencia de la propiedad de embarcación se realiza en representación de otra persona.

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Gracias a la tecnología actual, la forma más sencilla de realizar estos trámites es contar con una gestoría profesional como la nuestra. Con Gestoría RMª, puedes completar la transferencia de propiedad de tu embarcación de manera totalmente online, sin moverte de casa. Nuestro equipo de expertos te ofrecerá asesoramiento personalizado en cada paso, garantizando que cuentes con el apoyo de profesionales y evitando errores innecesarios durante el proceso.

Precio de la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª en Alicante

Si decides realizar la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª, el precio a pagar sería de 135 € (IVA + Honorarios de gestor incluidos). Por este módico precio, recibirás asesoramiento personalizado acorde a tus necesidades y dejas que un profesional se encargue de tu trámite, para que no tengas que preocuparte por nada.

Ventajas si lo haces con Gestoría RMª

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Opiniones de clientes

Abel
Servicio rápido
Pensaba que iba a ser mucho más lento, pero me respondieron a los pocos minutos de contactar con ellos e iniciamos el trámite en seguida!
Marina
Profesionales de confianza
Gestoría RMª debe sentirse orgullosa de la pedazo de plantilla que tiene. Agradezco enormemente la ayuda que me han ofrecido, ha sido muy útil.
Oscar
Trato cercano
Desde el primer contacto supe que iba a quedarme con ellos. Hacía tiempo que no trabajaba con gente tan agradable y educada.
Lucía
Precio excelente
Los llamé para solucionar un problema con el cambio de titularidad y por un módico precio y poco tiempo, logré solucionarlo.

Requisitos necesarios para llevar a cabo la transferencia de propiedad de embarcación con Gestoría RMª en Alicante

  1. Embarcación sin cargas: antes de realizar la transferencia, es fundamental asegurarse de que la embarcación no tenga deudas, embargos ni ningún tipo de carga que pueda impedir el cambio de titularidad.
  2. Cumplimiento con Hacienda y la Seguridad Social: es importante que el vendedor esté al día con sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, evitando así posibles bloqueos o problemas durante el trámite.
  3. Pago de impuestos: el comprador debe declarar correctamente el pago de impuestos mediante el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), cumpliendo con la normativa vigente.
  4. Certificado de navegabilidad: la embarcación debe contar con un certificado de navegabilidad vigente, requisito indispensable para registrarla a nombre del nuevo propietario.
  5. Inscripción en el Registro de Buques: una vez aceptada la transferencia, esta debe quedar debidamente registrada e inscrita a nombre del nuevo titular.
  6. Mayoría de edad: tanto el comprador como el vendedor deben ser mayores de edad para contar con plena capacidad jurídica en la operación.

¿Qué tipo de embarcaciones se pueden transferir?

  • Embarcaciones de recreo: nos referimos a lanchas, veleros y yates destinados al uso particular. Este tipo de embarcaciones es el más frecuente al momento de formalizar un contrato de compraventa.
  • Motos de agua: al igual que otras embarcaciones, las motos de agua deben estar registradas correctamente, y su transferencia requiere cumplir con los trámites administrativos correspondientes.
  • Embarcaciones deportivas: se trata de embarcaciones destinadas a competiciones o actividades deportivas. Aunque su uso sea deportivo, es obligatorio que estén registradas para poder realizar la transferencia legal.
  • Embarcaciones de pesca: son barcos destinados a la actividad pesquera, ya sea a gran o pequeña escala. En estos casos, es necesario contar con la licencia de actividad correspondiente.

🚨 ¿Qué riesgo puedo correr si no realizo correctamente la transferencia de la propiedad de embarcaciones?

No realizar la transferencia de propiedad de manera correcta puede llevarte, desafortunadamente, a ciertos problemas legales que podrían ponerte en una situación muy apurada e incómoda.

  1. Responsabilidad legal del anterior propietario: si la transferencia de la embarcación no se realiza correctamente, el vendedor seguirá figurando como titular oficial, y cualquier multa o impuesto será responsabilidad de esa persona.
  2. Imposibilidad de registrar la embarcación: no actualizar la titularidad puede derivar en sanciones económicas o multas por incumplir la normativa vigente en trámites náuticos.
  3. Problemas con seguros y reclamaciones: si el nuevo propietario no está registrado como titular, el seguro podría no cubrir daños o accidentes relacionados con la embarcación.
  4. Retrasos y costos adicionales en trámites futuros: la falta de una transferencia de propiedad previa puede complicar la venta o cambios de titularidad posteriores, generando demoras y gastos extra.

Detalles a tener en cuenta sobre la transferencia de propiedad de embarcaciones en Alicante

  • Plazos para completar el trámite: la transferencia debe realizarse dentro de un período específico a partir de la compraventa o cesión de la embarcación. Retrasar este proceso puede ocasionar sanciones o recargos que conviene evitar.
  • Consistencia de los datos: toda la documentación presentada debe coincidir en la información de la embarcación y, sobre todo, en los datos de los propietarios. De no ser así, podrían surgir complicaciones que retrasen significativamente el trámite.
  • Registro en el órgano competente: como hemos comentado anteriormente, el cambio de titularidad en la embarcación debe quedar correctamente inscrito en el Registro de Buques y Empresas Navieras, o a ser posible, en la Capitanía Marítima correspondiente.
  • Seguro actualizado: una vez que esté realizada la transferencia, el nuevo propietario debe contratar o cambiar el seguro de la embarcación para que quede protegido ante cualquier cambio.

Leyes que regulan la transferencia de propiedad de embarcaciones

  1. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima: esta ley es la base del Derecho marítimo español. Regula, entre otros muchos temas, los derechos de propiedad, responsabilidades, inmigración marítima, salvamento, contaminación, estatuto de armadores y otros aspectos directamente relacionados.
  2. Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo: esta norma regula cómo se inscriben los buques (y embarcaciones), cómo se matriculan, cómo se hace el abanderamiento (poner pabellón nacional) y cómo opera el registro marítimo. Es fundamental para el trámite de transferencia, pues establece muchos de los requisitos formales.
  3. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo: este decreto complementa al anterior, con reglas específicas para embarcaciones de recreo (uso no comercial), distinguiendo casos con marcado CE, distintos tamaños, etc. Muy relevante si tu embarcación es de recreo.

Preguntas frecuentes - FAQ

Es normal que al realizar el proceso de transferir una embarcación surjan dudas, ya que se trata de un trámite que no se realiza con frecuencia. En Gestoría Rubén María queremos ayudarte y para ello te dejamos algunas de las dudas más comunes de nuestros clientes.

¿Cuáles son los pasos para una transferencia de embarcación de recreo en Albacete?

El proceso suele incluir: preparar la documentación (contrato, título de propiedad, certificados), liquidar los impuestos correspondientes (ITP), presentar el trámite en la Capitanía Marítima o en el Registro de Buques, y finalmente inscribir al nuevo propietario.

¿Qué documentos necesito para transferir la titularidad de un barco?

Entre los documentos más habituales están: contrato de compraventa, título de propiedad, DNI o CIF de las partes, certificado de navegabilidad, justificante del pago de impuestos y, en algunos casos, poder notarial si interviene un representante.

¿Cuánto cuesta cambiar la titularidad de una embarcación?

El coste varía según la comunidad autónoma, ya que el ITP es un impuesto autonómico. A ello se suman posibles tasas administrativas y, si recurres a una gestoría, los honorarios de la misma. Como referencia, puede oscilar entre unos cientos y más de mil euros, dependiendo del valor de la embarcación.

¿Dónde se debe hacer el cambio de titularidad de una embarcación?

El trámite se realiza en la Capitanía Marítima correspondiente o en el Registro de Buques y Empresas Navieras, según el tipo de embarcación y su uso.

¿Es obligatorio pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) al hacer la transferencia?

Sí. El comprador debe liquidar este impuesto en la comunidad autónoma donde tenga su residencia fiscal. Sin este justificante no se puede inscribir el cambio de titularidad.

¿Cuánto tarda el trámite de transferencia de propiedad de una embarcación?

El plazo varía en función de la administración y de si la documentación está completa. De media, puede tardar entre 2 y 6 semanas en quedar registrado el nuevo propietario.

¿Qué hago si la embarcación tiene cargas o embargos?

Antes de firmar la compraventa, es necesario comprobar que la embarcación esté libre de cargas. Si existen embargos, no podrá realizarse la transferencia hasta que se resuelvan. Una gestoría puede verificar este punto en el Registro.

¿Qué ocurre si la documentación no está completa o existen errores en los datos?

La administración puede rechazar o paralizar el trámite. Esto genera retrasos y posibles sanciones. Por eso es fundamental revisar que toda la documentación esté en orden y coincida en todos los datos.

¿Puedo navegar con la embarcación mientras se realiza el cambio de titularidad?

En teoría, sí se puede navegar siempre que se disponga de la documentación provisional o del contrato de compraventa, pero lo recomendable es esperar a que el cambio esté inscrito para evitar problemas con seguros o autoridades.

¿Qué leyes regulan el cambio de propietario de embarcaciones?

Las principales son la Ley 14/2014 de Navegación Marítima, el RD 1027/1989 sobre abanderamiento y registro de buques, el RD 1435/2010 sobre embarcaciones de recreo y el Texto Refundido de la Ley de Puertos y Marina Mercante.

Escrito por el equipo técnico de Gestoría Rubén María

Profesionales técnicos especializados en materias de tráfico, transporte y documentación oficial en España. Nuestro equipo trabaja para ofrecerte información clara, sencilla, actualizada y verificada por Gestores Administrativos colegiados, garantizando su precisión y utilidad.

Graduado en RRLL y RRHH por la Universidad Pablo de Olavide e inscrito en el Consejo General de Gestores Administrativos de España. Revisa cada contenido publicado para garantizar su exactitud jurídica y vigencia en España.

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Gestoría Rubén Mª

Grupo de profesionales especializados en la gestión administrativa y asesoramiento legal para particulares, autónomos y empresas. Estamos avalados por: Diplomatura en Ciencias Empresariales, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Máster en Gestión Administrativa.

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